Juicio al mayor de los Mossos Josep Lluis Trapero

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JUICIO A TRAPERO

Los “Mossos d’ Scouts” y otros lapsus del duro interrogatorio del fiscal Carballo al mayor Trapero


El representante del ministerio público somete a un duro interrogatorio al jefe de los Mossos durante el referéndum del 1-O de 2017 al comienzo del juicio a la cúpula de la policía autónoma catalana.



El mayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero (d), la intendente de los Mossos Teresa Laplana (2-d), el exdirector de los Mossos Pere Soler (2-i), y el exsecretario general de Interior César Puig (i), sentados en el banquillo. /EFE
El mayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero (d), la intendente Teresa Laplana (2-d), el exdirector de los Mossos Pere Soler (2-i), y el exsecretario general de Interior César Puig (i), sentados en el banquillo. /EFE
MADRID
20/01/2020 19:51
JULIA PÉREZ

Exhaustivo, intenso y con momentos de lapsus. Así ha sido el interrogatorio este lunes del teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, al mayor Josep Lluís Trapero, el jefe de los Mossos durante el proceso independentista que culminó con el referéndum del 1 de octubre de 2017.

Los “Mossos d’ Scouts” ha sido un breve lapsus del fiscal Carballo al preguntar a Trapero por la policía autonómica, inmediatamente corregido por el propio fiscal con el verdadero nombre del cuerpo policial: Mossos D’Esquadra.


Otro lapsus ocurrido durante este duro interrogatorio ha llegado cuando el fiscal le ha preguntado a Trapero si tuvo alguna conversación con el conseller Joaquim Forn sobre su ascenso a mayor de los Mossos.

“Forn no era conseller” en ese momento, ha respondido el interrogado. “Ah, es cierto”, ha dicho Carballo.

Y es que el nombramiento de Trapero como mayor de los Mossos se produjo en 2016 y el conseller de Interior era Jordi Jané, ex diputado en el Congreso. Jané dimitió en 2017 para ser reemplazado por Forn y no asumir las consecuencias penales y económicas del proceso independentista.

Carballo intentaba aclarar con sus preguntas el papel de la cúpula de los Mossos en ese proceso de desconexión que Trapero acababa de tildar de "una barbaridad más", como fue la declaración 1/11 del Parlament que en 2015 abrió la puerta al proceso constituyente de una República Catalana. Era su estrategia de desmarcarse de los independentistas y de defender a los mandos de la policía autónoma.
- "Y en medio de esas locuras, le nombran a usted mayor después de diez años. ¿Sin preguntarse por qué le dan a usted un rango que le va a seguir toda su vida? ¿Pidió usted alguna explicación?", le preguntó Carballo.

- "Le he dicho que [mi nombramiento] nace en enero de 2016 con el director [Albert] Batlle" de la policía autónoma catalana, ha respondido Trapero.

"Lo irregular" era, a su juicio, que no se convocara esta plaza. Trapero cree que fue nombrado por presión de su jefe Batlle, ya que el Govern no confiaba en él. "Desconfianza no, lo siguiente", es lo que tiene contrastado respecto a lo que pensaba de él el ejecutivo presidido por Carles Puigdemont.

"El señor Sànchez puede decir misa"

Trapero se ha desmarcado de los independentista, como del propio Puigdemont, con el que ha negado tener algún tipo de relación estrecha. O del líder de ANC Jordi Sànchez.

Colgó el teléfono al "señor Sànchez" el día que la multitud rodeó la Consellería de Economía y él le llamó "airado" respecto al dispositivo judicial. "El señor Sànchez puede decir misa... Puede hacer y pensar lo que él quiera. Ni es quién ni el ni nadie para decir a la policía como hacer las cosas. Y no lo hizo ese día ni lo va a hacer en ninguna concentración".

En varios momentos, Carballo ha acorralado a Trapero como cuando le ha hecho admitir que nunca pensó que las “butifarradas” en los colegios organizadas los días previos al referéndum eran actos preparatorios a la consulta que había sido suspendida por el Tribunal Constitucional y que finalmente se celebró.

La "butifarrada" -del catalán botifarra, en alusión al famoso embutido- fue la expresión irónica a la que recurrió el fiscal para referirse a los actos previos al 1-O que se organizaron en los colegios para mantenerlos abiertos y evitar que fueran cerrados para la consulta, como había ordenado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

Avisó a Puigdemont de que con dos millones de personas en la calle podría pasar "cualquier cosa". Y llegó a encararse con Forn al que preguntó "qué estaban haciendo" y "a dónde iban" .

"Se le iba la vida" defendiendo las urnas

Trapero ha admitido también que la reacción de la gente el 1-O fue "difícil de entender y de prever": "Ver cómo la gente defendía las urnas de esa manera era poco imaginable, se les iba la vida en ello".

"Negarse de esa manera a la orden de la autoridad" y que la gente desobedeciera "con un carácter tan general" le sorprendió a él y a los mandos de Mossos: no se lo podían creer, "ni nosotros ni nadie".

Ellos esperaban una "resistencia pasiva" por parte de los ciudadanos y tenían diagnosticados "cuarenta y pico" focos posibles de conflicto, a la luz de experiencias anteriores.

El interrogatorio del fiscal a Trapero continuará este martes y luego llegarán las preguntas de las defensas al mayor de los Mossos.
La Fiscalía mantiene la acusación de rebelión contra el jefe de los Mossos en 2017, que revisará al término de esta vista oral ante la sentencia del Supremo que condenó a los líderes del 'procés' por sedición y no por rebelión al no apreciar violencia.

rapero se sienta en el banquillo de los acusados junto a los exjefes políticos de la policía autonómica en 2017: Pere Soler, ex secretario general de Interior, y César Puig, exdirector de la policía autónoma. También es juzgada la intendente Teresa Laplana, que ha sido exonerada de asistir a las sesiones después de declarar ya que padece estrés postraumático.


Otro desproposito de la justicia de éste país. Van a por la rebelión pero no la van a poder sostener.

Lo que podría sostener acaso es sedición, que ya es, pero en el caso de ser sedición no es competente la Audiencia Nacional, sino los tribnales de Cataluña, y esa pieza no la querían soltar en la AN.

Para juzgarla a su gusto necesitaban que la causa no saliera de Madrid, se quedara en la AN. Así se ha hecho con el tema de Alsasua, el tema del procés, que tampoco ha sido rebelión y que debiera haberse juzgado en los tribunales de Cataluña. El asunto es tener amarraditas las causas en Madrid y no en los tribunales donde hubiera correspondido. Así las manejamos como queremos.

Es lo que tenemos en éste país...y asi nos va. Eso sí, si un ministro se le ocurre ponerlos sobre el tapete se sale a todo correr a criticarlo.
 
Trapero revela que se ofreció para detener a Puigdemont y culmina su alejamiento del Govern
El major explica que rechazó la oferta de Torra para volver a liderar los Mossos y la de JxCat para ir a listas electorales: “Les dije que ni me llamasen”
Oriol Solé Altimira
22/01/2020 - 13:22h
Trapero lamenta no haber dado una rueda de prensa para desmarcarse del Govern

Trapero ha lamenta no haber dado una rueda de prensa para desmarcarse del Govern EFE
más INFO
El major de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero, empezó la operación para alejarse del independentismo en general y en particular del expresident Carles Puigdemont en el Tribunal Supremo y la ha culminado en la Audiencia Nacional este miércoles. Pasaban pocos minutos del mediodía cuando Trapero ha revelado que él mismo se ofreció para detener a Puigdemont en caso de que lo ordenaran los jueces tras la Declaración Unilateral de Independencia del otoño soberanista de 2017.

Trapero ha relatado el episodio a preguntas de su letrada, Olga Tubau. Con apenas hora y media la defensa de Trapero ha tenido tiempo para contratacar el extenuante interrogatorio del fiscal que se alargó casi nueve horas entre el lunes y el martes. La puntilla ha sido el plan para detener al Govern. Y el nuevo detalle, no desvelado hasta ahora.




El major ha explicado que se ofreció para detener a Puigdemont durante una reunión del 24 de septiembre con dos de sus comisarios más cercanos, Ferran López, entonces número dos del cuerpo, y Joan Carles Molinero, en la que empezaron a planear el dispositivo de arresto del Govern en caso de orden judicial. “¿Entendéis que es razonable que le detenga yo?”, ha relatado Trapero que trasladó a López y Molinero.

Ambos comisarios, sin embargo, descartaron la idea del major porque sostuvieron era “mejor” que Trapero se quedara en la sede central de los Mossos en el complejo Egara, donde serían custodiados los consellers antes de pasar a disposición judicial. Trapero también ha reiterado que las indicaciones que dio a sus colaboradores para arrestar al Govern tenían que contemplar el eventual uso de un helicóptero y que los arrestos los llevaran a cabo altos mandos del cuerpo así como tener en cuenta una posible manifestación independentista que bloqueara los accesos al parque de la Ciutadella, sede del Parlament.

Después de relatar que él mismo se ofreció para detener a Puigdemont en caso de que lo ordenaran, Trapero ha explicado otros dos episodios para sublimar su tesis de defensa consistente en demostrar su total alejamiento y hasta confrontación con el independentismo y con el Govern de cara al 1-O. En primer lugar, Trapero ha recordado que rechazó una oferta del president de al Generalitat, Quim Torra, y del conseller de Interior, Miquel Buch, para volver a liderar los Mossos en 2018.
Y unos meses antes, Trapero ha relatado, visiblemente molesto, que rechazó una oferta de JxCat para acudir a las listas electorales que le realizaron de forma interpuesta a través de su abogada, Olga Tubau. “Les dije que ni me llamasen, y no lo hicieron”, fue la respuesta del major ante la oferta de entrar en política. Así ha finalizado la declaración como acusado de Trapero, que se enfrenta a once años de cárcel por rebelión, en la Audiencia Nacional. El interrogatorio se ha alargado un total de once horas repartidas entre este lunes, martes y miércoles.

 
La Audiencia Nacional absuelve a Trapero y a la cúpula de Interior
El tribunal no ve acreditado que el mayor diera apoyo a la celebración del 1-O
AMP
Josep Lluís Trapero, en una imagen de enero, a su salida de la Audiencia Nacional (Dani Duch - Dani Duch)

CARLOTA GUINDAL, MADRID
20/10/2020 20:19 | Actualizado a 20/10/2020 21:36
La Audiencia Nacional ha absuelto al mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, al considerar que no queda acreditado que diera apoyo a la celebración del referéndum del 1 de octubre de 2017 organizado por el Govern de la Generalitat en contra del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC).

Las partes del juicio habían sido citadas mañana a las 9:30 en la Audiencia Nacional para que les fuera notificada la sentencia, aunque se ha conocido previamente, tal y como ha avanzado La Ser y han confirmado fuentes jurídicas a La Vanguardia.

La sentencia ha salido adelante con dos votos a favor y uno en contra, el de la magistrada Concepción Espejel, que ha defendido la existencia de un delito de sedición. El tribunal, con la ponencia de Ramon Sáez, no ha contemplado tan siquiera a alternativa de la desobediencia, que solo lleva aparejada una pena de inhabilitación.


Sáez siempre defendió que no se podía hacer responsable a Trapero por el referéndum del 1-O. El voto decisivo ha sido el de Francisco Vieira, quien inicialmente se inclinó por la desobediencia pero finalmente ha optado por acercarse a la tesis del ponente. Viera junto a Espejel son magistrados de corte conservador mientras que Sáez es progresista.

Voto particular por sedición

Según estas mismas fuentes, ante esta sentencia, Espejel ha formulado un voto particular en el que mantiene que Trapero ha cometido un delito de sedición, haciendo suya la tesis de la Guardia Civil, sobre todo del coronel Diego Pérez de los Cobos, quien sostuvo que los mossos actuaron pasivamente el 1-O para permitir y facilitar la votación que había sido prohibida judicialmente

La Audiencia también ha absuelto al exdirector de los Mossos, Pere Soler, al que fue segundo en Interior, César Puig, y a la intendente Teresa Laplana. El contenido íntegro de la sentencia se conocerá mañana y cuenta con un voto particular de la magistrada Concepción Espejel.

La Fiscalía solicitaba para Trapero diez años de prisión por un delito de sedición con la alternativa del delito de desobediencia, que no acarreaba pena de cárcel sino una mera inhabilitación. El Ministerio Público sostenía que los Mossos, bajo las órdenes de Trapero, colaboraron para facilitar que el 1-O se celebrara, como paso previo e indispensable para declarar la independencia de Catalunya.


El ministerio público también hacía responsable a Trapero por no frenar las concentraciones del 20 de septiembre de ese año ante varios organismos públicos, principalmente ante la Conselleria d’Economia, mientras la Guardia Civil realizaba un registro para frenar la organización del 1-O. Por estos hechos, el Tribunal Supremo condenó a diversos dirigentes políticos a penas de hasta 13 años de prisión por sedición.

El conseller de Interior del Govern, Miquel Sàmper, señaló ayer lunes en una entrevista que en caso de absolución le ofrecería al mayor que vuelva a ser un dirigente del cuerpo de la policía autonómica catalana, aunque él mismo ya había declinado esa opción. “Parto de un no, pero tengo la obligación de hablar con Soler, Puig, Laplana y Trapero”, afirmó Sàmper en Ràdio 4
 
El tribunal desacredita el relato de los mandos de la Guardia Civil en el juicio a Trapero: "Sus datos no se corresponden con la realidad"

El teniente coronel Daniel Baena, autor de los atestados del procés

Oriol Solé Altimira / Arturo Puente

21 de octubre de 2020 14:24h
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@urisole@apuente

La sentencia de la Audiencia Nacional que absuelve al major de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero, a la intendente Teresa Laplana y a los exaltos cargos de la conselleria de Interior Cèsar Puig y Pere Soler supone un varapalo a las tesis de la Fiscalía, a su vez sustentadas en dos testigos de cargo que también fueron muy relevantes en el juicio del procés: el coronel de la Guardia Civil y coordinador del dispositivo policial del 1-O, Diego Pérez de los Cobos, y el autor de la mayoría de atestados de las causas relativas al proceso soberanista, el teniente coronel Daniel Baena.


Solo la magistrada de la Audiencia Nacional Concepción Espejel avala plenamente lo declarado por Pérez de los Cobos y Baena, y por ello ha formulado un voto particular partidario de condenar a los acusados por sedición. Esto es lo que dijeron Pérez de los Cobos y Baena durante el juicio y la respuesta que reciben del tribunal sobre los grandes ejes de la sentencia.

El supuesto acuerdo entre Puigdemont y Trapero

Pérez de los Cobos: "El señor Trapero estuvo alineado con los planteamientos del señor Puigdemont y mantuvo los mismos argumentos que los representantes de la Generalitat. En ningún caso ninguno de los representantes de la Generalitat en la reunión [la Junta de Seguridad del 28 de septiembre], incluido Trapero, habló de impedir el referéndum".

El tribunal recuerda que el propio Pérez de los Cobos, a preguntas de la defensa de Trapero, reconoció que esta frase se trataba de una "percepción personal", lo que a juicio de los togados "pone de manifiesto su debilidad para sustentar un hecho como la existencia de un acuerdo, explícito o implícito, del Major con el president del Govern respecto a la celebración del referéndum". Indica además la sentencia que incluso un miembro del entonces Gobierno del PP, secretario general técnico de Interior, Juan Antonio Puigserver desmintió a Pérez de los Cobos al afirmar que no percibió que el major "se manifestara en línea con el president".

El ascenso de Trapero a major

Baena: "El liderazgo de Trapero y su nombramiento como major en 2016 fue fundamental para garantizar el buen fin del referéndum".

En base a estos dos testigos, la Fiscalía concluyó que Trapero "aceptó un ascenso" que le comprometía a favorecer el referéndum. Pero la sentencia concluye que los tres datos incriminatorios aportados por Baena "no se corresponden con la realidad". Recuerdan los togados que Trapero fue nombrado major en abril de 2017 a propuesta del entonces secretario de la conselleria, Albert Batlle –hoy teniente de alcaldía de Barcelona por el PSC–Units per Avançar–, quien "desmontó la elocubración" de la supuesta vinculación entre el procés y el nombramiento de Trapero como major. El ascenso de Trapero, zanjan los togados, fue "un reconocimiento personal sin vinculación con el proyecto independentista".

La supuesta reunión "secreta" con Puigdemont que no fue

Baena: "
Trapero se reunió en secreto con Puigdemont y éste le agradeció su actuación el 1 de octubre".

"No hay elemento probatorio alguno de que el major Trapero se reuniera en secreto con Puigdemont, como afirma el Teniente Coronel de la Policía Judicial", zanjan los magistrados sobre la segunda acusación de Baena, que había esgrimido una carta que Puigdemont escribió al major Trapero en octubre de 2017, una vez el major ya estaba imputado, como supuesta prueba de una reunión secreta. "El contenido del mensaje no respalda" la tesis de Baena, apostilla el tribunal.

Trapero y el comité estratégico del procés en el que no estaba

Baena:
"Trapero formaba indudablemente parte del comité ejecutivo" del procés en base al documento Enfocats y la agenda Moleskine del exnúmero dos de Junqueras, Josep Maria Jové.

Respecto al power-point 'Enfocats', de caudal importancia para Baena, el tribunal indica que se trata de un documento de autor desconocido "que no citaba ni contenía alusión alguna a la policía autonómica", por lo que no muestra ningún acuerdo entre Trapero y Puigdemont. Tampoco la agenda Moleskine que, de hecho, aclaran los magistrados, muestra en todo caso el enfrentamiento de Trapero con el Govern ya que en una de sus anotaciones Jové constata que los Mossos "harán siempre lo que les digan los jueces". Esa frase es la percepción de Puigdemont que anotó Jové después de que el president sondeara a Trapero a través del secretario del Govern y el major se cuadrara frente a los planes independentistas y avisara de que la policía autonómica actuaría conforme a la legalidad..

Por todo ello los magistrados lanzan un duro reproche a Baena, al que acusan de "argumentar de un modo que parece alejado de los parámetros del razonamiento probatorio indiciario, en la medida que lejos de inferir a partir de hechos o circunstancias que funcionen como premisas [...] se parte de la conclusión a la que se quiere llegar". En otras palabras, que tenía una idea preconcebida sobre la alineación de Trapero con el independentismo sin importarle las pruebas de descargo.

El dispositivo "ineficaz" de los Mossos el 1-O

Pérez de los Cobos
:"El operativo del 1-O de los Mossos fue insuficiente ineficaz y perverso: acompañaron a los consellers a una actividad ilegal. Es como si les acompañan a comprar droga”; Puigdemont y Trapero "compartieron los mismos argumentos sobre la necesidad de conciliar el dispositivo para impedir el referéndum con la convivencia ciudadana"; "el sistema de petición de refuerzos de los Mossos fue absolutamente laberíntico e ineficaz y se movieron entre la pasividad y el obstruccionismo".

De ese supuesto acuerdo entre Puigdemont y Trapero, concluían los dos mandos de la Guardia Civil y la Fiscalía, nació el dispositivo de los Mossos el 1-O formado en una primera intervención por dos agentes en cada colegio. La pareja de agentes, que para la acusación fue sinónimo de una "ineficacia" del dispositivo "planificada" por Trapero, es en cambio para el tribunal una muestra de la "congruencia, oportunidad y proporcionalidad" del dispositivo de los Mossos el 1-O, algo que siempre defendió Trapero.

Si bien los jueces no descartan que los independentistas "se pudieran aprovechar" del modelo policial de los Mossos de "gestión negociada" de los conflictos de masas, el tribunal concluye que ello no implica que Trapero desatendiera el mandato judicial de impedir el referéndum. "La actuación de los Mossos no puede calificarse como de colaboración, ni siquiera por omisión, con quienes desobedecieron las resoluciones judiciales y pretendían que no se cumplieran", remarcan los togados, que añaden que el plan diseñado por Trapero buscó "minimizar daños" a las personas y al mobiliario público.

Las desavenencias entre Trapero y Pérez de los Cobos

Pérez de los Cobos: "
Trapero ponía permanentemente palos en las ruedas en la coordinación del dispositivo" del 1-O.

Según Pérez de los Cobos y la Fiscalía, las abiertas discrepancias entre Trapero y el coordinador del dispositivo del 1-O, que ya se pusieron de manifiesto durante el juicio del Supremo, respondían a la voluntad del major de facilitar el referéndum. El tribunal niega la mayor: "Discrepar no es incumplir".

Las divergencias entre el major y su némesis de la Guardia Civil respondían a una concepción opuesta sobre la función policial: Trapero ponía en la misma balanza impedir el referéndum y a su vez minimizar los daños a las personas con una intervención de las unidades antidisturbios, mientras que Pérez de los Cobos apostaba por cumplir al precio que fuera la orden judicial de impedir la votación.

El tribunal constata que las "desconfianzas mutuas" entre los cuerpos y sus jefes llevaron al "fracaso de la coordinación" entre Mossos, Policía y Guardia Civil, pero no obstante avala las tesis del major: "El jefe policial no debía poner como única finalidad de su actuación impedir a toda costa el referéndum". Es más, destaca que Trapero y los Mossos actuaron con la "prudencia, paciencia y contención" que les había pedido la jueza del TSJC al ordenarles frenar el 1-O.

Censura de la violencia contra votantes del 1-O

Pérez de los Cobos
: "Las intervenciones policiales fueron rápidas y eficaces. A partir de un determinado momento se incrementa la violencia y las actuaciones fueron más prolongadas en el tiempo y más costosas”; "cada vez hay menos locales donde actuar sin daños irreparables”.

El fallo de la Audiencia Nacional no solo se muestra comprensivo con la actitud de Trapero sino que la despenaliza plenamente, incluso aunque esta supusiera permitir por omisión que se votase el 1-O. "La prudencia ante una situación tan extraordinaria, aunque posibilitara la celebración del referéndum ilegal y favoreciera la estrategia independentista, no puede ser considerada como una cooperación a la sedición o como una desobediencia a los mandatos judiciales", asegura la sentencia.

A partir de aquí, la argumentación de la Audiencia Nacional entra incluso a calificar algunas de las actuaciones de la Guardia Civil y la Policía Nacional en aquella jornada de votación, cuando dice: "El uso de la fuerza contra ciudadanos indefensos, contra personas mayores, contra familias enteras, no podía ser, en esta situación, la solución para imponer el acatamiento al ordenamiento jurídico, aunque fuera legítimo. En un sistema democrático avanzado como el nuestro, el ordenamiento jurídico tiene resortes suficientes para afrontar todos los incumplimientos legales y judiciales, incluso cuando provienen de las más altas autoridades de una Comunidad Autónoma".

De hecho, el tribunal destaca que Policía y Guardia Civil "observaron" los principios de proporcionalidad, congruencia y oportunidad "cuando tuvieron que desistir en muchas de las intervenciones de orden público el día 1 de octubre".

Los supuestos "seguimientos" de los Mossos

Pérez de los Cobos
: "Los mandos sobre el terreno me trasladaron que pudieron observar seguimientos de mossos a agentes de las fuerzas de seguridad del Estado".

La Audiencia Nacional rechaza la teoría que sacaron a colación varios mandos de Policía y Guardia Civil que testificaron en el juicio y que la Fiscalía recogió para concluir que los Mossos "realizaron seguimientos a otros cuerpos para entorpecer su labor" el 1-O debido a que estaban "al servicio de la organización y fines independentistas. Los jueces niegan lo descartan por completo. "No hay elemento probatorio alguno que lo respalde", afirman, para a renglón seguido indicar que ni Trapero ni la prefectura de los Mossos actuaron para "neutralizar la labor" de Policía y Guardia Civil.

La incineradora

La Fiscalía, en base a los informes del Instituto Armado, sostenía que la interceptación de furgonetas con informes de los Mossos en una incineradora de Sant Adrià del Besòs "evidenciaba las verdaderas intenciones de los mandos de no impedir el referéndum y colaborar con los líderes independentistas en el desarrollo y culminación del proceso que habría de concluir con la independencia de Cataluña".

El tribunal afea a la acusación no haber identificado los documentos "que avalarían tan grave imputación, no solo dirigida contra el acusado Sr. Trapero sino contra todos los mandos del cuerpo". Destacan además que los documentos que se iban a destruir era copias de originales ya entregadas a los jueces y que en cualquier caso figuraban en los archivos digitales del cuerpo.

Aplicación del 155 antes del referéndum

Los jueces abundan en esa última idea sobre que el ordenamiento jurídico tiene "resortes suficientes" para conseguir sus objetivos sin emplear una fuerza excesiva, y pasan a detallar las opciones que tenían las instituciones del Estado para evitar llegar a la situación del 1-O.

"Desde la declaración del estado de alarma o excepción contemplado en el artículo 116 de la Constitución, hasta la adopción de las medidas necesarias para que una Comunidad Autónoma cumpla con las obligaciones que le imponen la Constitución y la ley o cuando actúe de forma que atente gravemente al interés general de España, a través del mecanismo previsto en el artículo 155 de la Constitución", enumera la sentencia.

Ninguno de estos instrumentos fue usado por el Gobierno antes del 1-O, una decisión que la sentencia viene a censurar o, como mínimo, resalta como contradictoria ante la actuación policial que estaba a punto de acometerse por parte de las fuerzas de seguridad del Estado.
"El hecho de que no se hubiera puesto en marcha este remedio constitucional ante la convocatoria, primero, y la celebración, después, de un referéndum ilegal que trataba de ser prolegómeno de la declaración de independencia de una parte del territorio español no justificaba, siempre y en todo caso, que el acatamiento de la legalidad y de las decisiones de los tribunales tuviera que pasar por la producción de graves daños a las personas y por una alteración generalizada del orden público", afirman los magistrados en su fallo.

https://www.eldiario.es/catalunya/t...Llrac4iOq4#click=[URL]https://t.co/EmeGfhF8x4
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Parece que altos cargos de la Guardia Civil no dijeron la verdad en sus manifestaciones ante el tribunal. ¿Como se llama eso tratándose de testigos?

¿Falso testimonio acaso?

¿Para cuando una denuncia por falso testimonio a esos elementos de Guardia Civil? ¿Espero sentada?

¿Para cuando un expediente al Teniente Coronel Baena?

En cuanto a Perez de los Cobos cuando fue destituido del puesto y la que montaron....¿Que dicen ahora en su defensa sabiendo la clase de "profesional" que es?
 
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