Moción de censura a Rajoy. Pedro Sanchez es el nuevo presidente del Gobierno

Perdón ese tuit de los refugiados del aquaruis es cierto? Estamos de coña o pretenden volver a la era de Aquarius? Vamos ni que quisiera cabrear al personal patrio!
 
Cual es tu fuente? No he visto nada en medios serios. Inventarse cosas o hacer caso a medios de dudosa reputación y ética profesional está muy mal eh...
Mira, no te enfades, te paso información que aparece en portal inmigración estatal. Es sobre acogida REFUGIADOS:

Centro de Acogida a Refugiados (C.A.R.)
Son establecimientos públicos destinados a prestar alojamiento, manutención y asistencia psicosocial urgente y primaria, así como otros servicios sociales encaminados a facilitar la convivencia e integrar en la comunidad a las personas que solicitan asilo en España u obtengan la condición de refugiado o desplazado en España y que carezcan de medios económicos para atender a sus necesidades y a las de su familia.

Normativa reguladora
El Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social hace referencia en artículo 264.2 a los programas específicos dirigidos a extranjeros que tengan la condición de solicitantes de asilo o del estatuto de apátrida, refugiados, apátridas, beneficiarios de la protección. Además la Orden Ministerial de 13 de enero de 1989 regula los Centros de Acogida a Refugiados y Asilados y la Resolución de 6 de julio de 1998 aprueba el Estatuto Básico de los CAR y desarrolla la Orden 13-1-1989, que los regula.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de los Centros de Acogida a Refugiados de la Dirección General de Migraciones, las personas que reúnan alguna de las siguientes condiciones:

  • Haber solicitado o ser beneficiario de proteccion internacional en España.
  • Estar en posesión del documento pertinente que acredite su condición de solicitante o beneficiario de proteccion internacional del estatuto de apatrida o protección temporal en España.
  • Haber solicitado proteccion internacional y no ser admitida a trámite la solicitud, cuando haya aceptado un Estado miembro la responsabilidad de examinar su solicitud de asilo en virtud del Reglamento (CE) 343/2003 del Consejo de 18 de febrero de 2003 por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los estados miembros por un nacional de un tercer país, durante el plazo previsto para gestionar el traslado al país que haya aceptado su toma a cargo.
En todos los supuestos les serán de aplicación los siguientes requisitos:

  • Carecer de trabajo o de medios económicos para atender sus necesidades y las de su familia.
  • No padecer enfermedades transmisibles o discapacidades fisicas o psíquicas que puedan alterar la normal convivencia en el centro.
  • Aceptación expresa de la normativa por la que se rige el centro.
Duración de la estancia
La estancia en los centros tendrá una duración de seis meses, salvo que con anterioridad al transcurso de este período sea resuelto el expediente administrativo. En caso de resolución denegatoria, el beneficiario dispondrá de quince días para abandonar el centro.

Excepcionalmente, y por razones de necesidad, previo informe del equipo técnico la Dirección del centro podrá proponer a la Dirección General de Integración de los Inmigrantes la autorización, por una sola vez, de una prórroga de estancia hasta la notificación de la resolución del expediente de asilo. Su duración dependerá de las características individuales de cada caso, tras la propuesta de la dirección del centro de forma motivada.

Servicios y prestaciones
  • Alojamiento y manutención temporal.
  • Información y asesoramiento sobre nueva situación.
  • Orientación para su incorporación al sistema educativo, sanitario y social.
  • Atención psicológica.
  • Atención social especializada y gestión de ayudas económicas complementarias.
  • Desarrollo de cursos para aprendizaje de la lengua y de habilidades sociales básicas.
  • Orientación e intermediación para la formación profesional e inserción laboral.
  • Actividades ocupacionales y de ocio y tiempo libre.
  • Actividades de sensibilización y de divulgación de la actuación del C.A.R. dirigidas a la sociedad de acogida.
Ayudas económicas a los beneficiarios de los CAR
Objeto
Permitir al beneficiario resolver las necesidades personales y/o familiares más perentorias, así como facilitarle los medios adecuados para procurar su mayor autonomía personal y su futura integración social.
 
Hay que hacerle un rastreo de tweets a fondo.
Ha empezado con bastante éxito dado que Pedrito no ha hecho investigación previa a sus ministrables, el pin pan pun o tiro al pato al Ministro. Primero Brevín Huerta. Ahora a por el siguiente, ¿El de agricultura?

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El ministro de Agricultura de Pedro Sánchez, Luis Planas, está imputado por consentir robos de agua en Doñana
El presidente ha nombrado a un ministro imputado en una causa judicial.
Pedro de Tena (Sevilla)
2018-06-14
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El pasado 10 de julio de 2017, Europa Press daba la noticia de que una juez de la Palma del Condado (Huelva) acusaba de un delito medioambiental a dos exalcaldes de Almonte —uno del PP y otro del PSOE— y al exconsejero andaluz de Agricultura, hoy ministro del mismo ramo, Luis Planas, por el robo del agua en el entorno de Doñana.

Dado que Luis Planas sigue imputado hasta el momento, como ha contado El País, Pedro Sánchez, que llegó a exigir la dimisión de cualquier imputado, decisión que afectó especialmente a las de Manuel Chaves y José Antonio Griñán, ha nombrado a un imputado en causa judicial ministro de su nuevo gobierno.

Fue el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de La Palma del Condado (Huelva) el que dictó auto de procedimiento abreviado contra dos exalcaldes de Almonte, el socialista Francisco Bella y el popular José Antonio Domínguez Iglesias, a los que atribuyó ser partícipes en un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente.

Asimismo, también procesó al exconsejero de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta Luis Planas por supuestamente consentir desde 2009 a 2012 el uso de agua de las parcelas del paraje Matalagrana de la que es titular dicha consejería con "conocimiento de la falta de autorización de los pozos y de la falta de autorización tanto del Ayuntamiento de Almonte como de los agricultores como cesionarios para utilizar agua de los pozos construidos".

En el auto, la jueza les atribuía a los alcaldes "el consentimiento del uso indebido del agua de las parcelas de las que eran cesionarios, y a su vez, cedentes a los agricultores, con conocimiento de que en ese acuerdo no se incluía el uso de los pozos construidos en el marco del plan Almonte-Marismas".

Además, añadía "sin haber procedido a iniciar gestiones para instar al titular de éstos a regularización, "colaborando igualmente a la degradación del medio ambiente natural del Parque Nacional de Doñana".

El País, en la misma fecha, concretaba que también se procesaba en el auto, fechado en el mes de mayo, a dos ex altos cargos de la Junta: María Isabel Salinas García, exsecretaria general de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; y Judit Anda Ugarte, exdirectora general de la Producción Agraria. Además, resultaron procesados doce agricultores de la zona. Asimismo, a todos los imputados se les atribuye un presunto delito contra los recursos naturales y el medio ambiente.

En el caso de los empresarios agrícolas el auto señalaba que se infieren indicios de que han venido llevando a cabo labores de cultivo de frutos rojos en las tierras correspondientes al paraje conocido como Matalagrana, en Almonte desde mediados de los años 90, y en lo que afecta a la causa desde 2009 a 2012, haciendo "un uso indebido de los recursos hídricos disponibles en la zona".

En concreto, indica que se firmaron varios convenios con el Ayuntamiento de Almonte, tras acuerdos con el ya extinto Instituto Andaluz de Reforma Agraria (IARA) propietario de los terrenos, para la realización de experiencias de introducción de cultivos de fresas compatibles con el medio ambiente. De este modo, como explica, se le cedían los terrenos a cambio de un canon, "sin hacer mención al uso del agua al que pudieran tener derecho tales parcelas".

Así las cosas, el juzgado consideró que habían llevado a cabo extracciones de agua "no autorizadas ni autorizables de los mismos en estas parcelas", incluidas en el Plan de Ordenación del Territorio del Ámbito de Doñana (POTAD), donde "no es posible autorizar nuevas captaciones por afectar las mismas al acuífero 27 que alimenta de agua al Parque Nacional de Doñana".

En definitiva, remarca "se ha venido provocando un perjuicio irreparable al medio ambiente de una zona especialmente protegida al provocar la reducción de cantidad de agua disponible para la supervivencia de animales y flora natural del espacio protegido".

Se anuncia la próxima desimputación de Planas
Según El País, la Fiscalía de Medio Ambiente de Huelva, que prepara ya el escrito de acusación para el juicio y que durante la instrucción había mostrado dudas sobre la imputación del ahora ministro, no aprecia delito en su actuación por lo que será desimputado. Pero ello no anula el hecho de que cuando fue nombrado ministro lo estaba.

En los próximos días, anuncia el diario de Prisa, el ministerio público presentará ese escrito, no acusará a Planas y la causa en su contra se archivará, según avanzan fuentes de la Fiscalía. No ocurrirá así con los agricultores implicados y con dos exalcaldes socialistas de Almonte —Francisco Bella y José Antonio Domínguez—, a los que sí acusará el ministerio público e irán a juicio. La Fiscalía es la única acusación en este caso, con lo que su postura es determinante cuando se llega a la fase del juicio.

No hay que olvidar que el fiscal jefe de Huelva es Luis Fernández Arévalo, superior jerárquico de los fiscales de Huelva y muy bien relacionado con el PSOE y no sólo políticamente, sino familiarmente. Luis Fernández Arévalo es un fiscal procedente de Sevilla donde fuentes próximas a la Justicia lo señalan como amigo personal del ex consejero de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, Emilio de Llera, con el que mantuvo intensas relaciones durante años. Ya se sabe que de Llera fue uno de los enemigos máximos de la juez Alaya y uno de los muñidores de la defensa de la Junta y los ex altos cargos de la Junta en los casos ERE y el fraude de la formación.

En torno al fiscal Fernández Arévalo rondan algunas otras coincidencias. La primera de ellas es que su esposa, Pilar Sepúlveda García de la Torre, fue propuesta por el PSOE – según algunas fuentes directamente por Susana Díaz -, como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Fue, además y durante años, presidenta de la Asociación de Asistencia a Víctimas de Agresiones Sexuales de Andalucía (AMUVI), una asociación de mujeres sin ánimo de lucro de ámbito andaluz cuya misión es la lucha contra la violencia y la discriminación que sufren las personas o colectivos más vulnerables. A esa asociación han llegado centenares de miles de euros en subvenciones procedentes de diversas fuentes de apoyo económico.

Por si fuera poco, su cuñada, María de los Ángeles Sepúlveda García de la Torre, doctora por la Universidad de Sevilla, licenciada en Medicina y Cirugía, especialista en Medicina Legal y Forense y experta en malos tratos y violencia de género, victimología y mediación familiar, fue nombrada en 2015 directora general de Violencia de Género, tras una larga carrera que había comenzado con la gestión de la empresa cooperativa agrícola Hermanos Sepúlveda (1988-1994). Luego fue la secretaria de AMUVI que presidía su hermana.

El fiscal provincial de Huelva, Fernández Arévalo, saltó a los medios de comunicación por su insólita decisión de comunicar al juez del caso el fraude de la formación que solicitaba el archivo que él mismo decidió apoyar instruir durante años y que afectaba a personas próximas al PSOE de Huelva y especialmente, al número 2 de Susana Díaz en el Parlamento andaluz, Mario Jiménez.

Hasta tal punto fue escandalosa su decisión que el Juzgado de Instrucción número 5 de Huelva acordaba remitir la causa de los cursos de formación al superior jerárquico del fiscal para que informara si finalmente sostiene o no la acusación en la pieza principal, ya que consideraba "injustificado" que el fiscal pida el archivo "cuando meses antes había solicitado la confirmación del auto que especificaba los indicios de delito contra los acusados".
 
qué cosas, qué cosas!!! visionarias declaraciones, 10 días antes de que Rajoy perdiera la presidencia :eek::eek:

Guillem López Casasnovas: El Ibex considera que Rajoy está amortizado '
Entrevista al catedrático de la Universidad Pompeu Fabra
20180516guillem_lopez007-16125538-604x270.jpg

Por: Assumpció Maresma y José Rexach Fumanya

05/21/2018
"- Y este es el motivo por el que el Ibex 35 apuesta por Ciudadanos?
-Sí porque muchas de estas políticas económicas que el PP ha hecho tienen fecha de caducidad. Creo que el Ibex considera que Rajoy está amortizado. Y además no ha sido capaz de encontrar un sucedáneo sucesor.

- Y eso que implicaría en el ámbito económico?
Que habría consolidación fiscal de verdad, es decir, no se gastaría lo que no se tiene.Los Garicano y compañía harán liberalismo ortodoxo con más probabilidad.

- Garicano (asistente Bilderberg 2016), ¿qué es el hombre de economía de Ciudadanos, qué perfil tiene?
-liberal. Esto es lo que gusta en el Ibex 35."

https://translate.google.com/transl...,15700149,15700168,15700186,15700191,15700201
 
Última edición:
Mira, no te enfades, te paso información que aparece en portal inmigración estatal. Es sobre acogida REFUGIADOS:

Centro de Acogida a Refugiados (C.A.R.)
Son establecimientos públicos destinados a prestar alojamiento, manutención y asistencia psicosocial urgente y primaria, así como otros servicios sociales encaminados a facilitar la convivencia e integrar en la comunidad a las personas que solicitan asilo en España u obtengan la condición de refugiado o desplazado en España y que carezcan de medios económicos para atender a sus necesidades y a las de su familia.

Normativa reguladora
El Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social hace referencia en artículo 264.2 a los programas específicos dirigidos a extranjeros que tengan la condición de solicitantes de asilo o del estatuto de apátrida, refugiados, apátridas, beneficiarios de la protección. Además la Orden Ministerial de 13 de enero de 1989 regula los Centros de Acogida a Refugiados y Asilados y la Resolución de 6 de julio de 1998 aprueba el Estatuto Básico de los CAR y desarrolla la Orden 13-1-1989, que los regula.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de los Centros de Acogida a Refugiados de la Dirección General de Migraciones, las personas que reúnan alguna de las siguientes condiciones:

  • Haber solicitado o ser beneficiario de proteccion internacional en España.
  • Estar en posesión del documento pertinente que acredite su condición de solicitante o beneficiario de proteccion internacional del estatuto de apatrida o protección temporal en España.
  • Haber solicitado proteccion internacional y no ser admitida a trámite la solicitud, cuando haya aceptado un Estado miembro la responsabilidad de examinar su solicitud de asilo en virtud del Reglamento (CE) 343/2003 del Consejo de 18 de febrero de 2003 por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los estados miembros por un nacional de un tercer país, durante el plazo previsto para gestionar el traslado al país que haya aceptado su toma a cargo.
En todos los supuestos les serán de aplicación los siguientes requisitos:

  • Carecer de trabajo o de medios económicos para atender sus necesidades y las de su familia.
  • No padecer enfermedades transmisibles o discapacidades fisicas o psíquicas que puedan alterar la normal convivencia en el centro.
  • Aceptación expresa de la normativa por la que se rige el centro.
Duración de la estancia
La estancia en los centros tendrá una duración de seis meses, salvo que con anterioridad al transcurso de este período sea resuelto el expediente administrativo. En caso de resolución denegatoria, el beneficiario dispondrá de quince días para abandonar el centro.

Excepcionalmente, y por razones de necesidad, previo informe del equipo técnico la Dirección del centro podrá proponer a la Dirección General de Integración de los Inmigrantes la autorización, por una sola vez, de una prórroga de estancia hasta la notificación de la resolución del expediente de asilo. Su duración dependerá de las características individuales de cada caso, tras la propuesta de la dirección del centro de forma motivada.

Servicios y prestaciones
  • Alojamiento y manutención temporal.
  • Información y asesoramiento sobre nueva situación.
  • Orientación para su incorporación al sistema educativo, sanitario y social.
  • Atención psicológica.
  • Atención social especializada y gestión de ayudas económicas complementarias.
  • Desarrollo de cursos para aprendizaje de la lengua y de habilidades sociales básicas.
  • Orientación e intermediación para la formación profesional e inserción laboral.
  • Actividades ocupacionales y de ocio y tiempo libre.
  • Actividades de sensibilización y de divulgación de la actuación del C.A.R. dirigidas a la sociedad de acogida.
Ayudas económicas a los beneficiarios de los CAR
Objeto
Permitir al beneficiario resolver las necesidades personales y/o familiares más perentorias, así como facilitarle los medios adecuados para procurar su mayor autonomía personal y su futura integración social.
Bueno, pero esta gente no son refugiados, así que no les aplica todo esto que estas diciendo.
 
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