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2. No hay ninguna disección que hacer sobre el hecho, incontrovertido, de que la competencia del Tribunal de Cuentas se extiende únicamente al conocimiento de irregulares económico-financieras cometidas por instituciones públicas y no personas físicas (o privadas). Y hasta que se demuestre lo contrario, el rey es una persona física, tiene derechos propios de una persona física, es un ser humano. Matar al Rey es un homicidio agravado, no la mera extinción de un organismo público. Vamos, que es humano, tiene sangre y está hecho de carne y hueso. Otra cosa es que no os guste o consideréis que no debería ser así, opinión hasta cierto punto respetable pero que no comparto, pues que hasta qué punto se puede deshumanizar a un ser humano? Es titular de los derechos propios de una persona física. Tiene sueldo y una cuenta bancaria a su nombre propio, igual que su padre. Y cualquier cosa que se salga del marco competencial del Tribunal de Cuentas (por ejemplo fiscalizar las actividades de una persona física) es competencia de la justicia ordinaria.
3. La Casa del Rey es un organismo público, financiado por los PPGGEE. El Rey, como persona física, no es un organismo público, al igual que no lo es el presidente del gobierno.
Repito, otra cosa es que no os guste, pero las cosas son así.
No te invito a leer la LOTCU, ni su LFTCU porque son realmente para gente un poco iniciada pero te equivocas de medio a medio. El TCu tiene competencia sobre todo el sector público (del nivel que sea) y sobre todo fondo público aunque lo gestione un particular. Es decir, que un estudiante que recibe una beca tiene ante el Tribunal de cuentas condición de "cuentadante", que es un término decimonónico que implica, grosso modo, que está sujeto a su fiscalización. Lo mismo pasa con las subvenciones, que el perceptor, sea persona física o jurídica, es cuentadante. Lo que pasa es que hay otros controles intermedios, de la propia administración o internos, que se encargarán de verificar que el becario cumple con los requisitos o que el que recibe la subvención la aplica a sus fines.
Otra rareza del Tribunal de Cuentas es que fiscaliza la actividad financiera de los partidos políticos, que no son entidades públicas.
En cuanto al rey, el asunto es que la propia constitución, y luego la ley general presupuestaria, configuran la dotación para su casa como un sueldo. En definitiva, como el sueldo del funcionario número uno. Por eso no tiene más obligación que presentar su declaración de la renta.
Si queremos que de cuenta de lo que gasta hasta en el papel higiénico, no creo que se opusiera, pero claro, lo suyo sería que cambiáramos primero las normas.