Pues yo he escuchado esta mañana que no cabía recurso contra la ejecución provisional.La petición de devolución de los bienes provenía de una sentencia de un Tribunal de Primera Instancia. Se llama ejecución provisional (la sentencia no era firme) y está prevista en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Después de escuchar los hechos y a ambas partes tengo claro que los aragoneses tienen razón. No conocía los detalles pero son de traca.