CASO NOOS. Iñaki Urdangarin en la cárcel de Brieva. Voluntariado en Hogar Don Orione. Traslado al centro de inserción social Melchor Rodríguez García

Iñaki Urdangarin alega estar en el paro para aplazar el pago de una deuda judicial
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Iñaki Urdangarin está en el paro. O al menos esto es lo que ha alegado en un escrito que presentó en el juzgado de primera instancia número 46 de Barcelona el pasado 17 de septiembre cuando se le reclamó una fianza de 10.000 euros para mantener las medidas cautelares que prohíben a los medios publicar los correos privados que provengan de su antiguo socio, Diego Torres. El marido de la infanta Cristina asegura no poder hacer frente a dicha cantidad al encontrarse en situación de desempleo desde 2012, cuando dejó de trabajar para Telefónica.

Todo empezó con la publicación por parte de nueve medios de unos correos íntimos donde quedaría patente que le fue infiel a su esposa. Iñaki Urdangarin sintió que se vulneraba su intimidad e interpuso una demanda que el juzgado desestimó el 24 de abril de 2014. Pero Urdangarin no se dio por vencido y presentó un recurso de apelación a la Audiencia Provincial en el que solicitaba expresamente que se mantuvieran medidas cautelares. La juez acordó mantener las medidas cautelares que prohibían a los medios publicar correos íntimos del duque de Palma que proviniesen del que fuera su socio durante años en la Fundación Nóos.

No obstante, para mantener esas medidas cautelares, la juez decidió imponer de nuevo una fianza a Urdangarin de 10.000 euros. Sin embargo, el 17 de septiembre, el esposo de la infanta Cristina presentó un escrito explicando que no puede hacerse cargo del incremento que se le ha impuesto porque se encuentra en el paro. Al mismo tiempo le comunica que ya había realizado el pago de 3.000 euros, pero que necesitaba un plazo de 10 días para poder asumir el resto de la deuda

Ante tal respuesta, la juez le requirió que presentase ante el juzgado documentación que acreditase que está en situación de desempleo como él alegó. Pero Iñaki Urdangarin volvió a mandar un escrito el 23 de septiembre en el que explicaba que no podía aportar ninguna prueba sobre su situación laboral, pero que es "notorio" que está en el paro. A su vez, realizaba otro pago de 3.000 euros, por lo que en este momento le quedan 4.000 euros por abonar.
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Este medio se ha puesto en contacto con algunos de los abogados que defienden a los medios demandados y han asegurado que próximamente enviarán un escrito a la juez explicándole su malestar por el supuesto trato de favor que está recibiendo Urdangarin. Además, no creen que el esposo de la infanta Cristina no pueda asumir el coste de la caución ya que su tren de vida es muy alto. Si no, aseguran, no podría, por ejemplo, pasar su Semana Santa en un lujoso hotel de Marruecos, veranear en la ciudad francesa de Bidart, así como contratar a varios abogados de prestigio que cobran elevados honorarios. Según creen los abogados consultados, al no hacerse cargo de la deuda y al no aportar la documentación pertinente que acredite que está en el paro, la juez debería retirar las medidas cautelares que impuso dejando así que se puedan publicar los correos que Urdangarin tanto teme.

http://www.vanitatis.elconfidencial...aplazar-el-pago-de-una-deuda-judicial_215962/


Y su mujer por que no le ayuda a pagar la multa? (si alguna forera me puede contestar lo agradeceré) las multas las puede pagar la unidad familiar.

Que paguen la multa o bien que lo saquen de los paraísos fiscales
 
Sigue en plan chulesco. No creo que esté sin blanca... La vida que lleva de milloneti no es de un hombre que no pueda pagar 10.000 euros.
Cuando dejó su trabajo en telefónica se comentó en prensa que cobro una millonaria indemnización...???
 
[...]Pero Iñaki Urdangarin volvió a mandar un escrito el 23 de septiembre en el que explicaba que no podía aportar ninguna prueba sobre su situación laboral, pero que es "notorio" que está en el paro.[...] :eek::eek::eek: ¿¿¿¿???? What? Como yo digo, ¡Viven en Babia, en un universo paralelo (o para lelos).
 
Es raro que no haya solicitado una ayuda social con cuatro hijos que alimentar y educar estando en paro, con el sueldo de su mujer no es posible que vivan a todo tren...
Además de memo es prepotente, a ver si le sientan en el banquillo y le bajan los humos de duque consuerte que se gasta.
 
600000 gana al año Cristalina, 300 de la Caixa, 300 del aga khan, 100 y pico se gasta en colegio, le queda para pagar las cosillas judiciales de ojos azules

Sí, hombre, la hurtanga va a ganar mas que nadie en el banco jejeje
Lo que nos quieran decir, para justificar el melollevo. Ménudo son los bancos, están para tirar el dinero y mucho más con ella que está imputada y da una pésima imagen del banco.
 
Cómo que no puede presentar nada que justifique que está en paro? no se, se me ocurre que puede presentarse a una oficina de empleo cercana a su vivienda , registrarse y presentar ese documento como prueba. Claro , que a lo mejor dado su CV lo llaman a trabajar y eso es lo que no quiere. Para trabajar en un banco no creo que lo llamen
 
Sí, hombre, la hurtanga va a ganar mas que nadie en el banco jejeje
Lo que nos quieran decir, para justificar el melollevo. Ménudo son los bancos, están para tirar el dinero y mucho más con ella que está imputada y da una pésima imagen del banco.
A saber las cosas del faine. El otro helipollas ganaba mas de 400000 en telefonica. Favor q debia Alierta
 
No había podido leer las ultimas páginas de este hilo, y según yo no esta esté artículo, sino, disculpas

http://politica.elpais.com/politica/2014/09/10/actualidad/1410360060_612392.html

La Abogacía rechaza imputar a la Infanta solo por ser “esposa de un defraudador”
Los letrados del Estado consideran que ser cónyuge "no convierte en partícipe" de los delitos

AGENCIAS Madrid 10 SEP 2014 - 16:56 CEST177
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Enviar a Tuentino puede ser considerada responsable de un presunto delito fiscal en el caso Nóos ya que "ser cónyuge de un defraudador a la Hacienda Pública no convierte a uno en partícipe de esa defraudación".

En nombre de la Agencia Tributaria, que ejerce de acusación particular en el caso Nóos, la Abogacía del Estado ha presentado alegaciones a los recursos planteados al auto con el que el juez José Castro puso fin a la instrucción de esta pieza judicial.

La Abogacía del Estado no cree que la Infanta haya cometido delito fiscal
En su escrito, de 27 páginas, la Abogacía del Estado destaca que el auto final del juez Castro indica que en esta causa no se persiguen más delitos fiscales que los que fueron denunciados por Hacienda y que el juzgado "ha terminado compartiendo la tesis de la Agencia Tributaria" de que los autores de los delitos fiscales eran Iñaki Urdangarin y su exsocio Diego Torres.

La Agencia Tributaria aprecia dos delitos fiscales en el IRPF de 2007 y 2008 por parte de Urdangarin y otro en el IRPF de 2008 por parte de Torres, según recuerda la Abogacía del Estado, que destaca que este criterio técnico está avalado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo que "se ha manifestado siempre por imputar las rentas a la persona física que se oculta tras la sociedad pantalla".

La Abogacía del Estado discrepa del juez sobre la condición de coautoras como cooperadoras necesarias en los delitos contra Hacienda que atribuye Castro a la infanta Cristina y a Ana María Tejeiro, la esposa de Torres.

La investigación por presunto delito fiscal se inició al detectarse un movimiento inusual de 147.800 euros en efectivo por parte de Tejeiro que llevó a Hacienda a comprobar qué sociedades estaban relacionadas con ese movimiento y qué personas figuraban como administradoras (Urdangarin, Torres y Tejeiro). Hacienda aprecia indicios de delito fiscal en los rendimientos personales obtenidos por Urdangarin y Torres, pero no indicios de "cooperación o complicidad de ninguna otra persona en la obtención de esos rendimientos".

Si el juez Castro basa la cooperación de Cristina de Borbón en que es socia de Aizoon al 50% con su marido, la Abogacía del Estado considera que esa participación "es en sí mismo un hecho inocuo para la defraudación fiscal". La condición de socio no la convierte en responsable de los supuestos delitos cometidos por Urdangarin y "mucho menos en partícipe de los delitos que ese administrador haya cometido en su esfera privada como es su propia declaración de IRPF", señala la Abogacía.

En contra de la "cooperación silenciosa"
"El hecho de ser cónyuge de un defraudador a la Hacienda Pública no convierte a uno en partícipe de esa defraudación", asegura. Añade que además la infanta y su marido presentaban declaraciones individuales de IRPF e incluso tenían distintos asesores fiscales. Que la infanta firmara actas de las juntas generales de Aizoon también carece de relevancia penal a juicio de los letrados del Estado y "no puede servir de apoyo para sustentar una acusación por cooperación necesaria" en un delito de fraude en el IRPF de su administrador.

Sobre el hecho de que Aizoon se dedujera gastos de la familia Urdangarin Borbón, la Abogacía del Estado considera que el reproche penal o fiscal "no puede hacerse al socio que carga gastos personales a la sociedad sino a quien, contable y fiscalmente, los trata de hacer pasar por gastos de la actividad social y los deduce de la declaración del impuesto de sociedades".

El juez apunta como indicio contra la infanta que el matrimonio alquiló a Aizoon parte de su domicilio como sede social. Hacienda alega que doña Cristina declaró la renta que percibió por ello en su IRPF "por lo que cumplió con las obligaciones fiscales derivadas de ese contrato de arrendamiento".

La Abogacía concluye que para acusar de un delito contra Hacienda se requiere "una participación activa, consciente y dolosa, sin que quepa la condena por la simple actuación pasiva consistente en ser titular de acciones sin poder de decisión, ser cónyuge o estar nombrada como vocal de una junta". Según la Abogacía del Estado, no cabe la doctrina de "cooperación silenciosa" e "ignorancia deliberada" que el juez atribuye a doña Cristina, porque la conducta delictiva debe ser directa.

Esos supuestos actos de omisión podrían ser calificados como encubrimiento pero no cabría imputación ni hacia la infanta ni hacia Ana María Tejeiro porque el Código Penal exime a los cónyuges expresamente.

El juez del caso Noos, José Castro, elevó ayer martes a la Audiencia Provincial de Palma los recursos de apelación que los imputados y las acusaciones han presentado al auto que pone fin a la instrucción de la causa. La sección segunda de la Audiencia Provincial será ahora la encargada de decidir si mantiene la imputación de la infanta Cristina para que sea juzgada por fraude fiscal y blanqueo de capitales.
 
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