Constitución Española
Aprobada por las Cortes Generales en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado celebradas el 31 de octubre de 1978, ratificada por el pueblo español en referéndum de 6 de diciembre de 1978 y sancionada por S.M. el Rey ante las Cortes el 27 de diciembre del mismo año (Boletín Oficial del Estado núm. 311, de 29 de diciembre de 1978).
Reforma del artículo 13, apartado 2, aprobada por las Cortes Generales en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado, de 22 y 30 de julio de 1992, respectivamente, y sancionada por S.M. el Rey el 27 de agosto de 1992 (Boletín Oficial del Estado núm. 207, de 28 de agosto de 1992)
Reforma del artículo 135 aprobada por las Cortes Generales en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado de 2 y 7 de septiembre de 2011, respectivamente, y sancionada por S.M. el Rey el 27 de septiembre de 2011 (Boletín Oficial del Estado núm. 233, de 27 de septiembre de 2011)
INDICE:
DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA, A TODOS LOS QUE LA PRESENTE VIEREN Y ENTENDIEREN, SABED: QUE LAS CORTES HAN APROBADO Y EL PUEBLO ESPAÑOL RATIFICADO LA SIGUIENTE CONSTITUCIÓN:
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PREÁMBULO
La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.
Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.
Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
Establecer una sociedad democrática avanzada, y
Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.
En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente
CONSTITUCIÓN
http://www.sonferrer.com/constitucion/index.htm
Aprobada por las Cortes Generales en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado celebradas el 31 de octubre de 1978, ratificada por el pueblo español en referéndum de 6 de diciembre de 1978 y sancionada por S.M. el Rey ante las Cortes el 27 de diciembre del mismo año (Boletín Oficial del Estado núm. 311, de 29 de diciembre de 1978).
Reforma del artículo 13, apartado 2, aprobada por las Cortes Generales en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado, de 22 y 30 de julio de 1992, respectivamente, y sancionada por S.M. el Rey el 27 de agosto de 1992 (Boletín Oficial del Estado núm. 207, de 28 de agosto de 1992)
Reforma del artículo 135 aprobada por las Cortes Generales en sesiones plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado de 2 y 7 de septiembre de 2011, respectivamente, y sancionada por S.M. el Rey el 27 de septiembre de 2011 (Boletín Oficial del Estado núm. 233, de 27 de septiembre de 2011)
INDICE:
- PREÁMBULO
- TITULO PRELIMINAR
- TITULO I De los derechos y deberes fundamentales
- CAPITULO PRIMERO. De los españoles y los extranjeros
- CAPITULO SEGUNDO. Derechos y libertades
- CAPITULO TERCERO. De los principios rectores de la políticasocial y económica
- CAPITULO CUARTO. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales
- CAPITULO QUINTO. De la suspensión de los derechos y libertades
- CAPITULO PRIMERO. De los españoles y los extranjeros
- TITULO II. De la Corona
- TITULO III. De las Cortes Generales
- TITULO IV. Del Gobierno y de la Administración
- TITULO V. De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
- TITULO VI. Del Poder Judicial
- TITULO VII. Economía y Hacienda
- TITULO VIII. De la Organización Territorial del Estado
- TITULO IX. Del Tribunal Constitucional
- TITULO X. De la reforma constitucional
- DISPOSICION ADICIONALPRIMERA
- DISPOSICION ADICIONALSEGUNDA
- DISPOSICION ADICIONALTERCERA
- DISPOSICION ADICIONALCUARTA
- DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA
- DISPOSICION TRANSITORIA SEGUNDA
- DISPOSICION TRANSITORIA TERCERA
- DISPOSICION TRANSITORIA CUARTA
- DISPOSICION TRANSITORIA QUINTA
- DISPOSICION TRANSITORIA SEXTA
- DISPOSICION TRANSITORIA SEPTIMA
- DISPOSICION TRANSITORIA OCTAVA
- DISPOSICION TRANSITORIA NOVENA
- DISPOSICIÓN DEROGATORIA
- DISPOSICIÓN FINAL
DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA, A TODOS LOS QUE LA PRESENTE VIEREN Y ENTENDIEREN, SABED: QUE LAS CORTES HAN APROBADO Y EL PUEBLO ESPAÑOL RATIFICADO LA SIGUIENTE CONSTITUCIÓN:
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PREÁMBULO
La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.
Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.
Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
Establecer una sociedad democrática avanzada, y
Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.
En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente
CONSTITUCIÓN
http://www.sonferrer.com/constitucion/index.htm