Pablo Casado, Presidente del PP

CARTA DEL DIRECTOR CARTA DEL DIRECTOR
Casado y el Máster: un enchufado no es un delincuente
Pedro J. Ramírez @pedroj_ramirez 12 agosto, 2018 01:53


Las resoluciones judiciales extravagantes me producen ictericia y hacía tiempo que ninguna disparaba mi bilirrubina como la “exposición razonada”, en la que la jueza Rodríguez-Medeldescribe los indicios de delito de Pablo Casado. Tanto es así, que me veo impelido o bien a revisar mi oposición al aforamiento de los políticos, o bien a proponer que las dimisiones de los imputados o investigados sólo se exijan cuando un tribunal superior refrende el criterio del instructor.

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Ilustración: Tomás Serrano

Es cierto que, como acaba de alegar Ciudadanos, puede considerarse una “injusticia” que las tres compañeras de Casado, dentro de lo que Rodríguez-Medel define como “el grupo de alumnos escogidos”, que recibieron el denominado “regalo” del Máster, se encuentren en una situación procesal distinta a la suya. Pero si Casado estuviera ya imputado, Ciudadanos sería el primero en reclamar que, tres semanas después de acabar con la Hidra de Lerna del sorayismo, el nuevo líder del PP dejara, preventivamente, la política; y eso podría suponer -como, de hecho, ocurrió con el antiguo número dos del partido naranja, Jordi Cañas- una “injusticia” mayor.

Puedo estar equivocado y quedarme colgado de la brocha amarilla de mi estupefacción, si la Sala Segunda del Supremo corrobora el criterio de la jueza y ve motivos para investigar a Casado, practicando las pruebas que ella propone. De hecho, ya me desconcierta que la Fiscalía no haya recurrido el auto de Rodríguez-Medel; y no sé si atribuirlo al calor, que tanto paraliza y desmotiva, o a un efecto similar del cambio de Gobierno. Pero, para mí, la cuestión jurídica –al final hablaremos de la política- no es si Pablo Casado entregó o no los trabajos. El objeto de debate es, sencillamente, si en la conducta hipotética que le atribuye la jueza hay el menor atisbo de delito.

Diré, a modo de cuestión previa, que el relato de cómo la instructora toma declaración al director de El Diario sobre el caso Cifuentes y decide abrir una pieza separada, sobre “una serie de posibles irregularidades que trascendían” a ese escándalo, asumiendo desde el primer momento su punto de vista periodístico contra Casado, me ha producido una sana envidia. No es que cuando presté declaración, en sumarios de otra dimensión, como los relacionados con los GAL o episodios concretos de la financiación ilegal del PP, no hubiera tenido yo esa misma disposición a explayarme -“Ah, por cierto, Su Señoría, en la redacción también estamos investigando si...”-, sino, simplemente, que nunca tuve la suerte de encontrar, sobre la tarima, la misma avidez por comprar la mercancía.

Pero, en el fondo, tampoco esto es relevante, pues cada maestrillo tiene su librillo y más vale pecar por exceso que por defecto, cuando se trata de cazar al vuelo una "notitia criminis". Lo que nos ocupa es si, en el caso de que Pablo Casado, además de beneficiarse legalmente de la convalidación de dos tercios de los créditos, hubiera obtenido los restantes, con honores de sobresaliente, sin ir nunca a clase y ni siquiera presentar ningún trabajo, habría incurrido en los delitos de prevaricación administrativa, como cooperador necesario, y cohecho pasivo.

***

Respecto al primer delito, la jueza recuerda que el Código Penal, vigente cuando sucedieron los hechos, castigaba con inhabilitación de siete a diez años “a la autoridad o funcionario publico que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo”. Que eso sea de aplicación en el caso de un profesor que, para bien o para mal, califica arbitrariamente a un alumno, podrá estar “razonado” –con una sentencia cogida por los pelos, en la que el ponente fue Luciano Varela- pero resulta discutible que sea razonable.

Es verdad que existen –como dice esa sentencia- “el derecho del estudiante a la objetividad en la evaluación de su competencia y los intereses públicos sobre los que la proclamación de capacidad del estudiante despliega sus efectos”. Pero, en la práctica, eso choca con la discrecionalidad del profesor, la llamada “libertad de cátedra”, hasta el extremo de que habría que considerar un prevaricador crónico a aquel eminente catedrático que ha hecho del aprobado general una pauta de su larga carrera como docente; pero también al profesor 'hueso' que parece disfrutar suspendiendo a gran parte de sus alumnos.

La mejor prueba de que la “objetividad en la evaluación de la competencia del alumno” o bien no existe –excepto en los exámenes tipo test- o bien se trata del más subjetivo de los conceptos, es la muy diferente percepción social del valor de un título obtenido en una universidad o facultad con tradición de exigencia académica y el del expedido por instituciones que, como vulgarmente se dice, “aprueban a cualquiera”. Siempre que pague la matrícula, claro. Y la ironía no es irrelevante.

Puede y debe alegarse que, en este caso, lo indignante es la desigualdad de trato entre los doce alumnos que fueron a clase e hicieron los trabajos y los cuatro “escogidos” a los que, supuestamente, se les eximió de ello. Si, en vez de “escogidos”, la jueza hubiera escrito “enchufados”, todos lo habríamos entendido mejor. ¿Quién no ha vivido el trato de favor, de unos u otros profesores, a unos u otros alumnos, en el colegio o la universidad, en función de las más dispares motivaciones?

Lo indignante es la desigualdad de trato entre los doce alumnos que fueron a clase e hicieron los trabajos y los cuatro “escogidos” a los que, supuestamente, se les eximió de ello

No cabe duda de que el director del Máster, el tal Enrique Álvarez Conde, personaje repulsivo donde los haya, merecía una sanción administrativa o, como ha ocurrido, que la Universidad Rey Juan Carlos rescindiera su contrato. Incluso, en atención de que la regulación legal del Máster y su propia normativa establecían requisitos tasados, como la asistencia a clase o la propia evaluación del alumno con alguna base tangible, podría entenderse que, en una interpretación amplia del tipo penal de la prevaricación administrativa, una jueza justiciera lo sentara en el banquillo.

Pero cuando la “exposición razonada” deviene, a mi entender, en algo abierta y disparatadamente irrazonable es en el momento en que Rodríguez-Medel convierte al “enchufado” en delincuente, atribuyendo a Pablo Casado la condición de “cooperador necesario” en la prevaricación de Álvarez Conde porque se inscribió y pagó el Máster, pidió la convalidación de los créditos y aceptó el título.

Es cierto que la “consolidada jurisprudencia” del Supremo “ampara” la imputación de la prevaricación administrativa a “un particular”, bien como inductor, bien como cooperador necesario. Pero los dos ejemplos que cita la jueza son la mejor prueba de lo lejos que está de contemplar un supuesto como el del Máster. El primero es de una ponencia de Antonio del Moral, con la que se condenó a quienes se beneficiaron “de una inversión de cuantiosos fondos públicos, al margen de toda concurrencia y de forma opaca, sin transparencia, con sometimiento a la voluntad de los contratantes particulares”.

Los dos ejemplos que cita la jueza son la mejor prueba de lo lejos que está de contemplar un supuesto como el del Máster

El segundo ejemplo procede de una ponencia de Martínez-Arrieta, por la que se condenó a quienes adquirieron un inmueble municipal “sin publicidad, sin garantizar la libre concurrencia, sin fijación del valor según el mercado, y sin establecimiento de garantías de cumplimiento del contrato y de evitación de especulación que eran habituales (sic)”. Son resoluciones que no pasarán a la historia de la prosa jurídica, pero que todo el mundo entiende, en la medida en que, en ambos casos, hay lucro contante y sonante, sin riesgo para el particular, en perjuicio de las arcas públicas.

Esta disparatada analogía de la jueza entre los beneficiarios de dos pelotazos como dos soles y Pablo Casado y sus tres compañeras ausentes del aula, convertiría en delincuentes, no sólo a los alumnos “enchufados” por un funcionario docente -catedrático o simple profesor- que les aprueba por la cara, sino a los pacientes “enchufados” por un funcionario sanitario -médico o gestor de hospital- que les ayuda a saltarse una lista de espera para consulta o quirófano, a los ciudadanos “enchufados” por un funcionario municipal -amigo o pariente- que les ayuda a obtener con mayor celeridad o menor nivel de exigencia de lo habitual una licencia de obra e incluso a los asistentes a espectáculos de masas en recintos públicos, “enchufados” por un funcionario interino -responsable de seguridad o taquillera- que les ayuda a entrar por la puerta de atrás o el acceso para vips, a veces sin pagar la entrada.

Todos esos comportamientos quedarían subsumidos en el “yo hice lo que me pidieron” de Pablo Casado, suspicazmente invocado por la jueza para contribuir a crear su perfil delincuencial. Y menos mal que ya no existe la mili, porque todos los reemplazos generarían miles y miles de “enchufados” delincuentes, a base de obtener destinos de oficinas, exenciones de hacer guardia o pases de pernocta, en mejores condiciones que las de los demás reclutas.

***

La aplicación de este tipo penal resulta tan científicamente temeraria y racionalmente absurda que, sobre las páginas 34 y 35 del auto de Rodríguez-Medel, flota la sospecha de que ahí debe haber algún gato encerrado. Y esa sospecha queda reforzada en la página 38, cuando después de haber atribuido indiciariamente a Casado un segundo delito de “cohecho impropio” –que es el único en el que su conformidad con el “regalo” podría caber con calzador-, la jueza reconoce que, dado lo menguado de su pena, habría que darlo por prescrito; pero que su relación, “en concurso medial”, con el más grave de prevaricación, permite seguir persiguiéndolo.

O sea, que sin cooperación para la prevaricación, el asunto estaría judicialmente muerto. Acabáramos. ¡Ay, Su Señoría, qué tentador resulta construir todo el castillo retórico de los indicios de criminalidad con los naipes del proceso de intenciones!

Lo inaudito es que ella señale, por dos veces, a Pablo Casado como un presunto delincuente, en función de las motivaciones que le atribuye, no a él, sino a Álvarez Conde. Ya hemos visto cómo lo ha hecho con su supuesta actividad prevaricadora; entremos ahora en la derivada de su supuesta actividad obsequiadora. O sea, en el cohecho impropio, que castigaba con “multa de tres a seis meses” a “la autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente”.

Lo inaudito es que ella señale, por dos veces, a Pablo Casado como un presunto delincuente, en función de las motivaciones que le atribuye, no a él, sino a Álvarez Conde

La propia jueza pone aquí la venda antes que la herida: “Ciertamente el regalo de una titulación de master es un cohecho impropio poco habitual, pues los ejemplos que la jurisprudencia proporciona suelen referirse a cuestiones materiales”. Es decir, los trajes de Camps o los patrocinios de los cursos de Garzón en Nueva York, al margen de que el uno fuera absuelto y el otro se beneficiara por la prescripción.

Y es que, claro, una cosa es que estemos ante uno de esos delitos definidos como “de peligro abstracto”, destinado a proteger la confianza social en la probidad de los cargos públicos, y otra que su nivel de abstracción lo convierta, en manos de una jueza, digamos creativa, en un peligroso bumerán contra la propia viabilidad de la Justicia. Porque si el funcionario o cargo público que “admite la dádiva o regalo” de un máster que le otorga un profesor incurre en cohecho impropio, no sólo ocurriría también cuando se beneficiara de las otras modalidades de “enchufe” antes mencionadas, sino que habría que hacerlo extensivo a quien, sin ejercer una representación institucional específica, acepta, domingo tras domingo, la invitación al palco del Bernabéu, a un ciclo de conciertos o un abono de una gran feria taurina y, desde luego, a quien no evita que se contrate a su esposa para una actividad académica, vinculada con su propia agenda política. En todos esos supuestos, la percepción social del beneficio obtenido sería mayor que en el del máster en Derecho Autonómico de Casado.

De hecho, desde un punto de vista dialéctico, resulta más sencillo argumentar que el Instituto de Empresa ha contratado a Begoña Sánchez para encabezar su nuevo centro sobre África “en consideración a la función” de su marido o “para la consecución de un acto no prohibido legalmente”, por parte del Gobierno que encabeza su marido –la mera asistencia de este a alguna de sus actividades bastaría-, que pretender, como hace la jueza, que Álvarez Conde “regaló” el máster a Casado porque era diputado de la Asamblea regional o porque esperaba algo de las Nuevas Generaciones del PP madrileño que entonces presidía.

***

Siendo clave, para este supuesto cohecho pasivo de Casado, la intencionalidad obsequiadora de Álvarez Conde, sorprende que en 54 páginas de “exposición razonada” la jueza Rodríguez-Medel apenas balbucee genéricas conjeturas al respecto. Todo el mundo entendía que si 'El Bigotes' le regalaba trajes a Camps, era porque buscaba contratos de la Generalitat; o que sí su “querido Emilio” financiaba cursos a Garzón, era porque esperaba resoluciones favorables al banco en su juzgado.

Aquí no estamos ante nada parecido: ni se habla de proyectos legislativos en la Asamblea de Madrid, ni de convenios de colaboración con Nuevas Generaciones. Lo único que la jueza dice sobre el motivo del “regalo” a Pablo Casado es que “permitía que personas con relevancia política contaran en su CV con una mención al máster”. También puede deducirse que asimila su caso a la de la número dos de una consejería del gobierno valenciano, a la que Álvarez Conde habría hecho el mismo “regalo” que a Casado, porque “le creaba un clima favorable, en cuanto a sus relaciones políticas”.

Lo único que la jueza dice sobre el motivo del “regalo” a Pablo Casado es que “permitía que personas con relevancia política contaran en su CV con una mención al máster”

Teniendo en cuenta que Álvarez Conde se acogió a su derecho a no declarar ante la instructora, atribuirle, con esos cuatro palitroques, la intencionalidad que abre la puerta a acusar a Casado de cohecho pasivo parece, al menos, tan aventurado, como lo sería que yo diera por sentado un ánimo prevaricador en la construcción jurídica que, como hemos visto, permite a la jueza sortear la prescripción. De hecho, no creo que estemos para nada ante ese supuesto, sino más bien ante el de una magistrada tan loca por la música, como para dejarse arrastrar por sus propios acordes a una utopía puritana y armoniosa.

Tal vez por eso, la propia instructora no parece haber reparado en que ella misma ofrece una explicación alternativa sobre por qué Álvarez Conde hizo lo que hizo, que explica algo tan esencial como el carácter heterogéneo del “grupo escogido”. No olvidemos que incluía, junto a esos dos políticos de escaso relieve, a una colaboradora de su departamento y a la hija de una profesora de la Rey Juan Carlos. “Este proceso le permitía –reza la página 44 de la “exposición razonada”- la supervivencia del master, dado que con pocos alumnos se extinguía”.

Cualquiera que conozca la sordidez de las economías de chiringuitos universitarios, como el rimbombantemente bautizado Instituto de Derecho Público, se dará cuenta de que es con esta afirmación cuando la jueza se acerca más a lo realmente verosímil. Su problema es que es también cuando más se aleja de todo indicio de cohecho impropio. Porque para pasar de doce a dieciséis alumnos, igual le servían un diputadillo de la Asamblea de Madrid o una subsecretaria valenciana que la hija de una colega o una persona de su propio equipo. La cuestión era hinchar el perro… y quitarle un 25% más de telarañas a la caja.

Podríamos incluso zanjar la cuestión con el estrambote de la ironía, alegando que, visto lo visto, y a juzgar por el “valor de mercado” que tendría hoy ese máster, fue más bien Pablo Casado quien le “regaló” a Álvarez Conde los 1.400 euros de la matrícula, aunque luego le devolvieran 600 tras las convalidaciones. En la práctica estaba “comprando” 20 créditos de algo de remota utilidad y muy cuestionable prestigio por 800 euros y la obligación, consumada o no, de entregar unos trabajos. Un trato de “enchufado”, un negocio nada edificante, en el peor de los supuestos una tomadura de pelo de la que avergonzarse, pero ni por asomo un delito.

***

Aquí terminaría esta extensa respuesta razonable a la “exposición razonada”, si no fuera porque Pablo Casado ha comprometido su credibilidad, al mostrar públicamente “esos” trabajos, asegurar que los entregó en mano en la universidad –“a puerta fría”- y explicar que conservaba copia en un ordenador. No es exactamente lo mismo que hizo Cristina Cifuentes, al proclamar que defendió en persona su trabajo de fin de máster, ante un tribunal, en una fecha determinada, pero se le acerca bastante. Temerariamente o no, la jueza duda de que eso sea verdad y pide que el Supremo practique las diligencias que permitirían corroborarlo.

Podría ocurrir que, como ha apuntado María Peral, el Supremo aplique la 'doctrina Maza' y le devuelva la pelota, para que la propia Rodríguez-Medel ofrezca a Casado aclarar esos extremos, en una comparecencia voluntaria. Yo no le recomendaría al líder del PP dar ese paso, pues supondría entrar en la lógica perversa de la instructora y aceptar implícitamente que, si no hubiera hecho los trabajos, habría cometido dos delitos.

Si estuviera en su lugar, me adelantaría, en cambio, a los acontecimientos, entregando a la prensa los trabajos, sometiendo el ordenador a un peritaje independiente o aclarando por qué no puede hacer lo uno o lo otro. No con el objetivo de demostrar que no cometió ningún delito en 2008 –lo que para mí está fuera de duda-, sino para demostrar que ha dicho la verdad en 2018.

Lo mismo que viene a cuento recordar respecto a la mujer de César –y por eso creo que Begoña Gómez debería renunciar al trabajo del Instituto de Empresa-, es plenamente extensible al aspirante a suceder a César: además de ser honrado, debe parecerlo. Y eso es lo que convierte el aparente problema de Pablo Casado en una subyacente oportunidad. Su mejor sobresaliente sería aprovecharla.

https://www.elespanol.com/opinion/c...er-enchufado-no-delincuente/329917006_20.html
 
Es un cínico y un bobo, lo único que estoy de acuerdo es con las políticas migratorias, sacan a eta por que durante años ha sido su única baza donde han manipulado lo mas grande
 
¿Ya ETAmos otra vez?


De la noche a la mañana, el partido que más concesiones hizo desde el Gobierno a la banda terrorista en toda la historia se pone en la oposición el disfraz de vengador justiciero para intentar cosechar votos a costa de las víctimas

Carlos Hernández
09/08/2018 - 20:58h
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La historia se repite. El Partido Popular ha sacado del cajón el manual de hacer oposición. Allí estaba guardado desde que en 2011 Rajoy llegó a la presidencia del Gobierno. Ahora que la formación de derechas ha abandonado La Moncloa y se ha renovado eligiendo a un presidente que ya estaría imputado por la justicia de no ser aforado, toca desempolvar el libro de instrucciones para tratar de recuperar el poder cuanto antes. En sus páginas rojigualdas predomina Catalunya, la inmigración, más Catalunya y algunas buenas dosis de inseguridad ciudadana contestada con el endurecimiento de las penas. En la portada del manual, sin embargo, solo hay escritas tres letras: E T A.

Casado y su equipo han cogido el libreto que en su día escribieron los Acebes, Zaplana, Mayor Oreja, Aznar o Rajoy y parecen dispuestos a repetir la estrategia con la misma ausencia de pudor y de complejos que demostraron sus antecesores. De la noche a la mañana, el partido que más concesiones hizo desde el Gobierno a la banda terrorista en toda la historia se pone en la oposición el disfraz de vengador justiciero para intentar cosechar votos a costa de las víctimas. Por eso es necesario hacer un poco de memoria.

Casado se afilió al PP en el año 2003. No parece que influyera en su decisión el hecho de que el ejecutivo de Aznar se hubiera sentado a negociar, cara a cara, con ETA en la ciudad suiza de Zúrich. Tampoco le repugnó que su presidente del Gobierno y líder del partido en el que se integraba hubiera realizado todo tipo de cesiones para que la banda terrorista declarara una tregua. En 1996, estando secuestrado José Antonio Ortega Lara, el recién estrenado gobierno del PP ya acercó a los primeros presos etarras a cárceles del País Vasco como gesto de buena voluntad. Que sepamos, Casado no alzó la voz en ese momento ni cuando todo un presidente del Gobierno de España dejó de llamar terroristas a los terroristas y empezó a denominarlos Movimiento Vasco de Liberación Nacional. No promovió manifestaciones cuando el ejecutivo siguió acercando reclusos hasta superar los 120, ni cuando permitió regresar a 300 miembros de la banda que se escondían fuera de nuestras fronteras, ni cuando excarceló a decenas de presos, ni cuando se mostró dispuesto a incluir el futuro de Navarra en unas posibles conversaciones de paz con los “libertadores vascos”.

Casado asistió a “la generosidad” con ETA de la que tanto hacían gala públicamente los dirigentes populares. Una generosidad que empezó cuando apenas había pasado un año desde el asesinato de Miguel Ángel Blanco y que se mantuvo durante toda la tregua, a pesar de que las calles de Euskadi seguían ardiendo por la acción de la kale borroka. Una generosidad que se mantuvo incluso después de que la banda terrorista rompiera el alto el fuego y retomara los atentados. Entre asesinato y asesinato se podía escuchar al ministro del Interior, Jaime Mayor Oreja, decir que el Gobierno estaba “dispuesto a dialogar en la medida que ETA no mate”; o al entonces ministro de Educación y Cultura, Mariano Rajoy, “mandar un mensaje claro a la ETA de que no se van a negociar con ellos mientras maten nada (sic)”; o al presidente Aznar afirmar que si ETA declaraba una tregua, aprovecharía “todas las oportunidades para llevar la paz al País Vasco, como he hecho siempre”. El entonces aprendiz de político llamado Pablo Casado no solo no protestó, sino que se subió al carro del partido que había derrochado, y además en vano, generosidad con los etarras.

Los españoles quisieron que, solo un año después de obtener su carnet adornado con el símbolo de la gaviota, su formación política pasara a la oposición. El joven prometedor se sumó entonces a la nueva estrategia marcada desde Génova: reescribir la Historia negando los coqueteos negociadores del pasado y utilizar el terrorismo como arma electoral contra el recién llegado presidente Zapatero. Quienes habían acercado y excarcelado etarras, quienes habían negociado con cadáveres aún calientes… acusaron al Gobierno socialista de traicionar a los muertos y sacaron a las víctimas a la calle. Él ya era parte del PP que intentó que naufragara aquel proceso de paz iniciado en 2006. No soportaban que ese tanto se lo pudiera apuntar un partido rival.

Casado accedió a la primera línea de la política con su formación nuevamente asentada en la Moncloa y con el disfraz antietarra doblado y guardado en el armario. En los más de seis años que ha gobernado Rajoy han sido muchos los miembros de la banda que han ido obteniendo la libertad provisional o que se han aprovechado de otro tipo de beneficios penitenciarios. A día de hoy no conocemos las cifras exactas porque el Gobierno del PP no las facilitaba y ningún partido de la oposición se las exigía. Eran tiempos en los que el presidente justificaba en televisión, por ejemplo, la liberación del secuestrador de Ortega Lara, el sanguinario etarra Josu Uribetxeberria Bolinaga, porque “había que respetar la ley”. Tiempos en los que solo la extrema derecha y sus medios de comunicación clamaban contra la actitud hacia ETA que mantenía el Gobierno popular. “Las políticas penitenciarias del ejecutivo de Rajoy permitían que, sin cumplir la promesa del PP del cumplimiento íntegro de las penas, se abrieran las puertas a centenares de presos terroristas. Todos ellos pasaban rápidamente de grado penitenciario y obtenían la libertad condicional”, podía leerse el 28 de marzo de 2017 en la portada del panfleto ultra La Gaceta.

Casado salía ya al paso de esas críticas y defendía la política penitenciaria del Gobierno ante los periodistas. A su lado solía tener a Javier Maroto, quien se había enorgullecido públicamente de alcanzar acuerdos con Bildu cuando ocupaba la alcaldía de Vitoria. “No me tiemblan las piernas para llegar a acuerdos con nadie. Y creo que eso es bueno. Ojalá sucediese en más foros. Ojalá cundiese el ejemplo”, llegó a afirmar Maroto para justificar sus pactos con el brazo político de ETA en 2011, 6 años antes de que la banda terrorista anunciara su disolución. Casado castigó a Maroto por esa actitud nombrándole, recientemente, su número tres en la dirección nacional del partido.

Llegamos ya al presente más inmediato. Este jueves, el presidente del Partido Popular acusaba a Pedro Sánchez de que la concesión del tercer grado a algunos reclusos de ETA es una “cesión a los terroristas”. Casado amenazaba, además, con oponerse “frontalmente al acercamiento de presos al País Vasco” porque, según él, era un pago al PNV por el apoyo que brindó al PSOE en la “moción de censura vergonzante”. De no ser por el tema tan dramático del que se trata, estas declaraciones provocarían la carcajada de cualquiera… y no solo por los antecedentes ya citados. El Gobierno del Partido Popular llevaba meses dejando caer que iba a acercar presos a las cárceles del País Vasco. Al fin y al cabo “son solo 200 presos”, llegaba a argumentar el ejecutivo ante los periodistas. Lo, llamémosle, gracioso es que esa decisión estaba motivada porque el PP necesitaba, precisamente, los votos del PNV en el Congreso de los Diputados para aprobar sus presupuestos. Lo, llamémosle, gracioso es que este jueves hemos sabido que el PP también negoció con el PNV un posible acercamiento de los reclusos etarras a cambio de que los nacionalistas vascos no apoyaran la moción de censura presentada por Sánchez.

La pirueta de Casado es, por tanto, tan inverosímil que ni siquiera las asociaciones de víctimas se la han tragado. “Ni ha habido concesiones, ni ha cambiado la política penitenciaria que desarrolló Rajoy”, han dicho las portavoces de la AVT y de COVITE. El líder del PP lo tiene, aparentemente, un poco más complicado que sus antecesores para poder inundar las calles con las lágrimas de las víctimas. Veremos si esa falta de sintonía se mantiene o si acabamos viendo a algunas de estas organizaciones compartir pancarta con los líderes populares. Lo que sí es seguro es que el PP va a seguir utilizando, a pesar de todo, el manual que tan buen resultado le dio en ocasiones anteriores. Esta vez, además, tendrá una utilidad especial porque le permitirá desviar la atención de corruptelas y de másteres. ¿Qué más da si ETA ya está disuelta? ¿Qué más da si se juega con el dolor de las víctimas? ¿Qué más da si ellos negociaron con los terroristas? ¿Qué más da si ellos iban a realizar el acercamiento de los presos para garantizarse los votos del PNV? ¡Qué más da!

https://www.eldiario.es/zonacritica/ETAmos-vez_6_801829841.html
Menuda sarta de trolas suelta el diario.es.
 
CARTA DEL DIRECTOR CARTA DEL DIRECTOR
Casado y el Máster: un enchufado no es un delincuente
Pedro J. Ramírez @pedroj_ramirez 12 agosto, 2018 01:53


Las resoluciones judiciales extravagantes me producen ictericia y hacía tiempo que ninguna disparaba mi bilirrubina como la “exposición razonada”, en la que la jueza Rodríguez-Medeldescribe los indicios de delito de Pablo Casado. Tanto es así, que me veo impelido o bien a revisar mi oposición al aforamiento de los políticos, o bien a proponer que las dimisiones de los imputados o investigados sólo se exijan cuando un tribunal superior refrende el criterio del instructor.

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Ilustración: Tomás Serrano

Es cierto que, como acaba de alegar Ciudadanos, puede considerarse una “injusticia” que las tres compañeras de Casado, dentro de lo que Rodríguez-Medel define como “el grupo de alumnos escogidos”, que recibieron el denominado “regalo” del Máster, se encuentren en una situación procesal distinta a la suya. Pero si Casado estuviera ya imputado, Ciudadanos sería el primero en reclamar que, tres semanas después de acabar con la Hidra de Lerna del sorayismo, el nuevo líder del PP dejara, preventivamente, la política; y eso podría suponer -como, de hecho, ocurrió con el antiguo número dos del partido naranja, Jordi Cañas- una “injusticia” mayor.

Puedo estar equivocado y quedarme colgado de la brocha amarilla de mi estupefacción, si la Sala Segunda del Supremo corrobora el criterio de la jueza y ve motivos para investigar a Casado, practicando las pruebas que ella propone. De hecho, ya me desconcierta que la Fiscalía no haya recurrido el auto de Rodríguez-Medel; y no sé si atribuirlo al calor, que tanto paraliza y desmotiva, o a un efecto similar del cambio de Gobierno. Pero, para mí, la cuestión jurídica –al final hablaremos de la política- no es si Pablo Casado entregó o no los trabajos. El objeto de debate es, sencillamente, si en la conducta hipotética que le atribuye la jueza hay el menor atisbo de delito.

Diré, a modo de cuestión previa, que el relato de cómo la instructora toma declaración al director de El Diario sobre el caso Cifuentes y decide abrir una pieza separada, sobre “una serie de posibles irregularidades que trascendían” a ese escándalo, asumiendo desde el primer momento su punto de vista periodístico contra Casado, me ha producido una sana envidia. No es que cuando presté declaración, en sumarios de otra dimensión, como los relacionados con los GAL o episodios concretos de la financiación ilegal del PP, no hubiera tenido yo esa misma disposición a explayarme -“Ah, por cierto, Su Señoría, en la redacción también estamos investigando si...”-, sino, simplemente, que nunca tuve la suerte de encontrar, sobre la tarima, la misma avidez por comprar la mercancía.

Pero, en el fondo, tampoco esto es relevante, pues cada maestrillo tiene su librillo y más vale pecar por exceso que por defecto, cuando se trata de cazar al vuelo una "notitia criminis". Lo que nos ocupa es si, en el caso de que Pablo Casado, además de beneficiarse legalmente de la convalidación de dos tercios de los créditos, hubiera obtenido los restantes, con honores de sobresaliente, sin ir nunca a clase y ni siquiera presentar ningún trabajo, habría incurrido en los delitos de prevaricación administrativa, como cooperador necesario, y cohecho pasivo.

***

Respecto al primer delito, la jueza recuerda que el Código Penal, vigente cuando sucedieron los hechos, castigaba con inhabilitación de siete a diez años “a la autoridad o funcionario publico que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo”. Que eso sea de aplicación en el caso de un profesor que, para bien o para mal, califica arbitrariamente a un alumno, podrá estar “razonado” –con una sentencia cogida por los pelos, en la que el ponente fue Luciano Varela- pero resulta discutible que sea razonable.

Es verdad que existen –como dice esa sentencia- “el derecho del estudiante a la objetividad en la evaluación de su competencia y los intereses públicos sobre los que la proclamación de capacidad del estudiante despliega sus efectos”. Pero, en la práctica, eso choca con la discrecionalidad del profesor, la llamada “libertad de cátedra”, hasta el extremo de que habría que considerar un prevaricador crónico a aquel eminente catedrático que ha hecho del aprobado general una pauta de su larga carrera como docente; pero también al profesor 'hueso' que parece disfrutar suspendiendo a gran parte de sus alumnos.

La mejor prueba de que la “objetividad en la evaluación de la competencia del alumno” o bien no existe –excepto en los exámenes tipo test- o bien se trata del más subjetivo de los conceptos, es la muy diferente percepción social del valor de un título obtenido en una universidad o facultad con tradición de exigencia académica y el del expedido por instituciones que, como vulgarmente se dice, “aprueban a cualquiera”. Siempre que pague la matrícula, claro. Y la ironía no es irrelevante.

Puede y debe alegarse que, en este caso, lo indignante es la desigualdad de trato entre los doce alumnos que fueron a clase e hicieron los trabajos y los cuatro “escogidos” a los que, supuestamente, se les eximió de ello. Si, en vez de “escogidos”, la jueza hubiera escrito “enchufados”, todos lo habríamos entendido mejor. ¿Quién no ha vivido el trato de favor, de unos u otros profesores, a unos u otros alumnos, en el colegio o la universidad, en función de las más dispares motivaciones?

Lo indignante es la desigualdad de trato entre los doce alumnos que fueron a clase e hicieron los trabajos y los cuatro “escogidos” a los que, supuestamente, se les eximió de ello

No cabe duda de que el director del Máster, el tal Enrique Álvarez Conde, personaje repulsivo donde los haya, merecía una sanción administrativa o, como ha ocurrido, que la Universidad Rey Juan Carlos rescindiera su contrato. Incluso, en atención de que la regulación legal del Máster y su propia normativa establecían requisitos tasados, como la asistencia a clase o la propia evaluación del alumno con alguna base tangible, podría entenderse que, en una interpretación amplia del tipo penal de la prevaricación administrativa, una jueza justiciera lo sentara en el banquillo.

Pero cuando la “exposición razonada” deviene, a mi entender, en algo abierta y disparatadamente irrazonable es en el momento en que Rodríguez-Medel convierte al “enchufado” en delincuente, atribuyendo a Pablo Casado la condición de “cooperador necesario” en la prevaricación de Álvarez Conde porque se inscribió y pagó el Máster, pidió la convalidación de los créditos y aceptó el título.

Es cierto que la “consolidada jurisprudencia” del Supremo “ampara” la imputación de la prevaricación administrativa a “un particular”, bien como inductor, bien como cooperador necesario. Pero los dos ejemplos que cita la jueza son la mejor prueba de lo lejos que está de contemplar un supuesto como el del Máster. El primero es de una ponencia de Antonio del Moral, con la que se condenó a quienes se beneficiaron “de una inversión de cuantiosos fondos públicos, al margen de toda concurrencia y de forma opaca, sin transparencia, con sometimiento a la voluntad de los contratantes particulares”.

Los dos ejemplos que cita la jueza son la mejor prueba de lo lejos que está de contemplar un supuesto como el del Máster

El segundo ejemplo procede de una ponencia de Martínez-Arrieta, por la que se condenó a quienes adquirieron un inmueble municipal “sin publicidad, sin garantizar la libre concurrencia, sin fijación del valor según el mercado, y sin establecimiento de garantías de cumplimiento del contrato y de evitación de especulación que eran habituales (sic)”. Son resoluciones que no pasarán a la historia de la prosa jurídica, pero que todo el mundo entiende, en la medida en que, en ambos casos, hay lucro contante y sonante, sin riesgo para el particular, en perjuicio de las arcas públicas.

Esta disparatada analogía de la jueza entre los beneficiarios de dos pelotazos como dos soles y Pablo Casado y sus tres compañeras ausentes del aula, convertiría en delincuentes, no sólo a los alumnos “enchufados” por un funcionario docente -catedrático o simple profesor- que les aprueba por la cara, sino a los pacientes “enchufados” por un funcionario sanitario -médico o gestor de hospital- que les ayuda a saltarse una lista de espera para consulta o quirófano, a los ciudadanos “enchufados” por un funcionario municipal -amigo o pariente- que les ayuda a obtener con mayor celeridad o menor nivel de exigencia de lo habitual una licencia de obra e incluso a los asistentes a espectáculos de masas en recintos públicos, “enchufados” por un funcionario interino -responsable de seguridad o taquillera- que les ayuda a entrar por la puerta de atrás o el acceso para vips, a veces sin pagar la entrada.

Todos esos comportamientos quedarían subsumidos en el “yo hice lo que me pidieron” de Pablo Casado, suspicazmente invocado por la jueza para contribuir a crear su perfil delincuencial. Y menos mal que ya no existe la mili, porque todos los reemplazos generarían miles y miles de “enchufados” delincuentes, a base de obtener destinos de oficinas, exenciones de hacer guardia o pases de pernocta, en mejores condiciones que las de los demás reclutas.

***

La aplicación de este tipo penal resulta tan científicamente temeraria y racionalmente absurda que, sobre las páginas 34 y 35 del auto de Rodríguez-Medel, flota la sospecha de que ahí debe haber algún gato encerrado. Y esa sospecha queda reforzada en la página 38, cuando después de haber atribuido indiciariamente a Casado un segundo delito de “cohecho impropio” –que es el único en el que su conformidad con el “regalo” podría caber con calzador-, la jueza reconoce que, dado lo menguado de su pena, habría que darlo por prescrito; pero que su relación, “en concurso medial”, con el más grave de prevaricación, permite seguir persiguiéndolo.

O sea, que sin cooperación para la prevaricación, el asunto estaría judicialmente muerto. Acabáramos. ¡Ay, Su Señoría, qué tentador resulta construir todo el castillo retórico de los indicios de criminalidad con los naipes del proceso de intenciones!

Lo inaudito es que ella señale, por dos veces, a Pablo Casado como un presunto delincuente, en función de las motivaciones que le atribuye, no a él, sino a Álvarez Conde. Ya hemos visto cómo lo ha hecho con su supuesta actividad prevaricadora; entremos ahora en la derivada de su supuesta actividad obsequiadora. O sea, en el cohecho impropio, que castigaba con “multa de tres a seis meses” a “la autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente”.

Lo inaudito es que ella señale, por dos veces, a Pablo Casado como un presunto delincuente, en función de las motivaciones que le atribuye, no a él, sino a Álvarez Conde

La propia jueza pone aquí la venda antes que la herida: “Ciertamente el regalo de una titulación de master es un cohecho impropio poco habitual, pues los ejemplos que la jurisprudencia proporciona suelen referirse a cuestiones materiales”. Es decir, los trajes de Camps o los patrocinios de los cursos de Garzón en Nueva York, al margen de que el uno fuera absuelto y el otro se beneficiara por la prescripción.

Y es que, claro, una cosa es que estemos ante uno de esos delitos definidos como “de peligro abstracto”, destinado a proteger la confianza social en la probidad de los cargos públicos, y otra que su nivel de abstracción lo convierta, en manos de una jueza, digamos creativa, en un peligroso bumerán contra la propia viabilidad de la Justicia. Porque si el funcionario o cargo público que “admite la dádiva o regalo” de un máster que le otorga un profesor incurre en cohecho impropio, no sólo ocurriría también cuando se beneficiara de las otras modalidades de “enchufe” antes mencionadas, sino que habría que hacerlo extensivo a quien, sin ejercer una representación institucional específica, acepta, domingo tras domingo, la invitación al palco del Bernabéu, a un ciclo de conciertos o un abono de una gran feria taurina y, desde luego, a quien no evita que se contrate a su esposa para una actividad académica, vinculada con su propia agenda política. En todos esos supuestos, la percepción social del beneficio obtenido sería mayor que en el del máster en Derecho Autonómico de Casado.

De hecho, desde un punto de vista dialéctico, resulta más sencillo argumentar que el Instituto de Empresa ha contratado a Begoña Sánchez para encabezar su nuevo centro sobre África “en consideración a la función” de su marido o “para la consecución de un acto no prohibido legalmente”, por parte del Gobierno que encabeza su marido –la mera asistencia de este a alguna de sus actividades bastaría-, que pretender, como hace la jueza, que Álvarez Conde “regaló” el máster a Casado porque era diputado de la Asamblea regional o porque esperaba algo de las Nuevas Generaciones del PP madrileño que entonces presidía.

***

Siendo clave, para este supuesto cohecho pasivo de Casado, la intencionalidad obsequiadora de Álvarez Conde, sorprende que en 54 páginas de “exposición razonada” la jueza Rodríguez-Medel apenas balbucee genéricas conjeturas al respecto. Todo el mundo entendía que si 'El Bigotes' le regalaba trajes a Camps, era porque buscaba contratos de la Generalitat; o que sí su “querido Emilio” financiaba cursos a Garzón, era porque esperaba resoluciones favorables al banco en su juzgado.

Aquí no estamos ante nada parecido: ni se habla de proyectos legislativos en la Asamblea de Madrid, ni de convenios de colaboración con Nuevas Generaciones. Lo único que la jueza dice sobre el motivo del “regalo” a Pablo Casado es que “permitía que personas con relevancia política contaran en su CV con una mención al máster”. También puede deducirse que asimila su caso a la de la número dos de una consejería del gobierno valenciano, a la que Álvarez Conde habría hecho el mismo “regalo” que a Casado, porque “le creaba un clima favorable, en cuanto a sus relaciones políticas”.

Lo único que la jueza dice sobre el motivo del “regalo” a Pablo Casado es que “permitía que personas con relevancia política contaran en su CV con una mención al máster”

Teniendo en cuenta que Álvarez Conde se acogió a su derecho a no declarar ante la instructora, atribuirle, con esos cuatro palitroques, la intencionalidad que abre la puerta a acusar a Casado de cohecho pasivo parece, al menos, tan aventurado, como lo sería que yo diera por sentado un ánimo prevaricador en la construcción jurídica que, como hemos visto, permite a la jueza sortear la prescripción. De hecho, no creo que estemos para nada ante ese supuesto, sino más bien ante el de una magistrada tan loca por la música, como para dejarse arrastrar por sus propios acordes a una utopía puritana y armoniosa.

Tal vez por eso, la propia instructora no parece haber reparado en que ella misma ofrece una explicación alternativa sobre por qué Álvarez Conde hizo lo que hizo, que explica algo tan esencial como el carácter heterogéneo del “grupo escogido”. No olvidemos que incluía, junto a esos dos políticos de escaso relieve, a una colaboradora de su departamento y a la hija de una profesora de la Rey Juan Carlos. “Este proceso le permitía –reza la página 44 de la “exposición razonada”- la supervivencia del master, dado que con pocos alumnos se extinguía”.

Cualquiera que conozca la sordidez de las economías de chiringuitos universitarios, como el rimbombantemente bautizado Instituto de Derecho Público, se dará cuenta de que es con esta afirmación cuando la jueza se acerca más a lo realmente verosímil. Su problema es que es también cuando más se aleja de todo indicio de cohecho impropio. Porque para pasar de doce a dieciséis alumnos, igual le servían un diputadillo de la Asamblea de Madrid o una subsecretaria valenciana que la hija de una colega o una persona de su propio equipo. La cuestión era hinchar el perro… y quitarle un 25% más de telarañas a la caja.

Podríamos incluso zanjar la cuestión con el estrambote de la ironía, alegando que, visto lo visto, y a juzgar por el “valor de mercado” que tendría hoy ese máster, fue más bien Pablo Casado quien le “regaló” a Álvarez Conde los 1.400 euros de la matrícula, aunque luego le devolvieran 600 tras las convalidaciones. En la práctica estaba “comprando” 20 créditos de algo de remota utilidad y muy cuestionable prestigio por 800 euros y la obligación, consumada o no, de entregar unos trabajos. Un trato de “enchufado”, un negocio nada edificante, en el peor de los supuestos una tomadura de pelo de la que avergonzarse, pero ni por asomo un delito.

***

Aquí terminaría esta extensa respuesta razonable a la “exposición razonada”, si no fuera porque Pablo Casado ha comprometido su credibilidad, al mostrar públicamente “esos” trabajos, asegurar que los entregó en mano en la universidad –“a puerta fría”- y explicar que conservaba copia en un ordenador. No es exactamente lo mismo que hizo Cristina Cifuentes, al proclamar que defendió en persona su trabajo de fin de máster, ante un tribunal, en una fecha determinada, pero se le acerca bastante. Temerariamente o no, la jueza duda de que eso sea verdad y pide que el Supremo practique las diligencias que permitirían corroborarlo.

Podría ocurrir que, como ha apuntado María Peral, el Supremo aplique la 'doctrina Maza' y le devuelva la pelota, para que la propia Rodríguez-Medel ofrezca a Casado aclarar esos extremos, en una comparecencia voluntaria. Yo no le recomendaría al líder del PP dar ese paso, pues supondría entrar en la lógica perversa de la instructora y aceptar implícitamente que, si no hubiera hecho los trabajos, habría cometido dos delitos.

Si estuviera en su lugar, me adelantaría, en cambio, a los acontecimientos, entregando a la prensa los trabajos, sometiendo el ordenador a un peritaje independiente o aclarando por qué no puede hacer lo uno o lo otro. No con el objetivo de demostrar que no cometió ningún delito en 2008 –lo que para mí está fuera de duda-, sino para demostrar que ha dicho la verdad en 2018.

Lo mismo que viene a cuento recordar respecto a la mujer de César –y por eso creo que Begoña Gómez debería renunciar al trabajo del Instituto de Empresa-, es plenamente extensible al aspirante a suceder a César: además de ser honrado, debe parecerlo. Y eso es lo que convierte el aparente problema de Pablo Casado en una subyacente oportunidad. Su mejor sobresaliente sería aprovecharla.

https://www.elespanol.com/opinion/c...er-enchufado-no-delincuente/329917006_20.html
Muy cierto.
 
CARTA DEL DIRECTOR CARTA DEL DIRECTOR
Casado y el Máster: un enchufado no es un delincuente
Pedro J. Ramírez @pedroj_ramirez 12 agosto, 2018 01:53


Las resoluciones judiciales extravagantes me producen ictericia y hacía tiempo que ninguna disparaba mi bilirrubina como la “exposición razonada”, en la que la jueza Rodríguez-Medeldescribe los indicios de delito de Pablo Casado. Tanto es así, que me veo impelido o bien a revisar mi oposición al aforamiento de los políticos, o bien a proponer que las dimisiones de los imputados o investigados sólo se exijan cuando un tribunal superior refrende el criterio del instructor.

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Ilustración: Tomás Serrano

Es cierto que, como acaba de alegar Ciudadanos, puede considerarse una “injusticia” que las tres compañeras de Casado, dentro de lo que Rodríguez-Medel define como “el grupo de alumnos escogidos”, que recibieron el denominado “regalo” del Máster, se encuentren en una situación procesal distinta a la suya. Pero si Casado estuviera ya imputado, Ciudadanos sería el primero en reclamar que, tres semanas después de acabar con la Hidra de Lerna del sorayismo, el nuevo líder del PP dejara, preventivamente, la política; y eso podría suponer -como, de hecho, ocurrió con el antiguo número dos del partido naranja, Jordi Cañas- una “injusticia” mayor.

Puedo estar equivocado y quedarme colgado de la brocha amarilla de mi estupefacción, si la Sala Segunda del Supremo corrobora el criterio de la jueza y ve motivos para investigar a Casado, practicando las pruebas que ella propone. De hecho, ya me desconcierta que la Fiscalía no haya recurrido el auto de Rodríguez-Medel; y no sé si atribuirlo al calor, que tanto paraliza y desmotiva, o a un efecto similar del cambio de Gobierno. Pero, para mí, la cuestión jurídica –al final hablaremos de la política- no es si Pablo Casado entregó o no los trabajos. El objeto de debate es, sencillamente, si en la conducta hipotética que le atribuye la jueza hay el menor atisbo de delito.

Diré, a modo de cuestión previa, que el relato de cómo la instructora toma declaración al director de El Diario sobre el caso Cifuentes y decide abrir una pieza separada, sobre “una serie de posibles irregularidades que trascendían” a ese escándalo, asumiendo desde el primer momento su punto de vista periodístico contra Casado, me ha producido una sana envidia. No es que cuando presté declaración, en sumarios de otra dimensión, como los relacionados con los GAL o episodios concretos de la financiación ilegal del PP, no hubiera tenido yo esa misma disposición a explayarme -“Ah, por cierto, Su Señoría, en la redacción también estamos investigando si...”-, sino, simplemente, que nunca tuve la suerte de encontrar, sobre la tarima, la misma avidez por comprar la mercancía.

Pero, en el fondo, tampoco esto es relevante, pues cada maestrillo tiene su librillo y más vale pecar por exceso que por defecto, cuando se trata de cazar al vuelo una "notitia criminis". Lo que nos ocupa es si, en el caso de que Pablo Casado, además de beneficiarse legalmente de la convalidación de dos tercios de los créditos, hubiera obtenido los restantes, con honores de sobresaliente, sin ir nunca a clase y ni siquiera presentar ningún trabajo, habría incurrido en los delitos de prevaricación administrativa, como cooperador necesario, y cohecho pasivo.

***

Respecto al primer delito, la jueza recuerda que el Código Penal, vigente cuando sucedieron los hechos, castigaba con inhabilitación de siete a diez años “a la autoridad o funcionario publico que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo”. Que eso sea de aplicación en el caso de un profesor que, para bien o para mal, califica arbitrariamente a un alumno, podrá estar “razonado” –con una sentencia cogida por los pelos, en la que el ponente fue Luciano Varela- pero resulta discutible que sea razonable.

Es verdad que existen –como dice esa sentencia- “el derecho del estudiante a la objetividad en la evaluación de su competencia y los intereses públicos sobre los que la proclamación de capacidad del estudiante despliega sus efectos”. Pero, en la práctica, eso choca con la discrecionalidad del profesor, la llamada “libertad de cátedra”, hasta el extremo de que habría que considerar un prevaricador crónico a aquel eminente catedrático que ha hecho del aprobado general una pauta de su larga carrera como docente; pero también al profesor 'hueso' que parece disfrutar suspendiendo a gran parte de sus alumnos.

La mejor prueba de que la “objetividad en la evaluación de la competencia del alumno” o bien no existe –excepto en los exámenes tipo test- o bien se trata del más subjetivo de los conceptos, es la muy diferente percepción social del valor de un título obtenido en una universidad o facultad con tradición de exigencia académica y el del expedido por instituciones que, como vulgarmente se dice, “aprueban a cualquiera”. Siempre que pague la matrícula, claro. Y la ironía no es irrelevante.

Puede y debe alegarse que, en este caso, lo indignante es la desigualdad de trato entre los doce alumnos que fueron a clase e hicieron los trabajos y los cuatro “escogidos” a los que, supuestamente, se les eximió de ello. Si, en vez de “escogidos”, la jueza hubiera escrito “enchufados”, todos lo habríamos entendido mejor. ¿Quién no ha vivido el trato de favor, de unos u otros profesores, a unos u otros alumnos, en el colegio o la universidad, en función de las más dispares motivaciones?

Lo indignante es la desigualdad de trato entre los doce alumnos que fueron a clase e hicieron los trabajos y los cuatro “escogidos” a los que, supuestamente, se les eximió de ello

No cabe duda de que el director del Máster, el tal Enrique Álvarez Conde, personaje repulsivo donde los haya, merecía una sanción administrativa o, como ha ocurrido, que la Universidad Rey Juan Carlos rescindiera su contrato. Incluso, en atención de que la regulación legal del Máster y su propia normativa establecían requisitos tasados, como la asistencia a clase o la propia evaluación del alumno con alguna base tangible, podría entenderse que, en una interpretación amplia del tipo penal de la prevaricación administrativa, una jueza justiciera lo sentara en el banquillo.

Pero cuando la “exposición razonada” deviene, a mi entender, en algo abierta y disparatadamente irrazonable es en el momento en que Rodríguez-Medel convierte al “enchufado” en delincuente, atribuyendo a Pablo Casado la condición de “cooperador necesario” en la prevaricación de Álvarez Conde porque se inscribió y pagó el Máster, pidió la convalidación de los créditos y aceptó el título.

Es cierto que la “consolidada jurisprudencia” del Supremo “ampara” la imputación de la prevaricación administrativa a “un particular”, bien como inductor, bien como cooperador necesario. Pero los dos ejemplos que cita la jueza son la mejor prueba de lo lejos que está de contemplar un supuesto como el del Máster. El primero es de una ponencia de Antonio del Moral, con la que se condenó a quienes se beneficiaron “de una inversión de cuantiosos fondos públicos, al margen de toda concurrencia y de forma opaca, sin transparencia, con sometimiento a la voluntad de los contratantes particulares”.

Los dos ejemplos que cita la jueza son la mejor prueba de lo lejos que está de contemplar un supuesto como el del Máster

El segundo ejemplo procede de una ponencia de Martínez-Arrieta, por la que se condenó a quienes adquirieron un inmueble municipal “sin publicidad, sin garantizar la libre concurrencia, sin fijación del valor según el mercado, y sin establecimiento de garantías de cumplimiento del contrato y de evitación de especulación que eran habituales (sic)”. Son resoluciones que no pasarán a la historia de la prosa jurídica, pero que todo el mundo entiende, en la medida en que, en ambos casos, hay lucro contante y sonante, sin riesgo para el particular, en perjuicio de las arcas públicas.

Esta disparatada analogía de la jueza entre los beneficiarios de dos pelotazos como dos soles y Pablo Casado y sus tres compañeras ausentes del aula, convertiría en delincuentes, no sólo a los alumnos “enchufados” por un funcionario docente -catedrático o simple profesor- que les aprueba por la cara, sino a los pacientes “enchufados” por un funcionario sanitario -médico o gestor de hospital- que les ayuda a saltarse una lista de espera para consulta o quirófano, a los ciudadanos “enchufados” por un funcionario municipal -amigo o pariente- que les ayuda a obtener con mayor celeridad o menor nivel de exigencia de lo habitual una licencia de obra e incluso a los asistentes a espectáculos de masas en recintos públicos, “enchufados” por un funcionario interino -responsable de seguridad o taquillera- que les ayuda a entrar por la puerta de atrás o el acceso para vips, a veces sin pagar la entrada.

Todos esos comportamientos quedarían subsumidos en el “yo hice lo que me pidieron” de Pablo Casado, suspicazmente invocado por la jueza para contribuir a crear su perfil delincuencial. Y menos mal que ya no existe la mili, porque todos los reemplazos generarían miles y miles de “enchufados” delincuentes, a base de obtener destinos de oficinas, exenciones de hacer guardia o pases de pernocta, en mejores condiciones que las de los demás reclutas.

***

La aplicación de este tipo penal resulta tan científicamente temeraria y racionalmente absurda que, sobre las páginas 34 y 35 del auto de Rodríguez-Medel, flota la sospecha de que ahí debe haber algún gato encerrado. Y esa sospecha queda reforzada en la página 38, cuando después de haber atribuido indiciariamente a Casado un segundo delito de “cohecho impropio” –que es el único en el que su conformidad con el “regalo” podría caber con calzador-, la jueza reconoce que, dado lo menguado de su pena, habría que darlo por prescrito; pero que su relación, “en concurso medial”, con el más grave de prevaricación, permite seguir persiguiéndolo.

O sea, que sin cooperación para la prevaricación, el asunto estaría judicialmente muerto. Acabáramos. ¡Ay, Su Señoría, qué tentador resulta construir todo el castillo retórico de los indicios de criminalidad con los naipes del proceso de intenciones!

Lo inaudito es que ella señale, por dos veces, a Pablo Casado como un presunto delincuente, en función de las motivaciones que le atribuye, no a él, sino a Álvarez Conde. Ya hemos visto cómo lo ha hecho con su supuesta actividad prevaricadora; entremos ahora en la derivada de su supuesta actividad obsequiadora. O sea, en el cohecho impropio, que castigaba con “multa de tres a seis meses” a “la autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente”.

Lo inaudito es que ella señale, por dos veces, a Pablo Casado como un presunto delincuente, en función de las motivaciones que le atribuye, no a él, sino a Álvarez Conde

La propia jueza pone aquí la venda antes que la herida: “Ciertamente el regalo de una titulación de master es un cohecho impropio poco habitual, pues los ejemplos que la jurisprudencia proporciona suelen referirse a cuestiones materiales”. Es decir, los trajes de Camps o los patrocinios de los cursos de Garzón en Nueva York, al margen de que el uno fuera absuelto y el otro se beneficiara por la prescripción.

Y es que, claro, una cosa es que estemos ante uno de esos delitos definidos como “de peligro abstracto”, destinado a proteger la confianza social en la probidad de los cargos públicos, y otra que su nivel de abstracción lo convierta, en manos de una jueza, digamos creativa, en un peligroso bumerán contra la propia viabilidad de la Justicia. Porque si el funcionario o cargo público que “admite la dádiva o regalo” de un máster que le otorga un profesor incurre en cohecho impropio, no sólo ocurriría también cuando se beneficiara de las otras modalidades de “enchufe” antes mencionadas, sino que habría que hacerlo extensivo a quien, sin ejercer una representación institucional específica, acepta, domingo tras domingo, la invitación al palco del Bernabéu, a un ciclo de conciertos o un abono de una gran feria taurina y, desde luego, a quien no evita que se contrate a su esposa para una actividad académica, vinculada con su propia agenda política. En todos esos supuestos, la percepción social del beneficio obtenido sería mayor que en el del máster en Derecho Autonómico de Casado.

De hecho, desde un punto de vista dialéctico, resulta más sencillo argumentar que el Instituto de Empresa ha contratado a Begoña Sánchez para encabezar su nuevo centro sobre África “en consideración a la función” de su marido o “para la consecución de un acto no prohibido legalmente”, por parte del Gobierno que encabeza su marido –la mera asistencia de este a alguna de sus actividades bastaría-, que pretender, como hace la jueza, que Álvarez Conde “regaló” el máster a Casado porque era diputado de la Asamblea regional o porque esperaba algo de las Nuevas Generaciones del PP madrileño que entonces presidía.

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Siendo clave, para este supuesto cohecho pasivo de Casado, la intencionalidad obsequiadora de Álvarez Conde, sorprende que en 54 páginas de “exposición razonada” la jueza Rodríguez-Medel apenas balbucee genéricas conjeturas al respecto. Todo el mundo entendía que si 'El Bigotes' le regalaba trajes a Camps, era porque buscaba contratos de la Generalitat; o que sí su “querido Emilio” financiaba cursos a Garzón, era porque esperaba resoluciones favorables al banco en su juzgado.

Aquí no estamos ante nada parecido: ni se habla de proyectos legislativos en la Asamblea de Madrid, ni de convenios de colaboración con Nuevas Generaciones. Lo único que la jueza dice sobre el motivo del “regalo” a Pablo Casado es que “permitía que personas con relevancia política contaran en su CV con una mención al máster”. También puede deducirse que asimila su caso a la de la número dos de una consejería del gobierno valenciano, a la que Álvarez Conde habría hecho el mismo “regalo” que a Casado, porque “le creaba un clima favorable, en cuanto a sus relaciones políticas”.

Lo único que la jueza dice sobre el motivo del “regalo” a Pablo Casado es que “permitía que personas con relevancia política contaran en su CV con una mención al máster”

Teniendo en cuenta que Álvarez Conde se acogió a su derecho a no declarar ante la instructora, atribuirle, con esos cuatro palitroques, la intencionalidad que abre la puerta a acusar a Casado de cohecho pasivo parece, al menos, tan aventurado, como lo sería que yo diera por sentado un ánimo prevaricador en la construcción jurídica que, como hemos visto, permite a la jueza sortear la prescripción. De hecho, no creo que estemos para nada ante ese supuesto, sino más bien ante el de una magistrada tan loca por la música, como para dejarse arrastrar por sus propios acordes a una utopía puritana y armoniosa.

Tal vez por eso, la propia instructora no parece haber reparado en que ella misma ofrece una explicación alternativa sobre por qué Álvarez Conde hizo lo que hizo, que explica algo tan esencial como el carácter heterogéneo del “grupo escogido”. No olvidemos que incluía, junto a esos dos políticos de escaso relieve, a una colaboradora de su departamento y a la hija de una profesora de la Rey Juan Carlos. “Este proceso le permitía –reza la página 44 de la “exposición razonada”- la supervivencia del master, dado que con pocos alumnos se extinguía”.

Cualquiera que conozca la sordidez de las economías de chiringuitos universitarios, como el rimbombantemente bautizado Instituto de Derecho Público, se dará cuenta de que es con esta afirmación cuando la jueza se acerca más a lo realmente verosímil. Su problema es que es también cuando más se aleja de todo indicio de cohecho impropio. Porque para pasar de doce a dieciséis alumnos, igual le servían un diputadillo de la Asamblea de Madrid o una subsecretaria valenciana que la hija de una colega o una persona de su propio equipo. La cuestión era hinchar el perro… y quitarle un 25% más de telarañas a la caja.

Podríamos incluso zanjar la cuestión con el estrambote de la ironía, alegando que, visto lo visto, y a juzgar por el “valor de mercado” que tendría hoy ese máster, fue más bien Pablo Casado quien le “regaló” a Álvarez Conde los 1.400 euros de la matrícula, aunque luego le devolvieran 600 tras las convalidaciones. En la práctica estaba “comprando” 20 créditos de algo de remota utilidad y muy cuestionable prestigio por 800 euros y la obligación, consumada o no, de entregar unos trabajos. Un trato de “enchufado”, un negocio nada edificante, en el peor de los supuestos una tomadura de pelo de la que avergonzarse, pero ni por asomo un delito.

***

Aquí terminaría esta extensa respuesta razonable a la “exposición razonada”, si no fuera porque Pablo Casado ha comprometido su credibilidad, al mostrar públicamente “esos” trabajos, asegurar que los entregó en mano en la universidad –“a puerta fría”- y explicar que conservaba copia en un ordenador. No es exactamente lo mismo que hizo Cristina Cifuentes, al proclamar que defendió en persona su trabajo de fin de máster, ante un tribunal, en una fecha determinada, pero se le acerca bastante. Temerariamente o no, la jueza duda de que eso sea verdad y pide que el Supremo practique las diligencias que permitirían corroborarlo.

Podría ocurrir que, como ha apuntado María Peral, el Supremo aplique la 'doctrina Maza' y le devuelva la pelota, para que la propia Rodríguez-Medel ofrezca a Casado aclarar esos extremos, en una comparecencia voluntaria. Yo no le recomendaría al líder del PP dar ese paso, pues supondría entrar en la lógica perversa de la instructora y aceptar implícitamente que, si no hubiera hecho los trabajos, habría cometido dos delitos.

Si estuviera en su lugar, me adelantaría, en cambio, a los acontecimientos, entregando a la prensa los trabajos, sometiendo el ordenador a un peritaje independiente o aclarando por qué no puede hacer lo uno o lo otro. No con el objetivo de demostrar que no cometió ningún delito en 2008 –lo que para mí está fuera de duda-, sino para demostrar que ha dicho la verdad en 2018.

Lo mismo que viene a cuento recordar respecto a la mujer de César –y por eso creo que Begoña Gómez debería renunciar al trabajo del Instituto de Empresa-, es plenamente extensible al aspirante a suceder a César: además de ser honrado, debe parecerlo. Y eso es lo que convierte el aparente problema de Pablo Casado en una subyacente oportunidad. Su mejor sobresaliente sería aprovecharla.

https://www.elespanol.com/opinion/c...er-enchufado-no-delincuente/329917006_20.html


No es lo mismo un regalo de una entrada para el Bernabeu que puede ser anti ético y anti éstetico para intentar comprar voluntades, que si se prueban después ya veríamos como lo vería un juez, futuro hipotético, que la obtención de una titulación universitaria sin haber cumplido con las normas para obtenerlo, máxime cuando éste político puede llegar a ser presidente de España.

Cuando se le concedió no era una persona anónima, tenía su peso político y por ello se le concedió.
 
No es lo mismo un regalo de una entrada para el Bernabeu que puede ser anti ético y anti éstetico para intentar comprar voluntades, que si se prueban después ya veríamos como lo vería un juez, futuro hipotético, que la obtención de una titulación universitaria sin haber cumplido con las normas para obtenerlo, máxime cuando éste político puede llegar a ser presidente de España.

Cuando se le concedió no era una persona anónima, tenía su peso político y por ello se le concedió.
Hay que revisar el currículo y los pufos de Sánchez
 
, Moreno Bonilla se anuncia en avioneta por las playas andaluzas
POLÍTICA
Como las ofertas de frigoríficos, Moreno Bonilla se anuncia en avioneta por las playas andaluzas
EL líder de los populares sorprende a los bañistas con pancartas con su foto y el texto "Juanma Moreno un nuevo Gobierno"

JUAN LUIS VALENZUELA Sábado, 18 de agosto de 2018

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Pancarta de Juan Manuel Moreno Bonilla.

El PP andaluz ha iniciado una campaña para dar a conocer a su líder, Juan Manuel Moreno Bonilla, con unas avionetas que recorren las playas andaluzas. Las sospechas de que la presidenta de la Junta de Andalucía estaría pensando en adelantar las elecciones autonómicas a finales del próximo mes de octubre o noviembre, han obligado a que los populares andaluces aceleren la promoción de su candidato, mucho más después del deterioro de su imagen tras haber apostado fuertemente por Soraya Sáenz de Santamaría. Tanto el propio Moreno Bonilla como toda su organización territorial andaluza se volcaron literalmente en la candidatura de la ex vicepresidenta y salieron muy tocados del proceso.

A esta situación interna se le unen las pésimas perspectivas que le señalan las encuestas, ya que no solo volvería de nuevo a perder las elecciones autonómicas sino que se enfrentaría a una pérdida notable de escaños autonómicos, a un empate técnico con Ciudadanos y a una victoria holgada del PSOE de Susana Díaz.

Casado manda a Moreno al “matadero”
Todo indica que el nuevo presidente del PP nacional, Pablo Casado, en un gesto más de interés y estrategia de futuro que de generosidad, le ha “perdonado” la vida a Moreno Bonilla de manera temporal y permite que repita como candidato a la presidencia del Gobierno andaluz mandándole al “matadero” y a partir de ahí, una vez conocidos los previsibles pésimos resultados electorales del PP andaluz, renovar el partido con unos nuevos dirigentes.

Pancarta en las playas con “Juanma Moreno un nuevo Gobierno
Y es que en el PP andaluz cunde la desesperanza y el partido está muy nervioso. Lo de contratar ahora avionetas para que recorran las playas andaluzas llenas de turistas y bañistas parece una alegoría a que Moreno Bonilla tuviese muchas prisas por perder unas nuevas elecciones en Andalucía. Un PP que lleva toda la legislatura diciendo que va a haber adelanto electoral y que está en campaña permanente sin que nadie haya convocado elecciones. El eslogan que se puede leer en la pancarta de la avioneta es todo un mensaje electoral: “Juanma Moreno un nuevo Gobierno”. Pero ¿se han convocado formalmente elecciones para mantener ese eslogan?

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Como una oferta de centro comercial

Es sintomático que más de cuatro años después de haber sido elegido presidente dPPP de Andalucía, Moreno Bonilla se vea en la obligación de estar dándose a conocer con una campaña por las playas andaluzas con pancartas en avionetas como si fuera el anuncio de una actuación musical del verano o la oferta de aire acondicionado de una gran superficie a precio de saldo. ¿A qué se ha dedicado exactamente Moreno Bonilla todos estos años para seguir siendo un desconocido para los andaluces y necesite mandar avionetas por las playas andaluzas con su imagen como si fuera un frigorífico en oferta de unos grandes almacenes?

Mofas y bromas sobre la campaña en avioneta
Ya hay quien se mofa y juega con el símbolo de la exhibición de su imagen en avioneta por el litoral andaluz en medio de bañistas y turistas. Dicen que esta campaña es la demostración definitiva de que el PP y su presidente “no tienen los pies en el suelo” o que “el tiempo de Moreno Bonilla pasa volando”. También de que Moreno “sigue estando en las nubes” , y no solo este verano que ha contratado la avioneta
 
POLÍTICA
El alcalde del PSOE al que los socialistas expulsan por corrupción y el PP y Cs mantienen
El alcalde de Linares se aferra al cargo y no dimitirá tras su expulsión del PSOE, gracias al apoyo de la derecha local

JUAN LUIS VALENZUELA Sábado, 18 de agosto de 2018

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Juan Fernández, alcalde de Linares.

El alcalde de Linares, Juan Fernández, expulsado de su partido por la CEF del PSOE y abandonado por sus concejales, lejos de dimitir se ha bunkerizado y aferrado al cargo tras el respaldo recibido por la derecha linarense. PP y Ciudadanos han adelantado que no apoyarán la moción de censura que los socialistas van a presentar contra su alcalde por quedar demostrado vinculaciones con la corrupción.

Fernández que considera falsas las acusaciones, asegura que no va a dimitir y que seguirá en una propuesta de gobierno de concentración.

Expulsado por apropiación de dinero del partido

La Comisión Ejecutiva Federal acordó expulsarlo tras un expediente disciplinario incoado en meses pasados desde el Comité Local del PSOE de Linares por “considerar probada la comisión de tres faltas muy graves”. Por un lado el federal de Pedro Sánchez vio “indisciplina reiterada en relación con las decisiones de las instancias competentes del partido”, por otro “haber rebasado sobradamente los límites de la lealtad y de la responsabilidad para con el partido” así como “menoscabar la imagen” de cargos públicos o instituciones. Por último, el órgano acusó de “falta de probidad y de honradez con una irregular administración de los fondos del partido” ya que “desde 2013 se detraía 1.700 euros mensuales de una cuenta del partido sin que haya quedado justificado el destinatario, el destino ni la finalidad y sin ser contabilizados ni reflejados en la contabilidad de la Agrupación”.


Contra Sánchez y Susana Díaz


La respuesta del todavía alcalde ha sido que “esperaba la expulsión buscada por un manojo de secuaces asalariados del poder”. Fernández ha repartido culpa tanto a las direcciones federal, regional y provincial del PSOE y como a la de Madrid, que cree “se lava las manos con la resolución para no complicarse la vida con Sevilla, que es la que verdaderamente se empeña en esto, junto al secretario provincial”.


Moción de censura


La especial distribución de concejales en la Corporación municipal hace compleja la moción de censura que el PSOE quiere impulsar. Una corporación plagada de concejales de no adscritos,dos procedentes del PP y tres de IU a los que ahora habría que añadir dos más, el propio alcalde y un edil socialista fiel a este. De esta manera el ayuntamiento quedaría con 8 ediles del PSOE, 6 concejales del PP, 2 de Ciudadanos; 1 independiente, 1 de IU y 7 no adscritos.

La situación se complica ya que para que la moción de censura que han presentado los 8 concejales socialistas no se alcanza la mayoría de 13 ediles, a pesar de que los concejales no adscritos no pueden votarla.


Dinero de las arcas del partido


Los concejales socialistas dicen que han estado en silencio mucho tiempo “por respeto al expediente y a los militantes”. Han hecho público las “irregularidades económicas” del alcalde que conocieron tras ver dos cuentas del partido de las que faltaban 80.000 eurospresuntamente, extraídos mes a mes desde el año 2013 y que se asignaron los dos expedientados, sin saberlo la ejecutiva. Por ello han presentado la moción de censura.


PP y C´s se lavan las manos para cosechar votos


Los dos concejales naranjas no piensan respaldarla porque entienden que es "un asunto interno de PSOE". Aunque se trata de un caso de corrupción, los “regeneradores” de Ciudadanos prefieren que la situación se pudra hasta mayo. Para el grupo del PP es una moción "presentada por el PSOE contra el PSOE", con lo que tampoco apoyarán la iniciativa. La derecha local prefiere que la situación se deteriore para sacar rédito electoral en mayo de 2019 aunque sea en perjuicio de Linares. De ahí de la postura de “lavarse las manos”. Mientras tanto IU no se ha pronunciado aún y el edil independiente votará en contra
 
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