Juicio al 'procés' - Referéndum en Cataluña — El conflicto catalán - Parte II

Me parece un buen artículo en general, pero hace trampas cuando habla del art. 155 y pone a Rajoy y a Puigdemont en un plano de igualdad. La realidad es que Puigdemont se saltó la Constitución y Rajoy la hizo respetar, que es algo a lo que los President(e)s se comprometen cuando toman posesión de su cargo. Por otro lado obvia la gran importancia del orden cronológico y no considera que, por este orden:

1.- Puigdemont declara primero la independencia de Cataluña.
2.- Puigdemont se niega a continuación a atender el requerimiento previo de contestar Sí o No a la pregunta de si efectivamente lo ha hecho, y a rectificar en caso afirmativo.
3.- Entonces, sólo entonces y no antes ni durante, procede Rajoy a la aplicación del 155 en la forma prevista en la Constitución.

Es a Puigdemont a quien tenéis que agradecer (modo irónico On) la intervención de la autonomía.

Por lo demás yo también creo que a Urkullu sólo se le pueden agradecer sus esfuerzos.

Ninguna norma está por encima de la CE. Mediante un artículo como el 155 derrocó a un presidente de una comunidad. Eso no se recoge en ningún artículo de la CE, es mas, todavía el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado sobre el recurso del 155. ¡Tanta prisa en solucionar lo que le interesa sobre otros temas de CATALUÑA, pero cuanto retraso en dictaminar sobre el 155!
 
Ninguna norma está por encima de la CE. Mediante un artículo como el 155 derrocó a un presidente de una comunidad. Eso no se recoge en ningún artículo de la CE, es mas, todavía el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado sobre el recurso del 155. ¡Tanta prisa en solucionar lo que le interesa sobre otros temas de CATALUÑA, pero cuanto retraso en dictaminar sobre el 155!

Que el art. 155 esté en la Constitución, exactamente entre el 154 y el 156 no te dice nada, ¿verdad?
 
Claro que tienes la opción de pasar de la ley. Pero pasar de la ley tiene consecuencias. En el caso de los cuperos que no hablan con fachas según ellos la primera consecuencia es la multa, que ya tienen, y si en cinco días no recapacitan, según el artículo que tú misma citas, van a pasar a disposición judicial. Luego dirán que se judicializa su antifascismo o algo así.

Toca bastante las narices eso de la "judicialización". Si incumples la ley sufres las consecuencias. Incluso si eres político.
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Paquita, precisamente en mi post hablo de las consecuencias. Digo "las obligaciones ciudadanas y sus consecuencias" y por lo que veo este tuyo es como una confirmación de lo dicho, ¿no es así'?

Lo de la "judicialización" que pareces atribuirme pues no tengo ni idea de donde lo sacas, ¿podrías decírmelo?
 
Que el art. 155 esté en la Constitución, exactamente entre el 154 y el 156 no te dice nada, ¿verdad?

Táctica nº 1 del catecismo estratégico sectario: Cuando se les pone por delante la realidad a través de cristales impecables, cogen una fregona sucia y los emborronan, para que no se vea lo que no les conviene.

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Ninguna norma está por encima de la CE. Mediante un artículo como el 155 derrocó a un presidente de una comunidad. Eso no se recoge en ningún artículo de la CE, es mas, todavía el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado sobre el recurso del 155. ¡Tanta prisa en solucionar lo que le interesa sobre otros temas de CATALUÑA, pero cuanto retraso en dictaminar sobre el 155!

mediante el art. 155 CE no se derrocó al presidente de una comunidad. Mediante el art. 155 el gobierno de España se hace cargo de que se cumplan las obligaciones que impone la Ley, y para poder hacerlo toma las funciones que en este caso el gobierno de la generalitat no estaba desarrollando legalmente. Y pasa a ser el gobierno de facto.

Rajoy claramente no quería privar a Cataluña de su autonomía y tomó ese control como gobierno de facto por muy poco tiempo (demasiado poco en opinión de muchos), pasando a actuar como gobierno de facto en funciones, con mínimas atribuciones para no interferir con la autonomía.

Se les puede criticar que hicieran demasiado poco cuando podían haber obligado a cumplir muchas obligaciones que el gobierno de la generalitat tenía dejadas, pero que se excedieran? No sé dónde pueden haberse excedido, la verdad...

Paquita, precisamente en mi post hablo de las consecuencias. Digo "las obligaciones ciudadanas y sus consecuencias" y por lo que veo este tuyo es como una confirmación de lo dicho, ¿no es así'?

Lo de la "judicialización" que pareces atribuirme pues no tengo ni idea de donde lo sacas, ¿podrías decírmelo?

Cuando cito no es para llevar la contraria necesariamente. En este caso efectivamente estoy de acuerdo en que si no se cumple una obligación se ha de estar a las consecuencias, aunque sean penales. Pero eso no es optar entre declarar o no. Tienen obligación de declarar. No es optar si declaras o no. Pero como si no declara no se le puede obligar (es lo que tienen las obligaciones de hacer personalísimas, que nadie puede hacerlo por él) pues solo cabe el castigo.

Y lo de la judicialización no te lo atribuyo a ti. Es algo que se oye todo el rato desde círculos independentistas. Que si es un problema político que hay que hablar. Que si qué pintan los fiscales en esto, que si se judicializa algo político.

Cuando la realidad es que si hay un ilícito no hay más remedio que judicializarlo. Marchena no quería pasar tanto al juzgado de guardia, pero no le han dejado más remedio. Rajoy y sus chicos no querían aplicar el 155, no querían que esto pasara a un juicio penal, queda claro tanto por la declaración del propio Rajoy como de la de Urkullu. Pero no hay más remedio. Cuando hay un hecho delictivo los Tribunales han de actuar. Y la fiscalía. Eso no es judicializar (que, insisto y por si quedan dudas, no digo que tú dices que judicialicen), eso es cumplir la ley. Que en un Estado de derecho está por encima de todos, incluyendo de los políticos y de los gobernantes. También de los jueces, por cierto.
 
EL desarrollo de ninguna ley puede saltarse la CE. ¿Te suena el recurso ante el TC por ello?

Ah, pero eso es distinto. Si una ley desarrolla un artículo constitucional lo potencialmente inconstitucional es la ley en sí, no el artículo. Y también son distintas del artículo y de la legislación de desarrollo las medidas concretas que se puedan adoptar. Hasta donde yo sé el recurso de Podemos va contra la aplicación del art. 155, no contra el artículo en sí.
 
Última edición:
Es muy loable, en todo caso, que Podemos considere que cumplir la Constitución es un must y denuncie a quien no lo hace al Tribunal Constitucional. Well done, Irene & Pablo!
 
Ninguna norma está por encima de la CE. Mediante un artículo como el 155 derrocó a un presidente de una comunidad. Eso no se recoge en ningún artículo de la CE, es mas, todavía el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado sobre el recurso del 155. ¡Tanta prisa en solucionar lo que le interesa sobre otros temas de CATALUÑA, pero cuanto retraso en dictaminar sobre el 155!
Te refieres a que el 155 va contra la CE?
 
Cuando cito no es para llevar la contraria necesariamente. En este caso efectivamente estoy de acuerdo en que si no se cumple una obligación se ha de estar a las consecuencias, aunque sean penales. Pero eso no es optar entre declarar o no. Tienen obligación de declarar. No es optar si declaras o no. Pero como si no declara no se le puede obligar (es lo que tienen las obligaciones de hacer personalísimas, que nadie puede hacerlo por él) pues solo cabe el castigo.

Y lo de la judicialización no te lo atribuyo a ti. Es algo que se oye todo el rato desde círculos independentistas. Que si es un problema político que hay que hablar. Que si qué pintan los fiscales en esto, que si se judicializa algo político.

Cuando la realidad es que si hay un ilícito no hay más remedio que judicializarlo. Marchena no quería pasar tanto al juzgado de guardia, pero no le han dejado más remedio. Rajoy y sus chicos no querían aplicar el 155, no querían que esto pasara a un juicio penal, queda claro tanto por la declaración del propio Rajoy como de la de Urkullu. Pero no hay más remedio. Cuando hay un hecho delictivo los Tribunales han de actuar. Y la fiscalía. Eso no es judicializar (que, insisto y por si quedan dudas, no digo que tú dices que judicialicen), eso es cumplir la ley. Que en un Estado de derecho está por encima de todos, incluyendo de los políticos y de los gobernantes. También de los jueces, por cierto.

Bien, me has respondido con lo pertinente.

Gracias por la explicaciones, sí que creo que tu sabes de leyes, te expresas desde el conocimiento, sin petulancias, yo no, he leido algo a lo largo de mi vida y mi valoración se limita a lo puramente estimativo que suele estar conformado por la buscada libertad de la persona dentro de los más natural que busca el ser humano como es la vocación por la justicia.

No puedo por menos que poner en negrita lo último que dices y lo hago porque no lo veo introducido en la realidad o más bien, que la realidad no está metida en ello.
Y me refiero al cumplimiento de la ley. La inviolabilidad del Jefe del Estado es la ley. Cumplida hasta la saciedad. Pero recuerda de continuo, y cada día más, que hay y hubo leyes injustas y en este caso su cumplimiento, comprobado, se contrapone a garantizar la ley como el culmen de la justicia. Entonces, ¿como puede fundarse una ley en una gravísima discriminación por una cuestión jerárquica?

Quiero decir, todos estamos sujetos a la ley, pero ha habido y hay muchas leyes injustas y tu debes saberlo mejor que yo.
 
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