Dónde se encuentran las ITV más baratas de España

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Dónde se encuentran las ITV más baratas de España
Facua-Consumidores en Acción ha elaborado un informe en el que pone de manifiesto que las tarifas más caras para pasar las Inspecciones Técnicas de Vehículos a Motor son las de la Comunidad de Madrid
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@abc_motor
Madrid
Actualizado:20/03/2019 02:20h
1Si tienes que pasar la ITV del coche presta atención a estas novedades

El último estudio anual de Facua-Consumidores en Acción sobre las tarifas de la Inspección Técnica de Vehículos(ITV) obligatoria arroja unas diferencias de hasta un 100%, en función de la comunidad autónoma en la que se realice. La variación entre la revisión más económica y la más cara es del 70,5% en el caso de los coches impulsados por motores de gasolina, en el que Andalucía es la comunidad más barata, si se toman en consideración los vehículos de menos de 1.600 centímetros cúbicos, y Euskadi la más cara.

En cuanto a la ITV de los turismos diésel, las diferencias alcanzan el doble, el 100%, con Extremadura como la comunidad con las tarifas más bajas frente a Madrid, que tiene las más altas. Ambas repiten en estas posiciones. El precio medio de la ITV en España en 2018 es de 34,82 euros para los turismos de gasolina, lo que ha supuesto una subida del 1,2% respecto al estudio de Facua de 2017, y de 42,05 euros los equipados con motor diésel, un 1% más que el año pasado. Esta media es solo sobre las comunidades autónomas, por lo que no entran en ella Ceuta y Melilla.

Concretamente, el estudio de Facua se ha centrado en las tarifas de la ITV de los turismos particulares, tanto de gasolina (con catalizador, pues los no catalizados tienen cada vez menos presencia en el parque automovilístico de España) como diésel, así como en las de motocicletas y ciclomotores. Los precios recogidos en este estudio incluyen el IVA (o, en su caso, el IGIC canario y el IPSI de Ceuta y Melilla), pero no la tasa de Tráfico, fijada en 4,10 euros para todas las inspecciones.

Para leer más sobre el negocio de las ITV, siga en la web de Autocasión]

¿Cuál es la multa por circular sin ITV?
La multa por circular sin ITV puede ascender hasta los 500 euros, pero lo más grave son las carencias de seguridad que nuestro vehículo puede tener. Atento a este reportaje para saber cómo manejar esta situación. Circular sin la ITV en vigor, ya sea porque se ha pasado su validez, porque hemos llevado el coche a pasarla y nos la han dado como desfavorable o negativa, es una de las infracciones más frecuentes en España según datos de la DGT.

Si circulamos con la ITV caducada o desfavorable es una sanción grave cuyo importe es de 200 euros (con pago reducido a 100 euros si se abona dentro del plazo considerado de pronto pago) mientras que si la ITV ha sido negativa el importe asciende a 500 euros. Lo incongruente de esta norma es que, si realmente la ITV es quien garantiza que el vehículo está en condiciones de poder circular, lo lógico sería que un vehículo sin la oportuna revisión técnica al día no pudiera circular. Sin embargo, la DGT no solo no inmoviliza el vehículo que detecten circulando sin la ITV en vigor, sino que incluso puede sancionarlo sin detenerlo para emitir la denuncia.

https://www.abc.es/motor/reportajes...-mas-baratas-espana-201903181724_noticia.html
 
Los nuevos cambios que endurecerán la ITV a partir de mayo de 2020
Los fabricantes deberán suministrar a las inspecciones técnicas información de más de 70 aspectos del vehículo

Nuevos cambios en los procedimientos de la ITV. La Comisión Europea aprobó el pasado 17 de abril un nuevo reglamento de ejecución relativo a la información técnica necesaria para las inspecciones técnicas de vehículos, que obliga a los fabricantes de automóviles a suministrar a los centros técnicos información sobre más de setenta aspectos del vehículo.

Así, deberán ofrecer en formato digital y con arreglo al número de identificación del vehículo, información sobre elementos relativos a los equipos de frenado, la dirección, la visibilidad, las luces, los dispositivos reflectantes o el equipo eléctrico. En concreto, afectará a elementos como los pretensores de los cinturones de seguridad, los airbags, el ABS o el ESP, según adelantó El Mundo.

El nuevo Reglamento, que pretende «facilitar la inspección técnica periódica de los vehículos a motor», afectará a los vehículos matriculados o puestos en servicio por primera vez en un Estado miembro a partir del 20 de mayo de 2018.

El texto, rubricado por Jean-Claude Juncker, presidente de la Comisión Europea, da un período de adaptación a los fabricantes que concluye el 20 de mayo de 2020. Para las nuevas matriculaciones, establece que la información técnica «se facilitará a más tardar seis meses después» de su registro».

El Reglamento establece excepciones en el caso de los vehículos individuales, de series cortas o de tipo nacional de series cortas; mientras que en el caso de los vehículos que hayan recibido una homologación de tipo por etapas, mixta o multifásica, el fabricante responsable de la fase específica de la construcción deberá comunicar al fabricante final la información técnica del sistema, componente o unidad independiente; y éste se la suministrará a los centros de inspección y a las autoridades.

El requerimiento de información afecta tanto a turismos como a vehículos comerciales e industriales de más de 3,5 toneladas. Puedes consultar en este enlace la información detallada que se requerirá a los fabricantes para las inspecciones técnicas

Emisiones
El nuevo reglamento amplía el proceso de digitalización de la inspección técnica, que comenzó el pasado septiembre. Desde esa fecha todas las estaciones trabajan con dispositivos de lectura OBD que comprueban el funcionamiento de los sistemas de control de emisiones (E-OBD), para coches fabricados a partir de 2006 (vehículos ligeros Euro 5 y Euro 6 – Vehículos pesados Euro VI).

La lectura E-OBD constituye una prueba complementaria (no sustituye) a las pruebas convencionales de gases de emisión/opacidad, que se seguirán realizando, adaptándolas a las nuevas tecnologías. En el caso de ser rechazado el vehículo por defectos en la lectura de la centralita E-OBD, no es necesaria la realización de la prueba de emisiones.

https://www.abc.es/motor/reportajes...an-partir-mayo-2020-201905012139_noticia.html
 
Trucos para superar la ITV del coche a la primera
La inspección técnica de vehículos se endurecerá a partir de mayo de 2020
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@abc_motor
MADRID
Actualizado:06/05/2019 10:13h
Un vehículo no tiene por qué estar perfecto para pasar la ITV. Así, si sólo tiene fallos leves, pasará la inspección y podrá circular. Si, en cambio, tiene fallos graves o muy graves, no habrá superado la ITV; al contrario, tendrá que arreglarlos en un plazo máximo de 2 meses, y volver a pasar la inspececión, aunque no necesaria mente en las mismas instalaciones.

Los fallos leves son aquellos defectos que se localizan en el vehículo que, aunque tendrán que repararse lo antes posible, no exigen una nueva inspección. A no ser que el vehículo tenga, finalmente, una calificación desfavorable o negativa en la ITV, no tendrá por qué volver hasta la próxima inspección.

Los fallos graves detectados en la ITV se consideran aquellos que disminuyen las condiciones de seguridad del vehículo, poniendo en riesgo a otros usuarios de la vía o al medio ambiente.

Cuando el vehículo tenga este tipo de defectos, sólo podrá circular para su traslado al taller y para volver a la ITV a la nueva inspección. Además, eso tendrá que ocurrir en un plazo máximo de 2 meses.

Los fallos muy graves son defectos que constituyen un riesgo directo e inmediato para la seguridad vial. Cuando un vehículo los tiene, automáticamente pasará a estar inhabilitado para circular, por lo que será trasladado al taller por una grúa. Cuando se subsanen los defectos, volverá a la ITV en un plazo inferior a 2 meses.

Si quieres pasar la ITV sin fallos a la primera presta atención a las siguientes recomendaciones:

1. No olvides la documentación. Necesitarás la Tarjeta de la ITV y el Permiso de Circulación. Igualmente, no está de más llevar una copia del seguro.

2. La cita previa. Cuando pides cita previa, te ahorras las colas previas, y los nervios que eso conlleva. A través de la página web de las estaciones de servicio podrás solicitar tu cita.

3. Lleva el coche limpio. Cuanto más limpio esté por dentro y por fuera, mejor impresión dará las personas que tiene que determinar si apruebas la ITV.

4. Revisa los parabrisas. Es un fallo clásico, en el que muchos ni siquiera caen. Si hay un impacto en el campo de visión del conductor y ha formado una grieta, podría ser considerado fallo grave.

5. Revisa bien el vehículo. Por dentro y por fuera. Puedes empezar por los limpiaparabrisas. Asegúrate de que están en buen estado y que llevas líquido. De no ser así, se podría considerar falta grave y, por tanto, suspenso en la ITV.

6. No sin el alumbrado. En este punto son muchos los vehículos que cometen fallos, ya sean leves o graves. Revísalos antes y ponle solución.

7. Los retrovisores. Deben estar bien sujetos y en buen estado. Son considerados un elemento fundamental en la seguridad del vehículo.

8. Las ruedas son uno de los elementos fundamentales a la hora de mantener la estabilidad y el control de vehículo. Deben coincidir con las que aparecen como homologadas en la ficha técnica. Igualmente, no olvides revisar la profundidad del dibujo, que nunca debe ser inferior a 1,6 mm.

9. Los paragolpes no deberán presentar borden cortantes. Además, tienen que estar perfectamente sujetos. Si no es así, el resultado de la ITV será desfavorable.

10. Finalmente, mira también las matrículas. Ni manchas, ni números borrosos ni dobleces.

https://www.abc.es/motor/reportajes/abci-trucos-para-superar-coche-primera-201905031355_noticia.html
 
No hay más moratorias: este es el calendario definitivo para pasar la ITV

INSPECCIONES CADUCADAS

Solo los vehículos cuya inspección venció antes del 1 de septiembre disponen de un margen de prórroga para pasarla

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El nuevo reglamento que regula las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV) entró en vigor en 2018 Terceros

Redacción
08/09/2020 14:30


La declaración del estado de alarma por la pandemia del coronavirus dejó más de cinco millones de vehículos con la ITV caducada. Una enorme cifra que obligó a las estaciones de inspección técnica a reabrir con un horario y plantilla ampliados para poder absorber estas revisiones añadidas. Según datos de las entidades asociadas en AECA-ITV, el 60% de los vehículos que no pudieron pasar la revisión durante el confinamiento ya lo han hecho, de modo que quedan unos dos millones aún pendientes.

El Gobierno concedió una prórroga de al menos 45 días (30 días más otros 15 por cada semana que se prolongara el estado de alarma, que finalizó el 20 de junio de 2020) a los vehículos a los que les caducó la ITV durante el estado alarma. Además, aquellos ejemplares cuya fecha de vencimiento estuviera comprendida entre el 21 de junio y el 31 de agosto de 2020, y no la hubiesen realizado, tienen una prórroga de 3 meses para superarla a contar desde su fecha de vencimiento. Desde el 1 de septiembre ya no hay moratorias. Así, los plazos vigentes para llevar los ejemplares cuya ITV caducó antes del corriente mes son los siguientes.

Las motocicletas también están obligadas a pasar la ITV

Las motocicletas también están obligadas a pasar la ITV
Terceros

Del 4 al 10 de abril: 18 de septiembre

Del 11 al 17 de abril: 3 de octubre de 2020

Del 18 al 24 de abril: 18 de octubre de 2020

Del 25 de abril al 1 de mayo: 2 de noviembre de 2020

Del 2 al 8 de mayo: 17 de noviembre de 2020

Del 9 al 15 de mayo: 2 de diciembre de 2020

Del 16 al 22 de mayo: 17 de diciembre de 2020

Del 23 al 29 de mayo: 2 de enero de 2021

Del 30 de mayo al 5 de junio: 16 de enero de 2021

Del 6 al 12 de junio: 31 de enero de 2021

Del 13 al 19 de junio: 15 de febrero de 2021

20 de junio: 2 de marzo de 2021

Del 21 de junio al 31 de agosto: Tres meses a contar desde que el trámite caducó. De este modo, los conductores que les venció el mismo día que se levantó el estado de alarma disponen hasta el 21 septiembre para pasar la revisión y a quienes les caducó el 31 de agosto tienen tiempo hasta el 30 de noviembre para pasarla.

Coches pasando la revisión de la ITV una estación en Valencia

Coches pasando la revisión de la ITV una estación en Valencia
Terceros

Es muy importante recordar que, según el artículo 29.1 del Real Decreto 26/2020, a los efectos del cómputo de la nueva inspección, se toma como referencia la fecha de validez que consta en la tarjeta ITV y no cuenta, en ningún caso, el periodo de prórroga. Esto ha levantado las quejas de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), pues considera que, en la práctica, esta revisión puede durar menos que otros años, lo que supone un agravio para muchos usuarios, que deberán volver a pasar -y pagar- por la ITV antes de lo que les debería corresponder.

En este mismo sentido se ha postulado Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que ha ido más allá presentando un recurso –admitido a trámite- en el Tribunal Supremo. El presidente de esta organización, Mario Arnaldo, considera esta situación comporta una disminución en los plazos en los que los vehículos tienen que pasar la revisión sin que exista “ninguna razón de seguridad vial”.

“Así, por ejemplo, -explica Arnaldo- un vehículo de 10 años que con motivo de la Covid-19 no hubiera podido pasar la ITV el día 21 de mayo, tendría la posibilidad de pasarla hasta el 17 de diciembre. Si se aplicaran los plazos habituales, la siguiente inspección se computaría desde ese día 17 diciembre y tendría que pasarla a los 6 meses, si fuera una furgoneta o un camión, o al año si fuera un turismo. Sin embargo, con la nueva norma a esa furgoneta o camión va a tener que pasar (y pagar) dos veces la misma inspección ese mismo día 17 de diciembre. Y en el caso de los turismos la siguiente inspección no la tendría que pasar al año, como establece la normativa europea, sino a los 6 meses.”

Los turismos deben pasar la revisión ITV a partir del cuarto año de su primera matriculación

Los turismos deben pasar la revisión ITV a partir del cuarto año de su primera matriculación
Terceros

La normativa establece que los coches de más de cuatro años deben a pasar la ITV bienalmente; a partir de los diez años, tienen que superarla cada año. El objetivo es garantizar que están en perfectas condiciones para transitar sin ser un riesgo para sus ocupantes, el resto de usuarios y el medioambiente.

A pesar de ser un trámite obligatorio , por nuestras carreteras circulan ejemplares que no la han pasado, otros que la tienen caducada e incluso algunas unidades que han sido rechazadas en primera instancia o que han obtenido un resultado negativo. En 2019, la DGT emitió medio millón de denuncias relacionadas con la ITV. Conducir con esta revisión caducada conlleva una multa de hasta 200 euros.

Cuando un coche supera la ITV debe mostrar la correspondiente pegatina en una zona visible del parabrisas (parte superior derecha). No llevarla expuesta puede suponer una multa de hasta 100 euros. Y exhibir un adhesivo de la Inspección Técnica de Vehículos en un coche que no la haya superado se considera un delito. Recientemente, el Tribunal Supremo ha confirmado una condena de multa de 720 euros por delito de uso de certificado falso impuesta al propietario de un turismo que llevaba pegada en la luna delantera una pegatina de la ITV que tenía como fecha de validez septiembre de 2019, cuando el vehículo tenía caducada la inspección técnica desde el 5 de mayo de 2016.

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