Miguel Bosé

el problema es que los hijos se convierten en víctimas, y más a una edad tan vulnerable como 7 años, donde ya son conscientes del entorno.

el odio y el resentimiento que les genera ser utilizados como moneda de cambio y un objeto del egoísmo de los adultos no se recupera nunca.
 
https://www.laopinion.es/sociedad/2013/12/17/supremo-otorga-expareja-lesbianas-custodia/515862.HTML

El Supremo otorga a una expareja de lesbianas la custodia compartida

La demandante no es la madre biológica ni las hijas llevan su apellido


s.r.borobia 17.12.2013 | 02:00
27-1.jpg
Dos manifestante en un acto a favor de los derechos de las lesbianas. efe


El Tribunal Supremo acaba de crear jurisprudencia con una sentencia en la que reconoce la filiación de una lesbiana que, una vez separada de su mujer en 2009, emprendió una lucha en los tribunales para que la justicia reconociera sus plenos derechos como madre a pesar de no ser la que concibió a sus hijas.

Aunque estas dos tinerfeñas tienen tres hijas, el caso judicial se centró en las dos más pequeñas, nacidas el 14 de diciembre de 2007 por reproducción asistida. Para iniciar este proceso, las dos mujeres firmaron el consentimiento informado en la clínica el 16 de marzo de 2007.
Nada más nacer, las niñas fueron inscritas en el Registro Civil con los apellidos de la madre biológica, y aunque la pareja, que se casó el 3 de agosto de 2007, recurrió para que se rectificara este error y las niñas fueran registradas con los apellidos de ambas, no lo lograron.
Casi dos años después decidieron divorciarse, aunque con la entrada en vigor en 2005 de la Ley del Matrimonio Homosexual, en principio no debían tener problemas para que la filiación fuera reconocida de forma inmediata a las dos. Sin embargo, el error cometido en Registro Civil lo hizo imposible.

Así, tras la ruptura del matrimonio, la madre no biológica no tuvo otro remedio que reclamar la filiación vía judicial, que fue estimada tanto en el Juzgado de Primera Instancia de Santa Cruz de Tenerife como en la Audiencia Provincial debido a la existencia de "voluntad libre y manifestada" por ambas del deseo de ser madres, según informó ayer el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en un comunicado.
No obstante, la madre biológica interpuso recurso de casación, desestimado finalmente por el Tribunal Supremo. En la sentencia, el juez analiza la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, una norma que permite la inscripción de la filiación a favor de mujer casada con otra. Además, en la resolución judicial se considera relevante la voluntad de ser madres mostrada por ambas, sin atender, como pretendía la madre biológica, a que esta manifestación se había hecho cuando no estaban casadas en el momento de la inseminación.

El juez considera también que, para una mejor protección de los hijos, la filiación no puede quedar subordinada al requisito formal que establece la ley y que obliga a acudir a las parejas homosexuales al Registro Civil para que quede constancia de que quieren ser madres o padres. Para el juez, basta con que quede acreditado el consentimiento y la voluntad de las partes para concebir un hijo, como en este caso quedó plasmado en la clínica donde se practicó la inseminación.

Además, la sentencia diferencia los distintos principios en los que se apoya el Código Civil y la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida, siendo en esta última la voluntad de las partes y no el origen biológico el principio inspirador que sirve de título para atribuir la filiación. De esta forma, se permite la coexistencia de dos filiaciones a favor de personas del mismo s*x*, declarando además que no es necesario impugnar la filiación determinada al no ser contradictoria con la establecida por ley.

La asociación tinerfeña de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales Algarabía celebró ayer esta sentencia, ya que es la primera que otorga a una madre lesbiana no biológica y separada el derecho a la maternidad compartida. Además, esta resolución "abre una vía importante" para las parejas de lesbianas con hijos que se separaron antes de la entrada en vigor en 2005 de la ley de matrimonio homosexual, según explicó ayer Mayte Mederos, responsable del área de Familia de Algarabía. Esta ley, que no tiene carácter retroactivo, dejó a todas esas personas sin una norma a la que agarrarse para luchar por la maternidad compartida.

"Los niños y niñas que están naciendo ahora en matrimonios homosexuales no tienen estos problemas porque la afiliación es automática", informa Mederos. Sin embargo, los nacidos antes de la ley de 2005 que igualó derechos sí se encuentran con problemas de filiación. Por eso, la asociación tiene ahora la esperanza de que todas esas familias rotas antes de 2005 puedan acogerse a la sentencia del Supremo.
No obstante, Algarabía resalta que todavía quedan derechos por conseguir. Entre ellos, que las parejas no tengan la obligación de casarse para lograr la filiación, sino que con ser parejas de hecho baste para tener los mismos derechos que los heterosexuales.

Asimismo, la asociación reivindica la normalización dentro de la sociedad de las familias lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales. Y para lograrlo, ha emprendido varios proyectos, entre los que destacan la Red Educa, que se desarrolla a nivel estatal, y Diversidades en Construcción, que lleva a cabo con la Consejería del Gobierno de Canarias. "En este sentido vamos muy por delante del resto de España, ya que la Consejería está garantizando que en todos los centros educativos haya una persona que salvaguarde los derechos a una educación diversa".
Bien, pero no es el mismo caso, ellas no pudieron inscribirlas, pero en el caso de Miguel no hay matrimonio ni intención de inscribir a los niños juntos.
 
pero a todo esto se sabe ya con qué apellidos están inscritos cada par de mellizos?
 
el problema es que los hijos se convierten en víctimas, y más a una edad tan vulnerable como 7 años, donde ya son conscientes del entorno.

el odio y el resentimiento que les genera ser utilizados como moneda de cambio y un objeto del egoísmo de los adultos no se recupera nunca.

es que a bote pronto se me viene a la cabeza que si hay dos que siguen con Miguel, seguirán en sus colegios bilingües además de con sus cuidadoras. los otros dos, además de no ver a sus "hermanos" a los que conocen desde que nacieron o con pocos meses, se han alejado del entorno en el que estaban, con sus cuidadoras y la educación que recibían. Yo tengo alumnos que quieren más a sus cuidadoras casi que a sus padres (no es coña, si hay padres que casi no están en casa y es lo que han visto desde que nacieron, normal que las quieran más)
 
Visconti fue el padrino de Bosé. Vino al bautizo en España cuando salía con Zeffirelli. Creo que se separaron al volver a Italia.

Lucia Bosé si que fue "descubierta" por los Visconti. Era dependienta de pastelería pija, y el hermano de Luchino tenía la exclusiva, el negocio o cómo se diga, de Miss Italia, salió con ella, y oh la la, ganó Miss Italia.
En algún lugar lei que Visconti quería a Miguelito como el Tadzio de Muerte en Venecia. Imagino la furia del torero...
En Suspiria de Dario Argento, suelta más plumas que una boa.

El sobrino de Luchino, Eriprando (vaya nombre) dirigió a Bosé en dos películas erótico criminales llamas Orca y su continuación Oedipus orca. No las he visto.
https://www.filmaffinity.com/es/film515064.html

Los vuelos a Panamá no sé, pero dentro de Mexico o a EEUU son bastante baratos.
 
Visconti fue el padrino de Bosé. Vino al bautizo en España cuando salía con Zeffirelli. Creo que se separaron al volver a Italia.

Lucia Bosé si que fue "descubierta" por los Visconti. Era dependienta de pastelería pija, y el hermano de Luchino tenía la exclusiva, el negocio o cómo se diga, de Miss Italia, salió con ella, y oh la la, ganó Miss Italia.
En algún lugar lei que Visconti quería a Miguelito como el Tadzio de Muerte en Venecia. Imagino la furia del torero...
En Suspiria de Dario Argento, suelta más plumas que una boa.

El sobrino de Luchino, Eriprando (vaya nombre) dirigió a Bosé en dos películas erótico criminales llamas Orca y su continuación Oedipus orca. No las he visto.
https://www.filmaffinity.com/es/film515064.html

Los vuelos a Panamá no sé, pero dentro de Mexico o a EEUU son bastante baratos.

el padrino de miguel bosé no fue Picasso?
 
Ni de coña va a sentar jurisprudencia. Y si fuera así yo sería la primera en entrar al hilo a pedir excusas. Es que seguramente ni habrá juicio.
Yo también lo creo.

Además, cada caso es un mundo. Vete tú a buscar otra pareja de 2 hombres españoles con 26 años de relación, dos pares de gemelos con el adn del padre respectivo naciendo de cuatro madres donantes y gestantes diferentes en USA pero con residencia en Panamá y con posiblemente un par de nacionalidad(es) diferentes, cuyo padre Z se instala en España y el padre X en México y se dividen a la hermandad por la mitad. Ni la peor peli de Almodóvar tiene tal guión, oigan.

Como para sentar jurisprudencia.
 
https://www.laopinion.es/sociedad/2013/12/17/supremo-otorga-expareja-lesbianas-custodia/515862.HTML

El Supremo otorga a una expareja de lesbianas la custodia compartida

La demandante no es la madre biológica ni las hijas llevan su apellido


s.r.borobia 17.12.2013 | 02:00
27-1.jpg
Dos manifestante en un acto a favor de los derechos de las lesbianas. efe


El Tribunal Supremo acaba de crear jurisprudencia con una sentencia en la que reconoce la filiación de una lesbiana que, una vez separada de su mujer en 2009, emprendió una lucha en los tribunales para que la justicia reconociera sus plenos derechos como madre a pesar de no ser la que concibió a sus hijas.

Aunque estas dos tinerfeñas tienen tres hijas, el caso judicial se centró en las dos más pequeñas, nacidas el 14 de diciembre de 2007 por reproducción asistida. Para iniciar este proceso, las dos mujeres firmaron el consentimiento informado en la clínica el 16 de marzo de 2007.
Nada más nacer, las niñas fueron inscritas en el Registro Civil con los apellidos de la madre biológica, y aunque la pareja, que se casó el 3 de agosto de 2007, recurrió para que se rectificara este error y las niñas fueran registradas con los apellidos de ambas, no lo lograron.
Casi dos años después decidieron divorciarse, aunque con la entrada en vigor en 2005 de la Ley del Matrimonio Homosexual, en principio no debían tener problemas para que la filiación fuera reconocida de forma inmediata a las dos. Sin embargo, el error cometido en Registro Civil lo hizo imposible.

Así, tras la ruptura del matrimonio, la madre no biológica no tuvo otro remedio que reclamar la filiación vía judicial, que fue estimada tanto en el Juzgado de Primera Instancia de Santa Cruz de Tenerife como en la Audiencia Provincial debido a la existencia de "voluntad libre y manifestada" por ambas del deseo de ser madres, según informó ayer el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en un comunicado.
No obstante, la madre biológica interpuso recurso de casación, desestimado finalmente por el Tribunal Supremo. En la sentencia, el juez analiza la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, una norma que permite la inscripción de la filiación a favor de mujer casada con otra. Además, en la resolución judicial se considera relevante la voluntad de ser madres mostrada por ambas, sin atender, como pretendía la madre biológica, a que esta manifestación se había hecho cuando no estaban casadas en el momento de la inseminación.

El juez considera también que, para una mejor protección de los hijos, la filiación no puede quedar subordinada al requisito formal que establece la ley y que obliga a acudir a las parejas homosexuales al Registro Civil para que quede constancia de que quieren ser madres o padres. Para el juez, basta con que quede acreditado el consentimiento y la voluntad de las partes para concebir un hijo, como en este caso quedó plasmado en la clínica donde se practicó la inseminación.

Además, la sentencia diferencia los distintos principios en los que se apoya el Código Civil y la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida, siendo en esta última la voluntad de las partes y no el origen biológico el principio inspirador que sirve de título para atribuir la filiación. De esta forma, se permite la coexistencia de dos filiaciones a favor de personas del mismo s*x*, declarando además que no es necesario impugnar la filiación determinada al no ser contradictoria con la establecida por ley.

La asociación tinerfeña de lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales Algarabía celebró ayer esta sentencia, ya que es la primera que otorga a una madre lesbiana no biológica y separada el derecho a la maternidad compartida. Además, esta resolución "abre una vía importante" para las parejas de lesbianas con hijos que se separaron antes de la entrada en vigor en 2005 de la ley de matrimonio homosexual, según explicó ayer Mayte Mederos, responsable del área de Familia de Algarabía. Esta ley, que no tiene carácter retroactivo, dejó a todas esas personas sin una norma a la que agarrarse para luchar por la maternidad compartida.

"Los niños y niñas que están naciendo ahora en matrimonios homosexuales no tienen estos problemas porque la afiliación es automática", informa Mederos. Sin embargo, los nacidos antes de la ley de 2005 que igualó derechos sí se encuentran con problemas de filiación. Por eso, la asociación tiene ahora la esperanza de que todas esas familias rotas antes de 2005 puedan acogerse a la sentencia del Supremo.
No obstante, Algarabía resalta que todavía quedan derechos por conseguir. Entre ellos, que las parejas no tengan la obligación de casarse para lograr la filiación, sino que con ser parejas de hecho baste para tener los mismos derechos que los heterosexuales.

Asimismo, la asociación reivindica la normalización dentro de la sociedad de las familias lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales. Y para lograrlo, ha emprendido varios proyectos, entre los que destacan la Red Educa, que se desarrolla a nivel estatal, y Diversidades en Construcción, que lleva a cabo con la Consejería del Gobierno de Canarias. "En este sentido vamos muy por delante del resto de España, ya que la Consejería está garantizando que en todos los centros educativos haya una persona que salvaguarde los derechos a una educación diversa".
A éstas les vino el lío por casarse después de nacer las niñas. Si lo hubieran hecho antes, no hubieran tenido problemas en inscribir a las niñas como hijas de las dos y con ambos apellidos, según la ley de 2005.
El matrimonio es ventajoso para muchas cosas. Sobre todo para las parejas homosexuales que decidan tener hijos, pues éstos nunca serán hijos biológicos de los dos a la vez.
Se ve que Miguel y Nacho no tuvieron esta intención.
 
Y porque en el caso de las dos lesbianas lo hicieron en la clínica de forma conjunta
Cuando una pareja (también en el caso de las parejas heterosexuales) decide optar por la donación de gametos para poder ser padres, en la clínica, ambos firman un contrato de irrenuciabilidad de la paternidad. Asumen que ese bebé pase lo que pase y diga lo que diga una prueba de ADN es de la pareja. Y como tal puede y debe ser inscrito al nacer.
Esta pareja andaba en esos trámites. Les pusieron pegas y en medio de las pegas llegó el divorcio. Con lo cual el juez solo ha hecho que ratificar algo que debería haber sido ratificado en el mismo momento del nacimiento
No es el mismo caso de Bose ni se le parece
Bose y pareja iniciaron el proceso de gestación subrogada de forma independiente, como si fueran una familia monoparental, cada uno por su lado. En ningún momento hubo ninguna intención de implicar al otro en la paternidad de cada uno. No inscribieron a sus hijos con ambos apellidos porque no les salió de las narices. No iniciaron el proceso de forma conjunta, como hubiera sido lo normal en una pareja que dice llevar 26 años a pie de cañón, porque no les dio la gana. Los niños tienen 7 años y en ningún momento han tenido intención de adoptar legalmente a los hijos del otro
Solo ahora, cuando las cosas van mal.
Así que no me parece el mismo caso. Las dos mujeres con compartida que el caso de Bose. No son lo mismo
 
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