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No es cuestión de gusto, eso se deja para el paladar, es cuestión de ÉTICA.
El Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo (BOE núm. 112), sobre reestructuración de la Casa de S.M. el Rey, establece en su artículo 1.º:
- La Casa de Su Majestad el Rey es el organismo que, bajo la dependencia directa de S.M., tiene como misión servirle de apoyo en cuantas actividades se deriven del ejercicio de sus funciones como Jefe de Estado.
- Dentro de esta misión general, y además de desempeñar los cometidos de carácter administrativo y económico que le correspondan, deberá atender especialmente a las relaciones del Rey con los organismos oficiales, entidades y particulares, a la seguridad de Su Persona y Real Familia, así como a la rendición de los honores reglamentarios y a la prestación del servicio de escoltas cuando proceda. Igualmente atenderá a la organización y funcionamiento del régimen interior de la residencia de la Familia Real.
En su artículo 5.º dispone que la Guardia Real depende del Jefe del Cuarto Militar a todos los efectos, por delegación del Jefe de la Casa de S.M. el Rey.
Es decir, el nombramiento lo realiza el lelo discrecionalmente. Lo lógico, dadas las funciones que se le otorgan, es que el nombramiento se haga a persona de su confianza...siempre que cumpla los requisitos para el puesto. No veo, de verdad, nada contrario a la ética...