Moción de Censura contra Rajoy.

Creo que quien sale de la cárcel mañana es Granados.

http://www.publico.es/politica/punica-granados-saldra-carcel-reunir-400000-euros-fianza.html

Por otro lado a Jaume Matas ex presidente de Baleares se le abre juicio oral.

https://mallorcaconfidencial.com/20...io-oral-matas-la-campana-del-mundial-ciclismo
Tienes razón,hay veces que los confundo y además me parece que tienen un ligero parecido físico jejejeje.Pero es igual uno que otro.Los que están en la cárcel por protestar contra ellos,esos no hay quien los saquen de ahí.Que pena.No se como se atreve este PPodrido ni a abrir la boca.Si tuvieran un mínimo de decencia se callarian, cuando se les dice las verdades a la cara.Mariano el cacique, ha recurrido a sus votantes para defenderse,me parece vomitivo tanto para su partido como para sus votantes,por que no deja de ser por ello,una indecencia.
 
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El PSOE con la moción de censura a Rajoy
 

Que imagen más demoledora.Tenía que dar la vuelta al mundo para que todo el mundo pueda ver, al partido que tenemos gobernando España.Tanto si es unas escenas de postureo desdeñosas,como si realmente no están fingiendo,es una total falta de respeto a los ciudadanos, por la verdad de todo lo que ha enumerado Montero,por desgracia para nosotros,por que a ellos todo esto, se lo pasan por la entrepierna.Esa es la imagen de un gobierno serio y sensato??? me muero de risa.
 
A Falanguito se le ha bajado el azúcar de trabajar

3/06/201715:03

Albert Rivera sobre Pablo Iglesias: "Vaya chapa. Estoy frito"
El líder de Ciudadanos no ha esperado al final del discurso de Pablo Iglesias para participar en los habituales corrillos en los pasillos del Congreso. "Vaya chapa. Estoy frito", ha dicho Rivera ante un grupo de periodistas. Según el líder de Ciudadanos la longitud del discurso de Iglesias tiene una explicación: "Yo creo que es el complejín de Pablo de como no tengo programa voy a hablar mucho rato"
 
A Falanguito se le ha bajado el azúcar de trabajar

3/06/201715:03

Albert Rivera sobre Pablo Iglesias: "Vaya chapa. Estoy frito"
El líder de Ciudadanos no ha esperado al final del discurso de Pablo Iglesias para participar en los habituales corrillos en los pasillos del Congreso. "Vaya chapa. Estoy frito", ha dicho Rivera ante un grupo de periodistas. Según el líder de Ciudadanos la longitud del discurso de Iglesias tiene una explicación: "Yo creo que es el complejín de Pablo de como no tengo programa voy a hablar mucho rato"
Que se tome un Cola Cao... :sneaky::sneaky:
 

Los del PSOE se creían dueños y señores de la izquierda, a IU lo acorralaron, los menosprecios que hacen o intentan hacer con Ps son los que hace años hacian con Anguita y como la jugada les esta saliendo mal patalean y se revuelven y solo saben decir siempre lo mismo "Ps queria sillones" ""El Pp esta en el poder por Ps" siempre lo mismo !cargantes!
 
Los derechos humanos del PP y ya van........ni me acuerdo

Estrasburgo condena a España por la inhabilitación al expresidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa


El recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se basaba en que los condenados fueron juzgados por el Supremo sin que se les diera la "posibilidad efectiva" de dirigirse personalmente ante la segunda instancia juzgadora

El expresidente del Parlamento vasco fue condenado, junto a dos parlamentarios de EA y Ezker Batua (IU), por desobediencia al negarse a disolver el grupo de Batasuna en la Cámara autonómica, Sozialista Abertzaleak (SA)

Aquí la sentencia íntegra del tribunal europeo

Aitor Guenaga
27 comentarios

13/06/2017 - 10:32h
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Estrasburgo condena a España por privar a Atutxa de defenderse ante la Justicia EFE

Atutxa: "No hemos sido desobedientes, hemos sido objeto de una manipulación y un atropello brutal"
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha condenado a España por inhabilitar al expresidente del Parlamento vasco en una sentencia difundida esta mañana, a la que ha tenido acceso eldiarionorte.es.

La Sala, presidida por la magistrada Helena Jäderblom, ha considerado que España vulneró el artículo 6.1 y 3 de la Convención europea de Derechos Humanos al no escuchar personalmente la versión de los tres condenados por negarse a disolver el grupo parlamentario de Batasuna. A juicio de los magistrados e vulneró su derecho a un juicio justo, debido a que "las cuestiones que debían ser examinadas por el Tribunal Supremo necesitaban la apreciación directa del testimonio de los demandantes".

El recurso de los tres condenados por desobedecer la orden del Tribunal Supremo de disolver el grupo parlamentario de Batasuna (Sozialista Abertzaleak) sostenía que se había vulnerado el derecho de Juan María Atutxa, Gorka Knorr y Kontxi Bilbao a un proceso con todas las garantías porque los parlamentarios fueron condenados en segunda instancia, sin que se les diera la "posibilidad efectiva" de dirigirse personalmente ante el alto tribunal. Y ahora Estrasburgo les da la razón.

El expresidente de la Cámara vasca Atutxa -ahora presidente de la Fundación peneuvista Sabino Arana- fue condenado por el Supremo en abril de 2008 a un año y medio de inhabilitación y 18.000 euros de multa, resolución que confirmó cinco años después el Tribunal Constitucional. El delito, negarse a disolver la orden del Alto Tribunal de disolver el grupo parlamentario de Batasuna en la Cámara vasca (Sozialista Abertzaleak). También fueron condenados a un año de inhabilitación y 12.000 euros el entonces parlamentario de Eusko Alkartasuna (EA) y de la formación ya desaparecida Ezker Batua-IU Kontxi Bilbao.

La causa contra los tres miembros de la Mesa autonómica fue instada por el autodenominado sindicato Manos Limpias, cuyos responsables fueron a prisión en abril de 2016 por liderar una "organización criminal". Entre ellos, el ultraderechista Miguel Bernard, acusado de extorsión, amenazas y pertenencia a organización criminal. En primera instancia, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco absolvió a los tres encausados en noviembre de 2015 al entender que los tres estaban amparados por la inviolabilidad parlamentaria. Y sus actos, por tanto, se enmarcaban "en el ejercicio de las funciones propias de su condición parlamentaria", motivados "en una razón precisamente parlamentaria, pretendiéndose preservar con tal conducta la autonomía parlamentaria".

Pero Manos Limpias recurrió en casación ante el Supremo. Y el Alto Tribunal resolvió en 2008 que los tres miembros de la Mesa "se negaron abiertamente a dar cumplimiento a una resolución judicial" del Supremo y "en eso consiste precisamente el delito de desobediencia". El Constitucional, cinco años después, confirmó la resolución por mayoría. El ponente fue el magistrado afín al PP, Enrique López. Se da la circunstancia de que antes de que se renovara el Constitucional, el tribunal ya había analizado una ponencia elaborada por su entonces magistrado Pablo Pérez Tremps que era favorable a conceder el amparo solicitado.

La sentencia fue en sentido contrario, pero contó con el voto particular de los magistrados progresistas Adela Asúa, Luis Ignacio Ortega y Fernando Valdés, que consideraron que en este caso se había vulnerado el derecho de los condenados a un proceso con todas las garantías porque los parlamentarios fueron condenados en segunda instancia, sin que se les diera la "posibilidad efectiva" de dirigirse personalmente ante el alto tribunal para exponer "la versión personal sobre su participación en los hechos que se les imputaban". En ese voto particular basó la defensa de los tres condenados su recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo.

El denominado 'caso Atutxa' tiene su origen en la negativa de la mesa del Parlamento vasco a disolver la orden dada por el Tribunal Supremo de disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak (SA) de la izquierda abertzale (entonces Batasuna). La orden del Alto Tribunal llegó a la Cámara vasca tras decisión de la Sala 61 del Supremo en ejecución de la sentencia por la que se declaró ilegales los partidos HB-EH-Batasuna, con fecha de 27 de marzo de 2003. Fueron condenados Atutxa y los entonces miembros de la Mesa del Parlamento vasco Gorka Knörr (EA) y Kontxi Bilbao (Ezker Batua-IU).

El Supremo cambia la doctrina Botín
La Sala de lo Penal del Supremo señaló en su resolución que Atutxa, Knörr y Bilbao "fueron requeridos "de forma expresa y reiterada" por el Supremo para que disolvieran el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, lo que "descartaron de forma consciente y deliberada" en la reunión de la Mesa del 5 de junio de 2003. Según la Sala, los tres "camuflaron su contumaz rechazo" a los efectos del proceso de ilegalización de Batasuna, "suscitando una aparente controversia con el Tribunal Supremo acerca de los límites del deber general de acatamiento de las resoluciones judiciales".

El 'caso Atutxa' también tiene su correlación con otro caso judicial en torno a las diferentes jurisprudencias de Supremo sobre la participación de la acción popular para abrir juicio oral, el 'caso Botín'. En abril de 2008, el Supremo cambio su jurisprudencia. La conocida como doctrina Botín estableció que "en el procedimiento abreviado, no puede abrirse juicio oral sólo a instancias de la acción popular". Al no acusar a Botín ni el fiscal ni la acusación particular de los perjudicados por las cesiones de crédito, el Supremo determinó que la acción popular no podía instar en solitario la apertura de juicio. El banquero más poderoso de España Emilio Botín no se sentó en el banquillo por este tema.

En cambio, el Supremo varió su doctrina al aplicarla a Atutxa, Knorr y Bilbao. Es cierto que la decisión judicial no fue pacífica y contó con la oposición de cinco de los 12 magistrados que componen el pleno del Alto Tribunal. E l ponente entonces de la resolución judicial, Manuel Marchena, apuntó a que "el delito de desobediencia carece de un perjudicado concreto susceptible de ejercer la acusación particular". Es decir, es la naturaleza del delito de desobediencia -que carece de perjudicado concreto que ejerza la acción particular-, la que hace posible que la acción popular en solitario pueda instar la apertura de juicio.

Por contra, el sector discrepante apuntó discreparon de la denominada doctrina Botín, pero que ésa era entonces "la doctrina de la Sala a todos los efectos, sea cualquiera el caso posterior al que haya que aplicarse". El criterio que sostenían los discrepantes era que el sentido de la ley no cambia "porque exista o deje de existir acusación particular en una causa penal".
 
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