EH Bildu

Si se anula un juicio se anula la sentencia, es decir, no la cumple.

Lo de anularse el juicio llega tarde, porque el tribunal de DDHH dictó sentencia después de cumplir la pena el procesado.

Éste asunto llegará al TC y después otra vez al de DDHH.

Repito, no se puede juzgar a una persona dos veces, y ya te he puesto la excepción del convenio del tribunal de DDHH, y siempre que sea a favor del acusado, no en contra.

En cuanto a las sentencias del procés han tratado de la misma forma a aforados y a los no aforados, es decir, han sido juzgadas personas que ahora están en la cárcel por un tribunal que no les correspondía. Por ejemplo los Jordis, que no ocupaban cargos públicos y aún sí fueron al TS. Hay mas, pero no me voy a extender ahora.

Lo de Alsasua se llevó a la Audiencia Nacional por acusación de terrorismo. Luego se vió que no, pero resulta que a pesar de que no era terrorismo siguió indebidamente en la Audiencia Nacional en vez de derivarlo a un Juzgado de Pamplona, todo para manejarlo a su modo.



Lo de Otegi ...seguro que si BILDU no destaca como lo ha hecho en ésta legislatura el tema no se hubiera despertado de nuevo.

Mi opinión.

En cuanto a lo de compañeras, sencillamente me ha extrañado, y me ha sorprendido. Te he puesto el emoticono de risa maliciosa, nada mas. :rolleyes:
BINGAZO. No puedo estar mas de acuerdo contigo. Estan picaos porque bildu ha pactado los presupuestos, punto y final. A ver que cositas mas se sacan de la manga, eso sí, te digo que Otegi les va a callar a la boca otra vez.
No tienen nada que hacer, son unos ridiculos.
 
BINGAZO. No puedo estar mas de acuerdo contigo. Estan picaos porque bildu ha pactado los presupuestos, punto y final. A ver que cositas mas se sacan de la manga, eso sí, te digo que Otegi les va a callar a la boca otra vez.
No tienen nada que hacer, son unos ridiculos.
Por comentarios como éste, se entiende que esta gentuza de Bildu esté donde está.
 

Macarena Olona responde a las consignas de Otegi: «¡Desfilando, Arnaldo!»​



Macarena Olona
Macarena Olona. (Enrique Falcón)
Macarena Olona ha demostrado en numerosas ocasiones que no se arredra ante los desafíos de los proetarras como Arnaldo Otegi. La diputada de Vox ha contestado tajante a las consignas de Otegi después de que se conociera que se repetirá el juicio en la Audiencia Nacional por el caso Beteragune, por el que fue condenado por pertenencia a ETA. «¡Desfilando, Arnaldo!», ha escrito Olona.
Este lunes se ha sabido que el Tribunal Supremo ha ordenado repetir el juicio contra Otegi por pertenencia a la banda terrorista ETA. Otegi había sido condenado, pero el Tribunal Europeo de Derechos Humanos tumbó la sentencia que le condenaba por falta de imparcialidad de uno de los tres magistrados que le juzgó, y condenó, en la Audiencia Nacional.
Tras conocerse la decisión del Supremo, el proetarra ha lanzado un mensaje en las redes sociales en el que dice: «¡Ni nos domaron, ni nos doblaron, ni nos van a domesticar!», escribió el dirigente de EH Bildu




Macarena Olona ha sido de las pocas políticas que ha respondido a la chulería y a los desafíos del proetarra Otegi. Al poco tiempo de escribir este mensaje, Otegi se encontraba en su timeline la incómoda contestación de la diputada de Vox: «¡Desfilando, Arnaldo!».


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Condenado en 2012
Arnaldo Otegi, líder de la formación EH Bildu, fue condenado por la Audiencia Nacional en 2012 por el conocido como caso Bateragune. El fallo de la Nacional le imponía una pena de diez años, pero tras recurrir, el Tribunal Supremo le redujo la condena y, finalmente, le impuso seis años y medio de inhabilitación para cualquier cargo público por intentar reconstruir a la ilegalizada Batasuna.
Los condenados Arnaldo Otegi, Rafael Díez Usabiaga, Arkaitz Rodríguez Torres, Sonia Jacinto Garcia y Miren Zabaleta Tellería volvieron a recurrir, en este caso al TEDH que, En 2018, condenó a España por la parcialidad de una jueza en el mismo caso.
Repetición del juicio
Según ha informado el Tribunal Supremo, la decisión de la Sala Segunda se ha tomado «en cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que consideró vulnerado el derecho a un juez imparcial de Arnaldo Otegui y de los restantes condenados en el denominado ‘caso Bateragune’, ha acordado por unanimidad la celebración de un nuevo juicio en la Audiencia Nacional».
Así, el Supremo ha seguido la estela jurídica marcada por el Ministerio Público, quien en su escrito exponían que la sentencia del TEDH afirmaba que existió “una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derecho Humanos por falta de imparcialidad del tribunal de la Audiencia Nacional ante el que se llevó a cabo el enjuiciamiento”. Se decidió “retrotraer las actuaciones al trámite anterior al señalamiento para que se proceda a realizar los trámites necesarios para celebrar un nuevo juicio”.
El fiscal del caso explicaba que además de la sentencia del TEDH, también existe otro fallo, en este caso del Tribunal Constitucional, del año 2013, donde los magistrados acordaban “la retrotracción de las actuaciones en un juicio, y por tanto la repetición de este”, en otro caso como el de Arnaldo Otegi en el que había quedado acreditada la falta imparcialidad objetiva durante el juicio.
Es más, a este respecto, el propio Tribunal Supremo estimó la falta de imparcialidad de la presidenta de la Sala de la Audiencia Nacional, y se decantó por “repetir el juicio con otra composición de Sala”.
¡Que verdulera!!!
 


Lo he dicho muchas veces y lo vuelvo a repetir, Otegi no es santo de mi devoción, pero la ley se aplica para todos por igual, o se debe aplicar mejor dicho.

No puedo hacer mas comentarios hasta que el TS exponga su argumentario. Lo estoy esperando para poder dar mi opinión, pero por lo que sabemos la decisión del TS es inédita, nunca vista. Va en contra de la Fiscalía de la Audiencia Nacional y de la propia Audiencia nacional, que habían pedido no volver a juzgar el caso.

Vamos a esperar a ver en que se basa para esa solicitud.
 

“Otegi era la cara visible de la nueva estrategia de ETA”​

Relato de las sentencias que condenaron al líder de Bildu​



El coordinador de EH Bildu, Arnaldo Otegi, comparece este martes en la sede de EH Bildu de San Sebastián. Otegi ha opinado que la decisión del Tribunal Supremo de repetir el juicio contra él y otros dirigentes abertzales por el caso Bateragune pretende criminalizarlos para desestabilizar el escenario político, en el que la coalición abertzale es cada vez más decisiva.

El coordinador de EH Bildu, Arnaldo Otegi, comparece este martes en la sede de EH Bildu de San Sebastián. Otegi ha opinado que la decisión del Tribunal Supremo de repetir el juicio contra él y otros dirigentes abertzales por el caso Bateragune pretende "criminalizarlos" para "desestabilizar el escenario político", en el que la coalición abertzale es cada vez más "decisiva".GORKA ESTRADAEFE

FRANCISCO VELASCO
MADRID.
CREADA.16-12-2020 | 03:21 H
/
ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN.16-12-2020 | 08:56 H
16 de diciembre de 2011. La Audiencia ,condena al hoy coordinador de EH Bildu, Arnaldo Otegi, a diez años de prisión por un delito de integración en banda terrorista en grado de dirigente, por su relación directa con Bateragune, el entramado enfocado a reconstruir la ilegalizada Batasuna. El 7 de mayo de 2012, la Sala Penal del Tribunal Supremo le rebajaba la condena a seis años y medio, al eliminar el grado de dirigente, pero confirmaba la integración en ETA,

Ver también​


Estos son algunos de los párrafos más destacados de ambas sentencias en la que los magistrados de los dos tribunales basaron sus condenas, diferenciadas exclusivamente en lo que atañía a su condición o no de dirigente de la banda terrorista ETA.
«Como miembros de la “comisión de coordinación y dirección” de la Izquierda Abertzale ideada, instrumentalizada y tutelada por la organización terrorista ETA, los acusados Arnaldo Otegi...se constituían en reuniones periódicas en la sede del sindicato LAB».
Esta «Comisión» era la encargada por ETA para llevar a efecto la planificación y gestión de la nueva línea estratégica de acumulación de fuerzas políticas soberanistas que ordenó en diciembre de 2008 que se creara, bajo su tutela y superior supervisión, en aras a la culminación del proceso independentista del País Vasco. A esas reuniones se invitaban a otras personas referenciales de algún sector de la Izquierda Abertzale, para que expusieran sus pareceres sobre las actuaciones a seguir para lograr esos fines.
«Arnaldo Otegi Mondragón ejercía, dentro de la comisión creada que se dio a conocer el día 16 de marzo de 2009, tareas de responsabilidad y proyección... en su calidad de portavoz autorizado del grupo extraído de la Izquierda Abertzale encargado de elaborar la nueva estrategia de ETA diseñada en diciembre de 2008».

La sentencia de la Audiencia Nacional detallaba las funciones concretas de Otegi en el entramado. Así, le situaba como portavoz de la mencionada «Comisión» tanto ante los medios de comunicación como en actos públicos. En esos actos, reseñaba la primera sentencia, no se observó que Otegi en algún momento «haya condenado, o al menos reprochado, a dicha organización terrorista su criminal proceder, sino simplemente evita su mención por motivos tácticos».
La «cara visible ante los medios de la nueva estrategia concebida por ETA»

Estas frases corresponden ya a la sentencia del Tribunal Supremo, aunque en referencia lo considerado probado por la Audiencia Nacional. Así, en relación con uno de los puntos del recurso de Otegi y Diez Usabiaga, destacaba cómo a ambos se les viene a atribuir «una posición similar a la de los demás recurrentes, asumiendo como único protagonismo respecto de éstos el control con los medios de comunicación».
«Relevante papel en el seno del grupo gestado por la organización criminal, captando a jóvenes que dieran relevo generacional».
El Tribunal Supremo daba por constatado la «asunción» por parte del propio Otegi de ese «papel relevante», colocándose él mismo «al frente de la comisión en actos públicos». Esta fue de las claves para establecer la condena por integración en ETA.
«Los recurrentes –Otegi entre ellos– habrían desplegado sus actividades políticas siguiendo en verdad los postulados terroristas» de ETA
Los magistrados del Supremo recordaban cómo fue su vinculación con ETA lo que la Audiencia Nacional consideró acreditado, «entendiendo que la actuación política de los encausados condenados es, realmente, ejecución de los planes estratégicos previamente trazados por la organización terrorista».
Otegi «pudo interesar de la organización criminal su deposición de las armas, lo que no hizo, como tampoco condenó los ataques violentos que, en paralelo, se iban produciendo por parte de la organización criminal» ETA.

La sentencia del Supremo recogía también cómo los hechos ponían en evidencia que Otegi hubiese querido realmente llevar a cabo los «Principios Mitchell» al País Vasco, postulados pacifistas para alcanzar fines políticos, «lo más lógico habría sido que utilizara su relevante proyección mediática para condenar dicha violencia armada y sus concretas manifestaciones durante los meses en que los atentados de ETA se solaparon con la actividad política del procesado, lo que nunca hizo».
«El discurso públicamente sostenido por el procesado venía, en verdad, impuesto desde las filas de la banda armada».
En la sentencia del Alto Tribunal se venía también a recalcar cómo los magistrados de la Audiencia Nacional encontraron datos que acreditaban la notoria similitud entre las expresiones de Otegi en los actos públicos «y aquello que previamente había planificado ETA para su nueva faceta política», según se desprendía de documentos incautados.
«Uno de los ejecutores de su definido plan de actuación política» de ETA.
También el Supremo recogía otro de los argumentos de la Audiencia Nacional acentuar el papel desempeñado por Otegi, que no fue político, sino de ejecución de los postulados que la banda había marcado previamente. «De la suma de datos apuntados -cuya constancia objetiva como tales, insistimos, no es puesta en entredicho- conduce al Tribunal de procedencia a estimar al recurrente integrado en la organización terrorista ETA».
«La organización criminal delegó en ambos recurrentes (Otegi y Arkaitz Rodríguez) y en algunos otros procesados “la labor negociadora y de aglutinación del sector soberanista del País Vasco”».
Esa labor negociadora se desarrolló dentro de la denominada Izquierda Abertzale, habiendo seguido las pautas de ETA de forma activa y consciente,» actuando bajo su tutela y dirección cuando desplegaron las distintas actividades relacionadas en los hechos, instrumentalizadas de este modo por ETA y a su directo servicio».
Otegi y los demás procesados «habían formado un grupo de trabajo directamente al servicio de la organización» terrorista ETA.
La conclusión a la que llegan los magistrados es que Bateragune no era el nexo exclusivo de los procesados con ETA, a modo de eslabón de una cadena; y que entre ellos y la cúspide de la banda terrorista ETA tampoco existía una relación piramidal en cuyo plano intermedio se situara el complejo a través del cual se intentara la reconstrucción de la ilegalizada Batasuna por su vinculación a ETA.

“Otegi era la cara visible de la nueva estrategia de ETA”

Relato de las sentencias que condenaron al líder de Bildu

El coordinador de EH Bildu, Arnaldo Otegi, comparece este martes en la sede de EH Bildu de San Sebastián. Otegi ha opinado que la decisión del Tribunal Supremo de repetir el juicio contra él y otros dirigentes abertzales por el caso Bateragune pretende criminalizarlos para desestabilizar el escenario político, en el que la coalición abertzale es cada vez más decisiva.

El coordinador de EH Bildu, Arnaldo Otegi, comparece este martes en la sede de EH Bildu de San Sebastián. Otegi ha opinado que la decisión del Tribunal Supremo de repetir el juicio contra él y otros dirigentes abertzales por el caso Bateragune pretende "criminalizarlos" para "desestabilizar el escenario político", en el que la coalición abertzale es cada vez más "decisiva".GORKA ESTRADAEFE

FRANCISCO VELASCO
MADRID.
CREADA.16-12-2020 | 03:21 H
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ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN.16-12-2020 | 08:56 H

16 de diciembre de 2011. La Audiencia ,condena al hoy coordinador de EH Bildu, Arnaldo Otegi, a diez años de prisión por un delito de integración en banda terrorista en grado de dirigente, por su relación directa con Bateragune, el entramado enfocado a reconstruir la ilegalizada Batasuna. El 7 de mayo de 2012, la Sala Penal del Tribunal Supremo le rebajaba la condena a seis años y medio, al eliminar el grado de dirigente, pero confirmaba la integración en ETA,

Ver también


Estos son algunos de los párrafos más destacados de ambas sentencias en la que los magistrados de los dos tribunales basaron sus condenas, diferenciadas exclusivamente en lo que atañía a su condición o no de dirigente de la banda terrorista ETA.
«Como miembros de la “comisión de coordinación y dirección” de la Izquierda Abertzale ideada, instrumentalizada y tutelada por la organización terrorista ETA, los acusados Arnaldo Otegi...se constituían en reuniones periódicas en la sede del sindicato LAB».
Esta «Comisión» era la encargada por ETA para llevar a efecto la planificación y gestión de la nueva línea estratégica de acumulación de fuerzas políticas soberanistas que ordenó en diciembre de 2008 que se creara, bajo su tutela y superior supervisión, en aras a la culminación del proceso independentista del País Vasco. A esas reuniones se invitaban a otras personas referenciales de algún sector de la Izquierda Abertzale, para que expusieran sus pareceres sobre las actuaciones a seguir para lograr esos fines.
«Arnaldo Otegi Mondragón ejercía, dentro de la comisión creada que se dio a conocer el día 16 de marzo de 2009, tareas de responsabilidad y proyección... en su calidad de portavoz autorizado del grupo extraído de la Izquierda Abertzale encargado de elaborar la nueva estrategia de ETA diseñada en diciembre de 2008».
La sentencia de la Audiencia Nacional detallaba las funciones concretas de Otegi en el entramado. Así, le situaba como portavoz de la mencionada «Comisión» tanto ante los medios de comunicación como en actos públicos. En esos actos, reseñaba la primera sentencia, no se observó que Otegi en algún momento «haya condenado, o al menos reprochado, a dicha organización terrorista su criminal proceder, sino simplemente evita su mención por motivos tácticos».
La «cara visible ante los medios de la nueva estrategia concebida por ETA»
Estas frases corresponden ya a la sentencia del Tribunal Supremo, aunque en referencia lo considerado probado por la Audiencia Nacional. Así, en relación con uno de los puntos del recurso de Otegi y Diez Usabiaga, destacaba cómo a ambos se les viene a atribuir «una posición similar a la de los demás recurrentes, asumiendo como único protagonismo respecto de éstos el control con los medios de comunicación».
«Relevante papel en el seno del grupo gestado por la organización criminal, captando a jóvenes que dieran relevo generacional».
El Tribunal Supremo daba por constatado la «asunción» por parte del propio Otegi de ese «papel relevante», colocándose él mismo «al frente de la comisión en actos públicos». Esta fue de las claves para establecer la condena por integración en ETA.
«Los recurrentes –Otegi entre ellos– habrían desplegado sus actividades políticas siguiendo en verdad los postulados terroristas» de ETA
Los magistrados del Supremo recordaban cómo fue su vinculación con ETA lo que la Audiencia Nacional consideró acreditado, «entendiendo que la actuación política de los encausados condenados es, realmente, ejecución de los planes estratégicos previamente trazados por la organización terrorista».
Otegi «pudo interesar de la organización criminal su deposición de las armas, lo que no hizo, como tampoco condenó los ataques violentos que, en paralelo, se iban produciendo por parte de la organización criminal» ETA.
La sentencia del Supremo recogía también cómo los hechos ponían en evidencia que Otegi hubiese querido realmente llevar a cabo los «Principios Mitchell» al País Vasco, postulados pacifistas para alcanzar fines políticos, «lo más lógico habría sido que utilizara su relevante proyección mediática para condenar dicha violencia armada y sus concretas manifestaciones durante los meses en que los atentados de ETA se solaparon con la actividad política del procesado, lo que nunca hizo».
«El discurso públicamente sostenido por el procesado venía, en verdad, impuesto desde las filas de la banda armada».
En la sentencia del Alto Tribunal se venía también a recalcar cómo los magistrados de la Audiencia Nacional encontraron datos que acreditaban la notoria similitud entre las expresiones de Otegi en los actos públicos «y aquello que previamente había planificado ETA para su nueva faceta política», según se desprendía de documentos incautados.
«Uno de los ejecutores de su definido plan de actuación política» de ETA.
También el Supremo recogía otro de los argumentos de la Audiencia Nacional acentuar el papel desempeñado por Otegi, que no fue político, sino de ejecución de los postulados que la banda había marcado previamente. «De la suma de datos apuntados -cuya constancia objetiva como tales, insistimos, no es puesta en entredicho- conduce al Tribunal de procedencia a estimar al recurrente integrado en la organización terrorista ETA».
«La organización criminal delegó en ambos recurrentes (Otegi y Arkaitz Rodríguez) y en algunos otros procesados “la labor negociadora y de aglutinación del sector soberanista del País Vasco”».
Esa labor negociadora se desarrolló dentro de la denominada Izquierda Abertzale, habiendo seguido las pautas de ETA de forma activa y consciente,» actuando bajo su tutela y dirección cuando desplegaron las distintas actividades relacionadas en los hechos, instrumentalizadas de este modo por ETA y a su directo servicio».
Otegi y los demás procesados «habían formado un grupo de trabajo directamente al servicio de la organización» terrorista ETA.
La conclusión a la que llegan los magistrados es que Bateragune no era el nexo exclusivo de los procesados con ETA, a modo de eslabón de una cadena; y que entre ellos y la cúspide de la banda terrorista ETA tampoco existía una relación piramidal en cuyo plano intermedio se situara el complejo a través del cual se intentara la reconstrucción de la ilegalizada Batasuna por su vinculación a ETA.
 
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