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Deleted member 17709
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Entonces a la Emérita tenían que haberle tratado como "la reina consorte" nunca se la trató así.
JC fue rey porqué Franco lo dispuso,( saltándose a su padre el Conde de Barcelona y nombrado heredero en el exilio por su padre Alfonso XIII)
Rey honorífico de Franco, que es de quien lo heredó.
Pues me va a permitir Vd. que corrija su post.
Protocolaria y legalmente, D. Juan Carlos es "Rey honorífico" por el Real Decreto 470/2014, de 13 de junio, que modifica el Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes. No es Rey honorífico por Franco. Otra cosa es que hablemos de cómo llegó a ser rey. Yo me refiero al por qué de la fórmula honorífico vs emérito.
El término exacto que debe utilizarse es Reyes honoríficos, que no es lo mismo que Reyes eméritos. La normativa les confiere el título con “carácter honorífico” de Rey y Reina y honores de Príncipes de Asturias. No es lo mismo honorífico que emérito.
Y sí, la forma correcta de designar a la reina Sofia es "reina consorte". Otra cosa es que, por cortesía, se equipare rey-reina, y se le llame Reina. Cortesía, que no norma.
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Don Juan Carlos de Borbón, padre del Rey Don Felipe VI, continuará vitaliciamente en el uso con carácter honorífico del título de Rey, con tratamiento de Majestad y honores análogos a los establecidos para el Heredero de la Corona, Príncipe o Princesa de Asturias, en el Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares.
Doña Sofía de Grecia, madre del Rey Don Felipe VI, continuará vitaliciamente en el uso con carácter honorífico del título de Reina, con tratamiento de Majestad y honores análogos a los establecidos para la Princesa o el Príncipe de Asturias consortes en dicho Real Decreto.
El orden de precedencia de los Reyes Don Juan Carlos y Doña Sofía en el Ordenamiento General de Precedencias del Estado, aprobado por el Real Decreto 2099/1983, de 4 de agosto, será el inmediatamente posterior a los descendientes del Rey Don Felipe VI.»
Como se dice en el preámbulo de dicha normativa “el otorgamiento de un tratamiento singular al Rey que, voluntariamente, pone fin a su reinado, y a la Reina Consorte, además de continuar la senda de precedentes históricos y de la costumbre en otras monarquías, no es sino la forma de plasmar la gratitud por décadas de servicio a España y a los españoles”.