Liberaciòn masiva de presos en Argentina

No se en Argentina pero un preso que muera en prisión en España da lugar a investigaciones y demandas de la familia que suelen acabar en dinero.
Si se suicida, demanda porque no evitaron el su***dio en su celda por la noche. Si lo matan, demanda porque no tuvieron 24 horas controlados los 1200 presos. Si muere por muerte natural, demanda porque llamaron a la ambulancia a los 2 minutos.
 
Tres jueces federales de un tribunal de San Martín son los primeros denunciados por haber dado arresto domiciliario a un condenado por violación
La presentación fue realizada por el diputado Alberto Asseff y ya se presentó en el Consejo de la Magistratura. Se solicita el inicio del proceso de juicio político por falta de imparcialidad, arbitrariedad y mal desempeño


Por Patricia Blanco
1 de mayo de 2020





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(Maximiliano Luna)

Tres jueces federales quedaron denunciados por mal desempeño ante el Consejo de la Magistratura por haber otorgado prisión domiciliaria a un condenado por violación y corrupción de menores apenas comenzó la pandemia por el coronavirus, un caso revelado por Infobae, en donde los magistrados advirtieron que no podían garantizar que el preso no se fugara pero había garantizar su derecho a la salud y la posibilidad de que el COVID-19 colapsara las cárceles.


Se trata de la primera presentación en el organismo que elige y controla a los jueces a raíz de las libertades y prisiones domiciliarias que se han dado para hacer frente al hacinamiento carcelario, en medio de la emergencia por el COVID-19. El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, ya adelantó que también planea denunciar a otros tres magistrados: uno de San Isidro, otro de Lomas de Zamora y uno de Bahía Blanca.

Sin embargo, ya hay magistrados denunciados. Se trata los jueces María Claudia Morgese Martín, Esteban Rodríguez Eggers y Matías Mancini, del Tribunal Oral Federal 5 de San Martín. Fue un diputado nacional de Juntos por el Cambio, Alberto Asseff, el que le pidió al titular del Consejo, Alberto Lugones, que les inicie un proceso de juicio político por falta de imparcialidad, arbitrariedad y mal desempeño.

Los integrantes del TOF 5 de San Martín quedaron bajo la lupa tras haber otorgado el beneficio de prisión domiciliaria a Miguel Ángel Holotte, que había sido el 28 de febrero, en un juicio abreviado, condenado a la pena de 6 años de prisión. Su delito: “Abuso sexual con acceso carnal -por vía oral, en el cual la víctima no pudo consentir libremente la acción -reiterado en dos oportunidades”, junto al de promover la “corrupción de menores de dieciocho años” y “facilitación y divulgación de representaciones de partes genitales de menores de dieciocho años de edad con fines predominantemente sexuales




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Consejo de la Magistratura (Maximiliano Luna)

Apenas un mes después de su condena, en un fallo revelado por Infobae, los jueces de San Martín hicieron lugar a un pedido de arresto domicilario de la defensa, en base a "antecedentes de tabaquismo, cardiopatía, nefropatía, anemia, litiasis vesicular, insuficiencia renal, hiperlapsia prostática con aumento de tamaño testicular derecho”. Además tiene colocados dos stent y recibe medicación diario.

Lo hicieron citando el antecedente de una resolución de la Cámara Nacional de Casación Penal que había dictado los primeros arrestos domiciliarios para mujeres enfermas o con hijos pequeños. “Resulta previsible que si la enfermedad logra colarse en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza existe un alto riesgo de que se produzca un masivo y simultáneo contagio de los internos allí alojados, poniendo en especial peligro a aquellos que ostenten un grado mayor de vulnerabilidad a sus efectos”, dijo la jueza Morgese en su voto. En ese “hipotético -aunque posible- escenario se impone como única solución preventiva” que las cárceles cuente "entre sus filas con la menor cantidad de personas de riesgo”. ¿Por qué? Porque los hospitales de cada complejo “carecen de recursos humanos y técnicos para hacer frente a la demanda”, los presos no podrían ser trasladados y sobrecargaría el sistema público de salud.

En el fallo, los magistrados reconocieron que era probable que el presidiario intentara fugarse o incluso cometer nuevos delitos, pero aún sí coincidieron en que era prioritario garantizarle el derecho a la salud. "Sin embargo, a mi humilde entender, ninguna de tales hipótesis puede fundar el rechazo del arresto domiciliario cuando lo que está en juego es la vida” del recluso, máxime cuando aún se encuentra vigente “su estado de inocencia”, afirmó la jueza.

“Es cierto que no podría asegurarse que en caso de disponerse el arresto del imputado en su domicilio, este no se contagiará el Covid-19, como así tampoco qué tendrá garantizada una atención eficaz en el sistema de salud pública, pero lo que sí es seguro es que si la población carcelaria de riesgo fuera diseminada en distintos domicilios, la velocidad de un eventual contagio de ese número de personas sería sensiblemente menor y, por ende, más favorable la expectativa de una atención médica eficiente; el imputado tendría las mismas oportunidades de atención médica que cualquier otro ciudadana, y las cárceles tendrían menos población y, por ende, el índice de contagio será inferior entre personas que, en principio, no requerirían atención médica urgente”, se afirmó en el fallo. Al firmar la prisión domiciliaria, aclararon que el detenido debía pagar una fianza de 100 mil pesos y que debía volver a la cárcel cuando termine la pandemia.

Un mes después, el diputado Assef -que llegó a la banca en el Congreso en las filas de Juntos por el Cambio, tras una frustada alianza con el ex candidato a presidente José Luis Espert- se presentó en el Consejo de la Magistratura para poner en conocimiento este caso “de extrema gravedad Judicial institucional”.

Vengo a afirmar que, a mi juicio el accionar del mencionado TOF 5 de San Martín, se basa en utilizar abusivamente las facultades otorgadas por el Código Procesal Penal Federal de la Nación en función de su calidad de magistrados, al solo efecto de generar alto impacto político-mediático”, sostuvo la denuncia. “Es importante destacar el grado de ilegalidad de su medida que NO fue impulsada con la imparcialidad y objetividad que debe primar en el trámite de una actuación procesal”, opinó.


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El levantamiento de presos de la cárcel de Devoto (Adrián Escandar)

El diputado afirmó que “causas como la presente determinan por el lado de los imputados y condenados, la apología del delito y la continua e inmediata reincidencia, al advertir un poder judicial, débil, ineficaz, 'e incapaz de satisfacer los necesarios controles sociales, y por el otro lado, el de los ciudadanos honestos que observan pasivamente con sentimientos de indefensión e injusticia, el libre accionar de los Jueces, ante el descrédito del Poder Judicial.Dejan en evidencia, esos magistrados, el descrédito y menosprecio a la envestidura, dañando la división de poderes y valores republicanos de gobierno”.

“Los hechos relatados a mi juicio ponen en evidencia que los integrantes del TOF 5 de San Martín han decidido utilizar la función judicial que le fuera confiada para trascender como actores de una resolución de alto impacto político-mediático, y a todas luces arbitraria-.Se pone en evidencia que, el proceder impropio de los jueces de la Nación del TOF 5 de San Martín, constituye un supuesto de mal desempeño en los términos del artículo 53 de la Constitución Nacional que torna procedente su remoción del cargo de magistrado”, se aseveró.

En la presentación se sostuvo que “la afectación a los poderes públicos en este caso es de una gravedad extrema, ya que las maniobras desplegadas no tienen otro objeto que afectar el normal desenvolvimiento del Poder Judicial” y se resaltó que “los titulares del TOF 5 San Martín han incurrido en mal desempeño, falta de imparcialidad y arbitrariedad, al ejercer la actividad jurisdiccional que motiva la presente denuncia, por traducir su accionar: un propósito prefijado, ajeno al desempeño de la función jurisdiccional. Dado que el proceder atribuido a estos jueces, causal de mal desempeño se basa en su falta de imparcialidad, es menester examinar el alcance de dicha garantía” .

A proposito de este asunto dejo aqui para todos los lectores la última noticia del Diario CLARÍN.-
 
¿Delincuentes sueltos y víctimas olvidadas?

Por Roberto Costa
4 de mayo de 2020






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Una de las imágenes que dejó el motín que protagonizaron los presos e Devoto (Franco Fafasuli)

En el incierto camino que venimos recorriendo desde que se desató la pandemia en Argentina y en el mundo, el coronavirus vuelve a filtrarse en uno de los lugares más difíciles de controlar: las cárceles. En momentos en que la sociedad en su conjunto habla de encierro, los detenidos piensan en su libertad.

El 25 de marzo, cuando el Covid-19 comenzó a expandirse, la ONU comprendió que la situación de hacinamiento en las cárceles era un peligroso caldo de cultivo para la propagación del virus, y a través de Michelle Bachelet, alta comisionada para los Derechos Humanos, pidió a todos los gobiernos la reducción del número de presidiarios detenidos “liberando por ejemplo a los reclusos de mayor edad o que no presenten peligrosidad”. En ese marco, algunos de los países más afectados por la pandemia empezaron a tomar medidas como arrestos domiciliarios u otras morigeraciones o atenuantes de prisión. En Alemania, por citar un caso, en el Estado de Renania del Norte–Wetsfalia, liberaron a 1.000 prisioneros que estaban a muy poco de cumplir sus sentencias, excluyendo a condenados por delitos graves, abuso sexual o prisioneros violentos, previo un procedimiento de estricto control y estudio de casos. Otros países, como Canadá o Noruega, llevaron adelante medidas similares.

Otra vez el virus puso en el centro de la escena problemas que están presentes en todo el mundo y que hace décadas no se solucionan: la sobrepoblación y pésimas condiciones carcelarias es uno de ellos. Ante la encrucijada global por la liberación de reclusos, se debe actuar con mucha responsabilidad, pensando que en la calle también hay una sociedad a la cual proteger del flagelo de la inseguridad.


CÁRCELES DETONADAS



Como en todo el planeta, las cárceles argentinas vienen siendo centro de atención por una eventual ola de contagios y un peligro latente de liberaciones masivas que dinamiten la seguridad pública.


Prisiones sobrepobladas, motines, presos que ven la libertad al alcance de sus dedos y una sociedad acorralada, influyen negativamente en el estado de ánimo de los bonaerenses y argentinos, quienes además de pensar en sus problemas sanitarios y laborales, hoy miran con preocupación la lluvia de habeas corpus que se presentan en nuestra Justicia.

La provincia de Buenos Aires cuenta con un récord histórico de 47.000 detenidos en cárceles, con capacidad real de alojar a 24.000 reclusos. En momentos de pandemia, el hacinamiento movilizó a abogados y defensores oficiales a impulsar medidas para morigerar la prisión. La Cámara de Casación tomó el volante y en una cuestionada decisión resolvió la liberación de 2.300 presos. En pocos días la medida hizo estruendo en diferentes barrios bonaerenses, pudiéndose encontrar víctimas de violación viviendo a metros de su victimario. Una medida irresponsable que muestra un camino absolutamente equivocado, dejando a la sociedad desprotegida en manos de los delincuentes. La olla a presión en las cárceles se agranda cuando muchos reclusos (hoy 1.800) se repliegan a extensas huelgas de hambre para pedir por su liberación.


¿Cuál es la profundidad real del conflicto? ¿A quiénes se les otorgará el arresto domiciliario? ¿Cómo se resguardará la integridad psicofísica de las víctimas? ¿Cómo será el reingreso de los reclusos? Estas son algunas preguntas que no solamente los senadores de Juntos por el Cambio nos hacemos, sino todos los bonaerenses y argentinos en su conjunto. Necesitamos una respuesta, una solución antes de que las cárceles exploten por los aires esfumando el esfuerzo de cuidarnos entre todos.

LIBERACIÓN RESPONSABLE


Un Estado de Derecho no puede sostenerse sin certeza en la aplicación y cumplimiento de la pena
. Si bien los establecimientos penitenciarios distan de ser lo que deberían ser de acuerdo al art. 18 de la Constitución nacional y los tratados y convenciones internacionales, ello no es suficiente para modificar las condenas impuestas por los jueces de las causas en virtud de un supuesto estado de riesgo latente en las cárceles por el Covid-19.

Cada detenido a través de su defensor puede plantear la situación que le permita acceder a determinados beneficios legales. Se debe estudiar y otorgar las morigeraciones de la prisión con prudencia y responsabilidad, pues no queremos presos de alta peligrosidad libres. Homicidas, femicidas, violadores, abusadores, secuestradores y demás presos por delitos graves que accedan anticipada y livianamente a la libertad pondrían en riesgo no solo la integridad psicofísica de las víctimas sino también a la sociedad. Las entendibles causales humanitarias y de salud que señalan los que propugnan medidas de prisión domiciliaria o símiles ante la situación de peligro sanitario que sufren los detenidos en razón de hacinamientos o estado riesgoso particular deben evaluarse atendiendo también el cuidado y la seguridad de la gente, y para ello hay que merituar la gravedad del delito por el cual se sufre la detención y con ello la peligrosidad de aquellos que pretenden dejar la unidad de detención. Es falsa la compasión que ignora el peligro e indefensión que se le adiciona al vecino de a pie.

Una liberación masiva, indiscriminada e irrazonable y sin un estudio particularizado de cada caso, representa una bomba de tiempo
que haría detonar los derechos y garantías de las personas víctimas del delito reconocidos en la ley 27.372.

No olvidemos que los derechos humanos corresponden a todos los argentinos: sigamos cuidando con responsabilidad a quienes más nos necesitan en estos difíciles tiempos.

El autor es senador bonaerense y presidente del Bloque de JxC

 
No se en Argentina pero un preso que muera en prisión en España da lugar a investigaciones y demandas de la familia que suelen acabar en dinero.
Si se suicida, demanda porque no evitaron el su***dio en su celda por la noche. Si lo matan, demanda porque no tuvieron 24 horas controlados los 1200 presos. Si muere por muerte natural, demanda porque llamaron a la ambulancia a los 2 minutos.
aquì tambièn todo termina en reclamos dinerarios, total paga el contribuyente
 
no nos dejemos engañar... sòlo se trata de un pequeño gesto para acallar las cacerolas

La Corte Suprema de Buenos Aires suspendió el habeas corpus que permitía liberar a cientos de presos por el coronavirus
El máximo tribunal aceptó el recurso de la fiscalía. Todavía falta que analicen el fondo de la cuestión.


Por Patricia Blanco
5 de mayo de 2020


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Presidente: Dr. DANIEL FERNANDO SORIA Vicepresidente: Dr. LUIS ESTEBAN GENOUD Ministro Decano: Dr. EDUARDO JULIO PETTIGIANI Ministra: Dra. HILDA KOGAN Ministro: Dr. SERGIO GABRIEL TORRES Ministro: Dr. EDUARDO NÉSTOR de LÁZZARI

Presidente: Dr. DANIEL FERNANDO SORIA Vicepresidente: Dr. LUIS ESTEBAN GENOUD Ministro Decano: Dr. EDUARDO JULIO PETTIGIANI Ministra: Dra. HILDA KOGAN Ministro: Dr. SERGIO GABRIEL TORRES Ministro: Dr. EDUARDO NÉSTOR de LÁZZARI

La Suprema Corte de Justicia bonaerense aceptó hoy revisar el hábeas corpus colectivo que impulsó los pedidos de libertad y arrestos domiciliarios de cientos de presos en la provincia y que había sido concedido por la Casación bonaerense. Por lo pronto, el tribunal ordenó que se suspendan los “efectos de la decisión cuestionada” mientras estudia el caso en detalle, revelaron a Infobae fuentes judiciales.

Ahora, el máximo tribunal provincia quiere escuchar a los protagonistas: le pidió su opinión al Procurador General, Julio Conte Grand, jefe de los fiscales; y al defensor ante Casación, Mario Luis Coriolano, que representa a las 19 defensorías generales que pidieron el hábeas corpus al que hizo lugar el juez del Tribunal de Casación, Victor Violini, en un fallo dictado el 9 de abril pasado que quedó en el ojo de la tormenta.

Los dictámenes de Conte Grand y Corigliano, más los antecedentes del expediente, servirán a los jueces de la Corte Daniel Soria, Luis Genoud, Eduardo Pettigiani, Hilda Kogan, Eduardo de Lázzari y Sergio Torres para definir los lineamientos de su resolución.

Se espera que el fallo sirva para unificar un criterio claro para los jueces que tienen a su cargo personas detenidas y que piden morigeraciones o libertades en medio de la pandemia por el coronavirus. Aunque no hay plazos para esa resolución, se espera que la Corte bonaerense se pronuncie en los próximos días, teniendo en cuenta el impacto social que generó el tema y la necesidad de esclarecer el escenario para los magistrados que deben resolver estos planteos.



Si el tribunal de análisis del caso revoca el habeas corpus, los detenidos que fueron beneficiados por esta decisión deberían volver a prisión. Si mantiene el fallo de Casación, todo queda como hasta ahora. Pero en el mientras tanto, la Corte suspendió los “efectos” de la decisión de la Casación, por lo que no pueden otorgarse más libertades o domiciliarias en base al fallo firmado por el juez Violini, precisaron a Infobae las fuentes consultadas.

“Lo que hace esa medida es suspender lo que está en trámite, pero lo que ya está dispuesto sigue vigente hasta tanto se resuelva definitivamente la cuestión”, confirmó el fiscal Carlos Altuve.

Por lo pronto, la Suprema Corte de Justicia resolvió abrir el recurso por “gravedad institucional” como así también para abordar las infracciones procesales denunciadas por el fiscal Altuve de la sentencia dictada por el Tribunal de Casación Penal. La Corte, sin embargo, remarcó que el objeto de esta resolución “es solo al efecto de permitir el análisis de dichas cuestiones, las cuales serán resueltas en la sentencia”

Ayer, Altuve reclamó a la Corte que analizara el caso ante la “gravedad institucional” de esa resolución en donde “se ha vulnerado la garantía del juez natural que debe conocer en la situación de privación de libertad de las personas que se encuentren a su disposición, otorgando el arresto domiciliario a un numero indeterminado de personas. Y aunque reconoció “es necesario adoptar medidas urgentes y eficaces para paliar la situación de emergencia carcelaria y sanitaria”, reclamó que se deje sin efecto el fallo que había firmado el juez Victor Violini a inicios de abril que quedó en el centro de la polémica"

La Corte bonaerense entendió que “la presentación directa resulta procedente”. “De acuerdo a lo expuesto por tratarse de la resolución de una postulación colectiva en el marco de la emergencia dispuesta como consecuencia la pandemia del COVID 19 sobre la que esta Suprema Corte ha puesto de manifiesto su extrema preocupación con el dictado de normas para garantizar la atención de los asuntos urgentes y que no admiten demora desde sus inicios como es de público conocimiento este tribunal se abocará a dar una respuesta rápida y eficaz a la problemática suscitada como consecuencia del fallo cuestionado", afirmó la resolución.




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Un preso de la Unidad Penitenciaria N° 9 de La Plata, a las afueras de Buenos Aires, muestra su celda, el 30 de junio de 2018. (AFP - EITAN ABRAMOVICH)

En diciembre, cuando cambiaba el Gobierno, los presos de las cárceles bonaerenses iniciaron una huelga de hambre en reclamo por la falta de alimentos. Pedían por su situación. La emergencia penitenciaria había sido dictada por la entonces gobernadora María Eugenia Vidal apenas llegó a su cargo -tras la fuga de los asesinos del triple crimen de General Rodríguez- y su sucesor, Axel Kicillof, la ratificó. Las estadísticas indicaban que la cantidad de presos duplicaba la cantidad de plazas.

En enero, el gobierno de Kicillof armó una “Mesa Interinstitucional de diálogo” para generar un plan consensuado entre los tres poderes del Estado bonaerense, los organismos de Derechos Humanos, la Iglesia y representantes del Poder Judicial Federal. Las primeras reuniones se hicieron en febrero.

Con la irrupción del coronavirus, los 19 defensores generales de la provincia de Buenos Aires pidieron el 3 de abril que sean liberados todos los presos bonaerenses, tanto en cárceles como en comisarías, que sean considerados población de riesgo ante el posible ingreso del Covid-19 a los penales provinciales, tal como contó Infobae ese día. "Es inadmisible que personas que integran los grupos de riesgo en relación a la enfermedad producida por el virus COVID- 19 se encuentren aún hoy privadas de su libertad en cualquier dependencia de distinta naturaleza de la Provincia de Buenos Aires”, señalaba el habeas corpus.

Violini llevó adelante una audiencia en la que participaron Coriolano, defensor general; la defensora general de Mar del Plata, Cecilia Boeri; el fiscal general Carlos Altuve, el subsecretario de Políticas Penitenciarias del Ministerio de Justicia, Lisandro Pellegrini y el representante del Ministerio de Seguridad, Darío Ruiz.

Para resolver, Casación tuvo en cuenta una lista presentada por el Ministerio de Justicia que incluía a unos 700 detenidos en situación de riesgo, aunque informes posteriores hacían elevar ese numero a unos 2300 internos que podían verse especialmente perjudicados si el coronavirus entraba a prisión. Esos listados estaban hechos en función de su edad y su patología.


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juez Víctor Violini

El 8 de abril, Violini hizo lugar al hábeas copurs durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio. Ordenó el arresto domiciliario para las persona detenidas por delitos leves que estén en los grupos de riesgo, junto a mujeres embazadas o con niños pequeños. Y dispuso que la situación de los que estén en esos grupos imputados o condenados por delitos “sea analizada por parte del Juzgado o Tribunal que tiene a su cargo a cada prevenido, evaluando la necesidad u oportunidad de disponer una medida de arresto domiciliario (en cuyo caso, y cuando corresponda, deberá resguardarse la integridad psicofísica de la víctima), o bien, asegurando el aislamiento sanitario dentro de la Unidad Penitenciaria donde cada uno se encuentra alojado”.

El hábeas corpus también encomendó a los jueces de Garantías, Jueces Correccionales y Tribunales en lo Criminal la evaluación de oficio de los que estén detenidos sin condena hace más de dos años, “considerando para tal cometido los intereses de las víctimas, particularmente en los procesos por delitos contra la vida, la libertad, la integridad sexual y aquellos cometidos en un contexto de violencia de género”.

Y resolvió que los jueces de Ejecución “que tengan a disposición condenados sin sentencia firme, en los casos en que los procesados y condenados se encuentren en un plazo de seis meses anterior a alcanzar el extremo objetivo temporal previsto para obtener la libertad asistida o condicional, y que a su vez cumplan las demás exigencias impuestas, evalúen la necesidad de disponer, de manera extraordinaria y por única vez, la detención domiciliaria”.


https://www.infobae.com/sociedad/po...berar-a-cientos-de-presos-por-el-coronavirus/
 

Adjuntos

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Juan Félix Marteau: “Los jueces que liberaron a condenados con las excusa del coronavirus son miserables”
El experto argentino en criminología, analizó para Infobae las consecuencias graves de excarcelar delincuentes. “Los magistrados y los fiscales son los responsables primarios de esta medida”, aseguró


Por George Chaya
5 de mayo de 2020






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Presos en el techo de la cárcel de Devoto

Infobae dialogó con Juan Félix Marteau, quien es profesor titular de Criminología de la Universidad de Buenos Aires, posición que obtuvo por concurso hace más de 10 años. Frecuentemente requerido por este medio por temas de su especialidad, la criminalidad financiera, hoy lo entrevistamos para saber su opinión sobre la liberación de presos con motivo de la pandemia.

Este abogado y doctor en sociología, que estudió criminología en la Universidad de Hamburgo, y escribió dos libros sobre política criminal, piensa que se trata de otro episodio grave que muestra la “pérdida completa de sentido de muchos de aquellos que tienen responsabilidades clave en el Estado”.

-¿Cuál es su opinión sobre la liberación de presos ocurrida en estos últimos días con motivo del COVID-19?

Vayamos primero a lo particular para luego llegar al concepto. Tomemos la decisión del tribunal de Neuquén, integrado por los jueces Deiub, Sommer y Trincheri, que otorgó prisión domiciliaria a Eugenio Llul, condenado en 2016 a 12 años de prisión por la violación reiterada de su nieta. Habida cuenta de que contamos con una entrevista de este último juez realizada por el periodista Luis Novarecio para este medio, tenemos expresiones literales para analizar. Los argumentos de Trincheri son que la liberación del violador se justifica en circunstancias sanitarias (el sistema de salud puede saturarse), penitenciarias (hay superpoblación carcelaria), sociales (la población se puede contagiar), personales (el condenado tiene otros hijos y nietos), legales (la ley de ejecución lo permite).




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Félix Marteau: "La pena es esencialmente una represalia al responsable de un delito"

Con estos elementos podemos construir un "tipo ideal” de “juez miserable”: un juez que controvierte el sentido de la sanción penal con consideraciones externas y de oportunidad, elude su responsabilidad frente al caso delictivo concreto en base a un legalismo superficial y, por último, le da la espalda a la víctima, actora central de la tragedia de negación que supone el delito. Todos los jueces que actúan de esta manera son miserables en el sentido de que faltan a la confianza que la sociedad y el Estado depositó en ellos.

En este caso, un condenado a 12 años obtiene el beneficio de la libertad (prisión domiciliaria sin tobillera y sin otros controles es libertad) a solo 4 años de recibir la pena por un hecho punible grave y tiene la chance de volver a vivir cerca de su víctima. Para que se entienda: aquí no sólo se liberó un preso, se neutralizó fundamento mismo de la ley penal. Esto puede trasladarse a los otros jueces que actuaron con los mismos criterios en estos últimos días.

-¿Un juez puede actuar de otra manera frente a un episodio excepcional de esta pandemia si el sistema penal no esta preparado?

Muchos jueces penales (y fiscales) desarrollan su función -no ahora y excepcionalmente, sino desde siempre- en base a una concepción del castigo inconsistente y retorcida. Seamos francos: muchos jueces penales de la Argentina se educaron y hoy ejercen la magistratura dudando del sentido la pena; muchos incluso, creen que la pena carece de fundamento y es solo una manifestación arbitraria del Estado que hay que limitar. La excepcionalidad de la pandemia lo único que hace es velar, poner en evidencia, este “estado de ruina” psicológica de ciertos jueces y fiscales penales en el país.

Por el contrario, los jueces que tiene claridad sobre el sentido de la pena como vector de restitución de la vigencia de la ley vulnerada por el delito y como ordenador de las conductas humanas en base a normas institucionalmente legítimas, siempre encuentran soluciones razonables ante episodios como este: en primer lugar, pueden priorizar a los detenidos con prisión preventiva (sobre los que no ha recaído condena y están en una situación legalmente precaria), en casos donde no haya riesgo de fuga o de reincidencia; en el caso de los condenados, se pueden habilitar lugares de emergencia vigilados; se puede multiplicar los dispositivos de control físico y electrónico, etc. Lo que no se puede hacer es habilitar un estado de impunidad y de zozobra en detrimento de la vigencia de la ley. Y menos aun en este momento de desconcierto personal y social en el que estamos.

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"Los jueces (y no nos olvidemos de los fiscales) son los responsables primarios de esta medida", aseguró el experto

-¿Podría explicar qué sentido tiene el castigo penal?

La pena es esencialmente una represalia al responsable de un delito. Es un mal institucionalizado. La pena está ligada solo y únicamente a la responsabilidad personal de quien decidió violar, con su acto, el deber de comportarse de acuerdo a la ley (a la ley penal). El deber ejemplar es “no matarás”. La pena lo que hace es decretar el fracaso del proyecto personal del delicuente, quien con su acto intentó imponer una pauta de conducta distinta (obviamente ilícita) “yo mato, está habilitado matar”. Al hacer esto, la pena reafirma la vigencia no solo formal, sino material de la legalidad general, permitiendo que conservemos la expectativa de que podemos vivir ordenadamente de acuerdo al derecho y la justicia. Es muy importante comprender que la pena legítima se vincula dialecticamente con el hecho injusto concreto, único y ya realizado de un delincuente responsable. Además, esta es la una única visión realmente humanista, ya que el delincuente no es considerado ni un animal, ni un objeto, sino un sujeto racional que debe pagar por su acto. Las cuestiones de orden político, económico, y -digamos hoy-, sanitario, no tienen nada que ver con este tipo de sanción estatal. Es falso, por tanto, que el castigo penal se imponga para cumplir con fines especulativos externos al hecho delictivo concreto de un delincuente responsable: intimidación a otros posibles delincuentes, resocialización del condenado, etc.

-Usted ha hecho recaer toda la responsabilidad sobre los jueces ¿No cree que hay responsabilidad del Gobierno en esta medida?

Los jueces (y no nos olvidemos de los fiscales) son los responsables primarios de esta medida y tienen que hacerse cargo de la misma en el grado de su decisión. En cuanto al Gobierno, es el responsable de la política criminal y, por tanto, del funcionamiento del sistema penal, que incluye la actuación de la justicia. Aquí invocar la división de poderes genera más dudas que certezas. Presupongo que los funcionarios más relevantes después del Presidente, como el Jefe de Gabinete, tienen esto muy claro. Todos sabemos que medidas como éstas no tienen nada que ver con el progresismo.

Desde la lógica política, se entiende que los funcionarios estén enfocados en evitar que no les estallen los sistemas que deben gestionar (el sistema de salud, el sistema penintenciario, etc). Hay que valorar la posición de quienes están tomando decisiones dificilísimas en un marco de tanta incertidumbre. Sin embargo, creo que en esta crisis de época, que en la Argentina tendrá consecuencias gravísismas, necesitamos de gobernantes orientados en valores que ofrezcan mensajes claros sobre la necesidad de pensar no en cómo se satisfacen los derechos individuales y sectoriales, sino en cómo la sociedad puede ser creyendo en la ley y la justicia.

Si no trabajamos para que el paradigma de los derechos humanos de lugar al paradigma de los deberes humanos (respeto a la comunidad y al planeta), no creo que haya salida posible para las generación de nuestros hijos.

 
Pidieron el juicio político de una magistrada que liberó a un violador de menores
Se trata María Inés Piñeiro Bertot, a cargo del Tribunal en lo Criminal Nº 6 de San Martín. Fue denunciada ante del Jury de la Provincia de Buenos Aires por beneficiar al abusador de una nena de 11 años

5 de mayo de 2020


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La jueza María Inés Piñeira Bertot está a cargo del Tribunal en lo Criminal Nº 6 de San Martín

La jueza María Inés Piñeiro Bertot, a cargo del Tribunal en lo Criminal Nº 6 de San Martín, fue denunciada ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, por faltas graves, violación de los deberes inherentes a su cargo y comisión severa de irregularidades al beneficiar a un peligroso violador de menores.

El abusador es Antonio Armando Di Palma, alias “Mandy” de 57 años, quien se encontraba alojado desde el 8 de octubre de 2019 en la la Unidad Penitenciaria Nº 2 de Sierra Chica a la espera de un juicio oral por los delitos de corrupción de menores agravada, abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal.

Una de las cinco víctimas es M., de 11 años, que fue violada por este hombre cuando convivía con ella en su casa de Bella Vista, en virtud de ser el hermano de su padrastro. Su abogado Jorge Alberto D’Onofrio -también diputado del Frente Renovador- decidió presentar la denuncia en contra de la magistrada.

A pesar de la oposición de la fiscalía, que consideraba que el violador debía seguir preso, la jueza Piñeiro Bertot se apoyó en la pandemia del COVID-19 para enviarlo a que cumpla el arresto domiciliario en la casa de un familiar en la que viven siete personas, dos de las cuales son menores de edad.



La medida fue tomada el 7 de abril y Di Palma salió de prisión sin ningún tipo de monitoreo electrónico ante el faltante de pulseras electrónicas. A esto se suma que días atrás, la jueza había ordenado que el informe social para verificar el lugar donde iba a ser remitido el abusador lo hiciera la policia y no los peritos asistentes sociales que trabajan para la justicia.


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La controversia en torno a las excarcelaciones de los detenidos escaló desde del motín ocurrido en el penal federal de Villa Devoto

Tampoco se pidió el informe interdisciplinario a la cárcel de Sierra Chica donde estaba encerrado para que sus profesionales realizarán el análisis de pronóstico y viabilidad de salida. Y todo esto se produjo días después del rechazo de un habeas corpus presentado por la defensa de Di Palma por el coronavirus ya que donde estaba encarcelado no había ningún caso positivo.

En ese sentido, el Jury también prueba que la jueza no se constituyó en el penal a verificar la situación sanitaria antes de conceder el beneficio.

Sostiene que se incumplió la Ley Nacional de Víctimas (27.372) ya que la familia de la nena abusada se enteró por los medios de que “Mandy el violador” ya estaba en casa de sus familiares y a escasos minutos en auto de su vivienda.

Tampoco se respetó la ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres, que también obligaba a notificar a la víctima de cualquier resolución que pueda perjudicarla.

“No sólo se provocó la revictimización de la menor y el miedo a saber que su agresor vuelve a estar cerca, sino que también se sintió desamparada por parte de la justicia, al ignorar el derecho de las víctimas ya que se anotició de que había sido excarcelado a través de vecinos y de los medios de comunicación y no por la justicia, como le asistía su derecho”, señaló el abogado de la víctima.

Entre las consecuencias que traería para el proceso el arresto domiciliario de Di Palma, el letrado D’Onofrio recordó que el imputado estuvo prófugo durante dos meses apenas la madre de la víctima presentó la denuncia en su contra ante la UFI Nº 14 de San Martín por lo que sigue latente el peligro de que vuelva a ocurrir.

La controversia en torno a las excarcelaciones de los detenidos escaló desde del motín ocurrido en el penal federal de Villa Devoto, donde cientos de presos encabezaron una protesta para que se les otorgue prisión domiciliaria, a raíz del riesgo sanitario que implicaría la penetración de la COVID-19 en los pabellones.


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Sergio Massa pidió el juicio político para aquellos magistrados que liberarn presos sin respetar la Ley de Víctimas

El conflicto desató una polémica nacional, al poner en evidencia la decisión del Poder Judicial de avanzar en el otorgamiento de excarcelaciones para los presos que están en prisión preventiva.

En un del Tribunal de Casación Penal de la Provincia, el juez Víctor Violini, dispuso el 9 de abril pasado ordenar el arresto domiciliario de todos los presos “en riesgo de contagio por coronavirus”, en respuesta a un habeas corpus colectivo presentado por 19 defensores generales bonaerenses

Frente a esta situación, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, se mostró a favor del pedido de juicio político contra los magistrados que no respeten la Ley de Víctimas aprobada de manera unánime por el Congreso y que funciona bajo la órbita de la Cámara baja.

En ese sentido, Massa ya había advertido que estaba analizando el comportamiento de tres jueces; entre los que se encuentra la jueza María Inés Piñero Bertot.

 
Un preso que participó del motín en Devoto y fue liberado con la excusa del coronavirus salió a robar y fue herido en un tiroteo con la Policía
Cristian Gustavo Gatti había salido bajo arresto domiciliario, un día después de la protesta. Recibió tres balazos y fue detenido tras un asalto

12 de mayo de 2020




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Lanzas en el techo: una imagen del motín en Devoto de mediados del mes pasado (Adrián Escandar)

Cristian Gustavo Gatti, un detenido que fue liberado del penal de Devoto un día después del violento motín de mediados del mes pasado, volvió a caer tras un robo en la zona de Villa Caraza, jurisdicción de Lomas de Zamora.

Así lo consigna información de la agencia Télam, que afirma que Gatti recibió el beneficio de la prisión domiciliaria, sin embargo, se involucró en un asalto que terminó en una persecución y un tiroteo con la Policía Bonanerense.

De acuerdo a la agencia estatal, efectivos de Estación de Policía de Seguridad Departamental de Lomas de Zamora vigilaban una casa en Cristóbal Colón al 3800, de Villa Caraza, donde se encontraban dos sospechosos de un robo cometido poco antes en una casa del centro de Lomas de Zamora, donde un Renault Clio había sido captado por las cámaras de seguridad.

Así, los policías vieron salir a los dos hombres, quienes se subieron al Clio, estacionado allí cerca de su escondite. Los policías gritaron la voz de alto, pero los delincuentes dispararon y se fugaron, lo que inició una persecución que llegó al cruce de Ayolas y Morazán en Villa Fiorito: los delincuentes fueron interceptados por otros móviles del Comando de Patrullas de Lomas de Zamora.




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Adrián Escandar

Uno de ellos pudo escapar a pie, mientras que el otro resultó herido de tres disparos en el abdomen, un glúteo y un pierna: quedó detenido. Los investigadores determinaron que el herido era Cristian Gustavo Gatti, de 41 años, que estaba bajo prisión domiciliaria desde el 26 de abril último. Tenía en su poder una pistola, en el Clio había otro revólver. Se encontró efectivo, que se presume fue robado. Gatti, por lo pronto, está fuera de peligro.

Así, Gatti quedó a disposición de la UFI N°11 de la jurisdicción a cargo de los fiscales Ricardo Silvestrini y Laura Alfaro, con un expediente de robo doblemente agravado por cometerse en poblado y en banda y con arma de fuego, atentado y resistencia a la autoridad y tenencia ilegal de arma de guerra y arma de uso civil.

Los registros consultados por Infobae muestran que Gatti había estado preso en el sistema federal al menos desde octubre de 2010 y que dentro del SPF cobraba un sueldo con aportes por tareas penitenciarias como muchos otros detenidos. Fuentes judiciales confirmaron a este medio que la UFI N°11 efectivamente pudo constatar que el detenido estaba a disposición de un juzgado de ejecución penal porteño tras salir de Devoto. El vecino al que supuestamente le robó fue clave para la detención: anotó la patente del Clio y lo reportó a la policía, lo cual llevó a identificar rápidamente a los delincuentes.

 
El violento prontuario de Cristian Gatti, el “rey de las entraderas” que salió de Devoto con la excusa del coronavirus y se enfrentó a tiros con la Policía en un robo
El detenido por el asalto de este martes a la madrugada en Lomas de Zamora, beneficiado con el arresto domiciliario tras el violento motín, tiene una larga historia con botines millonarios: lo habían condenado a 19 años de cárcel


Por Federico Fahsbender
12 de mayo de 2020

ffahsbender@infobae.com




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Devoto: el motín del mes pasado en pleno hervor (Reuters/Agustin Marcarian)

Para ser un chorro de carrera, un veterano, Cristian Gustavo Gatti cometió un error que solo los incautos cometen: salió a robar con la patente real del auto, un Renault Clio azul. Así, luego de una entradera fugaz en Lomas de Zamora, un vecino la memorizó mientras escapaba junto a un cómplice y llamó a la Bonaerense, la clave para que lo encontraran horas después y le montaran una guardia frente a una casa en Villa Caraza. Los policías lo vieron salir junto al cómplice, la voz de alto no sirvió de nada. Gatti y el hombre que estaba con él, según la acusación en su contra, huyeron a los tiros.

El cómplice corrió para no volver a ser visto; Gatti, de 41 años, oriundo de Villa Fiorito, terminó herido, tres tiros en el abdomen, en una pierna y en un glúteo, fue internado fuera de peligro. Así, sumó otra causa más en su vida, robo a mano armada en poblado y en banda, atentado y resistencia a la autoridad, tenencia de arma de guerra.

Ricardo Silvestrini y Laura Alfaro, los fiscales de la UFI N° 11 de Lomas de Zamora que esperan indagarlo, comprobaron que Gatti estaba bajo arresto domiciliario y a disposición del Juzgado de Ejecución Penal N° 1 porteño: estuvo preso en Devoto según información de la agencia Télam, lo habían soltado dos días después del violento motín en el penal porteño de cara al riesgo del contagio del coronavirus, supuestamente bajo un diagnóstico de diabetes. Los cálculos son un poco perturbadores: Gatti estuvo preso literalmente una década, lo soltaron y en menos de un mes salió a robar. Le encontraron una pistola encima, además de un revólver en el Renault.

Gatti había pasado los últimos diez años dentro de cárceles federales, al menos desde octubre de 2010 según registros consultados por Infobae. Su última condena, por otra parte, hablaba de un tiempo mucho más largo: el 23 de febrero de 2017, el Tribunal Oral Criminal N° 19 le dio 19 años de cárcel por el delito de robo a mano armada, al menos seis hechos; el monto absorbía una pena previa dictada por el Tribunal N° 4, seis años de cárcel. Jorge Riarte, su histórico cómplice, recibió un castigo similar.




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El penal federal de Viedma, donde Gatti estuvo encerrado antes de llegar a Devoto (www.delitometro.com.ar)

Un robo por el cual fueron condenados incluía a otros tres en la banda, incluido un menor de edad, una entradera a una casa en Caballito facilitada por una empleada doméstica que les entregó una llave para que la copiaran. La casa no estaba vacía cuando entraron el 8 de abril de 2010: encañonaron a la pareja que vivía ahí, a su hija, a la abuela y a la empleada doméstica también. El matrimonio dormía. “No te muevas. Quedate quieto. Poné las manos arriba de la sábana. Dejá las manos a la vista, quiero verte las manos”, dijo uno mientras otros dos revisaron todo el cuarto. Encontraron, para empezar, un revólver y tres pistolas. Sabían de la caja fuerte bajo el televisor, fueron directo a ella, había joyas y plata. Se las llevaron.

Menos de un mes después, el 22 de ese abril, Gatti y otros cuatro ladrones entraron a una casa en Versalles con llaves que habían conseguido previamente para ponerle pistolas en la cabeza a un chico y a su mamá. El botín fue importante: se llevaron 283 mil dólares y más de 250 mil pesos. Cinco días más tarde, Riarte y Gatti irrumpían en otra casa en Saavedra para llevarse 4 mil dólares, un kilo de joyas, cámaras, computadoras, no dejaron ni el microondas. Otro ladrón les había conseguido una camioneta BMW para moverse.

El robo fue a plena luz del día, pasaron una hora desvalijando la casa con sus víctimas aterradas. Se pusieron codiciosos: al salir, fueron a robar otra casa en la calle Hortiguera. Llegó la Federal pero su agilidad los salvó. Escaparon por los techos y llegaron a la BMW. Otro cómplice esperaba en el asiento de conductor. Así, pudieron huir sin problemas. Hubo botín y todo, joyas y algunos pesos. La defensora oficial de Riarte y Gatti intentó mejorar su situación en 2019 con un recurso ante la Cámara de Casación Federal. La Sala II con los jueces Ana María Figueroa, Alejandro Slokar y Ángela Ledesma lo denegó en un largo fallo.

Devoto no fue la primera escala de Cristian Gustavo. Ya había estado preso en el penal de Viedma, estuvo encerrado ahí durante 2014. Pero su historia va mucho más atrás en el tiempo. Su primera condena como mayor data de agosto de 2005, tres años y ocho meses no por entradera, sino por intentar un secuestro extorsivo, pena dictada por el Tribunal Oral Criminal N° 3 de La Matanza. Gatti ya había caído como menor en Capital Federal: en 2012, el Tribunal porteño de Menores N° 1 lo condenó a seis años por ese viejo robo, años después.

Su defensor oficial también pidió su excarcelación ante ese tribunal de menores. El recurso fue rechazado.

Su último robo, el de Lomas de Zamora, no fue como los de antes. Fue un poco más desesperado, también a plena luz del día. No había entregador, no había llave. Amenazaron a un hombre y a su hijo en su casa de la zona de Falcón y Piaggio, se llevaron celulares, una notebook, joyas. Esperaron a la mujer de la víctima, la amenazaron. El domicilio registrado del Clio era el de la pareja de Gatti. No iba a durar. El allanamiento en su contra fue pedido por la UFI N° 11 mientras huía.

 
Legisladores de Juntos por el Cambio pidieron el juicio político de Víctor Violini, el juez que permitió la liberación masiva de presos con la excusa del coronavirus
Lo acusan de haber cometido “graves faltas, irregularidades e ilegalidades que demuestran que debe ser destituido, habida cuenta que ha incurrido en mal desempeño en el cargo”


Por Joaquín Mugica Díaz
12 de mayo de 2020

jmugica@infobae




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El juez Víctor Violini (Aglaplata)

Legisladores de Juntos por el Cambio pidieron el juicio político al juez Víctor Violini, integrante del Tribunal de Casación bonaerense, al acusarlo de haber cometido “graves faltas, irregularidades e ilegalidades que demuestran que debe ser destituido, habida cuenta que ha incurrido en mal desempeño en el cargo”. En el pedido sostienen que el magistrado ha “concretado graves irregularidades en el ejercicio de su función” y “ha desoído el mandato legal que inspira su desempeño”.

Violini quedó en la mira luego de que hiciera lugar a un habeas corpus colectivo en favor de libertades y arrestos domiciliarios de presos bonaerenses, en medio del coronavirus. La Suprema Corte de Justicia bonaerense revocó este lunes el habeas corpus colectivo que había dictado el 8 de abril pasado Violini en el Tribunal de Casación y dispuso que la situación de cada detenido sea “reencauzada” para que sea el juez competente el que lo analice.

El pedido fue firmado por legisladores de las diferentes vertientes que intengran la coalición de Juntos por el Cambio en la provincia de Buenos Aires. El pedido lo firmaron Juan Pablo Allan (PRO), José Andrés De Leo (Coalición Civica), Claudia Rucci (Peronismo) y Sandra París (UCR).

La denuncia es por “mal desempeño en el cargo” y con el fin de que “se proceda a su destitución, previa suspensión o apartamiento preventivo del cargo”. En el documento destacan que “resulta inaceptable que el denunciado ejerza el cargo que actualmente desempeña, ya que su continuidad afecta de manera directa los intereses de la sociedad y perjudica al Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires en su conjunto”.




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Tres de los legisladores que firmaron el pedido de jury al juez Violini

“Decidimos avanzar en un pedido de Jury al juez Violini que a nuestro entender reúne todas las causales para ser destituido de su cargo. Mal desempeño de sus funciones, la comisión de delito de Prevaricato, y una clara intención de aprovechar una situación de excepción, producto de la pandemia, para ordenar personalmente la liberación de violadores , asesinos e integrantes de bandas delictivas”, aseguró el senador bonaerense Juan Pablo Allan en diálogo con Infobae.

Los legisladores consideraron que “el accionar ilegal del Juez Víctor Violini no sólo afecta la correcta administración de justicia", sino que también "su incorrecto e ilegal desempeño funcional derivó en la libertad de imputados, consagrándose así la impunidad de graves conductas”.

Además, sostienen que según lo que se encuadra en el art. 21 -incisos d, e, i, ñ y r- de la ley 13661 cometió las siguientes faltas: “incompetencia o negligencia demostrada en el ejercicio de sus funciones, incumplimiento de los deberes inherentes al cargo, cometió graves irregularidades en los procedimientos a su cargo y perpetró acciones de parcialidad manifiesta todo lo cual implican defección de la buena conducta que exige la Constitución para el desempeño de la magistratura”.

“Se torna imperioso suspender y luego destituir al denunciado para evitar que continúe cometiendo las conductas disvaliosas descriptas y para que, finalmente, responda políticamente por su mal desempeño en el cargo, que tanto perjuicio y daño ha causado a la comunidad y a las instituciones democráticas”, indicaron en el escrito.


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El juez Violini quedó en el centro de la tormenta por la liberación de presos durante la pandemia (REUTERS/Agustin Marcarian)

“Ha incumplido con los deberes inherentes al cargo; ha cometido graves irregularidades en los procedimientos a su cargo y ha realizado actos de parcialidad manifiesta, que lo inhabilitan para continuar detentando el cargo de juez penal, y ‘como tal’ de deciros fundamental de cuestiones que hacen a la violación de los bienes jurídicos más preciados de esta comunidad”, indicaron en el texto.

Consideraron que Violini " ha ejercido de manera infiel sus deberes oficiales" y que “carece o ha perdido aptitud para el ejercicio del cargo de Juez de la Casación”, como así también “ha cometido abusos y excesos funcionales, situación que impone la apertura del proceso de responsabilidad política, para que rinda cuenta de su actuación”.

“Afectó la independencia de los Jueces inferiores en la toma de decisiones mediante su ostensible violación del derecho vigente, vulnerando el orden jurídico dispuesto por la Constitución Nacional y la de la Provincia de Buenos Aires”, aseguraron. En esa línea afirmaron que fue “negligente en el tratamiento del habeas corpus y con su actuación incompetente cercenó la posibilidad de poner atención a los casos que efectivamente se encontraran en situación de riesgo, atentando contra la finalidad de la acción deducida por los Defensores Generales agravando la posibilidad efectiva de determinar y resolver los casos de riesgo que presenta la superpoblación carcelaria”.


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El de los legisladores de Juntos por el Cambio es el segundo pedido de jury al juez Violini

“Ha incumplido con los deberes inherentes al cargo mediante una flagrante violación al principio de juez natural del proceso, así como en la incompetencia del Tribunal de Casación Penal para entender en el habeas corpus colectivo en forma originaria", aseguraron los legisladores en el documento.

En la primer semana de abril Violini consideró aceptables los argumentos de los 19 defensores generales de la provincia de Buenos Aires, quienes exigieron mediante un habeas corpus la liberación de un grupo de reclusos considerados “población de riesgo”, tanto en cárceles como en comisarías, en donde la principal razón esgrimida fue el posible ingreso del coronavirus a los penales provinciales.

Unos pocos días antes, el 30 de marzo pasado, permitió que los reclusos del Sistema Penitenciario Bonaerense (SPB) tuvieran celulares en los penales provinciales. También les otorgó ese beneficio a quienes están alojados en las comisarías. Cinco días después de aquella decisión, la diputada de Juntos por el Cambio Carolina Píparo denunció que fue amenazada por las redes sociales por Carlos Moreno, uno de los condenados por haberla baleado en el 2010 durante una salidera bancaria en La Plata.


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La posibilidad de contagio de coronavirus generó una confrontación política entre la oposición y el oficialismo. (Enrique Cabrera/Télam/jc)

El de los legisladores es el segundo jury contra Violini. Ayer la agrupación Usina de Justicia también solicitó el juicio político al acusarlo de “incompetencia, negligencia en el ejercicio de sus funciones y el incumplimiento de los deberes de su cargo”. “El temerario obrar del Juez Violini es una causal que amerita su remoción como Magistrado de la Cámara de Casación Penal, ya que con su decisión ha lesionado un adecuado servicio de justicia”, afirmaron.

La agrupación que dirige la filósofa Diana Cohen Agrest -cuyo hijo fue asesinado en un asalto- recordó que para resolver esta cuestión se convocó a Coriolano, a otra defensora, al fiscal Carlos Altuve y a los funcionarios de Política Criminal dependiente del Ministerio de Justicia Lisandro Pellegrini y al subsecretario del Ministerio de Seguridad Darío Ruiz, pero “no se ha convocado ni escuchado a asociaciones representantes de los derechos de las Personas Víctimas de Delitos”.

 
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