Juicio al 'procés' - Referéndum en Cataluña — El conflicto catalán - Parte II

Usted de Derecho va flojita, ¿eh? Debió estudiar en el mismo sitio que la Beni: en la Tómbola.

¿No le da un poco de vergüenza, aunque solo sea un poco?
a ver para que el TJUE pueda pronunciarse en forma de sentencia antes se han de acbar los cauces españoles, por ahora solo ha señalado lo que es legal a petición del supremo, pero no ha habido sentencia porque no se ha cerrado el cauce español

Junqueras ahora tiene que recurrir al supremo, que sea sentencia firme, luego ir a Constitucional, y luego si el cosntitucional falla en su contra al TEDH que considerará al TJUE superior

el camino es largo pero todo acaba ahi, en el TJUE, y si el Supremo no se desdice no creo que el TJUE lo haga

pero eso si, esto va a durar un añito, ahor apor supuesto no pueden decir nada, tiene que esperar a finalizar el cauce legal
 
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Usted de Derecho va flojita, ¿eh? Debió estudiar en el mismo sitio que la Beni: en la Tómbola.

¿No le da un poco de vergüenza, aunque solo sea un poco?


Parece que usted sabe mucho a la hora de valorar la ignorancia de los demás...

Ya lo dice el refrán castellano. Dime de que presumes, y te diré de que careces.

Por cierto conteste a una pregunta ya que usted debe saber mucho y no le han dado sus conocimientos de Derecho en una tómbola. Jerarquicamente quien está por encima de quien El TJUE sobre el TS o al revés, es decir, El TS sobre el TJUE?

Un, dos, tres, responda otra vez.:rolleyes:
 
Usted de Derecho va flojita, ¿eh? Debió estudiar en el mismo sitio que la Beni: en la Tómbola.

¿No le da un poco de vergüenza, aunque solo sea un poco?

bueno aqui no toda son abogados

yo puedo preguntarle que tal va usted de lengua copta o traducción de jeroglíficos egipcios pero vamos supongo que no es su fuerte

aquí cada uno sabe de lo suyo, digo yo, yo el poco derecho que he dado ha sido en asignaturas de periodismo, vamos por encima pero bueno como he dicho se traducir jeroglíficos, no me tengo por ignorante
 
Usted de Derecho va flojita, ¿eh? Debió estudiar en el mismo sitio que la Beni: en la Tómbola.

¿No le da un poco de vergüenza, aunque solo sea un poco?

¡Ostras! ¡La Eurocámara desobedece y se pasa la resolución de todo un Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el arco de triunfo!

El TJUE no se va a quedar paralizado ni calladito. Está por encima de cualquier tribunal español.

Pues más les vale quedarse calladitos, Porque hay motivos para ponerlos colorados.

_______________


España ante la UE: ¿Qué hacer?

Por Carlos Ruiz Miguel
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago.


La sentencia de 19 de diciembre de 2019 de la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea constituye una grave mutación del “pacto europeo” contenido en los Tratados comunitarios. Y ante esta situación surge la pregunta: ¿qué hacer?


I. UNA SENTENCIA ESCANDALOSAMENTE MAL FUNDADA EN DERECHO

La sentencia del TJUE es, pura y simplemente, escandalosa desde el punto de vista jurídico
. Hay muchos motivos para calificar esta resolución como escandalosa (resultan esclarecedores los artículos de Rafael Arenas en su blog “El jardín de las hipótesis inconclusas”), pero hay, sobre todo, dos que me parecen especialmente llamativos. El primero lo toca Arenas, pero el segundo no.

El primero es que el TJUE no hubiera archivado el caso por pérdida del objeto del proceso. En el parágrafo 56 de la sentencia dice que “las cuestiones prejudiciales planteadas por los tribunales nacionales gozan de una presunción de pertinencia y (…) el Tribunal de Justicia solo puede abstenerse de pronunciarse sobre estas cuestiones cuando resulte que la interpretación que se ha solicitado carece de relación alguna con la realidad”. Por supuesto, la “presunción de pertinencia” es, como se desprende del resto de la frase una presunción que admite prueba en contrario. Y ocurre que la cuestión, planteada cuando Junqueras Vies NO ESTABA CONDENADO POR SENTENCIA FIRME, ha perdido su objeto una vez que ha sido condenado por sentencia firme. En efecto, la “inmunidad” es una garantía que protege a un Parlamento (en este caso, el europeo) de ver su composición alterada mediante la detención de alguno de sus miembros por obra del poder ejecutivo (“detención”). Incluso se puede extender cuando esa detención ha sido ordenada por el poder judicial si aún no hay sentencia. Pero los condenados a privación de libertad por sentencia firme no se hallan ya en situación de “detención”, sino de “prisión”. En ningún país del planeta, repito, en ningún país del planeta se ha planteado jamás, que yo sepa, que la “inmunidad” parlamentaria sea aplicable a una situación de prisión resultado de una sentencia firme. En consecuencia, una vez que el golpista Junqueras está condenado por sentencia firme la cuestión prejudicial “carece de relación alguna con la realidad” pues HA DEJADO DE EXISTIR LA “DETENCIÓN”. Por eso esta sentencia del TJUE es aberrante.

Pero hay un segundo motivo, de fondo. Y es que el TJUE ha ignorado un artículo ESENCIAL del Tratado de la Unión Europea (TUE). El artículo 4.2 del TUE dice que “La Unión respetará (…) las funciones esenciales del Estado, especialmente las que tienen por objeto garantizar su integridad territorial, mantener el orden público y salvaguardar la seguridad nacional. En particular, la seguridad nacional seguirá siendo responsabilidad exclusiva de cada Estado miembro”. Este artículo se aplica a TODAS las instituciones europeas. También al TJUE que no está “por encima” de los tratados. Es evidente que Junqueras, y el resto de golpistas, son responsables de una gravísima alteración del “orden público” para atacar la “integridad territorial” de España. En consecuencia, el TJUE debía haberse abstenido de pronunciarse sobre este asunto. Cuestión distinta, y no menor, es cómo es posible que el Tribunal Supremo español ignorara también este artículo 4.2 TUE cuando planteó la cuestión prejudicial… ¿o fue una idea del mismo magistrado que sugirió la tesis de la “ensoñación”? El hecho de ignorar el artículo 4.2 del TUE es un hecho de una gravedad política incalculable. Y plantea muchos y graves retos.

[....] Leer más: https://ataraxiamagazine.com/2020/01/01/espana-ante-la-ue-que-hacer/
 
el fallod el suipremo NO es firme, Junqueras ha recurrido , y puede hacerlo, porque es un fallo de urgencia, tras recurrir al supremo que por supuesto no se moverá un apice, tiene que ir al constitucional y luego al TJUE

ir al papa no se, es muy creyente, raro siendo de ERC; pero no creo que sea el lugar adecuado
perdon aqui he puesto al TJUE y es al TDHE, tanta letras es un lio
 
Pues más les vale quedarse calladitos, Porque hay motivos para ponerlos colorados.

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España ante la UE: ¿Qué hacer?

Por Carlos Ruiz Miguel
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago.


La sentencia de 19 de diciembre de 2019 de la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea constituye una grave mutación del “pacto europeo” contenido en los Tratados comunitarios. Y ante esta situación surge la pregunta: ¿qué hacer?


I. UNA SENTENCIA ESCANDALOSAMENTE MAL FUNDADA EN DERECHO

La sentencia del TJUE es, pura y simplemente, escandalosa desde el punto de vista jurídico
. Hay muchos motivos para calificar esta resolución como escandalosa (resultan esclarecedores los artículos de Rafael Arenas en su blog “El jardín de las hipótesis inconclusas”), pero hay, sobre todo, dos que me parecen especialmente llamativos. El primero lo toca Arenas, pero el segundo no.

El primero es que el TJUE no hubiera archivado el caso por pérdida del objeto del proceso. En el parágrafo 56 de la sentencia dice que “las cuestiones prejudiciales planteadas por los tribunales nacionales gozan de una presunción de pertinencia y (…) el Tribunal de Justicia solo puede abstenerse de pronunciarse sobre estas cuestiones cuando resulte que la interpretación que se ha solicitado carece de relación alguna con la realidad”. Por supuesto, la “presunción de pertinencia” es, como se desprende del resto de la frase una presunción que admite prueba en contrario. Y ocurre que la cuestión, planteada cuando Junqueras Vies NO ESTABA CONDENADO POR SENTENCIA FIRME, ha perdido su objeto una vez que ha sido condenado por sentencia firme. En efecto, la “inmunidad” es una garantía que protege a un Parlamento (en este caso, el europeo) de ver su composición alterada mediante la detención de alguno de sus miembros por obra del poder ejecutivo (“detención”). Incluso se puede extender cuando esa detención ha sido ordenada por el poder judicial si aún no hay sentencia. Pero los condenados a privación de libertad por sentencia firme no se hallan ya en situación de “detención”, sino de “prisión”. En ningún país del planeta, repito, en ningún país del planeta se ha planteado jamás, que yo sepa, que la “inmunidad” parlamentaria sea aplicable a una situación de prisión resultado de una sentencia firme. En consecuencia, una vez que el golpista Junqueras está condenado por sentencia firme la cuestión prejudicial “carece de relación alguna con la realidad” pues HA DEJADO DE EXISTIR LA “DETENCIÓN”. Por eso esta sentencia del TJUE es aberrante.

Pero hay un segundo motivo, de fondo. Y es que el TJUE ha ignorado un artículo ESENCIAL del Tratado de la Unión Europea (TUE). El artículo 4.2 del TUE dice que “La Unión respetará (…) las funciones esenciales del Estado, especialmente las que tienen por objeto garantizar su integridad territorial, mantener el orden público y salvaguardar la seguridad nacional. En particular, la seguridad nacional seguirá siendo responsabilidad exclusiva de cada Estado miembro”. Este artículo se aplica a TODAS las instituciones europeas. También al TJUE que no está “por encima” de los tratados. Es evidente que Junqueras, y el resto de golpistas, son responsables de una gravísima alteración del “orden público” para atacar la “integridad territorial” de España. En consecuencia, el TJUE debía haberse abstenido de pronunciarse sobre este asunto. Cuestión distinta, y no menor, es cómo es posible que el Tribunal Supremo español ignorara también este artículo 4.2 TUE cuando planteó la cuestión prejudicial… ¿o fue una idea del mismo magistrado que sugirió la tesis de la “ensoñación”? El hecho de ignorar el artículo 4.2 del TUE es un hecho de una gravedad política incalculable. Y plantea muchos y graves retos.

[....] Leer más: https://ataraxiamagazine.com/2020/01/01/espana-ante-la-ue-que-hacer/


Ningún motivo para callarse. Todo lo contrario. Si pides una cuestión prejudicial espera a que haya dictamen. El TS no lo ha hecho y siguió adelante.

Si tan seguro tenía que iban a fallar a su favor se espera resolución, se solicita suplicatorio y se sigue el proceso. Si encima que la pides obligado por la parte defensora no esperas y sigues el proceso te arriesgas a que todo lo que hagas despues sea nulo.

Es lo que ha ocurrido, asi que de quedarse calladito nada de nada. El lío sigue.
 
Bueno, más madera.
Ahora la pela es la pela.



El Tribunal de Cuentas ha citado para el próximo día 28 de enero como responsable de malversación de fondos públicos por el 1-O a, entre otros, Josep Maria Jové, ex brazo derecho de Oriol Junqueras. La citación, a la que ha tenido acceso EL MUNDO, constituye el inicio de un procedimiento de embargo contra sus bienes por la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre.

Jové ha recibido la citación del Tribunal de Cuentas en plena negociación con el PSOE para la investidura de Pedro Sánchez. El Gobierno lo aceptó como interlocutor a petición de Junqueras, pese a estar ya investigado penalmente por la organización del referéndum. A ese proceso judicial en curso hay que añadir ahora el Tribunal de Cuentas que, en su labor de intentar recuperar el dinero utilizado en el 1-O, prepara una orden ejecutiva de embargo, contra, entre otros, Jové, si no lo deposita en las próximas semanas.

La delegada instructora del Tribunal de Cuentas notificó su decisión a Jové en plenas navidades, cuando éste negociaba con los socialistas Adriana Lastra y José Luis Ábalos, entre otros. También ha sido citado a última hora Josep Ginesta y ambos se unen a la ya amplia relación de responsables que había decidido citar en noviembre para que devuelvan el dinero malversado. Ginesta es actualmente el secretario general de Trabajo de la Generalitat de Cataluña.

La lista está encabezada por el ex presidente catalán Carles Puigdemont, el ex vicepresidente Junqueras y la integran hasta 31 altos cargos antiguos y actuales del Govern. Entre ellos figura también Dolors Bassa, la hermana de la diputada de Esquerra que intervino en la sesión de investidura proclamando que le importaba "un comino la gobernabilidad de España". También figura el fugado Toni Comín. El Tribunal de Cuentas dispone de facultades legales para ordenar el embargo de bienes en el exterior.
 
a ver para que el TJUE pueda pronunciarse en forma de sentencia antes se han de acbar los cauces españoles, por ahora solo ha señalado lo que es legal a petición del supremo, pero no ha habido sentencia porque no se ha cerrado el cauce español

Junqueras ahora tiene que recurrir al supremo, que sea sentencia firme, luego ir a Constitucional, y luego si el cosntitucional falla en su contra al TEDH que considerará al TJUE superior

el camino es largo pero todo acaba ahi, en el TJUE, y si el Supremo no se desdice no creo que el TJUE lo haga

pero eso si, esto va a durar un añito, ahor apor supuesto no pueden decir nada, tiene que esperar a finalizar el cauce legal


Lecciones de usted, ninguna.
 
bueno aqui no toda son abogados

yo puedo preguntarle que tal va usted de lengua copta o traducción de jeroglíficos egipcios pero vamos supongo que no es su fuerte

aquí cada uno sabe de lo suyo, digo yo, yo el poco derecho que he dado ha sido en asignaturas de periodismo, vamos por encima pero bueno como he dicho se traducir jeroglíficos, no me tengo por ignorante


Soy Licenciada en Historia y en Derecho, así que ojito con ir de sobrada, bonita.

Y las adivinaciones haga el favor de ahorrárselas porque tampoco se le dan nada bien.
 
Reconozco sin pudor estar perdida desde hace tiempo entre suplicatorios, suspensorios, cautelares, cautelarísimas, habeas corpus ylamadrequelosparió:wacky::wacky::wacky:
Qué me decís de Torrent y Torra montatanto, tantomonta:woot:
 
Soy Licenciada en Historia y en Derecho, así que ojito con ir de sobrada, bonita.

Y las adivinaciones haga el favor de ahorrárselas porque tampoco se le dan nada bien.

yo soy graduada en Historia, humanidades, estudios de posgrado de filología egipcia y haciendo asignaturas de periodismo cuando tengo tiempo

¿es un concurso? nadie te ha llamado ignorante, pero tampoco creo que hayas hecho filología egipcia en historia o mucho ha cambiado el temario, te aseguro que habrá áreas que yo he estudiado que no habrás leído en tu vida

lo que digo es que mucha gente puede no tener estudios de derecho y no por ello ser ignorante ni tu has de sentirte superior si lo has estudiado, cada uno tiene sus estudios

quizás si te haga falta alguna lección pero no de estudios superiores sino de las que dan en primaria
 
yo soy graduada en Historia, humanidades, estudios de posgrado de filología egipcia y haciendo asignaturas de periodismo cuando tengo tiempo

¿es un concurso? nadie te ha llamado ignorante, pero tampoco creo que hayas hecho filología egipcia en historia o mucho ha cambiado el temario, te aseguro que habrá áreas que yo he estudiado que no habrás leído en tu vida

lo que digo es que mucha gente puede no tener estudios de derecho y no por ello ser ignorante ni tu has de sentirte superior si lo has estudiado, cada uno tiene sus estudios

quizás si te haga falta alguna lección pero no de estudios superiores sino de las que dan en primaria


Ande por ahí a pastar, pesada.
 

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