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a¿ Acaso yo he dicho que los funcionarios pueden estar a disposición para diligencias privadas ?. Ay !! cuantas ganas de decir la ultima, he dicho, he repetido que un juez debe asignar oficialmente al perito.
Y no sigo citandote porque te estas liando sola con cosas que yo no he dicho.
La que se está liando sos vos o no estamos hablando de lo mismo. Yo dije que el que la sentencia no sea revisada, no le impide a Ivonne (o a su hijo una vez cumplida la mayoría de edad) someterse a una prueba de adn avalada por peritos de ambas partes. Esto segundo sería un procedimiento PRIVADO, por lo cual ningún juez, en su carácter de juez, puede imponer o designar cosa alguna (laboratorio, perito, etcétera). Otra cosa es que un juez recomiende, a título personal, algún lugar o profesional cuyos servicios ya probados en casos similares pueda garantizar la efectividad de la prueba. No se trata de tener la última palabra, sino de aplicar el sentido común: Solo puede ser considerado como OFICIAL aquello que se desarrolla dentro de un proceso judicial, es decir aquello sobre lo que se abre un expediente y se emite una sentencia que es de obligatorio cumplimiento. Yo dije (y tú dijiste que estabas hablando de lo mismo) que no me gustaría que este tema se resolviera vía judicial, por las implicaciones futuras que tendría sobre un procedimiento que se hace con todas las garantías, pero que de ser Ivonne aceptaría hacer la prueba. Resumiendo: Estoy en contra del proceso PÚBLICO (es público porque lo dirime el Estado) pero estoy de acuerdo con un proceso PRIVADO (ellos se ponen de acuerdo y lo pagan). Ahora sí: ¿Estamos hablando de lo mismo?