Hacienda reclama 17.000 € a un niño de 5 años tras el su***dio de su padre.

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Hacienda reclama 17.000 euros a un niño de cinco años tras el su***dio de su padre

La empresa familiar quebró y las deudas llevaron a su padre a quitarse la vida.

16.06.13 | 20:00h. Noticias Cuatro / Agencias |


Hacienda intenta cobrarle a un niño de cinco años la deuda de 17.000 euros que había contraído su padre antes de suicidarse. La empresa familiar que tenían en Vigo quebró y se endeudaron tanto que el padre terminó suicidándose. La madre del pequeño está tratando de conseguir que la justicia le permita renunciar a las deudas, pues debido a su situación económica no puede afrontarlas.

Agencia-Tributaria_MDSIMA20130207_0087_10.jpg

y además...
"A pesar de que nos quitaron la casa, lo poco que mi pareja ganaba después trabajando se lo quitaban, hasta que un día no pudo más y se quitó la vida" en octubre del año pasado, asegura Ana Belén, la madre del niño.

Primero vino la bancarrota, después las autoridades les desahuciaron y la economía de la familia llevó al padre al su***dio. Ahora las deudas han pasado a pertenecer al pequeño, quien debe 17.000 euros al Estado con tan sólo cinco años. "Me parece ilógico que mi hijo de cinco años le deba tanto dinero a Hacienda cuando no es más que un crío", ha declarado Ana Belén a los medios.

La madre es ahora la encargada de pagar esa deuda como tutora legal del niño. Debido a ello, ha perdido la posibilidad de cobrar las pensiones de viudedad y de orfandad.

Ana Belén no tiene trabajo ni ingresos y está intentando que la Justicia le permita renunciar en nombre de su hijo a las deudas que ha heredado de su padre. "Al Estado no le preocupamos en absoluto. Las personas que tenemos menos recursos somos las que estamos menos protegidas", ha sentenciado.

http://www.cuatro.com/noticias/soci...nino-despues-su***dio-padre_0_1621200241.html


¿Serán tan insistentes con otras deudas de empresas familiares de políticos y gente influyente como la de la actual ministra de sanidad de 2.300.000 €?

La noticia es vieja pero me ha indignado.
 
Esta noticia está sesgada. O es inexacta. O faltan datos.

No se puede renunciar a las deudas. Se puede renunciar a la herencia (lo positivo y lo negativo). Si no han renunciado, es porque en otro sitio hay (o esperan) algo positivo.
 
También me había parecido eso, es triste pero si hay deuda bien habrá que pagarla, imagino que si hubiera beneficios se los quedaría el niño administrados por la madre.
Lo normal sería aceptar la herencia a beneficio de inventario ¿no? (es que no recuerdo cómo se llama exactamente).
 
Esta noticia está sesgada. O es inexacta. O faltan datos.

No se puede renunciar a las deudas. Se puede renunciar a la herencia (lo positivo y lo negativo). Si no han renunciado, es porque en otro sitio hay (o esperan) algo positivo.

Està sesgada, sì. Las deudas se heredan, lamentablemente es asì, pero se heredan. Y se puede renunciar a la herencia, si hay màs deudas que activos, existe el beneficio de inventario.

Tampoco està muy claro eso de que la madre no pueda cobrar su pensiòn...que yo sepa, hay ciertas cosas que son inembargables, como ciertas pensiones, o cobros por desempleo...en fin, no recuerdo muy bien los supuestos exactos, pero hay ciertas rentas que son inembargables.

La notcia està seguramente sesgada. Pero tambièn es cierto que hay cosas que indignan, como es esta, que sean tan solertes en reclamar una deuda a los herederos de un muerto, que ademàs se ha suicidado por desesperaciòn, y no lo sean en cobrar enooooooormes deudas de otros. A ciertos periòdicos les han salvado el culo, obligando a ciertas empresas a hacerse cargo de sus deudas. Por no hablar de las que tendràn polìticos y altos cargos, instituciones, etc etc. Eso es lo que es indignante.
 
Ojalá tengais razón, pero he buscado algo y no me quedo tranquila porque habrá algún otro menor de edad al que le pueda pasar lo mismo.

Es posible que para conocer el caso a fondo haya datos que no los tengamos pero en internet he encontrado ésto...

http://cincodias.com/cincodias/2015/09/22/economia/1442942141_007309.html

"El TEAC concluye que un menor de edad sí puede ser declarado responsable solidario. La resolución, que tiene efectos vinculantes para los órganos y entidades de la Administración tributaria, reconoce que la legislación contempla la “inimputabilidad del menor de edad en la comisión de infracciones tributarias”, sin embargo, añade que ello no impide que se declare responsable solidario a un menor de una deuda fiscal. Por otra parte, el TEAC apoya su tesis en una sentencia de la Audiencia Nacional sobre los efectos de la representación legal de los padres sobre los hijos."
 
Ojalá tengais razón, pero he buscado algo y no me quedo tranquila porque habrá algún otro menor de edad al que le pueda pasar lo mismo.

Es posible que para conocer el caso a fondo haya datos que no los tengamos pero en internet he encontrado ésto...

http://cincodias.com/cincodias/2015/09/22/economia/1442942141_007309.html

"El TEAC concluye que un menor de edad sí puede ser declarado responsable solidario. La resolución, que tiene efectos vinculantes para los órganos y entidades de la Administración tributaria, reconoce que la legislación contempla la “inimputabilidad del menor de edad en la comisión de infracciones tributarias”, sin embargo, añade que ello no impide que se declare responsable solidario a un menor de una deuda fiscal. Por otra parte, el TEAC apoya su tesis en una sentencia de la Audiencia Nacional sobre los efectos de la representación legal de los padres sobre los hijos."

Yo lo veo así: el padre tiene una deuda con Hacienda. La puede tener de dos formas, o como persona física (autónomo) o como administrador de una sociedad al que se le han derivado las deudas.

En la las dos opciones, el menor, al ser heredero de su padre, hereda bienes y deudas. Si no le compensa, se renuncia a la herencia, cosa que puede hacer "a priori" o bien, tras pedir "el beneficio de inventario".

En la segunda noticia, la responsabilidad es "personal", la derivación de deudas de las Haciendas (estatal, autónómica o local) por deudas de una empresa a los administradores, sólo es a éstos. Otra cosa es que el menor figure como socio o administrador de una empresa (aunque sus intereses los represente un mayor de edad:padres, tutores o curadores por su minoría de edad) en cuyo caso dicha derivación si es procedente, porque no deja de ser un administrador de una empresa. Y si le han "administrado" mal quien complementa su capacidad, sólo cabe ejercer acciones judiciales frente a éstos, pero ese es otro tema.
 
Yo lo veo así: el padre tiene una deuda con Hacienda. La puede tener de dos formas, o como persona física (autónomo) o como administrador de una sociedad al que se le han derivado las deudas.

En la las dos opciones, el menor, al ser heredero de su padre, hereda bienes y deudas. Si no le compensa, se renuncia a la herencia, cosa que puede hacer "a priori" o bien, tras pedir "el beneficio de inventario".

En la segunda noticia, la responsabilidad es "personal", la derivación de deudas de las Haciendas (estatal, autónómica o local) por deudas de una empresa a los administradores, sólo es a éstos. Otra cosa es que el menor figure como socio o administrador de una empresa (aunque sus intereses los represente un mayor de edad:padres, tutores o curadores por su minoría de edad) en cuyo caso dicha derivación si es procedente, porque no deja de ser un administrador de una empresa. Y si le han "administrado" mal quien complementa su capacidad, sólo cabe ejercer acciones judiciales frente a éstos, pero ese es otro tema.

perdón se me ha colado un emoticono que no se quiere ir.
 
perdón se me ha colado un emoticono que no se quiere ir.

Eso es que ha puesto dos puntos y no has dejado espacio después y, casualmente, antes de una «p». Así que el foro interpreta que pones un emoticono sacando la lengua, paulino.

: P = :p
(Los he puesto separados porque sino me lo transforma en el monigote).
 
Última edición:
Eso es que ha puesto dos puntos y no has dejado espacio después y, casualmente, antes de una «p». Así que el foro interpreta que pones un edificio sacando la lengua, paulino.

: P = :p
(Los he puesto separados porque sino me lo transforma en el monigote).

Me parto con tu firma.....
 
Yo creo que se debería declarar insolvente o entregar los libros dl cole como aval de que va a pagar la deuda.
Nos hemos convertido en un país ridículo.
 
He corregido. Me ha puesto la tablet «edificio» en vez de «emoticono». :LOL:
 
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