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Ya, pero es que resulta que si la fuga se ha producido en un país europeo, un juez español no tiene potestad para detener e interrogar a nadie. Lo podrá interrogar, en todo caso, el juez del país donde se haya producido la fuga, si estima que se ha producido encubrimiento y el delito existe como tal en ese país.
Pues ya ves que no es como tú dices. Los han llevado hasta el juez y los han interrogado en España. Será porque se puede, se sienteeeeee