Universidad Sevilla abre expediente a profesor condenado a cárcel por 3 delitos abusos sexuales

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AGRESIONES SEXUALES
La Universidad abre expediente para expulsar al profesor condenado
En un comunicado, la Hispalense dice que activa su "maquinaria normativa para tomar las decisiones correspondientes"
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Santiago Romero

MERCEDES DÍAZ
Sevilla
10/01/2017 - 10:36 h. CET

La Universidad de Sevilla anuncia en un comunicado que ha activado "toda la maquinaria normativa para poder tomar las decisiones correspondientes con la mayor celeridad" con respecto al exdecano de Ciencias de la Educación, Santiago Romero, condenado a siete años de cárcel por tres delitos de abusos sexuales y uno de lesiones cometidos sobre dos profesoras ayudantes de su departamento y una becaria. Lo que se traduce en que siete años después, en cuanto reciba la sentencia, reabrirá el expediente que archivó, de forma provisional, cuando estas trabajadoras denunciaron los hechos ante la institución. Un expediente que puede terminar en su expulsión.

Santiago Romero sigue impartiendo clases en la facultad de Ciencias del Deporte. Las tres mujeres tuvieron que dejar su empleo por la situación de estrés y ansiedad que sufrieron. De hecho, una de ellas sigue en tratamiento psicológico.

Siete años de cárcel para un catedrático en activo por abusos sexuales
En el mismo comunicado la Hispalense afirma que ha conocido "con estupor" el contenido de la sentencia y que reclama que le sea notificada "dada la alarma social que ha provocado". La Universidad ha sido declarada responsable civil subsidiaria y tendrá que indemnizar en 110.000 euros a las tres víctimas si el exdecano y catedrático no tiene dinero para hacerlo.
 
no doy credito. condenado ya, entonces a que esperan mas? Lo de la universidad en este pais es que no tiene nombre. Mafias se queda corto -presuntamente-.

En que cabeza cabe que siga dando clases? Y Por que siguen yendo los alumnos? No entiendo nada
 
"esperara(..). para reabrir el EXpediente!! ah, que hay que esperar aun mas.

" un expediente que PUEDE Terminar en su expulsion" de verdad???

Esto parece de chiste
 
Bueno, conozco el caso: se abrió expediente tras la denuncia presentada en la Universidad por parte de las víctimas.La Universidad PUSO EN CONOCIMIENTO del Juzgado los hechos, y tres años y medio después ( lo que ha durado la instrucción y fallo y por eso ha minorado su pena, por dilación indebida del procedimiento) ha habido fallo. El condenado ha recurrido, que es su derecho.


Pues bien, en estos TRES AÑOS Y MEDIO el Juzgado no ha tomado ninguna medida cautelar que cumplir (sin suspensión de funciones, la Universidad NO PUEDE suspenderle del servicio) y a día de hoy todavía no se le ha comunicado la Sentencia, que como denunciante (ojo, quien inició el proceso penal NO FUERON LAS VÍCTIMAS, sino de la Universidad, las víctimas ejercieron su derecho después ) tiene derecho.

El Rector ha salido en los medios solicitando la comunicación formal de la Sentencia para adoptar las medidas oportunas (separación del servicio hasta pérdida de la condición de funcionario con la sentencia FIRME). Ningún reproche a la Universidad, en cuanto tuvo conocimiento de los hechos, denunció penalmente.
 
Gracias @paulino. De todas formas la universidad no puede tomar medidas sin haber una sentencia. Eso lo entiendo, pero me voy al caso de Iñigo Errejón al que la Universidad de Málaga le inhabilitó sin tener todavía sentencia por el tema de un trabajo que hizo.

Inhabilitar para mí al menos significa no poder ejercer, es como si te hubieran expulsado. En ese caso no se esperó al final, que pasado un tiempo se archivó, pero la inhabilitación se hizo.

http://www.elplural.com/2016/03/05/la-universidad-de-málaga-sanciona-e-inhabilita-iñigo-errejón

http://sevilla.abc.es/andalucia/mal...-universidad-malaga-201606071415_noticia.html

No viene a éste caso que es que la Justicia no actúa como debiera y provoca que haya violadores como éste ejemplo que se libra de parte de la condena....

http://cadenaser.com/programa/2017/01/10/hoy_por_hoy/1484034431_310743.html :banghead:
 
Última edición:
@IDOLO, el asunto Errejón es distinto, no hay juzgado por medio, es procedimiento administrativo-disciplinar donde juez y parte es la propia Universidad por incumplimiento de contrato. Que yo sepa Errejón no acudió después a la jurisdicción contencioso-administrativa, que era su derecho si no estaba conforme con la sanción administrativa de la Universidad.
 
Publicado: 07.06.2016 14:10 |Actualizado: 07.06.2016 14:10
El juez tumba la querella contra Errejón por su contrato con la Universidad de Málaga
El fiscal ya había constatado la inconsistencia de la enésima ofensiva judicial del sindicato ultra Manos Limpias contra un dirigente de Podemos.

http://www.publico.es/politica/juez-tumba-querella-errejon-contrato.html

A ver si soy capaz de explicarlo: en nuestro ordenamiento hay diferentes órdenes jurisdicionales o "palos" del derecho: civil, penal, contencioso-administrativo, laboral y militar. Bien, cuando uno tiene una relación de especial sujección con una administración (o es funcionario, o interino, o es eventual, o simplemente contratado, cuando el Jefe es la Administración , ésta tiene unas potestades "extraordinarias": entre ellas, la potestad sancionadora con respecto a este personal, y cuando es "contratante", además la potestad de interpretar los contratos y que su decisión sea ejecutiva (que se cumpla lo interpretado), sin perjuicio del posterior control de los tribunales. Bien, pues cuando el Jefe es la Administración, por contrato, la única jurisdicción posible es la Contencioso-administrativa.


Sabido ésto, @Amadís me cuentas que Manos Limpias intentó que el asunto Ejerrón fuera penal.y la querella fué archivada. Yo lo que he comentado que su sanción (administrativa) que yo sepa no fue recurrida en su jurisddción competente por el intersado, la contencioso-administrativa.
 
Lo que yo quería poner en valor son las dos diferentes formas de actuar de las dos universidades andaluzas. Una de ellas, la de Andalucía espera sentencia en firme para tomar medidas en un tema de delito penal contra uno de los profesores.

La otra, la de Málaga, sin esperar a resolver el procedimiento administrativo, para mi de menos importancia que un delito penal, toma la medida de inhabilitar a Errejón sin esperar a la resolución del expediente. Ni mas, ni menos.
 
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