CASO NOOS. Iñaki Urdangarin en la cárcel de Brieva. Voluntariado en Hogar Don Orione. Traslado al centro de inserción social Melchor Rodríguez García

Ahhhhj pero a los Bombones se los puede Botar? :eek::rolleyes:


jajajaja... noooo... me refería a un comentario de una compañera que decía que votaría a izquierdas a partir de ahora.... jajja
(Es que están corriendo muy deprisa los comentarios ahora, en el hilo, y cuesta pillarlos todos...)
 
Flipante¡¡¡¡¡¡¡ y encima seguro que están de relaxin esquiando... Esto es el principio del fin del bobon,letichoni y liendres. os felicito por toda la información. Y Roca brindando, el yayo con la mallorquina y aquí cmo cantan los de Cádiz" qué bien se está de jubileta.....que yo soy el puto kim". Saludos
 
Yo conozco a Roca personalmente. Ya te digo que todo es el papel que le toca jugar y porque debe estar mas que bien pagado con dinero o favores. El para nada piensa asi.
Un abogado no habla ni se manifiesta sobre los hechos o la verdad. Sólo la verdad probada.
Otra cosa es lo que piensen a nivel personal.
Pero , como abogados y en el momento de ejercer su profesión , son capaces de disociar
A mí me encantaba el derecho y barajé ese camino. Pero carezco de esa capacidad disociativa . Sería incapaz de machacarme para defender a alguien que me consta que no es inocente.
Supongo que hay que ser de una pasta especial
 
Yo insisto. Si hay más juristas en el foro. ¿A Iñaki Urdangarin no se le va a retirar el pasaporte y no se le va a solicitar que vuelva a territorio nacional?
 
En proporción a los millones robados a los españoles, a mi 6 años me parece corta.
Ahora... si tienes en cuenta que el principal responsable es el emérito y que Ñaki cumplió ordenes, pues igual en este sentido ya estaría bien...

Como esta instrucción ha sido pública y publicada, en foros jurídicos siempre se habló de alrededor de 7 años... si se llegaba a banquillo.
 
De ahí el traslado de cristalina a Lisboa.
Veremos a ver si aguanta la Fanta con el matrimonio una vez que se cierren los rejas

Con esta sentencia, yo pienso que para ellos, lo peor pasó.
No me sorprendería si no recurre, empieza pronto a hacer efectiva la pena y a solicitar los beneficios que acortan los plazos.
Ahora bien, si recurre prolongará la agonia, si no hay pacto, puede correr riesgos.
Coincido con @Ondina postear en este punto, con cautela.
 
Lo que estamos viviendo en España y en Europa es la consecuencia de la falta de Democracia...

El presidencialismo es requisito de la democracia

Por Pedro M. González -
Miércoles 15/02/2017

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Si bien la separación de la Justicia de los poderes políticos del Estado y la Nación es indispensable para la Democracia, no es suficiente. Debe existir además una separación total entre todos los poderes. Por eso, la mera existencia de un banco azul del gobierno en el Parlamento constituye una auténtica burla al principio de separación de poderes.

A tal punto esto es así, que hoy en día la asamblea parlamentaria sobra. Dado el sistema electoral por listas de partido, bastaría que los jefes políticos de cada grupo parlamentario se reunieran en una pequeña habitación para votar las leyes que ellos mismos proponen, haciendo valer su número de escaños por mor del eficaz mandato imperativo y disciplina de grupo parlamentario.

El presidencialismo es la única manera que tiene la sociedad civil de poder constituirse en poder ejecutivo, eliminando la situación actual en la que resulta elegido por los diputados, es decir, por la clase política.

El sistema presidencialista debe basarse en la igualdad representativa del poder ejecutivo del Gobierno y del poder de control de la Asamblea.

Este principio queda asegurado con tres normas constitucionales (1):

  • El Presidente del Gobierno y los Diputados de la Asamblea deben ser elegidos por sufragio directo y secreto por todos los ciudadanos mayores de edad en elecciones separadas.
  • El Presidente podrá disolver libremente la Cámara y convocar elecciones de diputados, mediante su propia dimisión y la convocatoria simultánea de elecciones presidenciales.
  • La Asamblea podrá destituir libremente al presidente del gobierno, siempre que lo acuerde la mayoría absoluta de los Diputados y que se auto disuelva, para que se celebren elecciones presidenciales y generales.
Con estas normas constitucionales es siempre el ciudadano el que dirime los conflictos graves que puedan surgir entre el poder ejecutivo y el poder legislativo.

Dadas estas sencillas y fácilmente comprensibles normas, la resistencia al cambio constitucional identifica a aquellos que, al amparo del engranaje institucional actual, han adquirido un desproporcionado y preponderante poder en el sistema respecto a su verdadera representación ciudadana. Con la lógica resistencia a perderlo. Y también a aquellos que adquirieron una cómoda posición en el sistema, fruto del pactismo entre los que ya la ocupaban en la dictadura, y los que querían alcanzarla como premio a su oposición a la misma. Y que cristaliza con el texto de 1978.

(1) Estos principios constitucionales están tomados literalmente de la obra de Antonio García-Trevijano, “La Alternativa Democrática”.
 
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