La Manada, abuso sexual en Pozoblanco

¿Se sabe con certeza que sólo difunden el vídeo que hemos visto todos? es que me extraña mucho que ella declarara que se despertó completamente desnuda y que eso no lo hubieran grabado ¿no os parece raro?.
 
Son más, no? Hay que sumarle los delitos por grabar y compartir el vídeo.

Que por cierto no les ha pasado nada a los que estaban en el grupo de WhatsApp esperando las hazañas de estos mierdas? Guay, no? Si yo recibo la grabación de un delito cometido por otros y no lo denuncio no me pasa nada?

Esta es la noticia

"En concreto, José Ángel Prenda -que compartió el vídeo- ha sido condenado a un total de cuatro años y seis meses de cárcel por dos delitos: por abuso sexual (1 año y 6 meses) y contra la intimidad (3 años).

El resto de procesados han sido condenados a dos años y 10 meses de prisión: por abuso sexual (1 año y 6 meses) y contra la intimidad (1 año y 4 meses)"
 
Condenados a penas de hasta los 4,5 años de prisión los integrantes de 'La Manada' por los abusos en Pozoblanco


Las penas de tres de los condenados se elevan a 2 años y 10 meses de prisión. El cuarto, Jose Ángel Prenda, ha sido condenado a cuatro años y medio. El juez considera válidos los vídeos sobre el abuso descubiertos en sus móviles cuando fueron detenidos por la violación múltiple de una chica en los Sanfermines de 2016.



'La Manada' se enfrenta a otros siete años de cárcel por el caso de Pozoblanco
'La Manada' durante el juicio celebrado por el caso de Pozoblanco.

Firma nuestra petición para proteger a las víctimas de delitos sexuales

En España se denuncia una violación cada cinco horas, pero se producen muchas más: exigimos que nuestro país cumpla con los tratados internacionales de DDHH, y que garantice justicia y reparación a las víctimas.


MADRID

04/06/2020 10:10 ACTUALIZADO: 04/06/2020 15:49
JULIA PÉREZ / MARISA KOHAN

El Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba ha condenado a los cuatro miembros de La Manada a penas de prisión que suman un total de 2 años y diez meses para tres de los acusados y 4 años y medio de cárcel para el cuarto: José Ángel Prenda.

Estas penas son la suma de dos tipos delitos estimados por el juez. Por un lado, el magistrado condena a los cuatro hombres a una pena de un año y medio de prisión por el delito de abusos sexuales. La sentencia resalta que si bien este delito tiene asignada una pena de 1 a tres años de prisión, en este caso
concreto, "las circunstancias personales de los acusados, quienes con posterioridad a estos hechos llevaron a cabo una conducta ilícita de mayor gravedad aún, los hechos cometidos en Pamplona y cuya notoriedad pública ha sido muy importante, llevan a considerar que la consecución de los fines de prevención especial de la pena determinan la necesidad de una pena
en extensión superior al mínimo legal".

Además de esta pena, la sentencia condena a los cuatro miembros de la manda por un delito contra la intimidad por grabar a la víctima y distribuir las imágenes, aunque lo hace con penas distintas. Así, tres de ellos han sido condenados a un año y cuatro meses de cárcel, pena que se incrementa hasta los tres años de prisión para el cuarto de los acusados (Prenda), al considerar probado que fue el responsable de distribuir las imágenes a grupos de Whatsapp. Por ello el juez le aplica un el subtipo agravado. De igual modo, condena a Alfonso Jesús Cabezuelo al pago de una multa de 240 euros por un delito leve de maltrato, al pegar a la víctima por negarse ésta a realizarle una felación en el coche.

El juez decreta en la sentencia, además, una indemnización conjunta y solidaria de los cuatro condenados de 13.150 euros en concepto de responsabilidad civil y una obligación de alejamiento de la víctima de 500 metros y de comunicación durante cuatro años, mas un años extra de libertad vigilada tras cumplir la pena.

José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Jesús Escudero y Antonio Manuel Guerrero están condenados ya a 15 años de cárcel por la violación grupal de la joven en Pamplona, junto a un quinto miembro y recibieron la sentencia en los centros penitenciarios en los que están recluídos.

Según fuentes de la acusación popular, la víctima recibió la noticia de la condena a través de la televisión, por una filtración de la sentencia, sin haber sido notificada con antelación.

Penas más bajas que las pedidas por las acusaciones

Las penas de cárcel y de indemnización son sensiblemente más bajas que las solicitadas por las distintas acusaciones. El Ministerio Fiscal solicitaba un total de seis años para casa uno de los acusados (dos años por la supuesta comisión de un delito de abusos sexuales y otros cuatro por delitos contra la intimidad por la difusión de los vídeos) y una indemnización 10.500 euros de indemnización total.

Por su parte, la acusación particular, ejercida por la víctima solicitaba penas cercanas a los siete años (dos años y seis meses de cárcel por delitos sexuales y de cuatro años y tres meses por delitos contra la intimidad). Además solicitaban una indemnización de 83.600 euros por delitos contra la intimidad y daños morales.

Finalmente la acusación popular, ejercida por la Asociación Clara Campoamor, solicitaba una pena de 5 años cárcel para Cabezuelo por un delito de agresión sexual y penas similares a la acusación particular para el resto.




Hechos probados

En la sentencia, el juez considera probado que los cuatro acusados acudieron en la madrugada del día 1 de mayo de 2016 a la feria de Torrecampo, coincidiendo en una caseta con la víctima, de forma que, en el transcurso de la noche, alguno de los acusados entablaron conversación con la joven, quien, llegada la hora de cierre de la caseta sobre las 7,15 horas, decidió volver a su domicilio en Pozoblanco. Fue entonces cuando en compañía de los ahora condenados subió a un vehículo y "en un momento indeterminado sin que se haya acreditado la causa de ello", la víctima "cayó en un estado de inconsciencia".

El juez señala que, durante el trayecto, "y aprovechando dicha situación de inconsciencia", todos los acusados, "con ánimo libidinoso, comenzaron a realizarle diversos tocamientos de carácter sexual", e incluso uno de ellos, "llega a darle varios besos en la boca", añadiendo que, mientras llevaban a cabo dichos tocamientos, el acusado otro "realizó la grabación de dichos actos, con la aceptación y concierto previo de todos los demás".

La sentencia confirma que esta grabación "se realizó durante el tiempo en que la joven se encontraba inconsciente, de modo que no estaba siquiera capacitada para otorgar consentimiento alguno para ello". Según el magistrado, estas acciones se realizaron con el ánimo de "vejar y vulnerar la intimidad de la perjudicada". José Ángel Prenda, afirma la sentencia, envió el archivo con las imágenes grabadas entre las 7,45 y las 7,52 horas a dos grupos de WhatsApp de los que formaban parte tanto los acusados como terceras personas ajenas a estos hechos.



El vídeo donde abusan de la joven inconsciente

Una de las incógnitas sobre este juicio, que se celebró en noviembre pasado, era saber si el juez consideraría válidos como prueba los vídeos sobre estos abusos descubiertos en los móviles cuando los miembros de La Manada fueron detenidos por la violación de una joven durante aquellos Sanfermines. El abogado defensor había basado su defensa en la idea de que las imágenes se habían conseguido de forma ilícita.

El juez considera en la sentencia que se trata de una prueba válida y que en su obtención no se han vulnerado "los derechos al secreto de las comunicaciones ni a la intimidad" , por lo que concluye que "la prueba videográfica, así como los mensajes de WhatsApp igualmente aportados, es plenamente lícita, no procediendo la declaración de nulidad pretendida por la defensa".

 
Condenados a penas de hasta los 4,5 años de prisión los integrantes de 'La Manada' por los abusos en Pozoblanco


Las penas de tres de los condenados se elevan a 2 años y 10 meses de prisión. El cuarto, Jose Ángel Prenda, ha sido condenado a cuatro años y medio. El juez considera válidos los vídeos sobre el abuso descubiertos en sus móviles cuando fueron detenidos por la violación múltiple de una chica en los Sanfermines de 2016.



'La Manada' se enfrenta a otros siete años de cárcel por el caso de Pozoblanco'La Manada' se enfrenta a otros siete años de cárcel por el caso de Pozoblanco
'La Manada' durante el juicio celebrado por el caso de Pozoblanco.

Firma nuestra petición para proteger a las víctimas de delitos sexuales

En España se denuncia una violación cada cinco horas, pero se producen muchas más: exigimos que nuestro país cumpla con los tratados internacionales de DDHH, y que garantice justicia y reparación a las víctimas.


MADRID

04/06/2020 10:10 ACTUALIZADO: 04/06/2020 15:49
JULIA PÉREZ / MARISA KOHAN

El Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba ha condenado a los cuatro miembros de La Manada a penas de prisión que suman un total de 2 años y diez meses para tres de los acusados y 4 años y medio de cárcel para el cuarto: José Ángel Prenda.

Estas penas son la suma de dos tipos delitos estimados por el juez. Por un lado, el magistrado condena a los cuatro hombres a una pena de un año y medio de prisión por el delito de abusos sexuales. La sentencia resalta que si bien este delito tiene asignada una pena de 1 a tres años de prisión, en este caso
concreto, "las circunstancias personales de los acusados, quienes con posterioridad a estos hechos llevaron a cabo una conducta ilícita de mayor gravedad aún, los hechos cometidos en Pamplona y cuya notoriedad pública ha sido muy importante, llevan a considerar que la consecución de los fines de prevención especial de la pena determinan la necesidad de una pena
en extensión superior al mínimo legal".

Además de esta pena, la sentencia condena a los cuatro miembros de la manda por un delito contra la intimidad por grabar a la víctima y distribuir las imágenes, aunque lo hace con penas distintas. Así, tres de ellos han sido condenados a un año y cuatro meses de cárcel, pena que se incrementa hasta los tres años de prisión para el cuarto de los acusados (Prenda), al considerar probado que fue el responsable de distribuir las imágenes a grupos de Whatsapp. Por ello el juez le aplica un el subtipo agravado. De igual modo, condena a Alfonso Jesús Cabezuelo al pago de una multa de 240 euros por un delito leve de maltrato, al pegar a la víctima por negarse ésta a realizarle una felación en el coche.

El juez decreta en la sentencia, además, una indemnización conjunta y solidaria de los cuatro condenados de 13.150 euros en concepto de responsabilidad civil y una obligación de alejamiento de la víctima de 500 metros y de comunicación durante cuatro años, mas un años extra de libertad vigilada tras cumplir la pena.

José Ángel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Jesús Escudero y Antonio Manuel Guerrero están condenados ya a 15 años de cárcel por la violación grupal de la joven en Pamplona, junto a un quinto miembro y recibieron la sentencia en los centros penitenciarios en los que están recluídos.

Según fuentes de la acusación popular, la víctima recibió la noticia de la condena a través de la televisión, por una filtración de la sentencia, sin haber sido notificada con antelación.

Penas más bajas que las pedidas por las acusaciones

Las penas de cárcel y de indemnización son sensiblemente más bajas que las solicitadas por las distintas acusaciones. El Ministerio Fiscal solicitaba un total de seis años para casa uno de los acusados (dos años por la supuesta comisión de un delito de abusos sexuales y otros cuatro por delitos contra la intimidad por la difusión de los vídeos) y una indemnización 10.500 euros de indemnización total.

Por su parte, la acusación particular, ejercida por la víctima solicitaba penas cercanas a los siete años (dos años y seis meses de cárcel por delitos sexuales y de cuatro años y tres meses por delitos contra la intimidad). Además solicitaban una indemnización de 83.600 euros por delitos contra la intimidad y daños morales.

Finalmente la acusación popular, ejercida por la Asociación Clara Campoamor, solicitaba una pena de 5 años cárcel para Cabezuelo por un delito de agresión sexual y penas similares a la acusación particular para el resto.




Hechos probados

En la sentencia, el juez considera probado que los cuatro acusados acudieron en la madrugada del día 1 de mayo de 2016 a la feria de Torrecampo, coincidiendo en una caseta con la víctima, de forma que, en el transcurso de la noche, alguno de los acusados entablaron conversación con la joven, quien, llegada la hora de cierre de la caseta sobre las 7,15 horas, decidió volver a su domicilio en Pozoblanco. Fue entonces cuando en compañía de los ahora condenados subió a un vehículo y "en un momento indeterminado sin que se haya acreditado la causa de ello", la víctima "cayó en un estado de inconsciencia".

El juez señala que, durante el trayecto, "y aprovechando dicha situación de inconsciencia", todos los acusados, "con ánimo libidinoso, comenzaron a realizarle diversos tocamientos de carácter sexual", e incluso uno de ellos, "llega a darle varios besos en la boca", añadiendo que, mientras llevaban a cabo dichos tocamientos, el acusado otro "realizó la grabación de dichos actos, con la aceptación y concierto previo de todos los demás".

La sentencia confirma que esta grabación "se realizó durante el tiempo en que la joven se encontraba inconsciente, de modo que no estaba siquiera capacitada para otorgar consentimiento alguno para ello". Según el magistrado, estas acciones se realizaron con el ánimo de "vejar y vulnerar la intimidad de la perjudicada". José Ángel Prenda, afirma la sentencia, envió el archivo con las imágenes grabadas entre las 7,45 y las 7,52 horas a dos grupos de WhatsApp de los que formaban parte tanto los acusados como terceras personas ajenas a estos hechos.



El vídeo donde abusan de la joven inconsciente

Una de las incógnitas sobre este juicio, que se celebró en noviembre pasado, era saber si el juez consideraría válidos como prueba los vídeos sobre estos abusos descubiertos en los móviles cuando los miembros de La Manada fueron detenidos por la violación de una joven durante aquellos Sanfermines. El abogado defensor había basado su defensa en la idea de que las imágenes se habían conseguido de forma ilícita.

El juez considera en la sentencia que se trata de una prueba válida y que en su obtención no se han vulnerado "los derechos al secreto de las comunicaciones ni a la intimidad" , por lo que concluye que "la prueba videográfica, así como los mensajes de WhatsApp igualmente aportados, es plenamente lícita, no procediendo la declaración de nulidad pretendida por la defensa".



Dos de ellos pertenecen o pertenecían porque no sé si han sido expulsados a CCFFSS que en su función está el de la protección de los ciudadanos.
 
Dos de ellos pertenecen o pertenecían porque no sé si han sido expulsados a CCFFSS que en su función está el de la protección de los ciudadanos.

Exactamente, @IDOLO
Y si lo miramos al revés? Cuánto me caería a mí por agredir a la autoridad? A un guardia civil o a un militar como estos? Pregunto. Cuánto les ha caído a los de Alsasua?

Vaya condena de MIERDA, y ha sido más alta porque lo grabaron y lo difundieron, o sea que ya saben todos estos infraseres que el problema es grabar, si no lo graban, una añito y a la puñetera calle.
Todo en orden ??????
Espero que la fiscalía recurra.
Si hay algo bueno aquí es que les va a ser más difícil conseguir un permiso o eso espero.
Panda de mierdas, y que haya aún gentuza que los defienda. Cómplices!
Que se jodan
 
Me parece correcta la sentencia, pero el propio Juez dice que les impone más del año que es el mínimo legal para los abusos porque después cometieron el delito de Pamplona y no se si, jurídicamente, cabe añadirles más pena por un delito posterior que no se está juzgando en ese juicio.

Si no fueran conocidos por lo de Pamplona les habría caído un año, más la parte del delito contra la intimidad, como se fallan muchos casos de abuso que no son mediáticos.

La parte buena es que, efectivamente, han sido condenados y que se ha acreditado la existencia de un delito.
 
Exactamente, @IDOLO
Y si lo miramos al revés? Cuánto me caería a mí por agredir a la autoridad? A un guardia civil o a un militar como estos? Pregunto. Cuánto les ha caído a los de Alsasua?

Vaya condena de MIERDA, y ha sido más alta porque lo grabaron y lo difundieron, o sea que ya saben todos estos infraseres que el problema es grabar, si no lo graban, una añito y a la puñetera calle.
Todo en orden ??????
Espero que la fiscalía recurra.
Si hay algo bueno aquí es que les va a ser más difícil conseguir un permiso o eso espero.
Panda de mierdas, y que haya aún gentuza que los defienda. Cómplices!
Que se jodan


Es lo que yo he comentado mas de una vez y es que no hay reciprocidad, es decir, si yo agredo a un GC aunque vaya de paisano, fuera de servicio es atentado contra la autoridad, tipo Alsasua, y sin embargo si él me agrede o me viola le aplican el mismo Código Penal que si lo ha hecho mi vecino del 5º que no es GC.

Será que la GC y demás elementos de CCSSEE están bien protegidos.
 
pero qué indignante me resulta leer esto. Lo he leído un millón de veces y un millón de veces me pongo negra. Desgraciados. A ver si cae el total, y junto a los 15 ( menos 2) se van a la cárcel 20 añitos. Igual ahí les cambia el gusto por abusar de chavalas que no están en plenitud de sus sentidos
Se ha quitado de las calles a unos verdaderos depredadores, su modus vivendi era ese, al parecer, y se retroalimentaban entre ellos.
Nada sabemos de los otros 15 participantes del wassap...Aunque su participación no haya sido física, la aceptación y mofa de unos hechos delictivos es de temer

Estaría bien discutir cuanto ha influenciado el por** en la mentalidad de estos gorilas porque en USA que hay más estudios para todo y está más "pornificada" la cultura se está viendo como los jóvenes que se han criado con por** cambian hasta su forma de ver a las mujeres, las objetifican hasta en el día a día, pierden capacidad de empatía con ellas, etc... y cada vez eso se está viendo más por aquí pero claro no se discute porque el por** es guay, juas, juas, juas...
 
Estaría bien discutir cuanto ha influenciado el por** en la mentalidad de estos gorilas porque en USA que hay más estudios para todo y está más "pornificada" la cultura se está viendo como los jóvenes que se han criado con por** cambian hasta su forma de ver a las mujeres, las objetifican hasta en el día a día, pierden capacidad de empatía con ellas, etc... y cada vez eso se está viendo más por aquí pero claro no se discute porque el por** es guay, juas, juas, juas...

Sin duda, lo que dices de la influencia del por**, y supongo del tipo de por** violento tiene todo el sentido. Pero, vamos, que estos ya estaban talluditos, que no tenían 18 años, sin minimizar el delito si hubieran sido más jóvenes, por supuesto.

Además de eso, también la porquería de educación y el entorno machista en el que se han criado. No había más que ver la reacción del padre o la hermana del prenda o la novia del GC.

Yo es que estoy convencida de que solo se lamentan de que los hayan cogido pero que ellos siguen sin considerar delito lo que hicieron. Una tía joven, borracha, sola, dónde está el problema? ???.
Este caso (o similares) saca lo peor de mí. Bueno, el caso en sí y los defensores y DEFENSORAS que tuvieron ellos en su momento. Los mismos y las mismas que la atacaron y la insultaron a ella, claro, muy valientes tod@s, cómplices más bien
 
Última edición:
De la sentencia:

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"Sin especial gravedad"
Sin embargo, al determinar la pena por abuso sexual, considera que "las conductas desarrolladas, más allá de la evidente ilicitud penal a la que se viene haciendo referencia, no se considera que revistan en sí mismas una especial gravedad". E indica que el daño para la víctima no proviene solo de los hechos, sino de otros factores "completamente ajenos a los acusados".
Ese factor es el interés mediático que vertió sobre el caso de Pozoblanco la violación grupal en los Sanfermines"

... que el "interés mediático determinó que un hecho que posiblemente en otro caso hubiera pasado inadvertido más allá del entorno más próximo a la víctima, se convirtió igualmente en noticia relevante y, por ello, conocida por una parte muy importante de la población".

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En serio? No le parece de "especial gravedad" al juez?? Será que no se lo han hecho a él? A una familiar? Pero, en manos de quién estamos? Esto es insultante!!! Pero, qué tienen que hacer? Matarla? Ah, sí, como a Nagore, que el asesino está aún en la cárcel, verdad? O como a la chica de Pamplona, que le costó una revictimización, insultos, ataques, difusión de su DNI, "jolgorio y regocijo" para que les cayeran un número de años medio decentes.

"Completamente ajeno a los acusados???" Quiénes siguieron delinquiendo, violando, abusando? Ellos, no? Es que encima no fue culpa de ellos.

Se habrá quedado tranquilo aquí el amigo. Repito, espero que la fiscalía recurra.

Los jueces y juezas de estos casos tienen que estar formados en violencia machista, de género, las leyes tienen que actualizarse conforme a la realidad de la sociedad, hasta que eso no pasa esto van a seguir siendo actos "sin especial gravedad". De esto dependen las sentencias y sobre todo que estos mierdas piensen por lo menos en las consecuencias que tienen estos actos.
 
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