Haters de Sálvame - Parte I - Tema Cerrado, diríjase a la Parte II.

Estado
Cerrado para nuevas respuestas
Un ejemplo,

lydia-lozano-se-derrumba-la-enterarse-de-que-puede-ser-despedida-de-salvame.jpg
:wideyed::wideyed::wideyed::wideyed::wideyed::wideyed: La barbilla....
 
Tu defiendes el ius solis, que es un criterio de atribución de la nacionalidad y de la vecindad civil, mientras que yo estoy hablando del ius sanguinis (a través de la filiación) que es el primero de los criterios de atribución de la nacionailidad y de la vecindad, lo que significa que se aplica en prmer lugar y con preferencia a los demás. Para resumir: son gallegos porque sus padres son gallegos, el hecho de que hayan nacido en Barcelona es circunstancial, y carece de relevancia jurídica en este caso.
POS no lo pillo..Entonces ¿es incorrecto decir que son catalanes porque han nacido en Bcn?¿No es correcto decir que alguien es Andaluz porque ha nacido en Cadiz?Si es asi llevo hablando mal, toda mi vida. :ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::oops::oops::oops:
 
Madre mia la que he liado con la vecindad civil :ROFLMAO::ROFLMAO:. Yo hablo todo el tiempo de Rajoy and Wife, que dió a luz en BCN. El hecho de que la madre diera a luz en BCN es anecdótico, no convierte a los hijos en catalanes, ya que la vecindad civil y la nacionalidad se transmite por la filiación. Asi pues, son gallegos por via de la fliación paterna y materna, nacidos en BCN. Todo el tiempo hablo de términos legales.
Si los padres son vascos, el niño será vasco, aunque nazca en Varsovia. En el caso de que no estuviera determinada la filiación en el momento del nacimiento, ya serían de aplicación otros criterios, como el del lugar de nacimiento. La vecindad se puede cambiar con posterioridad, en los casos y con los requisitos establecidos en el CC.
Mi madre nació en Francia, y en su DNI dice que nació en Livet et Gavet, y que es de nacionalidad española, tal y como establece el 17 del CC. La vecindad civil es relevante porque determina la sujección al derecho civil foral o especial o al derecho común. Afecta, por ejemplo en la manera de testar, puesto que, por poner un caso, en el Derecho civil vasco (se que además, este no es uniforme en todo el territorio, sino que los libros de su código civil se divide en provicincias) disculpenme l@s vascos del foro, puedes testar mancomudamente, es decir que los cónyuges pueden testar en el mismo testamento, mientras que en el derecho común está prohibido.
De los casos que habeis expuesto, el más parecido al de Rajoy es el que ha contado @SantaMedusa! Es un asunto muy complejo y hay multitud de supuestos.
 
Estado
Cerrado para nuevas respuestas
Back