El IBI es muy bajo en España comparado con EE. UU. Aquí es un impuesto finalista con el que se paga parte del cole público, los parques y no recuerdo qué más.Esto es lo que pagamos por la compra de la vienda.
Pero es que luego también se paga por el mero hecho de tenerla. Es lo que Hacienda denomina" Régimen de atribución de rentas del capital inmobiliario"
Con carácter general, el contribuyente tendrá que pagar el 2% del valor catastral del inmueble según figure en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Sin embargo, existen dos excepciones a esta regla, a los que se les aplicará un tipo del 1,1%:Es decir, que por el simple hecho de tener una vivienda tributamos por ella en renta cada año.
- Aquellos inmuebles cuyo valor catastral se haya revisado o modificado con un procedimiento de valoración colectiva llevado a cabo con posterioridad al 1 de enero de 1994.
- Inmuebles que no tengan valor catastral o que no haya sido comunicado al contribuyente. En este caso, se aplicará el 1,1% sobre el valor que aparezca en el Impuesto sobre el Patrimonio
Así pues de momento, y sin haberme metido con el tema IBI y otros animales de compañia. Tenemos gastos de compra y gastos por el mero hecho de tener la vivienda. He de aclarar que se aplica a todas aquellas viviendas que no constituyen domicilio habitual.