Los gastos de hipoteca y el Tribunal Supremo

Registrado
3 Mar 2006
Mensajes
59.047
Calificaciones
92.558
Ubicación
227
El Tribunal Supremo recula y deja en el aire si será la banca o el cliente quien pague el impuesto de las hipotecas


El Alto Tribunal avoca "al Pleno de la Sala" para decidir "si el giro jurisprudencial" de la sentencia anunciada este jueves "debe ser o no confirmado"

El Supremo justifica su decisión por la "enorme repercusión económica y social" de la sentencia

Economía
75 comentarios

19/10/2018 - 14:29h

Supremo-constitucionalidad-electrico-tributos-nucleares_EDIIMA20160629_0492_58.jpg

Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo establece que es el banco y no el cliente quien debe abonar el impuesto de las hipotecas
El Tribunal Supremo ha mandado una notificación este viernes en el que anuncia "dejar sin efecto todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objeto similar" al Impuesto de Actos jurídicos Documentados y que el Pleno de la sala decida si debe ser confirmada o no la sentencia que dictamina, en contra de lo sentenciado hace unos meses por el propio tribunal, que son los bancos los que deben asumir esa tasa en lugar de los ciudadanos que contratan una hipoteca.

En definitiva, el Alto Tribunal argumenta que por "su enorme repercusión económica y social" deja en manos de los 31 magistrados del pleno de la sala que decidan si deben ser los bancos o los clientes los que deban pagar dicho impuesto. Hasta ahora no se había tomado una decisión así en el Tribunal Supremo.

En una sentencia de 16 de octubre, de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Cudero, la Sala Tercera del Tribunal Supremo (Sección Segunda) modificaba su jurisprudencia anterior e, interpretando el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y su reglamento, concluía que no es el prestatario el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria (como aquella jurisprudencia sostenía) sino la entidad que presta la suma correspondiente.

En el comunicado de este viernes el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, Luis María Díez-Picazo, llega a admitir "el giro radical en el criterio jurisprudencial hasta ahora sustentado", ya que la última decisión supuso la anulación del artículo 68.2 del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado en 1995. De hecho, dejaba sin efecto una una sentencia previa, del 28 de febrero de este mismo año, en la que dictaminó que son los clientes quienes debían pagar los impuestos en la constitución de hipotecas, de acuerdo con lo acordado por el Pleno de la Sala Primera del alto tribunal, que dio la razón a los bancos.

"A fin de decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado”, reza el comunicado del Supremo, el Alto Tribunal ha convocado a los 31 magistrados que conforman el Pleno de la Sala.

La sentencia con el cambio de criterio de este jueves respondía también al importante papel la justicia comunitaria , que a través del Tribunal de Justicia de la UE ha puesto en evidencia las malas prácticas en los contratos hipotecarios. Sus sentencias han servido para revertir la actuación de las entidades. A día de hoy cuentan al menos con otros dos dictámenes pendientes en lo que se refiere a los contratos hipotecarios españoles, que incluye a las cláusulas de vencimiento anticipado y al uso de los tipos de interés conocidos como IRPH.

Las principales asociaciones bancarias (AEB, CECA y UNACC) lanzaron un comunicado tras la sentencia que les obligaba a pagar los impuestos de la contratación de una hipoteca en el que reclamaban "a los poderes públicos mayor seguridad jurídica y unas reglas claras y predecibles para el mercado hipotecario". Aunque la decisión del Supremo abre un nuevo marco de inseguridad jurídica e incertidumbre, la patronal bancaria no ha querido comentar la nueva decisión del Supremo.

https://www.eldiario.es/economia/Tribunal-Supremo-clientes-impuesto-hipotecas_0_826617775.html


Vaya, vaya con la banca. Nunca pierde y es capaz de torcer la justicia del TS en un día...

Vergonzoso. El dictar sentencia y modificarla en menos de 24 horas deja en evidencia al TS
¿Que ocurre? ¿Que lo que dice un juez no vale? ¿Cual es el criterio que se sigue para revisar una sentencia por el mismo tribunal en 24 horas y no una instancia superior?

Resulta que ya no sólo afina la Fiscalía cuando hace falta a los poderosos. Ahora también afina el TS en menos de 24 horas si es la banca española.

Inaudito. Nunca se había visto algo así. Claro que se entiende si los perjudicados son los bancos....

Nada nuevo bajo el sol...Justicia ..."¡A la española!"
 
La banca española siempre ha sido muy abusiva y nunca ha dado facilidades, al contrario si te demorabas un mes el siguiente recibo llegaba con un recargo de un 20% o 30% y nadie les tosia; con la clausula suelo unos de los muchos ejemplos,fue Europa quien dictó sentencia y EJECUTARLA AL DÍA SIGUIENTE. (porque los conocía de sobra)
 
https://www.eldiario.es/economia/Tribunal-Supremo-clientes-impuesto-hipotecas_0_826617775.html

"Escándalo" y "fiasco incomprensible": los consumidores ante la marcha atrás del Supremo sobre las hipotecas


Facua "no entiende que apenas un día después se vuelva a plantear una cuestión que previamente había resuelto con una sentencia firme" y cree que el asunto "huele muy mal"

Adicae lamenta el "el abandono por parte del Supremo de la protección de los consumidores, dictada tan claramente ya por las Directivas Europeas, y cuyas arbitrariedades ha corregido la Unión Europea"

Los asesores fiscales recomiendan reclamar ya el AJD de los préstamos hipotecarios suscritos en la segunda quincena de septiembre de 2014 para evitar que prescriba

eldiario.es
19/10/2018 - 16:31h
- PUBLICIDAD -
Supremo-constitucionalidad-electrico-tributos-nucleares_EDIIMA20160629_0492_60.jpg

Fachada del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo establece que es el banco y no el cliente quien debe abonar el impuesto de las hipotecas
"Un escándalo" y un "fiasco incomprensible". Son las primeras reacciones de las asociaciones de consumidores Facua y Adicae tras la decisión anunciada este viernes por el Tribunal Supremo de convocar un Pleno de 31 miembros para confirmar o anular la jurisprudencia recogida en la sentencia, conocida el jueves, en la que el Alto Tribunal corrigió su propia doctrina al dictaminar que son los bancos los que deben abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria.

En un comunicado, Facua ha recordado que el Supremo determinó en 2013 que no se podía recuperar lo defraudado con la cláusula suelo por "riesgo de trastornos graves con trascendencia al orden público económico", pero que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) fue quien finalmente dictó una resolución que protegía a los consumidores.

"Ahora, el Tribunal Supremo pretende hacer uso de un argumento similar al que fue rechazado por el tribunal europeo. La asociación no entiende que apenas un día después se vuelva a plantear una cuestión que previamente había resuelto con una sentencia firme", ha señalado Facua en un comunicado. "Esto es un escándalo y huele muy mal", ha lamentado en la nota el portavoz de la asociación, Rubén Sánchez.

Por su parte, el Comité de Dirección de ADICAE Servicios Jurídicos y la Junta Directiva Nacional de esta asociación, "reunidos de urgencia ante el fiasco incomprensible de los cambios de criterio del Tribunal Supremo español", ha convocado una rueda de prensa para esta tarde "frente el abandono por parte del Supremo de la protección de los consumidores, dictada tan claramente ya por las Directivas Europeas, y cuyas arbitrariedades ha corregido la Unión Europea".

La asociación ha asegurado en dicha convocatoria que la nota de prensa del Tribunal Supremo es "una irresponsabilidad" y ha defendido que la sentencia es "firme" y continúa siendo una "victoria" para los consumidores. En esta línea, la organización ha argumentado que "mantiene sus actuaciones, entre ellas la presentación de 60 demandas colectivas, y realizará una campaña informativa contra los engaños de la banca".

Reclamar ya
Desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), se sigue animando a los ciudadanos que firmaron préstamos hipotecarios en la segunda quincena de septiembre de 2014 a reclamar ya ante la Hacienda autonómica correspondiente la devolución del pago del AJD, dado que los ejercicios fiscales prescriben transcurridos cuatro años y el plazo de prescripción comienza a contarse a los 30 días hábiles siguientes a la firma del documento público.

A pesar de la "sorpresa" del giro del Supremo, el REAF recomienda que mientras no se aclare definitivamente el sujeto pasivo que debe de satisfacer el tributo, aquellos prestatarios para los que el período de prescripción pueda cumplirse de manera inminente soliciten la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos.

Por el contrario, al resto de posibles afectados, les recomienda que esperen a la solución definitiva.

En un primer comunicado remitido esta mañana, el REAF aclaraba que desde mediados de septiembre de 2014 en adelante, los ejercicios fiscales aún no prescritos, se podía reclamar a Hacienda la devolución de dicho impuesto.

"Si no ha transcurrido el periodo de prescripción, tienen derecho a solicitar el ingreso indebidamente efectuado, en este caso, a la correspondiente administración tributaria autonómica", afirmaban desde el REAF, que ahora vuelve a ratificarse en esta idea a través de un segundo comunicado, tras conocer que el Supremo deja en el aire la decisión de ayer.

Para reclamar, deberán dirigirse a la Hacienda autonómica correspondiente (el AJD es un tributo cedido a las comunidades) para solicitar la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos, junto con un escrito exponiendo la cuestión y adjuntando la escritura del préstamos y la carta de pago del impuesto.

Asimismo, el REAF aclara que si la autoliquidación se presentó después del plazo establecido, los cuatro años se contarán desde la fecha en la que se hizo dicha presentación ante Hacienda, y añaden que si se comprobó el impuesto y se presentó un recurso o reclamación contra la liquidación administrativa, habrá que hacer ver al órgano administrativo o al correspondiente tribunal que debe de aplicar la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Por otro lado, el REAF asegura que esto nada tiene que ver con una reclamación de gastos hipotecarios a la entidad bancaria prestamista, como puede suceder en el caso de gastos indebidamente repercutidos al cliente, como los de gestoría o notaría.

Sin embargo, la sentencia del Supremo, precisan los asesores fiscales, trata sobre la relación entre el cliente del banco y la administración tributaria que, con posterioridad, podrá exigirle luego el tributo a la entidad bancaria.


Deja a su jurisprudencia como al chiste del intermitente: Ahora sí ahora no.

Casos ya tenemos como lo de Cataluña con la competencia o no de la Audiencia Nacional en delitos de rebelión .

Marca Hespaña. La Justicia a los pies de los caballos, perdón, a los pies de la banca.
 
https://www.eldiario.es/economia/Tribunal-Supremo-clientes-impuesto-hipotecas_0_826617775.html

"Escándalo" y "fiasco incomprensible": los consumidores ante la marcha atrás del Supremo sobre las hipotecas


Facua "no entiende que apenas un día después se vuelva a plantear una cuestión que previamente había resuelto con una sentencia firme" y cree que el asunto "huele muy mal"

Adicae lamenta el "el abandono por parte del Supremo de la protección de los consumidores, dictada tan claramente ya por las Directivas Europeas, y cuyas arbitrariedades ha corregido la Unión Europea"

Los asesores fiscales recomiendan reclamar ya el AJD de los préstamos hipotecarios suscritos en la segunda quincena de septiembre de 2014 para evitar que prescriba

eldiario.es
19/10/2018 - 16:31h
- PUBLICIDAD -
Supremo-constitucionalidad-electrico-tributos-nucleares_EDIIMA20160629_0492_60.jpg

Fachada del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo establece que es el banco y no el cliente quien debe abonar el impuesto de las hipotecas
"Un escándalo" y un "fiasco incomprensible". Son las primeras reacciones de las asociaciones de consumidores Facua y Adicae tras la decisión anunciada este viernes por el Tribunal Supremo de convocar un Pleno de 31 miembros para confirmar o anular la jurisprudencia recogida en la sentencia, conocida el jueves, en la que el Alto Tribunal corrigió su propia doctrina al dictaminar que son los bancos los que deben abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria.

En un comunicado, Facua ha recordado que el Supremo determinó en 2013 que no se podía recuperar lo defraudado con la cláusula suelo por "riesgo de trastornos graves con trascendencia al orden público económico", pero que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) fue quien finalmente dictó una resolución que protegía a los consumidores.

"Ahora, el Tribunal Supremo pretende hacer uso de un argumento similar al que fue rechazado por el tribunal europeo. La asociación no entiende que apenas un día después se vuelva a plantear una cuestión que previamente había resuelto con una sentencia firme", ha señalado Facua en un comunicado. "Esto es un escándalo y huele muy mal", ha lamentado en la nota el portavoz de la asociación, Rubén Sánchez.

Por su parte, el Comité de Dirección de ADICAE Servicios Jurídicos y la Junta Directiva Nacional de esta asociación, "reunidos de urgencia ante el fiasco incomprensible de los cambios de criterio del Tribunal Supremo español", ha convocado una rueda de prensa para esta tarde "frente el abandono por parte del Supremo de la protección de los consumidores, dictada tan claramente ya por las Directivas Europeas, y cuyas arbitrariedades ha corregido la Unión Europea".

La asociación ha asegurado en dicha convocatoria que la nota de prensa del Tribunal Supremo es "una irresponsabilidad" y ha defendido que la sentencia es "firme" y continúa siendo una "victoria" para los consumidores. En esta línea, la organización ha argumentado que "mantiene sus actuaciones, entre ellas la presentación de 60 demandas colectivas, y realizará una campaña informativa contra los engaños de la banca".

Reclamar ya
Desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), se sigue animando a los ciudadanos que firmaron préstamos hipotecarios en la segunda quincena de septiembre de 2014 a reclamar ya ante la Hacienda autonómica correspondiente la devolución del pago del AJD, dado que los ejercicios fiscales prescriben transcurridos cuatro años y el plazo de prescripción comienza a contarse a los 30 días hábiles siguientes a la firma del documento público.

A pesar de la "sorpresa" del giro del Supremo, el REAF recomienda que mientras no se aclare definitivamente el sujeto pasivo que debe de satisfacer el tributo, aquellos prestatarios para los que el período de prescripción pueda cumplirse de manera inminente soliciten la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos.

Por el contrario, al resto de posibles afectados, les recomienda que esperen a la solución definitiva.

En un primer comunicado remitido esta mañana, el REAF aclaraba que desde mediados de septiembre de 2014 en adelante, los ejercicios fiscales aún no prescritos, se podía reclamar a Hacienda la devolución de dicho impuesto.

"Si no ha transcurrido el periodo de prescripción, tienen derecho a solicitar el ingreso indebidamente efectuado, en este caso, a la correspondiente administración tributaria autonómica", afirmaban desde el REAF, que ahora vuelve a ratificarse en esta idea a través de un segundo comunicado, tras conocer que el Supremo deja en el aire la decisión de ayer.

Para reclamar, deberán dirigirse a la Hacienda autonómica correspondiente (el AJD es un tributo cedido a las comunidades) para solicitar la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos, junto con un escrito exponiendo la cuestión y adjuntando la escritura del préstamos y la carta de pago del impuesto.

Asimismo, el REAF aclara que si la autoliquidación se presentó después del plazo establecido, los cuatro años se contarán desde la fecha en la que se hizo dicha presentación ante Hacienda, y añaden que si se comprobó el impuesto y se presentó un recurso o reclamación contra la liquidación administrativa, habrá que hacer ver al órgano administrativo o al correspondiente tribunal que debe de aplicar la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Por otro lado, el REAF asegura que esto nada tiene que ver con una reclamación de gastos hipotecarios a la entidad bancaria prestamista, como puede suceder en el caso de gastos indebidamente repercutidos al cliente, como los de gestoría o notaría.

Sin embargo, la sentencia del Supremo, precisan los asesores fiscales, trata sobre la relación entre el cliente del banco y la administración tributaria que, con posterioridad, podrá exigirle luego el tributo a la entidad bancaria.


Deja a su jurisprudencia como al chiste del intermitente: Ahora sí ahora no.

Casos ya tenemos como lo de Cataluña con la competencia o no de la Audiencia Nacional en delitos de rebelión .

Marca Hespaña. La Justicia a los pies de los caballos, perdón, a los pies de la banca.

¡Qué poco dura la alegría en la casa del pobre!

Ya no quedan palabras para definir lo que ocurre en este país. Vergüenza absoluta. El lobby bancario haciendo de las suyas, una vez mas. Independencia judicial ante todo.
 
La que han liado estos pollitos. Díez-Picazo sostiene que nadie le comunicó nada de la sentencia de la banca. Pero en la Sala dicen que miente.

* * *

Escándalo en la Sala Tercera del Supremo: el presidente desconocía el varapalo a la banca
Luis María Díez-Picazo ha hecho llegar a sus más cercanos la deslealtad del presidente de la Sección Segunda, Nicolás Maurandi, que no le informó del fallo que ha puesto en jaque a la banca española.

Estupor, indignación y desazón por el episodio vivido en las últimas horas en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo. Después de que su Sección Segunda, presidida por el magistrado Nicolás Maurandi, hiciera pública este jueves la sentencia donde se especificaba que eran las entidades bancarias las que deben abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria su presidente, Luis María Díez-Picazo, ha decidido acordar 24 horas después con carácter urgente que se “dejen sin efecto” todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes similares.

Se trata de una decisión insólita que ha venido precedida por un grave error. La versión que Díez-Picazo ha dado a sus más allegados, según ha podido saber El Independiente, es que nadie le avisó de que existía ese recurso y de que iba a ser resuelto por la Sección Segunda en vez de ser avocado a Pleno; pese a que con ese fallo se iba a cambiar radicalmente la jurisprudencia del Alto Tribunal sobre la asunción de los gastos hipotecarios. Sin embargo, otras fuentes explican que el presidente sí tenía conocimiento de la existencia de dicho recurso de casación y de la delicadeza del asunto aunque no del sentido del fallo que se notificó este jueves por parte de la Sección presidida por Maurandi.

Lo cierto es que el presidente de la Sala de lo Contencioso se ha sentido traicionado y ha visto como una deslealtad el no haber tenido conocimiento de primera mano del sentido de una sentencia que ha supuesto un auténtico varapalo para la banca española. “Es muy grave que se dicte una sentencia así sin que la conozca el presidente antes de su notificación y publicación”, explica un magistrado del Supremo. “Eso en otras Salas no sucede pero el control que Luis Díez-Picazo tiene de la suya es muy limitado. También es cierto que no es amigo de los Plenos”, añade otro togado.

“Deslealtad” con Díez-Picazo
Este viernes el presidente de la Sala transmitió al presidente de la Sección Segunda su malestar en una conversación privada y, acto seguido, decidió paralizar el resto de recursos y avocarlos al órgano superior. Sin embargo, esta decisión revela otro problema tal y como indican magistrados de la Sala en conversación con este periódico. “La cuestión es si ese acuerdo y el hecho de pasar la competencia al Pleno de asuntos ya señalados previamente afecta al derecho constitucional del juez predeterminado por la Ley de los afectados”, apuntan fuentes jurídicas.

Asimismo, el magistrado Díez-Picazo ha decidido avocar el asunto a Pleno ya que el fallo de la Sección Segunda supone un “giro radical” en la jurisprudencia de este órgano y habida cuenta de “su enorme repercusión económica y social”. Por tanto, será el Pleno de la Sala Tercera –compuesto por una treintena de magistrados- el que decida ahora si el sentido de ese fallo deber ser mantenido o revocado.

A esto se suma el malestar existente por la premura con la que el presidente ha querido desautorizar a la Sección Segunda dando la imagen de que “el Supremo se va a plegar a los intereses de la banca”. “Es un esperpento todo”, recalca otro magistrado de la Sala Tercera. No obstante, desde el tribunal se explica que el fallo conocido este jueves es firme y, por lo tanto, irrevocable. No así los próximos similares sobre los que el Supremo se tenga que pronunciar.

En una sentencia de 16 de octubre conocida ayer, con ponencia del magistrado Jesús Cudero, la Sala Tercera modificó su jurisprudencia anterior e, interpretando el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados y su reglamento, concluyó que no es el prestatario el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria (como aquella jurisprudencia sostenía) sino la entidad que presta la suma correspondiente. Ahora, este criterio volverá a ser revisado. La banca ya ha celebrado la decisión de Díez-Picazo.

https://www.elindependiente.com/pol...sidente-desconocia-varapalo-banca/#gs.m35M6eY
 
Ya es tarde


Una vez que se ha conocido la fundamentación jurídica de la sentencia, no es posible seguir haciendo las cosas como se venían haciendo

Javier Pérez Royo
19/10/2018 - 21:09h
compraventa-viviendas-crecio-segundo-trimestre_EDIIMA20181015_0081_19.jpg

Construcción de viviendas EFE

La sentencia conocida este jueves de la Sección Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que establece que es la entidad bancaria la que viene obligada al pago del impuesto de actos jurídicos documentados en los préstamos hipotecarios, ha tenido un impacto enorme en la opinión pública. Impacto que se ha traducido de manera inmediata en la cotización en bolsa de todos los bancos, aunque no con la misma intensidad en todos.

Los magistrados de la Sección eran muy conscientes de la transcendencia de la decisión que iban a adoptar y por eso han sido enormemente meticulosos a la hora de fundamentar su decisión y justificar por qué se apartan de la que había sido la doctrina ininterrumpida de más de veinte años del Tribunal Supremo.

A un no especialista en derecho tributario, como es mi caso, lo que más me ha sorprendido de la lectura de la sentencia es que lo que los magistrados ven no se haya visto antes. ¿Cómo es posible que durante más de dos décadas no se haya visto que en la operación de préstamo para la adquisición de una vivienda únicamente a la entidad bancaria le interesa la constitución de la hipoteca en escritura pública como garantía y que, en consecuencia, debe ser ella la que venga obligada al pago del impuesto correspondiente?

El préstamo hipotecario es una operación única, que se instrumenta a través de un acto jurídico complejo. El elemento esencial de la operación es la transmisión/adquisición de una vivienda. El elemento accesorio es la constitución de una hipoteca. Cada uno de esos elementos es objeto de una figura tributaria: el impuesto de transmisiones del elemento principal, el impuesto de actos jurídicos documentados del accesorio. Es obvio que al adquirente de la vivienda solo le interesa el elemento esencial de la operación. Y es también obvio que a la entidad bancaria solo le interesa el elemento accesorio. Debería ser obvio que el adquirente de la vivienda viniera obligado al pago del primer impuesto y que la entidad bancaria viniera obligada al pago del segundo.

Pues esto que parece obvio no lo ha sido hasta antes de ayer. ¿A quién le interesa la constitución de una hipoteca en escritura pública? ¿Por qué tiene que pagar el impuesto quien no tiene interés alguno en dicha constitución y dejar de pagarlo quien lo tiene? Sorprendentemente, durante más de dos décadas no ha habido ningún órgano judicial al que se le haya ocurrido formularlos.

Y ahora que se los ha formulado la Sección Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, su respuesta puede tener efectos devastadores sobre el sistema financiero.

El presidente de la Sala Tercera del Tribunal Supremo lo ha advertido de manera inmediata y de ahí su reacción de suspender la tramitación de todos los recursos de casación que tuvieran el mismo objeto que el que fue resuelto antes de ayer y convocar a todos los magistrados que integran la Sala, a fin de que decidan si se mantiene o no la doctrina anterior a esta última sentencia.

Mi impresión es que ya es tarde para reaccionar. Una vez que se ha conocido la fundamentación jurídica de la sentencia, no es posible seguir haciendo las cosas como se venían haciendo. Tal como veo la situación, se puede poner en marcha una operación de control de daños, pero nada más. Negarse a aceptar la nueva realidad, únicamente puede conducir a que el problema alcance una magnitud imprevisible, pero enormemente superior a la que tiene ahora mismo.

https://www.eldiario.es/zonacritica/tarde_6_826677363.html
 
Jueces para la Democracia, sobre la marcha atrás del Supremo: "No se puede imponer la lógica del mercado a la lógica del Derecho"


El portavoz de Jueces para la Democracia califica de "situación inédita" que el Supremo recule sobre el impuesto en las hipotecas para revisar la sentencia

"Da una mala imagen de la Justicia, es innegable. Los ciudadanos están perplejos", afirma Ignacio González Vega

La decisión del Supremo ha sumido en la incertidumbre a decenas de miles de clientes afectados por el impuesto de las hipotecas

Marta Barandela
20/10/2018 - 21:31h
- PUBLICIDAD -
Ignacio-Gonzalez-Maria-EFESanti-Donaire_EDIIMA20181020_0434_20.jpg

Ignacio González Vega durante una rueda de prensa en 2017. EFE/Santi Donaire

El Supremo sume en la incertidumbre a decenas de miles de clientes afectados por el impuesto de las hipotecas
El portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia, Ignacio González Vega, califica de "situación inédita" la marcha atrás del Supremo para revisar la sentencia que el jueves dictó que deben ser los bancos quienes paguen el impuesto de las hipotecas. En conversación con eldiario.es, González añade que si la sentencia del jueves tiene consecuencias económicas deberían ser "los poderes públicos" los que adopten "las medidas procedentes".

"El presidente de la Sala considera que es un tema que debe tratar el Pleno, pero en base a argumentos como son las consecuencias económicas que no compartimos. No se puede imponer la lógica del mercado a la lógica del Derecho, y los magistrados han resuelto conforme a Derecho", afirma González Vega.

Minutos después de que se conociese esta intervención, desde Juezas y Jueces para la Democracia tachaban a través de las redes sociales de "intolerable" que la sentencia "velando por los intereses de la ciudadanía" se vaya a revisar "por los intereses de la banca". Ahora serán los 31 magistrados del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo quienes aclaren qué doctrina se aplica a petición del presidente de la Sala, Luis María Díez Picazo, una decisión inusual.

¿Cuál es su opinión sobre la revisión del criterio sobre el impuesto de las hipotecas?

Es una situación inédita porque hasta la fecha no se había producido esta revisión. Es llamativo que una sentencia dictada por especialistas, los especialistas del Tribunal Supremo en materia tributaria, vaya a ser revisado el criterio por el Pleno de la Sala, donde hay magistrados que conocen de otras materias.

¿Por qué cree que ha podido ocurrir? ¿Por qué el Supremo ha tomado esta decisión dictada la sentencia y no antes?

Parece ser que el presidente de la Sala considera que es un tema que debe tratar el Pleno, pero en base a argumentos como son las consecuencias económicas [ el Supremo justifica su decisión por la "enorme repercusión económica y social" de la sentencia] que no compartimos. No se puede imponer la lógica del mercado a la lógica del Derecho y, en este caso concreto, los magistrados especialistas han resuelto conforme a Derecho. Si hay unas consecuencias económicas serán los poderes públicos los que tienen que adoptar las medidas en su caso procedentes.

En una primera reacción a través de redes sociales apuntaban que se va a revisar por los intereses de la banca.

En principio ahí hay dos intereses, los intereses de la banca y los de los consumidores. La cuestión está en que esta sentencia ha amparado los intereses de los consumidores y parece que se va a revisar el criterio. Esperaremos a ver cuál es la decisión última del Pleno.

¿Cree que puede generar inseguridad jurídica a los ciudadanos?

Genera inseguridad jurídica situación en la que nos encontramos, donde hay una sentencia firme que da la razón a los consumidores y, por otra parte, hay una decisión del presidente de la Sala de abocar al Pleno algún recurso para poder fijar un criterio, con lo cual es de esperar que se vaya a cambiar de criterio.

¿La decisión del presidente deja en mal lugar a los jueces que firmaron la sentencia?

Creo que los jueces que firmaron la sentencia han resuelto conforme a Derecho. Habrá que valorar quién es el que queda en peor situación y habrá que ver también los argumentos que se dan en la Sala.

¿Considera que se ha dado una mala imagen de la Justicia con ese cambio en 24 horas?

Da una mala imagen de la Justicia, evidentemente, eso es innegable. Los ciudadanos están perplejos con el cambio de criterio.

https://www.eldiario.es/politica/Jueces_para_la_democracia_0_826967596.html

Esto ocurre en un país serio de Europa y es escándalo nacional. Aquí no pasa nada. La imagen de la justicia de éste país está por los suelos y la imagen del TS a los pies de los caballos, pero les da igual. Ellos a lo suyo y para los suyos. La Justicia queda por detras de sus intereses privados y de los intereses de sus amigos.
 
El destrozo del Supremo


No, no hay ninguna conspiración para desprestigiar al Tribunal Supremo, como van contando

Ya ha quedado claro que no hace ninguna falta, no necesitan a nadie; son perfectamente capaces de desprestigiarse ellos solos

Elisa Beni
20/10/2018 - 21:34h

Supremo-constitucionalidad-electrico-tributos-nucleares_EDIIMA20160629_0492_63.jpg

Tribunal Supremo



“El Supremo se ha convertido en un palacio de intrigas”

José Miguel Sieira. Ex presidente de la Sala Tercera

Hubo una época en la que un presidente de Sala era un semi dios para sus propios magistrados. Presidentes hubo que cortaban la respiración de sus jueces cuando hablaban de derecho o cuando presidían una vista. Plenos de auctoritas y también de conocimientos jurídicos y de experiencia, marcaban impronta, hacían escuela y ejercía su poder. Los jueces son independientes y no tienen jefes; no reciben órdenes. Los mecanismos de su magisterio eran más sutiles y, en caso de que fallaran, también podían usar los instrumentos que la ley les deja en la mano para ejercerlo. Entre otros, su poder reside en la facultad de avocar a pleno el asunto que así decidan. La decisión presidencial, sin discusión posible, de retirar un pleito al tribunal encargado de decidir sobre él y hacer que sea la totalidad de magistrados de la Sala los que decidan sobre el mismo. Un poder que no es mediano. Los presidentes de ese tiempo mitológico del que les hablo conocían lo que sucedía en sus salas, veían venir las desavenencias, podían detectar las posturas unilaterales o bien deseaban querer imponer su propio criterio jurídico. Nunca hubieran convocado un pleno para no ganarlo. Desarrollaban todo un sutil mecanismo destinado a conocer de forma más o menos aproximada cual era el pensamiento jurídico de sus jueces y un cálculo de fuerzas para saber a priori cual sería el resultado de avocar el tema al escrutinio plenario.

Esa potestad y esa habilidad fueron rápidamente detectadas por el poder político. Ese es uno de los motivos por los que los partidos gobernantes encontraron la forma de poder nombrar de forma discrecional a los presidentes que preferían. Incluso hallaron vericuetos para quitarse de en medio a los que no querían -algún día les recuerdo cómo forzó el PP a volver al TS al presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Siro García-. Todo esto viene al caso para que se entienda hasta qué punto es anómala, más allá del escándalo espontáneo generado, la decisión del presidente de la Sala III del Tribunal Supremo de avocar a pleno el asunto de las hipotecas ahora. Lo cierto es que, si existía un problema de divergencia de criterios, Luis María Díez-Picazo debería de haberlo elevado al pleno antes de que se produjera la decisión que ha hecho felices a millones de españoles durante menos de 24 horas. Un presidente que sabe que uno de sus tribunales va a tomar una decisión que altera la postura jurisprudencial de su sala y de rebote hasta de otras, debería de haber tenido los reflejos de ejercer de presidente. ¿Por qué no lo hizo entonces? ¿Por qué ha sometido al más alto tribunal al escándalo de enmendarse la plana en menos de un día dando una marcha atrás escandalosa que deja al descubierto muchas de las vergüenzas del Tribunal Supremo?

Más allá de la cuestión concreta, esta decisión inaudita y que jamás se había producido, deja al descubierto la degradación institucional a que ha sido sometido el máximo órgano jurisdicción del Reino de España. Y es que, como voy a intentar explicarles, el problema del Tribunal Supremo actualmente ya ni siquiera puede medirse en términos de politización de sus miembros o de obediencia partidista. Eso es una explicación poco real de problema al que nos enfrentamos. El Tribunal Supremo sufre de algo aún peor, sufre de nepotismo, de amiguismo, se ha convertido en un coto de familias judiciales y de individuos que se deben favores, el primero de ellos el de haber sido promovidos a él. Todo esto sea dicho con el establecimiento de honrosas excepciones.

Díez-Picazo lo ha hecho rematadamente mal y el camino para enmendarse que le han marcado va a ser aún peor. Lo ha hecho pésimamente y lo cierto es que a nadie puede sorprenderle porque ¿quién es Díez-Picazo más allá del amigo de Lesmes? Su nombramiento como magistrado del quinto turno -procedente de la docencia y no de la judicatura- ya fue un favor inicial de Lesmes, pero su designación como presidente de la Sala Tercera arrebatándole su prórroga de mandato al prestigiosísimo José Miguel Sieira rozó límites de escándalo inauditos. El nombramiento del hombre que ahora paraliza los recursos y avoca a pleno el asunto de las hipotecas, costó los votos particulares de los vocales que se negaron a nombrarlo frente “al candidato que realmente brillaba con luz propia por su brillante gestión” que era Sieira. Tal fue el escándalo interno que magistrados denunciaron la presión ejercida por Lesmes sobre los vocales para conseguir el nombramiento de su protegido, provocó que el nombramiento fuera impugnado y que, incluso, se hiciera llegar el asunto al relator de la ONU. Al flamante presidente poco le importó todo eso y muy pronto demostró la fidelidad a la mano que lo alimenta cuando rechazó admitir una demanda contra el propio Lesmes por sus manejos en el CGPJ, alegando que “esta sala debe ser deferente con el Consejo”. Deferente. La Sala llamada a controlar debe ser deferente con el controlado.

Sieira era un bastión que batir por el presidente del CGPJ, entre otras cosas porque existían fuertes tensiones respecto a la forma en la que consideraban que la Sala Tercera debía ejercer su control respecto a las decisiones del propio Lesmes, del Consejo y del Gobierno, así que sacaron al obstáculo de la presidencia y no le dejaron seguir ni como presidente de sección. Fue relegado a simple magistrado.

El amigo de Lesmes no se ha enterado de lo que se cocía en su Sala o si se ha enterado no ha sabido manejarlo. Raro es, de todos modos, que no supiera nada porque el voto particular contrario a la decisión de atribuir el impuesto a los bancos ha sido, ni más ni menos, que de Dimitry Borboroff, casi recién llegado a la Sala Tercera tras otro empeño personal y tortuoso del propio Lesmes. Así que, si las cadenas de amigos, conocidos y reconocidos no fallan, ambos deberían de haber sabido que esta decisión novedosa y que cambiaba toda la jurisprudencia podía producirse.

Todo esto lo cuento sólo para dejar constancia del problema real para nuestro Estado de Derecho que late tras la constante pérdida de credibilidad y de calidad jurídica del Tribunal Supremo. La cuestión de las hipotecas deja al descubierto unas vergüenzas que cuando se relatan muchas veces en relación con cuestiones como las anomalías procesales del Caso Procès, son rebatidas con un gesto agrio y patriótico. El episodio del impuesto de las hipotecas responde a la misma pendiente de desprestigio, de destrozo, de escándalo por la que lleva tiempo deslizándose el máximo tribunal. Un poder omnímodo en manos muy privadas. Porque ¿quién controla ahora mismo al controlador de todos si no es él mismo? ¿qué responsabilidades tiene y ante quién las rinde si no hace bien su trabajo sino ante sus propios miembros? Excepto que sean los poderes fácticos los únicos con posibilidad de hacerles recular como estamos viendo.

Y no echen la culpa infantilmente ni a las reminiscencias franquistas, como hacen muchos a veces, ni siquiera a los partidos. Ya han visto que analizar lo que sucede cada vez se parece más a Falcon Crest que a la crónica de tribunales. Y no, no hay ninguna conspiración para desprestigiar al Tribunal Supremo como van contando. Ya ha quedado claro que no hace ninguna falta. No necesitan a nadie. Son perfectamente capaces de desprestigiarse ellos solos.

https://www.eldiario.es/zonacritica/destrozo-Supremo_6_827027303.html

¿De verdad que puede funcionar un país cuando una de sus cúpulas, la mas importante sin citar al TC está bajo sospecha?

¿De verdad quiere ser España ser un país serio?

¡Que vergüenza y ascazo!
 
Back