Tensión entre Sánchez y Zarzuela. Malestar en Casa Real por el comportamiento de Pedro Sánchez tras las elecciones

tengo que discrepar. El gobierno es el único que dispone al ejército. Toda orden que no provenga del gobierno es anticonstitucional. Si viene de su mando supremo también. Si Felipe quiere dar órdenes al ejército, que se presente a las elecciones.
TÍTULO II

De la Corona


Artículo 56
1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.
2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.
3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65, 2.
Artículo 57
1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo s*x*, la persona de más edad a la de menos.
2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.
3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.
4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.
5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
Artículo 58
La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
Artículo 59
1. Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.
2. Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad.
3. Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas.
4. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad.
5. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.
Artículo 60
1. Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre, mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.
2. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación política.
Artículo 61
1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.
2. El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey.
Artículo 62
Corresponde al Rey:
  • a) Sancionar y promulgar las leyes.
  • b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.
  • c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.
  • d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.
  • e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
  • f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.
  • g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.
  • h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
  • i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.
  • j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
Artículo 63
1. El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están acreditados ante él.
2. Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las leyes.
3. Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
Artículo 64
1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.
2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.
Artículo 65
1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
 
TÍTULO II

De la Corona


Artículo 56
1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.
2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.
3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65, 2.
Artículo 57
1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo s*x*, la persona de más edad a la de menos.
2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.
3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.
4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.
5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
Artículo 58
La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
Artículo 59
1. Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.
2. Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad.
3. Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas.
4. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad.
5. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.
Artículo 60
1. Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre, mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.
2. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación política.
Artículo 61
1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.
2. El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey.
Artículo 62
Corresponde al Rey:
  • a) Sancionar y promulgar las leyes.
  • b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.
  • c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.
  • d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.
  • e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
  • f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.
  • g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.
  • h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
  • i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.
  • j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
Artículo 63
1. El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están acreditados ante él.
2. Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las leyes.
3. Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
Artículo 64
1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.
2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.
Artículo 65
1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
Conozco la Constitución. He opositado tres veces. (y he aprobado) Tiene 169 artículos, cuatro disposiciones adicionales y nueve transitorias.

El mando supremo no quiere decir que pueda saltarse al gobierno.
Artículo 97
El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Incluso en el artículo 63, que citas en tu post, dice que claramente :
Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
previa autorización, y así, todo.
 
Conozco la Constitución. He opositado tres veces. (y he aprobado) Tiene 169 artículos, cuatro disposiciones adicionales y nueve transitorias.

El mando supremo no quiere decir que pueda saltarse al gobierno.
Artículo 97
El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Incluso en el artículo 63, que citas en tu post, dice que claramente :
Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
previa autorización, y así, todo.

Mali, hay que reconocerlo aunque para mi no es nuevo. No me gusta ser derrotista pero convengamos en que si VOX ha subido lo que ha subido ha sido porque sabe lo que se trae entre manos, no me duelen prendas en admitirlo. Aunque duela.

La ignorancia patente es mucho más fuerte que el discernimiento y posibles intentos de asimilar lo proclamado.

El atraso es evidente. Y, lo que es peor, con ínfulas de conocimiento.
 
Conozco la Constitución. He opositado tres veces. (y he aprobado) Tiene 169 artículos, cuatro disposiciones adicionales y nueve transitorias.

El mando supremo no quiere decir que pueda saltarse al gobierno.
Artículo 97
El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Incluso en el artículo 63, que citas en tu post, dice que claramente :
Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
previa autorización, y así, todo.
de la scortes generales no del gobierno,y entonces el 23 f que fue porque el gobierno interviene poco
 
Conozco la Constitución. He opositado tres veces. (y he aprobado) Tiene 169 artículos, cuatro disposiciones adicionales y nueve transitorias.

El mando supremo no quiere decir que pueda saltarse al gobierno.
Artículo 97
El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Incluso en el artículo 63, que citas en tu post, dice que claramente :
Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
previa autorización, y así, todo.
Yo no me conozco la Constitución, pero recuerdo perfectamente que dijeron en un documental que la Constitución no contemplaba la abdicación del rey (a rey muerto rey puesto) y tuvieron que hacer algún cambio (ponerle el nombre vosotras/os) para aforar a JC.
 
de la scortes generales no del gobierno,y entonces el 23 f que fue porque el gobierno interviene poco
las Cortes Generales son el Congreso y el Senado, elegidos por el pueblo en las urnas y que lo representan en su grado máximo, y su funcionamiento está perfectamente establecido en la Constitución y en los reglamentos de ambas cámaras. Y no interviene el Rey para nada.
El 23 F fue un miserable intento de golpe de estado impulsado por gente miserable y ajena a la democracia, entre otros por el preceptor de Juan Carlos, su confidente, amigo, asesor y Jefe de la Casa Real el general Armada. Fue un golpe de estado fallido por discrepancias entre sus impulsores. El papel de Juan Carlos, que yo particularmente creo que va más allá de su conocido, divulgado y publicitado hasta la saciedad papel de "pacificador" lo conocerá la historia cuando se tenga acceso a documentos todavía clasificados.
 
pues que si no había gobierno el 23 f quien saco a los militares? , el rey
Preveia algo así.
El Gobierno estaba secuestrado, pero sin adentrarme en un golpe de Estado que pasó, donde por cierto la Jefatura superior se lo pensó durante horas para decir, sí, DECIR algo, no pongas en la misma línea aquello que ésto.
Si no eres capaz de tomar buena nota de lo que nos pones para que aprendamos saliéndote por sitios que nada que ver, lo que tu ya crees tener sabido, te transcribo una parte de lo que nos pasas para que nos enteremos.
TÍTULO II

De la Corona


Artículo 56
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3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65, 2.



  • h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
  • .
Artículo 63

3. Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
Artículo 64
1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.
2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.
Artículo 65
1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
Artículo 56.3, ¿te has percatado?

Y el resto, no te lo pierdas.
 
Mali, hay que reconocerlo aunque para mi no es nuevo. No me gusta ser derrotista pero convengamos en que si VOX ha subido lo que ha subido ha sido porque sabe lo que se trae entre manos, no me duelen prendas en admitirlo. Aunque duela.
Si que lo sabe. Es la forma más fácil de hacer política. Cualquier pregunta a la que no sepan responder la contestan con un arriba España y con eso todo resuelto. Mira, yo vivo en tierra verde, puro Vox, y aquí la gente ha votado con las tripas. Ninguno de sus votantes me sabe decir que va a hacer Vox con la educación, la sanidad o las pensiones, pero todos dicen, que van a echar a los emigrantes y "tomar" cataluña. Ah, y también por que van a traer tooooooodo el agua que haga falta. Salimos en manifestación multitudinaria para "salvar" el mar menor, y gana el único partido que no fue y que niega que haya un problema. Yo hay cosas que no puedo entender.
De todas maneras, me consuela pensar que Vox ha tenido 35000 votos menos que la suma de UP y Más Pais, solo que la ley electoral le otorga más escaños. No está todo perdido.
 
Última edición:
pues que si no había gobierno el 23 f quien saco a los militares? , el rey
Estás imputando al emérito la comisión de un DELITO, muy grave, tanto que lo he puesto en mayúsculas.
Y si que había gobierno, en funciones, pero había.
 

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