Je, esa es una cuestión q a los q estudiamos derecho nos lleva locos..., hasta q lo entendemos. A ver si te lo puedo explicar d una forma sencilla.
El dolo directo es cuando tu quieres producir un resultado y eres consciente d q lo vas a producir, como matar a alguien. Tienes esa intención.
El dolo eventual aparece cuando no tienes intención de producir ese resultado, pero asumes q con tu acto, es posible q se produzca, aunque no lo busques, y en este caso es evidente si Marta murió por una sobredosis. El no buscaba matarla, pero asumió ese riesgo eventual. Por ejemplo, si vas a cazar ilegalmente y por accidente matas a una persona q andaba por alli, es dolo eventual, porq no querías matar, pero sabes q hay excursionistas y asumes ese riesgo.
Muchas gracias prima, ahora sí lo he entendido mucho mejor.???
Así de primeras, me parece eventual por lo que le pasó a la chica de abril, pero en el caso de Marta, no lo tengo nada claro porque él sabía lo que podía ocurrir si llevaba a cabo la práctica que tanto nombrábamos aquí. Lo que tampoco sabemos si lo ha hecho más veces y sin resultado nefasto y si lo hizo con Marta (porque aún creo que no se descarta la muerte violenta).