Yo soy licenciada en derecho porque no me colegié. No me gusta la abogacía xD Pero si al licenciarme, me hubiese colegiado como no ejerciente, podría decir que soy abogada perfectamente.
En realidad hay que estar como ejerciente, Es la definición que viene recogida en el Estatuto general de la Abogacía!
Artículo 9 1. Son Abogados quienes, incorporados a un Colegio español de Abogados en calidad de ejercientes y cumplidos los requisitos necesarios para ello, se dedican de forma profesional al asesoramiento, concordia y defensa de los intereses jurídicos ajenos, públicos o privados.