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Acabo de buscar el Convenio colectivo internas 2017, para mostraros dos párrafos, porque trabajo en una ONG y estamos tratando casi a diario con lo que se llama "esclavismo del siglo XXI". Supuestas "señoras" que interpretan la ley a su antojo y se aprovechan de mujeres que necesitan el dinero, que desconocen las leyes, o las temen por falta de documentación. ¿Qué es eso de jornadas de 16 horas y de quedarse despierta a esperar a la "señora"? Bochornoso.
La empleada de hogar interna, cuando hay de por medio un niño o un dependiente:
- Dispone de un mínimo de 4 horas de descanso diarias, 2 horas para las comidas principales (es decir, 1+1) y 2 horas de descanso libre (fuera o dentro del domicilio), siendo flexibles en la aplicación de estos tiempos.
- Los descansos de fines de semana para trabajadores/as de carácter interno serán de 36 h consecutivas, que serán como regla general, la tarde del sábado o la mañana del lunes y el domingo completo).
La empleada de hogar interna, cuando hay de por medio un niño o un dependiente:
- Dispone de un mínimo de 4 horas de descanso diarias, 2 horas para las comidas principales (es decir, 1+1) y 2 horas de descanso libre (fuera o dentro del domicilio), siendo flexibles en la aplicación de estos tiempos.
- Los descansos de fines de semana para trabajadores/as de carácter interno serán de 36 h consecutivas, que serán como regla general, la tarde del sábado o la mañana del lunes y el domingo completo).