Todo sobre Astrid Gil-Casares, ex-esposa de Rafael del Pino

Pero es que yo creo que hay un error al valorar el asunto este. No se trata de cuanto dinero tiene el ex. Si no de cuanto vale el tiempo de ella. Por eso dice que no se siente valorada como madre.
A ver, una barra de pan cuesta lo mismo, la pague quien la pague. Si la compró yo o la compra El Rafita Ferroviario, nos va a costar igual. Por lo mismo, el tiempo de esta chica como esposa y madre que ha renunciado a su carrera (ella fue a ver a El Rafita pa pedirle curro, y oyes, él se lo dio) deberá valer lo mismo pa un mileurista que para su exmillonario.

Exacto.
criterios para que tenga lugar la compensación a que hace referencia el artículo 1.438 Cc:

– Que se haya establecido la separación de bienes como régimen del matrimonio.

Ambos cónyuges, aunque el matrimonio se rija por la separación de bienes, están obligados a contribuir al levantamiento de las cargas del matrimonio.

– No es necesario que la aportación sea económica (en bienes o dinero) sino que puede contribuirse con el trabajo doméstico (trabajos en el hogar, atención y cuidado de los hijos…) cumpliéndose con ello el principio de igualdad del artículo 32 que recoge nuestra Constitución.

– El trabajo para la casa, además de ser una forma de contribución a las cargas del matrimonio es el título para obtener una compensación al momento de la finalización del régimen.

– Para que la compensación tenga lugar la contribución a las cargas del matrimonio mediante el trabajo para el hogar debe realizarse de forma exclusiva, con dedicación plena a dichas tareas, no pudiendo compatibilizarse con el desempeño de una actividad profesional fuera del hogar familiar.

– No obstante lo anterior, no se perderá el derecho a la compensación cuando para el desempeño del trabajo en el hogar familiar se reciba ayuda en el desempeño de dichas tareas, por lo que es compatible con la contratación de personal doméstico para la ayuda de dichas tareas, por ejemplo.

– Se excluyen los criterios basados en el enriquecimiento o incremento patrimonial del cónyuge que debe de realizar la compensación, por lo que no es necesario que éste haya adquirido patrimonio durante la vigencia del régimen, ya que lo que se trata de compensar es el trabajo exclusivo para el hogar del otro cónyuge y corregir el desajuste patrimonial que haya experimentado como consecuencia de esa dedicación exclusiva a las labores de la casa, teniendo en cuenta que uno de los cónyuges sacrifica su capacidad laboral o profesional a favor del otro, sin generar ingresos propios ni participar en los del otro esposo.

Establecido de este modo el derecho a la compensación, ha sido también la Jurisprudencia la que, a falta de acuerdo entre los esposos y ante el silencio de la ley, ha establecido las diferentes formas de valorar la cuantía de la indemnización, y de todas las posibles que se han ido barajando entiende como una de las más objetivas el equivalente al salario mínimo interprofesional o la equiparación del trabajo con el sueldo que cobraría una tercera persona, de manera que la compensación se construye en base a lo que se deja de desembolsar o se ahorra por la falta de contratación del servicio ante la dedicación de uno de los cónyuges a dicho trabajo en el hogar.


Otra cosa es la compensatoria, ahí han determinado 75.000 mes/x 5 años. También los 3M de la casa que le dió el ex para la compra de la casa.
 
Pero es que yo creo que hay un error al valorar el asunto este. No se trata de cuanto dinero tiene el ex. Si no de cuanto vale el tiempo de ella. Por eso dice que no se siente valorada como madre.
A ver, una barra de pan cuesta lo mismo, la pague quien la pague. Si la compró yo o la compra El Rafita Ferroviario, nos va a costar igual. Por lo mismo, el tiempo de esta chica como esposa y madre que ha renunciado a su carrera (ella fue a ver a El Rafita pa pedirle curro, y oyes, él se lo dio) deberá valer lo mismo pa un mileurista que para su exmillonario.

discrepo, no se trata de lo que vale la labor como madre (que también) sin más. O no debería (mi opinión, claro). Si lo llevamos al extremo , de madre puede hacer una empleada domestica (SMI + plus nocturno y festivos). Se aplica eso como baremo en todos los casos y a correr. muerto el perro, se acabo la rabia. Tantos meses te has dedicado a la casa, tanto se te indemniza.

se trata de tener en cuenta el hecho que uno de los conyugues pudo seguir mejorando su posición financiera (ingresos, patrimonio, cotizaciones) a costa de que el otro conyugue renunciara a mejorar el suyo en pro del bienestar familiar. no es que la labor de la madre mileurista valga menos que la labor de la madre millonaria, es que ser padre mileurista no es lo mismo que ser padre millonario.

este extremo no tiene importancia mientras se mantiene la unidad familiar (si Astrid y del pino hubieran seguido casados, estarían tan pichis)

el problema surge cuando se disuelve el vinculo matrimonial.

el embrollo aquí (siempre bajo mi punto de vista) es cómo encaja la indemnización con la pensión compensatoria de manera que no se produzcan duplicidades.

conviene tener presente que la indemnización se inventó básicamente para corregir el desequilibrio / la injusticia que se produce a la hora de disolver el vinculo cuando existe separación de bienes y uno de los conyugues haya renunciado a su profesión en pro del bienestar de todos (también en pro del de su marido).

la ley debería tener en cuenta la mejora de la posición patrimonial del cónyuge que ja seguido trabajando fuera de casa. De hecho, en Cataluña creo que así es. Y me parece lo más justo.

Y aquí hablamos de justicia ¿no?

que para justificar a del Pino ya están los abogados de del Pino que lo hacen mejor que cualquiera de nosotras.
 
Última edición por un moderador:
discrepo, no se trata de lo que vale la labor como madre (que también) sin más. O no debería (mi opinión, claro). Si lo llevamos al extremo , de madre puede hacer una empleada domestica (SMI + plus nocturno y festivos). Se aplica eso como baremo en todos los casos y a correr. muerto el perro, se acabo la rabia. Tantos meses te has dedicado a la casa, tanto se te indemniza.

se trata de tener en cuenta el hecho que uno de los conyugues pudo seguir mejorando su posición financiera (ingresos, patrimonio, cotizaciones) a costa de que el otro conyugue renunciara a mejorar el suyo en pro del bienestar familiar. no es que la labor de la madre mileurista valga menos que la labor de la madre millonaria, es que ser padre mileurista no es lo mismo que ser padre millonario.

este extremo no tiene importancia mientras se mantiene la unidad familiar (si Astrid y del pino hubieran seguido casados, estarían tan pichis)

el problema surge cuando se disuelve el vinculo matrimonial.

el embrollo aquí (siempre bajo mi punto de vista) es cómo encaja la indemnización con la pensión compensatoria de manera que no se produzcan duplicidades.

conviene tener presente que la indemnización se inventó básicamente para corregir el desequilibrio / la injusticia que se produce a la hora de disolver el vinculo cuando existe separación de bienes y uno de los conyugues haya renunciado a su profesión en pro del bienestar de todos (también en pro del de su marido).

la ley debería tener en cuenta la mejora de la posición patrimonial del cónyuge que ja seguido trabajando fuera de casa. De hecho, en Cataluña creo que así es. Y me parece lo más justo.

Y aquí hablamos de justicia ¿no?

que para justificar a del Pino ya están los abogados de del Pino que lo hacen mejor que cualquiera de nosotras.
Del Pino no mejoró su posición a costa de la renuncia de ella. Lo primero porque ella ni curro tenía cuando se conocen. La posición de Del Pino mejoró gracias a su curro. De él
 
Del Pino no mejoró su posición a costa de la renuncia de ella. Lo primero porque ella ni curro tenía cuando se conocen. La posición de Del Pino mejoró gracias a su curro. De él
No habiamos quedadoque la sentencia reconoce que los siete meses anteriores al matrimonio tuvo una nomina de 40.000€ mensuales?
 
Del Pino no mejoró su posición a costa de la renuncia de ella. Lo primero porque ella ni curro tenía cuando se conocen. La posición de Del Pino mejoró gracias a su curro. De él

evidentemente que la mejora patrimonial de del pino en los diez años de matrimonio no es directamente imputable a que Astrid dejara de trabajar.

pero el que Astrid dejara de trabajar indiscutiblemente redundó en el bienestar de toda la familia, del pino incluido.

y a la hora de disolver el vinculo , ha de tenerse en cuenta.

es decir, ha de tenerse en cuenta lo que pudo dejar de mejorar Astrid al dedicarse exclusivamente al cuidado de la familia y lo que pudo mejorar del pino al continuar con su profesión.

en Cataluña y en otros países (no va con segundas jeje) es así.

y si no lo dicho, tantos meses dedicada a la casa x SMI y a correr. la cosa no tiene más ciencia.
 
Última edición por un moderador:
pues yo que Astrid me iba al TC.

es difícil generar / revisar jurispridencia cuando te enfrentas a todo un caballero español al que no le tose ni dios pero yo lo intentaba.

la otra opción es aliarse con Jaracanda y metérsela doblada.
 
Última edición por un moderador:
O la otra opción es casarse en gananciales o régimen de participación si tu marido progresa mientras tú le facilitas la intendencia. Ya existe y tiene muchísima jurisprudencia. Otra cosa es que los abogados de él ( que era el millonario)le hubieran aconsejado casarse por ese régimen. A ella no le importó, o bien creyó que el amor era eterno, o no habría boda.
 
Yo tengo una pareja de amigos, él es heredero de una fortuna enorme, no del nivel del machirulo que hablamos aquí, pero sí de varios cientos de millones. Se casó con mi amiga y obviamente los abogados dijeron que prenup y prenup se firmó. Ahora bien él dio unas directrices para que pasara lo que pasara ella quedara genial en caso de divorcio. Ella entendió que el prenup era lógico con semejante fortunón pero apreció el gesto de él. Llevan juntos muchos años y tienen ya varios hijos, el prenup no ha sido nunca un problema porque él se portó como un caballero y dudo que lo lleguen a necesitar. Si el cónyuge rico no es generoso con el prenup yo no aconsejo casarse porque ya sabes de antemano lo que va a suceder si llega un divorcio. Ahora bien, en el caso d mis amigos llevaban años juntos y ahí había realmente amor y no interés. Pero si quieres también que t quieran, en el matrimonio hay que ser honrado y no tacaño.... Y estos que se casan con mujeres trofeo son unos pájaros que lo quieren todo. Imagino que ella se arrepiente de haberse casado o al menos d no haber negociado un prenup mejor atendiendo a la fortuna de él.
Insisto en que ella ha estado fatalmente asesorada, igual de ahí el título de su libro, nadie me contó o advirtió o algo así lo ha titulado
 

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