La oposición fuerza al PP a reformar la "ley Mordaza"

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La oposición fuerza al PP a reformar la 'ley mordaza'
El Congreso admite a trámite dos proposiciones de ley del PSOE y del PNV para desmontar la norma de 2015
Aitor Riveiro (diario.es)
31 Comentarios

21/03/2017 - 19:28h
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Manifestación contra la 'ley mordaza'. EFE
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El Congreso de los Diputados ha aprobado este martes la admisión a trámite de dos proposiciones de ley para reformar la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, la conocida como ley mordaza. La norma, que sacó adelante el PP gracias a su mayoría absoluta en 2015, afronta su final pero su derogación completa no está necesariamente más cerca. El partido de Mariano Rajoy solo ha recabado el apoyo de sus socios navarros y asturianos en defensa de su ley. Pero los demás grupos no han mostrado una posición unánime sobre cómo superarla.

Las dos proposiciones admitidas este martes a trámite, presentadas por el PSOE y el PNV respectivamente, deberán ser ahora debatidas en comisión y volver al Pleno para su aprobación definitiva o su rechazo. Al ser una ley orgánica precisará del apoyo de la mayoría absoluta del Congreso, 176 votos favorables, lo que obligará a ponerse de acuerdo a grupos que este martes han defendido posiciones no necesariamente complementarias. Y la derogación no ha sido la mayoritaria.

La propuesta del PSOE, que sí recoge explícitamente la derogación, ha recabado 176 votos a favor, 130 noes y 33 abstenciones. La del PNV, que remoza ampliamente la norma de 2015, ha obtenido 211 síes, 129 votos en contra y ninguna abstención. De los 350 miembros del Congreso solo han participado 340 en la votación.

El PSOE mantendrá su recurso ante el Constitucional
"Es hora de desprendernos de esta mordaza que amenaza a la democracia", ha asegurado en la tribuna el portavoz de Interior del PSOE, Antonio Trevín. El diputado ha recordado el rechazo de la Defensora del Pueblo y ha citado a The New York Times, que en un editorial calificó en su día la ley mordaza de "ominosa" y "franquista".

Trevín ha defendido la necesidad de una "nueva ley respetuosa con los derechos fundamentales previstos en la Constitución". La proposición del PSOE es en la práctica un texto alternativo a la actual ley e incluso recoge la derogación explícita de la ley mordaza. Trevín ha defendido suprimir los aspectos que se recurrieron por inconstitucionales y preservar derechos que la norma "ha restringido hasta hacerlos irreconocibles", como los de reunión, expresión o de huelga. El PSOE también planea mantener el recurso ante el Tribunal Constitucional que interpuso en su momento contra la ley mordaza.

La propuesta del PSOE ha sido aprobada, aunque con críticas de los demás grupos, tanto por la izquierda como por la derecha. Todos han recordado a los socialistas que derogar la ley mordaza supondría el regreso a la que se hizo famosa en los años 90 del siglo pasado como ley Corcuera, y que el Tribunal Constitucional acabó podando en una sentencia que supuso la dimisión del ministro del Interior que la promovió, José Luis Corcuera.

El portavoz del PP, José Alberto Martín-Toledano, ha achacado a los socialistas una "pose política para parecer muy de izquierdas", mientras desde Unidos Podemos-En Comú-En Marea Eduardo Santos ha advertido de que el voto favorable de este martes solo supone el inicio del camino: "Tendremos que negociar a fondo porque no vamos a dar un cheque en blanco”.

También Ciudadanos se ha posicionado contra la iniciativa del PSOE. Su portavoz, Miguel Gutiérrez, ha lamentado el "afán derogador que busca titulares más que defender libertades civiles" y ha recordado que en el pacto firmado por Albert Rivera y Pedro Sánchez en 2016 se comprometían "a revisarla, no a derogarla". "La derogación de una ley como esta provocaría un enorme vacío legal" ha zanjado, no sin dejar constancia de la ausencia del Gobierno en el debate de hoy, especialmente la del ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido.

El PP negociará la propuesta del PNV
La proposición del PNV, defendida por Mikel Legarda, ha recabado mejores palabras, incluso del PP. Aunque los conservadores han votado en contra de su toma en consideración, su portavoz se ha mostrado "mucho más cerca" de esta que la del PSOE: "Pero no compartimos la totalidad ni literalidad de algunos cambios. Habrá que negociar".

Martín-Toledano también se ha referido de forma tangencial a la intervención del portavoz de ERC, Gabriel Rufián, quien ha calificado la ley mordaza como "una de las mayores canalladas de esa maquinaria reaccionaria que gana elecciones que es el PP" y a quien el portavoz del PP ha querido relacionar con el PSOE: "No quiere estar en el club de los rufianes".

Una reforma que sumara al PP, a Ciudadanos y al PNV recabaría 169 votos a favor. A siete de la mayoría absoluta necesaria. La derogación absoluta la han defendido el PSOE, más el diputado de Nueva Canaria, Unidos Podemos y Compromís y ERC: 165 votos. Los ocho diputados del PDeCAT (la antigua Convergència) volverán a ser determinantes.

Es un importante primer paso en espera de que haya muchos más hasta su derogación.
 
Eso de la reforma me deja confusa...

Grandes titulares de que el PSOE y el PNV obliga al PP a reformar....Pues no Sres....¡hay que derogarla!.

¿Que se va a dejar de esa ley? Estos son los puntos calientes....






La Ley Mordaza limita el derecho a la huelga y la libertad sindical, aunque el texto no lo menciona de manera explícita, sino que impone multas por “obstruir” el desarrollo de las funciones de un empleado público, lo que, según han denunciado los sindicatos, atenta contra el derecho fundamental de huelga. También sanciona por perturbar la seguridad ciudadana mediante la colocación de objetos, mobiliario, contenedores o neumáticos, y por tanto pone en la diana a los piquetes.




La ley castiga "ocupar un inmueble en contra de la voluntad del propietario", lo que permite multar la presencia de sindicalistas en empresas, en caso de huelga.



Las multas por manifestación

La ley aumenta las multas por manifestarse sin permisos, por la negativa a disolver una concentración o provocar altercados, y las sanciones pueden ir desde los 600 euros hasta los 600.000 euros, si la protesta se desarrolla cerca de instituciones como el Congreso o el Senado y perturba su funcionamiento. Llamar en Twitter, Facebook o Instagram a iniciar una manifestación sin autorización también es sancionado.

La norma permite castigar, además, con multas desde 600 y hasta 30.000 euros a personas que impidan un desahucio.

Grabar a policías

La ley aprobada por Rajoy castiga "el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información". Las multas por grabar a agentes de la seguridad pueden llegar hasta los 600.000 euros.


Las devoluciones en caliente

Es uno de los temas más sensibles incluidos en la ley, ya que autoriza las “devoluciones en caliente” de inmigrantes en las vallas de Ceuta y Melilla, esto es, devolverles al otro lado de la frontera cuando hayan pisado territorio español, sin ser identificados y sin dejarles opción de protección, incluso en casos en los que la vida de esas personas corra peligro en sus países de origen, violando los Derechos Humanos fundamentales.

El botellón

La ley establece, además, penalizar otras conductas, como el consumo de alcohol o drogas en las calles: multas de hasta 600 euros para quienes hacen botellón y de entre 600 y 30.000 por fumar porros.

Si se echa para atrás la limitación a la huelga, a la manifestación, a las grabaciones de los policías, a las devoluciones en caliente, al botellón..¿.no sería mejor derogar la ley que reformarla?

¿En que la van a reformar? ¿Solo un poquito? ¿Que es lo que van a dejar en vigor después de la reforma? Hummm Estoy muy mosca...
 
OPERACIÓN ARAÑALa cara B de las acusaciones de los fiscales por enaltecimiento en redes sociales


Los escritos de acusación con los que los fiscales están pidiendo penas de prisión por enaltecer el terrorismo en redes están trufados de mensajes que rara vez pueden considerarse delictivos y que tratan de criminalizar comportamientos o pensamientos que nada tienen que ver con el enaltecimiento del terrorismo




Varios de los tuiteros condenados.

MÁS INFORMACIÓN

MADRID
21/11/2017 22:45 Actualizado: 22/11/2017 09:28
ALEJANDRO TORRÚS

@ATorrus
El fiscal de la Audiencia Nacional José Perals Calleja pidió dos años de prisión y una multa diaria de 10 euros durante 16 meses contra el abogado Arkaitz Terrón Vivespor un presunto delito de enaltecimiento del terrorismo en redes sociales. Su delito, según el escrito del fiscal, había sido rendir homenaje en redes sociales a tres de los cinco últimos fusilados por el franquismo en septiembre de 1975; escribir dos chistes sobre el expresidente del Gobierno franquista Carrero Blanco; uno más sobre la víctima del terrorismo de ETA Irene Villa; y despedir con las palabras "Salud y honor" al preso Arkaitz Bellon, que murió en la cárcel tras ser condenado por acciones de kale borroka.

El fiscal Perals Calleja en su misión de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público, tal y como marca la Constitución Española, perseguió mensajes que rendían tributo a tres luchadores antifranquistas que son homenajeados cada 25 de septiembre. ¿Se imaginan al fiscal Perals imputando a Luis Eduardo Aute por la canción Al alba, que homenajea precisamente a esos cinco últimos fusilados?


El fiscal Perals Calleja defendió que el solo hecho de que los tuits estuvieran publicados incitaba a la violencia
La sentencia de la Audiencia Nacional absolvió al acusado, con los jueces Ramón Sáez y Manuela Fernández como ponentes. Los magistrados entendieron que los mensajes "no enaltecían ni justificaban el terrorismo, tampoco incitaban, propiciaban o alentaban la violencia terrorista". Sin embargo, el fiscal defendió que el solo hecho de que los tuits estuvieran publicados incitaba a la violencia, al margen del destinatario, del número de seguidores e incluso de la mayor o menor difusión del mensaje. El magistrado Fernando Grande Marlaskaconsideró con un voto particular que se debía condenar al acusado en el grado mínimo de la pena por enaltecimiento.

En este caso, las acusaciones del fiscal Perals Calleja fueron desoídas por la Justicia. Arkatiz Terron fue declarado inocente. No sucede en todos los casos. Este reportaje recopila las partes de los escritos de acusación de fiscales por delitos de enaltecimiento del terrorismo en redes que difícilmente pueden ser considerados como una apología de la violencia terrorista.

"Me sorprende el afán persecutorio de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, sobre todo cuando su función es la de investigar el terrorismo y el Supremo ya dijo que el enaltecimiento es un delito de opinión y no de terrorismo", sostiene la jurista especializada en Código Penal Isabel Elbal, que denuncia que el gran problema del delito de enaltecimiento es que es "está sin definir correctamente". "Unas veces retuitear es delito y otras no. Unos chistes son delitos y otros, no. Unos son imputados y otros, no. Eso crea inseguridad jurídica", prosigue la experta, que señala que sería mucho "más lógico" dedicar estos recursos escasos de la Justicia en investigar delitos de índole económico, como la corrupción, antes que a realizar búsquedas en redes sociales para ver si alguien ha tuiteado algo de ETA, los Grapo o Carrero Blanco.

A la espera de la sentencia de la Audiencia Nacional están los 12 raperos de La Insurgencia, un colectivo de hip hop nacido en las redes, que fueron juzgado recientemente por enaltecimiento del terrorismo de los Grapo y están a la espera de la sentencia. En este caso, el escrito de acusación del fiscal José Perals Callejaes cuanto menos sorprendente. Por varios motivos. El primero, porque los versos que supuestamente violan la ley están mal identificados y peor minutados.




Arkaitz Terron Vives, el fiscal pidió dos años de cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo. EFE

Por otro lado, el escrito mezcla referencias concretas a miembros del Grapo con acusaciones que no parecen tan delictivas: "Mantiene una tónica subversiva frente al orden constitucional democrático", recoge el escrito. Así, entre las frases citadas por el fiscal se da un confuso cóctel que mezcla reivindicaciones de miembros del Grapo encarcelados, llamadas a la lucha contra el sistema capitalista o el orden constitucional y críticas a Pablo Iglesias o a IU por "reformistas". "Hay que estar alerta, con tanta rata suelta, los reformistas de Podemos no nos representan", es una de las frases que recoge el fiscal.

"Mantiene una tónica subversiva frente al orden constitucional democrático", recoge un escrito de acusación del fiscal Perals Calleja
También por enaltecer el terrorismo de los Grapo fue denunciado el joven de 22 años que se encontraba tras la cuenta de @JaviMartinez08. Este chico aceptó la pena de dos años de cárcel y ocho de inhabilitaciónpara evitar los los 2,6 años que pedía la Fiscalía y 9 de inhabilitación. Es decir, para evitar su ingreso efectivo en prisión. El juez ponente de su caso fue, precisamente, Fernando Grande Marlaska, el mismo que hubiese sentenciado pena de prisión para Arkaitz Terrón. En este caso, el acusado estaba sentado en el banquillo por escribir mensajes como: "No me callo viva los Grapo!; "A Olentzero le pido la cabeza del Rey"; "El que siembra miserias recoge bombas lapa"; "Tengo una bala de plata para Esperanza Aguirre"; "o "5 policías no! Que sean muertos!" en referencia a la protesta 'Asedia el Congreso' en la que resultaron heridos varios agentes antidisturbios.

Prohibido reírse del asesinato de un tirano
Los chistes sobre el asesinato del expresidente franquista Carrero Blanco son más que habituales en los escritos de acusación de los detenidos por presunto enaltecimiento en redes sociales. El caso más popular es el de Cassandra Vera. La joven murciana fue condenada por la Audiencia Nacional a un año de prisión por el delito de humillación a las víctimas del terrorismo. El fiscal Pedro Martínez Torrijospidió dos años de prisión para ella por escribir trece tuits en los que bromeaba sobre el expresidente franquista Carrero Blanco, asesinado por ETA en 1973. En la sentencia, el juez ponente Juan Francisco Martel sorprendió a muchos cuando argumentó la condena a Cassandra señalando que "la lacra del terrorismo persiste, aunque con menor intensidad", a pesar de que ETA declaró el alto al fuego permanente en 2011.

El fiscal Pedro Martínez Torrijos pidió dos años de prisión para Cassandra por escribir trece tuits en los que bromeaba sobre Carrero Blanco
El fiscal Martínez Torrijos también formuló el escrito de acusación contra el tuitero Jordi C.T, conocido como @Puta_Espanya, que aceptó el acuerdo ofrecido por el propio fiscal de un año de cárcel y siete meses de inhabilitación. El escrito de acusación recogía cuatro chistes sobre la víctima de ETA Irene Villa; un "te lo mereces Carrero", y mensajes como los siguientes: "No por mucho madrugar, Gora Eta Militar", bajo la etiqueta #Inventatupropiorefrán; o "Bolinaga el vasco que tuvo retenido a Ortega Lara, ha fallecido. Hoy en la sede de Vox ya sé qué hijo de put* va a pagar las rondas".

Mejor suerte corrió en su juicio en la Audiencia Nacional Rubén González González, que fue acusado de un delito de enaltecimiento de terrorismo por el que procedía imponer una "pena de prisión de dos años y seis meses" y una multa de seis euros diarios durante 14 meses. El escrito de acusación de la fiscal Teresa Sandoval recogía cinco tuits. El primero fue publicado el 25 de septiembre de 2015, cuando se celebraron varios homenajes a los cinco últimos fusilados por Franco. "Pero los únicos que se levantaron frente a la impunidad del estado fascista y le dieron justa respuesta a esos fusilamientos fueron los Grapo", escribió.




Cassandra se sentó en el banquillo por los tuits sobre Carrero Blanco. EFE/Ballesteros

La fiscal también recogió que González había tuiteado el nombre del miembro de los Grapo Abelardo Collazo, abatido a tiros por la Policía Nacional tras escapar de prisión, bajo la leyenda "héroe de la clase obrera". También publicó una imagen del miembro de los Grapo Manuel Pérez Martínez con el texto: "Es comunista, no terrorista, Libertad Arenas". La fiscal también denuncia que el acusado había escrito mensajes como "la riqueza de los pobres es oponer resistencia, ser la pesadilla del burgués que nos desprecia" o "los derechos de los trabajadores no se obtienen en el Parlamento, se conquistan luchando en las calles". Las dos frases iban acompañadas de imágenes de "actos de violencia callejera o kale borroka", según la fiscal Sandoval. Finalmente, González también fue absuelto.

"Los derechos de los trabajadores no se obtienen en el Parlamento, se conquistan luchando en las calles", aparece entre las frases por las que acusaron a González
Por enaltecer el terrorismo de los Grapo también fue juzgado, y en esta ocasión condenado, el cantante César Strawberry, líder de la banda Def con Dos. La sentencia del Supremo consideró que los seis tuits que se juzgaron del artista "alimentan el discurso del odio, legitiman el terrorismo como fórmula de solución de los conflictos sociales y obligan a la víctima al recuerdo de la lacerante vivencia de la amenaza, el secuestro o el asesinato de un familiar cercano". ¿Pero qué había dicho Strawberry? Pues, entre otros, tuits como este: "El fascismo sin complejos de Aguirre me hace añorar hasta los GRAPO"; "A Ortega Lara habría que secuestrarle ahora"; "Street Fighter, edición post ETA: Ortega Lara versus Eduardo Madina" o "Cuántos deberían seguir el vuelo de Carrero Blanco".

Strawberry, sin embargo, había sido absuelto por la Audiencia Nacional en primera instancia. La sentencia absolutoria, por contra, fue recurrida por el fiscal Carlos Miguel Bautista, que señalaba que las frases de Strawberry debían analizarse atendiendo únicamente a la literalidad del tuit, sin tener en cuenta ni el autor, ni el contexto, ni el resto de circunstancias concomitantes. El recurso fue aceptado por el Supremo que acogió la teoría de la literalidad defendida por el fiscal Carlos Miguel Bautista.

El Valle de los Caídos y ETA como conflicto político
El fiscal Bautista también sentó en el banquillo de los acusados a Erlantz López de Ocariz y Txomin Mirena Gil por sus mensajes en redes sociales. Los dos pactaron con el fiscal una condena de año y medio de cárcel y seis de inhabilitación para cargo público para evitar el juicio.

"ETA no es más que una consecuencia de un conflicto político, mientras que no se revuelvan las causas es imposible acabar con las consecuencias", escribió Erlantz López
En el caso de Erlantz López, el fiscal Bautista incluyó en su escrito de acusación mensajes del condenado como el que sigue: "ETA no es más que una consecuencia de un conflicto político, mientras que no se revuelvan las causas es imposible acabar con las consecuencias". Asimismo, encontramos otras frases que difícilmente parecen delictivas: "El problema no es la Kale Borrola sino los motivos que la generan". El escrito también recoge que Erlantz López dio la bienvenida en sus redes a presos de ETA que quedaron en libertad tras cumplir condena.

Por otro lado, el fiscal Bautista también pidió dos años de cárcel para Txomin Mirena aunque finalmente acordaron un año y medio. El escrito de acusación recogió que el entonces acusado realizaba a través de su cuenta de Facebook con 415 "seguidores" un enaltecimiento continuado el terrorismo. El texto recogía que Txomin Mirena había señalado su deseo de "bombardear el Valle de los Caídos(con todos aquellos que lo defienden dentro)". Asimismo, también recogió el siguiente chiste sobre el asesinato de Carrero Blanco: "Se cumplen hoy 39 años del primer vuelo tripulado de la Agencia Aeroespacial Española, el almirante Luis Carrero Blanco comandaba la expedición".

Juicio pendiente
El mismo fiscal, Carlos Miguel Bautista, pide ahora un año y ocho meses de prisión para el periodista de la Haine Jorge Correa, alias Boro. Bautista escribe en su acusación que Boro tuiteó mensajes "a favor del agrupamiento" de los presos de ETA en las cárceles de Euskadi y Navarra bajo los lemas (traducido del euskera) "actuando a favor de Euskal Herria". El fiscal argumenta que "la puesta en práctica de la dinámica a favor de los presos de ETA fue ordenada por ETA en 1995". Otro de los mensajes incluidos en el escrito es que el acusado "publica la imagen de un mapa en el que se ubican con un tricornio las unidades de la Guardia Civil en el País Vasco, y comenta: 'El mapa del terrorismo español en HegoEuskalHerria. AideHemendik /Fuera de aquí'". En este caso, el fiscal Bautista señala que la expulsión de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado de Euskadi es "uno de los objetivos tácticos de ETA".




Alfredo Remirez Marañón durante su juicio por enaltecimiento del terrorismo. EMILIO NARANJO EFE

También se recoge en este escrito que el 7 de enero de 2013 el acusado publicó la imagen de una persona encapuchada con un cóctel molotov junto al lema "Viva la lucha callejera". A lo largo del escrito de acusación, que recoge hasta 23 publicaciones de Jorge Correa en sus redes sociales, se acumulan varios mensajes del acusado en los que se pide el reagrupamiento o la amnistía para los presos de ETA. El juicio a Jorge Correa se celebrará la semana próxima en la Audiencia Nacional.

Más de 70 acusados y uno en prisión
Estos son algunos de los casos de los 76 personas que han sido detenidas y acusadas de enaltecer el terrorismo en redes sociales dentro del marco de las diferentes operaciones araña, según datos proporcionados por la Guardia Civil a El País. De momento, solo uno de ellos, Alfredo Remírez, ha entrado en prisión. Fue condenado a dos años por enaltecer el terrorismo de ETA con mensajes en redes sociales. La sentencia se sumaba a otra anterior por el mismo delito, esta vez por portar un muñeco de cartón con la cara de un preso de ETA, durante las fiestas de Amurrio. Remírez entró en prisión durante la primera semana de noviembre. Días antes concedió una entrevista a Público: "La libertad de expresión en España es como los billetes de 500: no hay para los pobres".

http://www.publico.es/sociedad/oper...s-fiscales-enaltecimiento-redes-sociales.html
 
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'LA INSURGENCIA'Condenan a 2 años y 1 día de cárcel a los doce raperos de La Insurgencia
Los integrantes del colectivo acusados de delitos de enaltecimiento del terrorismo también han sido sancionados con una multa de 4.800 euros y nueve años de inhabilitación absoluta.


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POLÍTICA 05.12.2017 10:06

PÚBLICO

La Audiencia Nacional ha condenado a dos años y un día de prisión a los doce raperos del colectivo La Insurgencia, acusados de delitos de enaltecimiento del terrorismo. El alto tribunal también les condena al pago de una multa de 4.800 euros y a nueve años de inhabilitación absoluta.


La sentencia no rebaja ni un solo día la pena que solicitó el fiscal José Perals -que también fue el fiscal que pidió los 375 años de cárcel para los jóvenes del caso Altsasu-. Según informa a El Salto uno de los miembros de La Insurgencia, Saúl Zaitsev, los raperos recurrirán al Supremo. Pero si éste no acepta el recurso, los jóvenes entrarán en la cárcel ya que la condena impuesta impide la posibilidad de solicitar la suspensión de la pena de cárcel.

A juicio 12 miembros del colectivo de hip-hop La Insurgencia por enaltecimiento de los Grapo en algunas de sus letras
La Fiscalía dice en su escrito que las letras denunciadas suponen un mensaje de "enaltecimiento del terrorismo" ya que el grupo "ensalza de manera casi sistemática la organización terrorista PCE (r) - GRAPO" y el mensaje de sus canciones "mantiene una tónica subversiva frente al orden constitucional democrática".

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Frases críticas con la monarquía, el Gobierno o el propio sistema son las denunciadas: "Leyendo a presos de los Grapo entendí muchas cosas, como que la lucha de clases no se gana con rosas" / "Yo no lleno salas diciendo que el Rey tiene una bala con el nombre de Lasa y Zabala, terrorismo institucional" / "Estoy de lado, estoy con los parias, quiero ver a Rajoy atado a una vida precaria, con rabia me revelo, con la misma que se hizo volar a Carrero, vuelos altos bajo esta dictadura. Franco murió pero Juan Carlos siguió con la tortura".

"No entendemos que nos quieran en la cárcel. Nuestra música transmite la rabia de una generación sin futuro"
Si el Supremo no acepta el recurso de los raperos, los jóvenes entrarán en la cárcel

Sin embargo, como dijo Zaitsev a Público, desde el colectivo denuncian que "la Fiscalía
pretende sacar frases inconexas de nuestras canciones, sin coherencia
, como si fuese un discurso político o un mitin. Una canción tiene que ser entendida dentro de su disco, dentro del todo. Determinadas frases pueden sonar agresivas, pero nadie puede ir a la cárcel por hacer canciones de mal gusto. O eso pensaba yo hasta ahora".




Las coincidencias en los tribunales no sólo ocurren con el fiscal José Perals y los jóvenes de Altsasu. De hecho, la Audiencia Nacional es la misma que condenó a doce años de cárcel a Mónica C. y Francisco S. por la detonación de la basílica del Pilar de Zaragoza. De este caso derivaron los procesos judiciales de las operaciones Pandora y Piñata, por la que Nahuel estuvo año y medio en prisión.

http://m.publico.es/politica/202357...rcel-a-los-doce-raperos-de-la-insurgencia/amp


¡¡En los países avanzados de la UE tienen que estar flipando en colores!!
 
LA INSURGENCIALa Audiencia Nacional basa en un "riesgo abstracto" de nuevos atentados la condena a prisión a 12 raperos


Letrados denuncian que la sentencia que condena a dos años y un día a los doce raperos de La Insurgencia contradice la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La magistrada Ángela Murillo se desmarca de la decisión y señala que los condenados solo buscaban "notoriedad".



Los acusados durante el juicio iniciado en la Audiencia Nacional - FOTO: Luca Piergiovanni/ Efe

MÁS INFORMACIÓN

MADRID
06/12/2017 23:17 Actualizado: 07/12/2017 18:11
ALEJANDRO TORRÚS

@ATorrus
Para las magistradas de la Audiencia Nacional Teresa Palacios Criado y Carmen Paloma González los jóvenes raperos que integran el colectivo La Insurgencia son culpables de un delito de enaltecimiento del terrorismo. Por ello, los doce integrantes enjuiciados han sido condenados a dos años y un día de prisión, con el voto discrepante de la magistrada Ángela Murillo Bordallo, que los consideraba inocentes. Sin embargo, llama la atención el hecho de que la sentencia condenatoria no explique qué riesgo concreto para "la convivencia pacífica de la sociedad" suponen las letras del grupo de rap La Insurgencia.

De hecho, la propia sentencia especifica que no hay un riesgo concreto de que las letras animen a la comisión de nuevos atentados y que se trata, más bien, de un"riesgo abstracto" a que las canciones del grupo puedan animar al público a seguir el ejemplo de los GRAPO. Este dato, según la experta en Derecho Penal Isabel Elbal, incumple la última Directiva de la UE sobre el delito de enaltecimiento. Asimismo, la sentencia también incumple con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos al no tener en cuenta como punto a favor de los ya condenados que los GRAPO no están en activo desde hace años.

"La sentencia dice que las letras no suponen un riesgo concreto y que se trata de un riesgo 'abstracto', que no explica ni cuál es", explica Elbal
"La última Directiva de la UE que se pronuncia sobre el delito de enaltecimiento del terrorismo, que se publica en España en febrero de 2017, establece que se debe tener en cuenta el riesgo para la 'convivencia pacífica' de la sociedad, que es el bien jurídico a proteger. La Directiva dice que el riesgo ha de ser cierto y concreto. Pues bien, la sentencia dice que las letras de La Insurgencia no suponen un riesgo concreto y que se trata de un riesgo 'abstracto', que no explica ni cuál es", explica a Público la abogada, que denuncia que la sentencia se refiere a un riesgo "futurible, de términos imprecisos, y que no tiene por qué ocurrir".

La decisión, de la que es ponente la magistrada Teresa Palacios, establece únicamente el riesgo "potencial" de que los receptores de las canciones de La Insurgencia pudieran alinearse con las tesis defendidas por el grupo "fruto de su juventud, de la falta de conocimiento cabal de los acontecimientos terroristas o de encontrarse en una situación de desesperación por su precariedad económica". Asimismo, la magistrada también señala en su sentencia que los ya condenados "dan ideas de cómo llevar a cabo" los ataques que propugnan: "Impuestos revolucionarios, quemar cajeros...".

"La sentencia de dos años y un día de prisión me parece totalmente desproporcionada. Como dice el voto particular de la magistrada Murillo, me parece que sus letras no son delictivas y sí un ejercicio de la libertad de expresión, la cual ampara discursos que puedan ser molestos e incluso hirientes, siempre que no promuevan, favorezcan, faciliten o instiguen y justifiquen el uso de la violencia", ha explicado a Público el abogado de la Red Jurídica Cooperativa Daniel Amelang.

"Me parece que sus letras no son delictivas y sí un ejercicio de la libertad de expresión", dice el abogado Daniel Amelang
De hecho, Isabel Elbal denuncia que la sentencia "parece querer decirnos cómo tiene que ser el rap y lo que el rap puede hacer o no". "Yo creo que se ha enjuiciado a unas personas por lo que sienten y lo que piensan y sin tener en cuenta el contexto y el entorno", prosigue la profesora de Derecho procesal penal en el Centro de Estudios del Colegio de Abogados de Madrid.

No respeta jurisprudencia del TEDH
La letrada del despacho Boye-Elbal Abogados lamenta que la Audiencia Nacional no haya tenido en cuenta como elemento a favor de los acusados el hecho de que ni ETA ni GRAPO están activas en la actualidad. La ponencia reconoce, de hecho, que las organizaciones están "prácticamente desmanteladas e inoperantes", pero no valora este hecho de manera positiva para los acusados.

"La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que es de obligado cumplimiento, dice que hay que tener en cuenta el contexto en el que se producen la publicación de estos mensajes y si se trata de un contexto de violencia generalizada. Es evidente que no hay una violencia generalizada y que las organizaciones no están en activo, pero eso no lo valoran", denuncia Elbal.

"Dado que la sentencia se refiere principalmente a los GRAPO, cabe preguntarse por qué no se ha tenido en cuenta el contexto"
En esta misma línea se manifiesta el abogado Amelang, que recuerda que el propio Supremo, en el mes de junio, corrigió la doctrina Strawberry y absolvió a un acusado por un delito de enaltecimiento del terrorismo debido, entre otras razones, a la "inexistencia de un contexto de violencia terrorista relacionado con los Grapo" ya que la "organización desapareció hace años". "Dado que la sentencia de La Insurgencia se refiere principalmente a esta organización, cabe preguntarse por qué no se ha tenido en cuenta el contexto de los GRAPO en esta sentencia", se pregunta Daniel Amelang.

Voto particular: "Buscan llamar la atención"
La sentencia del tribunal de la Audiencia Nacional cuenta con el voto particular discrepante de la magistrada Ángela Murillo Bordallo, que pide la absolución de los doce acusados. La juez arranca su breve escrito señalando que discrepa "profundamente" de la "decisión" adoptada por el Tribunal de la Audiencia Nacional.

"Considero que en el ánimo de estas criaturas lo que subyace es lograr notoriedad, reafirmando sus personalidades, en definitiva, llamar la atención que por otras vías no pueden conseguir. Sus palabras y gestos infantiles en el plenario les delataron", escribe la magistrada presidente del Tribunal Ángela Murillo, que señala que las canciones de los jóvenes no "constituye, en puridad de conceptos, enaltecimiento del terrorismo ni justificación de acciones terroristas", sentencia.

http://www.publico.es/politica/insu...vos-atentados-condena-prision-12-raperos.html

Francamente hay jueces y juezas que se deben reciclar o dejar la Justicia porque son un peligro para la libertad de expresión.

Vuelvo a decir: Enla UE deben estar flipando en colores.
 
Delito de RT


2017 ha sido el año del avance incontenible de la aplicación extensiva de los delitos de opinión

Paso a paso la libertad de expresión agoniza bajo las patazas de los que se llenaban la boca diciendo “Je suis Charlie”

Elisa Beni
30/12/2017 - 19:48h
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M.D.

Muchos balances pueden hacerse sobre el año que hoy termina y cada uno podrá poner el acento en el aspecto que más le interese o le preocupe. Muchos lo harán, sin duda, en el tema catalán pero para mí 2017 ha sido el año del avance incontenible de la aplicación extensiva de los delitos de opinión y de la restricción de la libertad de expresión. El año de la condena a raperos y tuiteros. El año en el que Interior culminó la fiesta avisándonos en Twitter de que tuviéramos cuidado con lo que reutuiteamos. El año en el que el Partido Popular presentó una proposición no de ley para acabar con el anonimato en Internet. El año de los que piden cárcel por odiar. El año de los que confunden a los que piensan distinto con los que les odian. El año en el que la libertad de expresión agonizó un poco más. El año en el que más veces me preguntaron que por qué decía que no podíamos encarcelar a los que dicen cosas que nos parecen reprochables. El año en el que te desean que te las digan a ti, como si eso fuera la medida de tu criterio.

La guinda la puso el CM de Interior el otro día con un simple tuit que pretendía atemorizar por la vía de advertir.Y eso, cuando sucede en materia de expresión y comunicación, es una invitación a la autocensura que inquieta de cualquier modo, pero más si procede de tal ministerio.

“ATENCIÓN: Retuitear mensajes de enaltecimiento del #terrorismo también puede ser delito.El tipo penal no exige haber creado el tuit, basta retuitearlo, darle publicidad, expandiendo el mensaje a gran cantidad de personas”

Los chicos de Interior acompañaban el enlace de una sentencia del Tribunal Supremo, la 3804/2017, dictada dos meses antes. No se trataba pues de dar difusión a una novedad sino de recordar que un gesto de dedo te puede costar la cárcel... según esa resolución. Los chicos de Interior no explicaban que la doctrina al respecto del Tribunal Supremo no es pacífica, que es cuanto menos pendular, y que existen otras dos resoluciones de este mismo año -prolífico, ya lo advertí- que dicen exactamente lo contrario. Los chicos de Interior optan, como no, por la versión más recortada y optan por recordarla de forma selectiva. Ya saben,con una total neutralidad y sin afán de coartar a los tuiteros.

Lo cierto es que se apuntan a la interpretación más restrictiva de la libertad de expresión y a la más expansiva del Derecho Penal. No me pregunten con qué empeño.

Sería más sensato denunciar ante los tuiteros y ante la sociedad española que ahora mismo existe una doctrina errática del Tribunal Supremo sobre esta cuestión que deja al ciudadano sumido en la perplejidad y que nos enfrenta a una interpretación potestativa de nuestra actividad en redes sociales que se supedita a la voluntad de los intérpretes. La cosa es tan grave que el propio presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo no lo debe tener muy claro puesto que siendo ponente de la sentencia que condena al rapero Strawberry STS 4/2017, con una tesis que para muchos penalistas es extravagante, luego suscribe y firma una sentencia de cariz completamente opuesto, la 378/2017, y no firma ningún voto particular. En ese nivel de indefinición y de seguridad jurídica estamos. Esta última sentencia afirma taxativamente que para hablar de enaltecimiento tiene que haber una específica intencionalidad de incitar a cometer actos terroristas unida a un riesgo real de que se produzcan, así que retuitear mal puede ser enaltecimiento si no se dan esas premisas.

Tal y como están ahora las cosas:

-Según una sentencia del Tribunal Supremo, si retuiteas el baile de un aurresku en el funeral de un etarra, has cometido un delito y si retuiteas una foto de un féretro de un etarra sobre la que pone Agur eta Ohore, te comes unos años de prisión.

-Según otra sentencia de la misma Sala de lo Penal, si escribes Agur eta Ohore gudari, estás haciendo uso de tu libertad de expresión. Si retuiteas un tuit que enlaza con el blog “Otras víctimas” con un listado de etarras fallecidos, no cometes ningún ilícito penal. Si escribes “Yo sí odio al PP y al PSOE. A mí si me gustaría ver a cada uno de ellos colgando”, no has cometido ningún delito.

No hace falta que diga que yo comparto esta segunda postura, de la que fue ponente Luciano Varela, pero que firma también Marchena, como ya dije en una clara contraposición con su propia postura.

Ha sido 2017 un mal año. Si en los ochenta corrían malos tiempos para la lírica ahora lo hacen para la libertad de expresión. Tanto que lo que entonces se cantaba, ahora sería llevado ante los tribunales.

Para completar la ronda, el Partido Popular ha culminado la fiesta presentado unos pocos días antes de tomarnos las uvas una PNL en la que insta al Gobierno a legislar el final del anonimato en Internet. Una petición absurda si se limitara, como dicen, a que los jueces puedan saber quién ha cometido un presunto delito en las redes. Eso ya sucede, como todos sabemos. No. En su propuesta se enredan con las tecnologías que permiten cosas tan malignas como el cifrado extremo a extremo. ¡Dios nos libre de que podamos sustraernos al control!. Pide además “modificar las leyes para RESTRINGIR y LIMITAR el acceso a las red a todos aquellos que las incumplan”. Lo que supone establecer un nuevo tipo de encarcelamiento, una restricción de la vida digital, junto con la petición de la “creación de registros” para PREVENIR la comisión de delitos.

Paso a paso la libertad de expresión agoniza bajo las patazas de los que se llenaban la boca diciendo “Je suis Charlie”. Esos que seguro hubieran querido prohibir una revista como Charlie Hebdo en España.

Un mal año para la libertad de expresión. Un año del que salimos más débiles y con más miedo. Un año en el que nuestra inseguridad jurídica es mayor. Un año, en el que muchos se pensarán si escribir algo o hacer un RT. Por si acaso. Eso es precisamente lo que buscan.

Triste año viejo. Obliguemos a que el nuevo sea algo mejor aunque está bien difícil.



http://www.eldiario.es/zonacritica/Delito-RT_6_724137596.html
 

J.S.Sampedro estuvo un día en la plaza de Chamberi con el 15M del barrio.Pidió la palabra y habló de la importancia de resistir ante las represiones y el miedo,del derecho de los jóvenes a defender su futuro,el derecho a tener una vida digna y no sentirse esclavos de los que ostenta el poder.Que el poder se lo otorgan los ciudadanos con su voto en las urna, por lo tanto no se debe permitir que ese voto se vuelve en contra de los derechos humanos de los ciudadanos.Una sociedad no debe tolerar ser humillada por el poder que ellos mismos se dan a si mismos.Deben cumplir con la democracia y respetar a la sociedad civil, por encima de sus propios intereses.Hoy día me pregunto.Hubieran metido a Sampedro en prisión preventiva por subversivo???.No se debe permitir este desaforado abuso de poder de corte fascista,si no estaremos cada día más perdidos.Ningún poder puede impedir la libertad de expresión y pensamiento,es un derecho humano, que nada ni nadie puede impedir,ni aún utilizando la violencia de Estado contra esto.
 
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