Juicio al 'procés' - Referéndum en Cataluña — El conflicto catalán

Estado
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¿Te refieres a responder a la violencia que recibieron (piedras, sillas, etc)? Me parece perfecto oye.

NO. Los catalanes estaban votando PACIFICAMENTE hasta que desembarcaron los antidisturbios a reventar la votación con una violencia inusitada e innecesaria. Tanto, que llamó la Merkel a Madrid y la ONU ha explicado explicaciones. ¿qué parte no se entiende?

Las órdenes del TSJC eran que la actuación policial no debía afectar "la normal convivencia ciudadana", pero la policía militarizada se adentró en los colegios a PORRAZO LIMPIO, rompiendo vidrios, derribando a todo aquel que se cruzara en su camino, cargando y sembrando el terror.

En el centro de Barcelona unos jóvenes derribaron unas vallas policiales al paso de los blindados y en alguna localidad del interior cuatro gatos despidieron unos furgones de la GC con piedras. uuysss tremenda violencia.

Para violencia, la policial.

La que vio el mundo entero y Dastis calificó de "fake news" en la BBC para alucine general.
 
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Roger Torrent./ Efe

TRIBUNALES
La ignorancia de Torrent o por qué el Supremo va a tumbar su denuncia contra Llarena
La ley obliga a que la responsabilidad penal de los jueces se exija mediante querella.
16 junio, 2018 02:08
  1. ROGER TORRENT
  2. PARLAMENT DE CATALUÑA
  3. TRIBUNAL SUPREMO
  4. PABLO LLARENA
  5. DELITOS REBELIÓN
  6. DENUNCIAS
María Peral @Maria_peral
La denuncia presentada este viernes por el presidente del Parlamento catalán, Roger Torrent, contra el magistrado Pablo Llarena y los tres integrantes de la Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo va a ser inadmitida por la Sala Penal. El escrito de Torrent, en el que atribuye a cuatro jueces de la cúpula judicial graves delitos de detención ilegal y prevaricación, incumple uno de los requisitos más básicos que establece la ley: la exigencia de responsabilidad penal a los miembros del Poder Judicial requiere la interposición de una querella, no basta una mera denuncia.

La Ley Orgánica del Poder Judicial establece en su artículo 406 que "el juicio de responsabilidad penal contra jueces y magistrados podrá incoarse por providencia del tribunal competente o en virtud de querella del Ministerio Fiscal, o del perjudicado u ofendido, o mediante el ejercicio de la acción popular".



La exigencia de que sea una querella la vía para reclamar responsabilidad penal a los jueces es insoslayable, por lo que tanto el Supremo como los Tribunales Superiores de Justicia rechazan sistemáticamente todos los escritos que no respetan esa condición, muchas veces sin entrar siquiera en el fondo del asunto.



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Primer folio de la denuncia de Torrent./ E.E.




No es una simple cuestión de forma. A diferencia de la denuncia, la querella obliga al querellante a ser parte acusadora y a prestar la fianza que, en su caso, se señale, además de poder incurrir en responsabilidad por temeridad o mala fe.

Fuentes jurídicas consideran "inexplicable" un error "tan elemental" de Torrent, "salvo que la denuncia sea un paripé y lo que quiera es aparentar que hace algo, pero sabiendo que se va a inadmitir", apuntan.

La doctrina de la Sala Penal es constante y uniforme respecto a la necesidad de que las acciones contra jueces revistan la forma de querella. Un reciente auto dictado el pasado 3 de mayo con ponencia del presidente de la Sala, Manuel Marchena, rechazó admitir a trámite una denuncia contra magistrados del Tribunal Superior de Castilla y León "por la forma, ausencia de querella, y por el fondo, al no ser los hechos constitutivos de ilícito penal alguno, procediendo en consecuencia al archivo de las actuaciones".

Respecto al requisito formal, el auto explicaba que "la concurrencia de los presupuestos procesales determinados legalmente es una condición para el inicio de cualquier procedimiento en el que los mismos estén previstos".

"Estos presupuestos procesales", añadía, "han sido definidos en la doctrina como circunstancia o actos de los que depende la admisibilidad de todo el proceso o de determinados aspectos del mismo. En este sentido se ha considerado que tanto la competencia del Tribunal como la exigencia legal de querella constituyen presupuestos procesales de los que depende el proceso íntegramente".

La denuncia de Torrent, de 45 folios, sostiene que los magistrados Pablo Llarena, Miguel Colmenero, Francisco Monterde y Alberto Jorge -que han intervenido en la causa por rebelión iniciada en relación al proceso unilateral de secesión de Cataluña- habrían incurrido en "detención ilegal y otros delitos contra la Constitución, así como en un delito de prevaricación judicial" al acordar y ratificar la detención y retirada de la euroorden contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y por mantener en prisión preventiva a Jordi Sànchez y Jordi Turull, que fueron candidatos frustrados a presidir la Generalitat.
 
La portavoz de la Generalitat sigue en la línea del “filibusterismo legal” al afirmar que en España “no hay independencia judicial”
ELSA ARTADI RESPONDIÓ ASÍ A LA NOTICIA DE LA INADMISIÓN DE LA QUERELLA DE TORRA CONTRA RAJOY POR NO PERMITIR QUE LOS ENCARCELADOS Y LOS FUGADOS FUERAN CONSEJEROS
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El presidente autonómico de Cataluña, Quim Torra, y Elsa Artadi, portavoz de la Generalitat. EP.
INICIOPOLÍTICA

Por Carlos Berbell | 19 Junio, 2018

Elsa Artadi, la portavoz del gobierno autonómico de Cataluña sigue abonada a la estrategia del “filibusterismo legal”, y de confrontación, seguida por el universo separatista, al afirmar ayer, en rueda de prensa, que la inadmisión de la querella, en el Tribunal Supremo, de Quim Torra contra el expresidenteMariano Rajoy era la constatación de que en España “no hay independencia judicial” y el poder político del Estado no tiene quien lo vigile.

La querella del presidente de la Generalitat fue dirigida también contra la exvicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, por vetar el nombramiento de dos consejeros en prisión preventiva y dos fugados en el extranjero, “cometiendo” así ambos un supuesto delito de prevaricación.



La noticia de la inadmisión se conoció ayer.


La Fiscalía del Supremo pide que se inadmita la denuncia de Torra contra Rajoy por supuesto delito de prevaricación

Pero antes de que la Sala de lo Penal emitiera ese dictamen, Luis Navajas, teniente fiscal del Supremo -y número 2 de la Fiscalía General del Estado-, había solicitado la inadmisión y el archivo de dicha querella.

“La denegación de la publicación del Decreto 2/2018, de nombramiento como consejeros de personas que se hallan en situación de prisión provisional o huidos, no puede ser considerado como un acto ‘injusto’ y ‘arbitrario’ en los términos exigidos por el artículo 404 del Código Penal, según interpretación del Tribunal Supremo”, argumentó el teniente fiscal en su escrito.



Elsa Artado aprovechó la rueda de prensa organizada tras la visita de la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, realizó al presidente del gobierno autonómico, para expresar su punto de vista: “La decisión sorpresa no nos produce. Tristeza, toda. No hay control sobre el Gobierno. Esperamos que el actual Gobierno de Pedro Sánchez no decida actuar con la misma impunidad”.

Desde el punto de vista de Artadi, economista de formación, Rajoy no podía oponerse a la primera composición del Govern, ya que, según ella, “nombrar a consellers no estaba afectado por el 155”.

“Lamentamos muchísimo que haya la complicidad de los estamentos del Estado hacia que el Gobierno español pueda hacer y deshacer sin ningún tipo de control. No había ningún motivo para vetarlo”, ha añadido la también consejera de Presidencia.



Objetivo del filibusterismo legal
La estrategia de “filibusterismo legal” -también conocido como “lawfare”- tiene como fin convertir acciones legales sin recorrido, presentadas ante diferentes tribunales e instancias nacionales e internacionales, en fuente de generación de noticias que canalizadas a través de medios de comunicación, asociaciones, partidos afines y redes sociales, buscan mantener la tensión del conflicto entre sus seguidores, convirtiendo a las dianas de esas acciones en chivos expiatorios o cabezas de turco; el centro de todos los males del independentismo.

En este caso ha sido el Tribunal Supremo.

La pasada semana, la mesa del parlamento autonómico presentó una denuncia también ante el Tribunal Supremo contra el magistrado instructor del caso “procés”, Pablo Llarena, y los magistrados del tribunal de apelación, Miguel Colmenero, Francisco Monterde y Alberto Jorge Barreiro, porque habían negado la libertad a los políticos presos.

De acuerdo con Roger Torrent, presidente de la cámara autonómica, los motivos que la justificaban eran cuatro: haber detenido “ilegalmente” a diputados del Parlament, obstrucción del normal funcionamiento de la institución, prevaricación judicial y vulneración de derechos fundamentales.

La denuncia la presentaron a sabiendas de que no tendría ningún recorrido y que, con toda seguridad, sería inadmitida, después de que el Ministerio Fiscal emita su dictamen en esa dirección.

Para que la denuncia hubiera tenido algún viso de poder prosperar era preceptivo que se presentara bajo la forma de querella ya que los cuatro magistrados son aforados. Y para esto es obligatorio que los miembros de la mesa que la han suscrito contraten a un abogado y a un procurador.

De haberlo hecho, se habrían encontrado, posiblemente, con una querella de Ciudadanos por malversación de fondos públicos.

También a principios de junio los exconsejeros fugados a Bélgica –Toni Comín, Meritxell Serret y Lluis Puig– y Escocia –Clara Ponsati-, junto a Carles Puigdemont, interpusieron una demanda civil conjunta ante la justicia belga contra Llarena, por su supuesta “falta de imparcialidad” y por presuntamente “vulnerar la presunción de inocencia” de los acusados.

Antes de eso, los abogados de Jordi Sànchez presentaron una queja ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas que después, en otra acción de “filibusterismo legal”, se trató de hacer pasar por una resolución en toda la regla contra el Gobierno español, a sabiendas de que no era cierto.

El magistrado del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, en un auto del que fue ponente el pasado mes de mayo, recordó a Sànchez que la tal resolución no era tal y que el mencionado Comité no había adoptado ninguna decisión sobre la admisión de la queja ni sobre su fondo.

Asimismo, el pasado mes de marzo un colectivo separatista,llamado QuerellatsXRepública trató de promover una avalancha de denuncias, otra vez ante el Tribunal Supremo, contra Llarena y los tres magistrados de la Sala de Apelación citados, que criticaron la resolución del tribunal alemán, que cuestionaba la existencia de violencia en el “procés”.

La cosa no cuajó, aunque se intentó.

Adaptarse a una nueva situación
El expresidente de la Generalitat, e impulsor del proceso separatista, Artur Mas, precisamente recomendaba el pasado domingo, a través de El País, “adaptar su estrategia a la nueva situación de Cataluña y de España” tras la entrada en el Gobierno del PSOE y de Pedro Sánchez.

La idea de que España es Turquía, o una dictadura, ya no vende a nivel internacional, máxime con acciones como el acogimiento de los 625 migrantes del Aquarius, la entrada en la cárcel del cuñado del Rey, Iñaki Urdangarín, o el cambio de talante evidente del Ejecutivo, cuyo presidente anunció ayer su voluntad de trasladar a los políticos presos a cárceles catalanas una vez que haya concluido la instrucción.

Rajoy ya no está, ha desaparecido y las noticias de la trama Gürtel pierden su eficacia, con su salida.

Josep Martí Blanch, exresponsable de comunicación de los gobiernos de Artur Mas, tradujo de forma muy gráfica la nueva situación con una metáfora: “Es como si todos los jugadores del equipo estuvieran en el vestuario a punto de saltar al cambio a librar la batalla y que, cuando salen, en lugar de un campo de fútbol se encuentran con una cancha de baloncesto, con el terreno de juego cambiado y las normas modificadas”.

Pero de eso, algunos y algunas, todavía no se han enterado.
 
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Roger Torrent./ Efe

TRIBUNALES
La ignorancia de Torrent o por qué el Supremo va a tumbar su denuncia contra Llarena
La ley obliga a que la responsabilidad penal de los jueces se exija mediante querella.
16 junio, 2018 02:08
  1. ROGER TORRENT
  2. PARLAMENT DE CATALUÑA
  3. TRIBUNAL SUPREMO
  4. PABLO LLARENA
  5. DELITOS REBELIÓN
  6. DENUNCIAS
María Peral @Maria_peral
La denuncia presentada este viernes por el presidente del Parlamento catalán, Roger Torrent, contra el magistrado Pablo Llarena y los tres integrantes de la Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo va a ser inadmitida por la Sala Penal. El escrito de Torrent, en el que atribuye a cuatro jueces de la cúpula judicial graves delitos de detención ilegal y prevaricación, incumple uno de los requisitos más básicos que establece la ley: la exigencia de responsabilidad penal a los miembros del Poder Judicial requiere la interposición de una querella, no basta una mera denuncia.

La Ley Orgánica del Poder Judicial establece en su artículo 406 que "el juicio de responsabilidad penal contra jueces y magistrados podrá incoarse por providencia del tribunal competente o en virtud de querella del Ministerio Fiscal, o del perjudicado u ofendido, o mediante el ejercicio de la acción popular".



La exigencia de que sea una querella la vía para reclamar responsabilidad penal a los jueces es insoslayable, por lo que tanto el Supremo como los Tribunales Superiores de Justicia rechazan sistemáticamente todos los escritos que no respetan esa condición, muchas veces sin entrar siquiera en el fondo del asunto.



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Primer folio de la denuncia de Torrent./ E.E.




No es una simple cuestión de forma. A diferencia de la denuncia, la querella obliga al querellante a ser parte acusadora y a prestar la fianza que, en su caso, se señale, además de poder incurrir en responsabilidad por temeridad o mala fe.

Fuentes jurídicas consideran "inexplicable" un error "tan elemental" de Torrent, "salvo que la denuncia sea un paripé y lo que quiera es aparentar que hace algo, pero sabiendo que se va a inadmitir", apuntan.

La doctrina de la Sala Penal es constante y uniforme respecto a la necesidad de que las acciones contra jueces revistan la forma de querella. Un reciente auto dictado el pasado 3 de mayo con ponencia del presidente de la Sala, Manuel Marchena, rechazó admitir a trámite una denuncia contra magistrados del Tribunal Superior de Castilla y León "por la forma, ausencia de querella, y por el fondo, al no ser los hechos constitutivos de ilícito penal alguno, procediendo en consecuencia al archivo de las actuaciones".

Respecto al requisito formal, el auto explicaba que "la concurrencia de los presupuestos procesales determinados legalmente es una condición para el inicio de cualquier procedimiento en el que los mismos estén previstos".

"Estos presupuestos procesales", añadía, "han sido definidos en la doctrina como circunstancia o actos de los que depende la admisibilidad de todo el proceso o de determinados aspectos del mismo. En este sentido se ha considerado que tanto la competencia del Tribunal como la exigencia legal de querella constituyen presupuestos procesales de los que depende el proceso íntegramente".

La denuncia de Torrent, de 45 folios, sostiene que los magistrados Pablo Llarena, Miguel Colmenero, Francisco Monterde y Alberto Jorge -que han intervenido en la causa por rebelión iniciada en relación al proceso unilateral de secesión de Cataluña- habrían incurrido en "detención ilegal y otros delitos contra la Constitución, así como en un delito de prevaricación judicial" al acordar y ratificar la detención y retirada de la euroorden contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y por mantener en prisión preventiva a Jordi Sànchez y Jordi Turull, que fueron candidatos frustrados a presidir la Generalitat.
Bueno, si partimos de que parte de la estrategia indepe es que se hable de "su causa", no está mal pensado. Viene siendo lo de siempre, el paripé:D
Primero ponen la denuncia, y luego la querella. Así se hacen notar dos veces, ¿o no se puede hacer eso? (n)
(Sin las gafitas :geek:me cuesta reconocerte:ROFLMAO:)
 
Bueno, si partimos de que parte de la estrategia indepe es que se hable de "su causa", no está mal pensado. Viene siendo lo de siempre, el paripé:D
Primero ponen la denuncia, y luego la querella. Así se hacen notar dos veces, ¿o no se puede hacer eso? (n)
(Sin las gafitas :geek:me cuesta reconocerte:ROFLMAO:)

Querella no va a poner el Parlament, porque es necesario abogado y procurador (y sus gastos) y por ello está latente la posibilidad de que se le impute por malversación, y Torrent ha dejado claro que no va a hacer nada que al menos, lo inhabilite. (además de que no tiene recorrido judicial ni aquí ni en Estrasburgo, y lo sabe). Es propaganda, pura y dura, para calmar los ánimos de los hiperventilados indepes, que ahora vienen las municipales y están que se tiran de los pelos entre no sólo los diferentes partidos independentistas, sino las variadas facciones de los mismos. Y es que entre los muchísimos Ayuntamientos, con sus asesores, sus Diputaciones, mancomunidades, empresas municipales (públicas o mixtas) con sus gerentes, sus asesores, y sus posibilidades de colocación de miles de "cuñaos", son miles de barrigas agradecidas. Ni de coña se renuncia a ello y no quieren perder ni un voto.
 
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